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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDERECHO CIVIL 4 SEGUNDO BIMESTRE TAREA 3

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Título del test:
DERECHO CIVIL 4 SEGUNDO BIMESTRE TAREA 3

Descripción:
[AAB02] Cuestionario4: Analiza los fundamentos legales y doctrinarios de los con

Autor:
AVATAR
HECTOR MONCADA CABRERA
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Fecha de Creación:
16/01/2021

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 10
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Temario:
1.- El contrato de permuta es: a.- Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. b.- Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. c.- Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad. d.- Un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro.
2.- NO es característica del mandato: a.- Es generalmente consensual b.- Es siempre gratuito c.- El mandatario obra por cuenta y riesgo del mandante d.- Es un contrato bilateral.
3.- Los negocios jurídicos típicos con prestaciones extrañas son: a.- Aquellos que están realizados en el mismo documento, al mismo tiempo, pero que tratan diversos objetos o relaciones jurídicas. b.- Un contrato que une a dos o más, conectados de algún modo en su fin económico c.- Los que en que las respectivas prestaciones corresponden a dos tipos de negocios. d.- Aquellas que contienen cláusulas no previstas en la ley; o, aquellas difícilmente equiparables a las establecidas en la norma, también llamadas anómalas.
4.- El contrato de arrendamiento: a.- un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado. b.- Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad. c.- es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso d.- Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.
5.- La cesión de derechos es: a.- Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. b.- Un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro c.- Transmisión, gratuita u onerosa que hace una persona a favor de otra de un derecho mediante un título. d.- Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.
6.-“Aquella de que dispone el contratante que ha cumplido, o ha estado allanado a cumplir sus obligaciones, para demandar judicialmente la resolución del contrato en contra del contratante que está en mora de cumplir con las suyas”. Esta definición corresponde a: a.- Negocios Jurídicos atípicos b.- Prescripción adquisitiva c.- Prescripción extintiva d.- Acción resolutoria.
7.- La razón que justifica la prescripción es: a.- Ninguna de las anteriores b.- Las cosas cumplan la función del bien común c.- La protección al patrimonio individual d.- La razón de garantizar el derecho a la propiedad.
8.- Es característica del comodato: a.- Conmutativo b.- Solemne c.- Unilateral d.- Oneroso.
9.- Al hablar de la bilateralidad y conmutatividad de la compraventa nos referimos a: a.- Se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, sin ninguna formalidad en especial b.- genera desde que se perfecciona obligaciones recíprocas o correspondientes entre ambas partes contratantes la una hacia la otra; de similar peso o valor. c.- Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes d.- el nacimiento de obligaciones futuras para ambas partes: las de entrega de la cosa y del pago del precio.
10.- NO es característica del contrato de arrendamiento: a.- No solemne b.- Gratuidad c.- Bilateralidad d.- Conmutatividad.
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