En que consiste la TUTELA ORDINARIA o JUDICIAL Se trata de una institución establecida por ley, para la protección y la asistencia de menores no emancipados e incapacitados, de forma subsidiaria a la PP Se trata de una institución establecida por ley, para la protección y la asistencia de menores emancipados e incapacitados, de forma subsidiaria a la PP Se trata de una institución establecida por ley, para la protección y la asistencia de menores no emancipados e incapacitados, de forma solidaria a la PP. Que clases de tutela hay? Judicial y ordinaria Judicial u ordinaria (tiene vocación permanente y administrativa o automática (es temporal) Judicial u ordinaria, administrativa o automática y extraordinaria o especial. Cuales son caracteristicas de la TUTELA ORDINARIA o JUDICIAL: Tiene carácter subsidiario, en defecto de los titulares de la PP, se puede solicitar a instancia de parte o de oficio. Es obligatorio el cargo del tutor. Es una facultad general. Se lleva un control público Tiene carácter subsidiario, en defecto de los titulares de la PP, se puede solicitar a instancia de parte o de oficio. Es obligatorio el cargo del tutor. . Quienes pueden ser tutores: Solo las personas fisicas Solo las personas juridicas Tanto personas físicas como personas jurídicas (con los requisitos establecidos). Como se puede constituir la TUTELA: A través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria y siempre intervendrá el MF A través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria y siempre intervendrá el MF. No es necesaria la intervención de procurador o abogado. A través de un procedimiento de jurisdicción imperativa y siempre intervendrá el MF. No es necesaria la intervención de procurador o abogado.
|