DERECHO CIVIL I.2. Capítulo 4
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Título del Test:
![]() DERECHO CIVIL I.2. Capítulo 4 Descripción: (T1) 4 - LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO |



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3.1. Domicilio conyugal. E [A25J1-4]. El domicilio conyugal es: - El que determinen los cónyuges y en caso de desavenencia, resolverá el Juez, teniendo en cuenta el interés de la familia. - El que determinen los cónyuges y en caso de desavenencia, resolverá el árbitro teniendo en cuenta el interés de la familia. el árbitro no tiene competencia para decidir el domicilio conyugal. - Es el que determine la autoridad marital ya que la mujer debe seguir al marido donde quiere que fije su residencia. ya no existe la autoridad marital; marido y mujer son iguales y deciden conjuntamente. 5.1. En general. E [A25J1-5]. Juan y María están casados y preguntan a su abogado si pueden celebrar contratos entre sí. Señale la respuesta correcta: - El Código Civil prohíbe las donaciones entre cónyuges y la realización de algunos contratos onerosos entre ellos. no existe una prohibición general de donaciones ni de contratos onerosos entre cónyuges. - Los cónyuges pueden transmitirse por cualquier título bienes y derechos, y pueden celebrar entre si toda clase de contratos. El Código Civil permite expresamente la contratación entre cónyuges. Pueden: · Transmitirse bienes y derechos a título oneroso o gratuito. · Celebrar cualquier tipo de contrato entre sí, incluidas las donaciones, con los límites generales de la ley (fraude, perjuicio a terceros, etc.). - Existen prohibiciones de contratación solo en los contratos onerosos entre los cónyuges. Por lo tanto, los cónyuges solo pueden realizar donaciones entre sí. no se limitan solo a donaciones, pueden celebrar todo tipo de contratos. |





