La Ley es:
a.
b.
c. Una costumbre que, sin estar normada, manda prohíbe o permite. Un término que hace referencia al comportamiento de las personas en
la sociedad. Una declaración de voluntad soberana que, manifestada en la forma
prescrita en la constitución, manda, prohíbe o permite. De los siguientes ejemplos identifique el que corresponde a una ley
permisiva: Violar. Pagar de impuestos. Trabajar. Para que la ley entre en vigencia y sea obligatoria, es necesario: La publicación en el Registro Oficial y la aprobación en la Asamblea
Nacional. La aprobación en la Asamblea Nacional y Registro Oficial. La promulgación por el Presidente de la República y la publicación en
el Registro Oficial. La interpretación auténtica de la ley es practicada por: Los tribunales que aplican en casos judiciales que están bajo su
jurisdicción y competencia. La interpretación que realizan los Doctores en Derecho apoyados en la
doctrina de las diferentes instituciones jurídicas del Estado. El legislador, mediante el entendimiento de un precepto legal. La interpretación jurisprudencial de la ley consiste en: La practican los tribunales que aplican en casos judiciales que están
bajo su jurisdicción y competencia. El criterio dado por el legislador, mediante la aplicación de
jurisprudencia. La interpretación de la ley y la doctrina que realizan los juristas y
profesionales del derecho. Como se considera la irretroactividad de la Ley: Una garantía universal de justicia. Un principio universal de la justicia. Un derecho universal de la justicia. En que consiste la irretroactividad de la Ley: Rige para el pasado y el futuro. Norma no solo a lo futuro sino el pasado. Norma solamente para el futuro o venidero. En el Art. 7 del Código Civil hablamos: De conflictos entre dos leyes. De Irretroactividad de la Ley. De culpa. La interpretación de los administradores de justicia se denomina: Interpretación judicial. Interpretación auténtica o legislativa. Interpretación jurisdiccional. Una de las diferencias entre derogación Expresa y derogación Tácita es
la derogación expresa y tácita, en la parte final de la ley se menciona,
“quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente
ley”. La derogación expresa en la parte final de la ley se menciona, “quedan
derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente ley” y la
tácita no. La derogación tácita en la parte final de la ley se menciona, “quedan
derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente ley”, y la
expresa no. El sujeto de derecho es: Quien tiene derechos o deberes jurídicos que debe cumplir. Quien realiza una declaración de voluntad soberana dentro del territorio
ecuatoriano. Todo ser humano que se encuentre dentro del territorio ecuatoriano y
esta tienen derechos y adquiere obligaciones. Una persona es: Todo sujeto que adquirió la nacionalidad por naturalización y tienen su
domicilio en el territorio nacional. Todo ser humano que se encuentre dentro del territorio ecuatoriano. Todo extranjero que circula dentro del territorio nacional. Una persona natural es: Todo individuo de la especie humana, que por el hecho de tener
existencia legal y natural son inherentes sus derechos y obligaciones. Toda persona ficticia que por el hecho de tener existencia legal y
natural tienen un representante legal. Persona ficticia, que posee derechos y contrae obligaciones, pero
no como individuo sino como institución la misma que tiene un
representante legal. Las personas naturales se clasifican en: Ecuatorianos, corporaciones y fundaciones. Según su nacimiento y según su domicilio Corporación y fundaciones. Las personas naturales según su nacimiento se dividen en: Ecuatoriano y transeúntes. Ecuatorianos y extranjeros. Domiciliados y transeúntes. Las personas naturales según su domicilio se dividen en: Domiciliados y ecuatorianos. Domiciliados y transeúntes. Ecuatorianos y extranjeros. El domicilio político es: Residencia acompañada real o presuntivamente del ánimo de
permanecer en ella. Relativo a una parte determinada del territorio del estado ecuatoriana. Relativo al territorio del estado en general. El que lo tiene o adquiere,
es o se hace miembro de la sociedad ecuatoriana, aunque conserve la
calidad de extranjero. El domicilio civil es: Residencia acompañada real y presuntivamente del ánimo de
permanecer en ella. Relativo al territorio del estado en general. El que lo tiene o adquiere,
es o se hace miembro de la sociedad ecuatoriana, aunque conserve la
calidad de extranjero. Relativo a una parte determinada del territorio del estado ecuatoriano. Las personas por su edad se clasifican en: Adulto, no impúber, domiciliado y menor de edad. Infantes, impúber, adulto, mayor de edad, y menor de edad. Impúber, adolescentes, y mayor de edad. Las personas jurídicas son:
Persona que existe de forma tácita ante la sociedad. Personas naturales que pueden ejercer sus derechos y adquirir
obligación de forma personal. Persona ficta o ficticia que tienen un representante legal ante cualquier
ente y asea público o privado. La concepción consiste en: Se fija con el nacimiento de la persona. Hecho de que el feto se esté formando en el vientre materno. Hecho que se fija con el nacimiento y concepción de una persona. En que consiste la existencia legal: Se fija con el nacimiento de la persona. Hecho que se fija con el nacimiento y concepción de una persona. Hecho de que el feto se esté formando en el vientre materno. Cómo se reputa a una criatura que nace muerta o antes de ser
separado de su madre? Esta criatura tiene derechos. Como no haber existido. Se fija la existencia legal de esta. Las teorías que permiten la concepción según el criterio biológico son: Fecundación, singamia, implantación, inseminación in vitro, adopción y
reconocimiento tardío. Fecundación, singamia, implantación, iniciación de la actividad cerebral
del embrión y viabilidad del feto fuera del útero materno. Iniciación de la actividad cerebral del embrión, viabilidad del feto fuera
del útero materno, adopción y filiación. Las corrientes que dan respuesta a ¿Cuándo inicia la vida un ser
humano? son: Humanización inmediata y humanización mediata. Fecundación, singamia, implantación, inseminación in vitro, adopción y
reconocimiento tardío. Humanización progresiva y humanización inmediata. Cambios de las reformas de la Constitución del Ecuador con respecto a
la protección de la vida del concebido:. . 1978 se protege al hijo desde su concepción y amparo al menor. 1978 se establece la inviolabilidad de la vida. 1978 se protege a la familia, el matrimonio y la maternidad.
c. La iglesia como se manifiesta sobre la concepción:
Una persona existe desde el momento en que sus padres planifiquen la
venida de un nuevo ser al mundo. Una persona existe desde la concepción ya sea dentro o fuera del seno
materno. Una persona existe desde el momento que es separada
completamente de su madre. Mery Williams sostiene que: El comienzo de la vida humana es un hecho natural, a moral, alejado
de la religión y antijurídico; pues esta criatura no tiene todas las
protecciones legales. El comienzo de la vida humana es un hecho netamente médico, y esta
depende de la decisión que tome la pareja para la procreación de un
nuevo ser. El comienzo de la vida humana es un hecho biológico natural, moral,
religioso y legal; pues esta criatura tiene todas las protecciones legales. El concebido tienen derechos: Patrimoniales y extrapatrimoniales. Extrapatrimoniales. Patrimoniales. ¿Qué sucede con los derechos patrimoniales si muere el concebido al
momento del parto? Transfiere sus derechos a su madre. No tendrá goce de sus derechos. Transmite sus derechos a sus abuelos.
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