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Derecho Civil 1.2

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Título del Test:
Derecho Civil 1.2

Descripción:
Bloque 2

Fecha de Creación: 2023/02/20

Categoría: UNED

Número Preguntas: 60

Valoración:(7)
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Seleccione la afirmación CORRECTA: No es causa de nulidad el miedo grave. Es nulo el matrimonio contraído por coacción. El matrimonio contraído por error en las cualidades personales determinantes de la prestación del consentimiento es causa de divorcio.

El matrimonio contraído por parientes colaterales de cuarto grado es nulo. Verdadero. Falso.

La declaración de nulidad del matrimonio no tiene efectos retroactivos, solo ex nunc. Verdadero. Falso.

Seleccione la afirmación CORRECTA: La validez del matrimonio queda afectada, en todo caso, por la incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre. La incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre, no invalida el matrimonio si ejercieran sus funciones públicamente. La incompetencia o falta de nombramiento legítimo del Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial, Notario o funcionario ante que se celebre, no invalida el matrimonio siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe y aquellos ejercieran sus funciones públicamente.

La disolución del matrimonio por divorcio es un supuesto de nulidad matrimonial. Verdadero. Falso.

El matrimonio contraído sin la intervención del Juez de Paz, Alcalde o Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario ante quien deba celebrarse siempre es nulo. Verdadero. Falso.

La incompetencia o falta de nombramiento legitimo del Juez de Paz, alcalde, concejal, Secretario judicial; Notario o funcionario que lo autorice no determina la nulidad del matrimonio siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe y aquellos ejercieran sus funciones públicamente. Verdadero. Falso.

El matrimonio nulo puede ser susceptible de convalidación. Verdadero. Falso.

El matrimonio nulo no es susceptible de convalidación en ningún caso. Verdadero. Falso.

En los supuestos de vicios en el consentimiento a la hora de contraer matrimonio, cabe la convalidación del matrimonio celebrado. Verdadero. Falso.

Si la causa de nulidad del matrimonio es la falta de edad, el Ministerio Fiscal es, mientras el contrayente sea menor, el único facultado para instar la acción de nulidad. Verdadero. Falso.

Seleccione la afirmación CORRECTA: La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos de buena fe. La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos y del contrayente o contrayentes de buena fe. La declaración de nulidad del matrimonio invalida todos sus efectos, tanto respecto de los hijos como de los contrayentes.

En el matrimonio putativo: Se mantienen los efectos producidos hasta la declaración de nulidad respecto al cónyuge o cónyuges de buena fe. Si existen hijos, hay que reiterar el reconocimiento de filiación. Una vez declarada la nulidad, el cónyuge de buena fe tiene derecho a percibir alimentos del otro cónyuge y, además, no pierde los derechos sucesorios respecto al otro.

En caso de matrimonio putativo, la declaración de nulidad invalida todos los efectos producidos entre los cónyuges desde la celebración del matrimonio, aunque sean de buena fe. Verdadero. Falso.

La separación y el divorcio una vez firme la sentencia producen la disolución o extinción del vínculo existente entre los cónyuges. Verdadero. Falso.

Seleccione la afirmación CORRECTA: La separación solo se aplica al matrimonio civil, pero no a los contraídos en forma religiosa. La separación solo se aplica a los matrimonios contraídos tras la entrada en vigor de la Ley 30/1981, de 7 de julio. La separación puede decretarse tanto respecto del matrimonio civil como religioso.

Para solicitar judicialmente la separación conyugal: Tienen que haber transcurrido como mínimo 12 meses desde la celebración del matrimonio. Tienen que haber transcurrido como mínimo 6 meses desde la celebración del matrimonio. Tienen que haber transcurrido como mínimo 3 meses desde la celebración del matrimonio. Si bien se admiten excepciones.

La separación judicial requiere que exista una causa para solicitarla. Verdadero. Falso.

No podrá decretarse judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, hasta que no haya transcurrido seis meses desde la celebración del matrimonio. Verdadero. Falso.

La acción de separación puede ejercitarla alguno o ambos cónyuges, los hijos comunes y el Ministerio Fiscal. Verdadero. Falso.

La separación judicial debe estar precedida de una separación de hecho. Verdadero. Falso.

Seleccione la afirmación CORRECTA: La sentencia de separación extingue el vínculo matrimonial. La separación supone la extinción del derecho de alimentos entre cónyuges. La sentencia de separación pone en suspensión la vida en común de los casados.

Los notarios pueden celebrar divorcios: En todo caso. Solo cuando no existen hijos, incluso si son contenciosos. Sí, mediante convenio regulador aportado por los cónyuges y que no existan hijos menores.

La interposición de la demanda de separación precisa en todos los casos que transcurran tres meses desde la celebración del matrimonio. Verdadero. Falso.

La separación de hecho es también inscribible en el Registro Civil. Verdadero. Falso.

El Código Civil regula tanto la separación judicial como la separación de hecho. Verdadero. Falso.

La sentencia de divorcio es constitutiva de un nuevo estado civil y produce efectos desde que adquiera firmeza. Verdadero. Falso.

La separación legal de los cónyuges conlleva la disolución de pleno derecho de la sociedad de gananciales, mientras que la separación de hecho no conlleva la disolución automática de la sociedad de gananciales. Verdadero. Falso.

El matrimonio se disuelve: por la muerte, declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. por la muerte, declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges, por la separación y por el divorcio. por la muerte, nulidad y por el divorcio.

La disolución del matrimonio, quiere decir: pérdida de eficacia de un matrimonio por vicios estructurales y genéticos. pérdida de eficacia de un matrimonio hasta entonces válido por una causa sobrevenida. pérdida de eficacia con efectos retroactivos al momento de la celebración del matrimonio.

Tanto el divorcio como la separación conyugal disuelven el matrimonio. Verdadero. Falso.

El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y tiempo de su celebración, por la declaración de nulidad del matrimonio. Verdadero. Falso.

El matrimonio se disuelve, sea cual sea la forma y tiempo de su celebración, por la muerte y declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio. Verdadero. Falso.

Si reaparece el declarado fallecido pero el cónyuge presente había contraído un nuevo matrimonio: este nuevo matrimonio no es válido, ya que ha reaparecido el declarado fallecido. se disuelve el nuevo matrimonio y se reactiva el primer matrimonio con el declarado fallecido. el nuevo matrimonio es plenamente válido y mantiene su eficacia.

En el caso de declaración de fallecimiento, si el declarado fallecido aparece, su matrimonio volverá a tener validez. Verdadero. Falso.

Las normas del código Civil sobre la separación se aplican única y exclusivamente a los matrimonios contraídos tras la entrada en vigor de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Verdadero. Falso.

La sentencia de divorcio solo producirá efectos desde que sea firme y perjudicara a terceros, sean de buena o mala fe, desde su inscripción en el RC. Verdadero. Falso.

El divorcio de mutuo acuerdo: podrá ser acordado por el Juez, por el Notario, por el Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial) y por los funcionarios diplomáticos y consulares. solo podrá ser acordado por el Juez y por el Notario. podrá ser acordado por el Juez, por el Notario y por el Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial) pero no por los funcionarios diplomáticos y consulares.

La separación matrimonial judicial exige siempre conformidad de los cónyuges. Verdadero. Falso.

El divorcio requiere el consentimiento de los dos cónyuges para solicitarlo. Verdadero. Falso.

El convenio regulador hay que aportar en los procesos de separación y divorcio que no sean de mutuo acuerdo. Verdadero. Falso.

¿Es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal en los procesos de separación y divorcio?. En ningún caso. En todo caso. Cuando en el matrimonio hubiera algún hijo.

En los procesos de separación y divorcio, cuando el Juez deba adoptar medidas relativas a la custodia de los hijos menores: Oirá a los mismos siempre que tengan, al menos, 10 años cumplidos. Oirá a los mismos cuando tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, a los que fueran mayores de 12 años. Oirá a los mismos siempre que tengan suficiente juicio y, en todo caso, a los que tengan 10 años cumplidos.

Una persona divorciada que se encuentre en situación de necesidad ¿puede reclamar alimentos a su excónyuge?. No. Sí. Solo si percibe pensión compensatoria.

La disolución del matrimonio por divorcio no significa la extinción de todos los deberes conyugales, pues subsisten algunos, como los de respeto y ayuda mutua entre los cónyuges. Verdadero. Falso.

La reconciliación de los cónyuges posterior a la sentencia de divorcio deja esta sin efecto, de forma tal que los cónyuges continúan casados. Verdadero. Falso.

Los efectos y medidas provisionalísimas solo subsisten si se presenta la demanda, ante el juez o tribunal competente, en el plazo de un año a contar desde que fueron adoptados. Verdadero. Falso.

En caso de crisis matrimonial, el convenio regulador: No es preceptivo pero sí recomendable en caso de demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo o por uno con consentimiento del otro; así como si se solicita la separación o el divorcio ante Notario o el Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial). No es preceptivo presentarlo al inicio del proceso ya que puede presentarse incluso tras la sentencia. Es preceptivo en caso de demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo o por uno con consentimiento del otro; así como si se solicita la separación o el divorcio ante Notario o el Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial).

En los casos de mutuo acuerdo de separación y divorcio, el convenio regulador no siempre es preceptivo. Verdadero. Falso.

Los abuelos no tienen derecho de visita o de comunicar con los nietos pues no son parte en el procedimiento de separación o divorcio. Verdadero. Falso.

El convenio regulador debe referirse, al menos, a los siguientes extremos: los hijos, la vivienda familiar, las cargas del matrimonio, la liquidación del régimen económico del matrimonio y la pensión. Verdadero. Falso.

Las medidas convenidas por los cónyuges en los casos de crisis matrimoniales no podrán ser modificadas. Verdadero. Falso.

La pensión compensatoria en caso de divorcio no podrá ser asignada al cónyuge culpable. Verdadero. Falso.

La compensación o pensión compensatoria se extingue, entre otros, por estos supuestos: por el nuevo matrimonio del acreedor o del deudor; pero no se extingue por el solo hecho de la muerte del cónyuge deudor, ya que sus herederos habrán de seguir afrontándola. por el nuevo matrimonio del acreedor; pero no se extingue por el solo hecho de la muerte del cónyuge deudor, ya que sus herederos habrán de seguir afrontándola. por el nuevo matrimonio del deudor y con el fallecimiento del cónyuge deudor, ya que sus herederos no habrán de seguir afrontándola.

Es causa de extinción de la pensión compensatoria: El fallecimiento del deudor de la misma. Cuando el acreedor de la misma viva maritalmente con otra persona. Cuando el deudor de la misma tenga hijos después del divorcio.

En los supuestos de dispensa matrimonial, esa dispensa tendrá efectos retroactivos. Verdadero. Falso.

Los hijos extramatrimoniales no tienen iguales derechos que los matrimoniales respecto a sus progenitores. Verdadero. Falso.

La separación judicial, a diferencia de la de hecho, provoca la extinción del vínculo matrimonial. Verdadero. Falso.

La separación judicial sólo es posible cuando uno de los cónyuges esté incurso en una causa legal de separación: Verdadero. Falso.

La declaración de fallecimiento disuelve el matrimonio, y basta por sí sola para que el cónyuge presente pueda volver a contraer matrimonio: Verdadero. Falso.

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