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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDERECHO CIVIL III

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Título del test:
DERECHO CIVIL III

Descripción:
TEMA 5 - EL DERECHO DE PROPIEDAD

Autor:
DPJ92
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
07/06/2021

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 38
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Temario:
Cuales son las caracteristicas de la propiedad? Vocación de generalidad y elasticidad Vocación de generalidad, elasticidad ,exclusividad y perpetuidad Vocación de generalidad, elasticidad y exclusividad.
Que objetivo prevalece sobre la propiedad privada? El codigo civil tiene el fin de la protección absoluta mientras que la CE lo subordina al interes social o bien común En el codigo civil prima el interés social mientras que en la CE la propiedad privada tiene caracter absoluto.
Cuales son las facultades del derecho de propiedad (según el ART 348 CC)? Facultad de disfrute, disposición, y reivindicación Facultad de disfrute, disposición, reivindicación, de exclusión y de posesión, como regla general Facultad de disfrute, disposición, reivindicación, y de exclusión como regla general.
Cuales son los límites establecidos por razón del interés privado con respecto a la propiedad? Las relaciones de vecindad, la medianeria, las luces y vistas Las relaciones de vecindad, la medianería, las luces y vistas, los derechos reales de adquisición preferente y los actos anulativos Las relaciones de vecindad, la medianería, las luces y vistas, los derechos reales de adquisición preferente y los actos emulativos , además de el abuso de derecho y el Ius Usus Inocui.
Como se puede producir la adquisición de la MEDIANERIA Por la construcción por ambos colindantes del muro divisorio sobre el terreno de ambos o por la adquisición posterior de parte del muro medianero Por la construcción por ambos colindantes del muro divisorio sobre el terreno de ambos o por la adquisición posterior de parte del muro medianero además de por otros medios como la usucapión Por la construcción por ambos colindantes del muro divisorio sobre el terreno de ambos o por la adquisición posterior de parte del muro medianero o por la creación por parte de un 3ro.
Que obligaciones y derehos tienen los medianeros? ambos deben contribuir a los gastos de reparación y construcción y tienen responsabilidad por la facultad de alzar la pared medianera ambos deben contribuir a los gastos de reparación y construcción y tienen responsabilidad por la facultad de alzar la pared medianera, junto con la posibilidad de adquisición de la parte aumentada del muro medianero. Además del principio de comunidad en el ejercicio de los derechos por parte de cada uno de los medianeros ambos deben contribuir a los gastos de reparación y construcción y tienen responsabilidad por la facultad de alzar la pared medianera, junto con la posibilidad de adquisición de la parte aumentada del muro medianero. Además del principio de comunidad en el ejercicio de los derechos por parte de cada uno de los medianeros y de la prohibición de apertura de ventanas y huecos.
Cuales son los requisitos establecidos para no cometer abuso de derecho de la propiedad? uso de un derecho externamente legal daño a un interés no protegido por una especial prerrogativa juridica Inmoralidad o antisocialidad del daño Todas son correctas.
En que consiste el IUS USUS INOCUI Es la capacidad de utilizar la propiedad ajena sin perjuicio alguno al dueño, debe haber tolerancia obligatoriamente Es el derecho de utilizar la propiedad ajena sin perjuicio alguno al dueño, debe haber tolerancia obligatoriamente Es el derecho de utilizar la propiedad ajena sin perjuicio alguno al dueño, es indiferente la tolerancia.
A tiene una casa adosada con un pequeño jardin en la parte trasera y esta pensando en construir una pergola, pero se encuentra con un muro que separa su propiedad de la de su vecino y no sabe si ese muro puede tocarse, por tanto indique la respuestas correcta Se trata de un muro medianero, la propiedad es de ambos vecinos proporcionalmente y A puede construir la pérgola conforme al ART 577 Se trata de un muro medianero, la propiedad es de ambos vecinos proporcionalmente y A NO puede construir la pérgola conforme al ART 577.
Indica cuales son los casos singulares de propiedad: Adarves, cobertizos, y casas de paso Pasos exclusivos para parcelas interiores y engalaberno Todas son correctas.
Como se puede clasificar la ACCESIÓN? En accesión discreta (consiste en la produccion de frutos y rendimientos con fundamento en la facultad de goce) y en accesión continua (cuyo fundamento es evitar el perjuicio económico que produciría la separación) En accesión discreta (consiste en la produccion de frutos y rendimientos con fundamento en la facultad de goce) y en accesión continua (cuyo fundamento es evitar el perjuicio económico que produciría la separación). Además de natural, artificial o industrial y de mueble a mueble En accesión discreta (consiste en la produccion de frutos y rendimientos con fundamento en la facultad de goce) y en accesión continua (cuyo fundamento es evitar el perjuicio económico que produciría la separación). Además de natural, artificial o industrial .
Que clases de accesión existe? Natural de inmueble a inmueble Artificial o industrial de bienes inmuebles y accesión de mueble a mueble Todas son correctas.
Cuales son los supuestos de ACCESIÓN ARTIFICIAL O INDUSTRIAL en bienes inmuebles? Construcción, plantación o siembra en terreno ajeno Construcción y plantación Construcción, plantación y recogida de frutos.
Principios basicos de la ACCESIÓN ARTIFICIAL en bienes inmuebles. señale la incorrecta Lo edificado, plantado o sembrado en predios ajenos y las mejores o reparaciones hechas en ellos, pertenecen al dueño del predio. Todas las obras, siembras y plantaciones se presumen hechas por el propietario y a su costa, y no es necesario carga de prueba Si la construcción o plantación y el terreno pertenecen a propietarios distintos se produce la absorción de la construcción por parte de la propiedad y de su propietario.
Que determina si aquel que ha construido, plantado o sembrado en suelo ajeno merece indemnización? La buena fe La voluntad La legitimación.
Cuales son los supuestos de ACCESIÓN ARTIFICIAL o INDUSTRIAL en bienes inmuebles? La construcción, plantación o siembra en suelo propio con materiales ajenos La construcción, plantación o siembra en suelo ajeno con materiales propios y la incorporación hecha en suelo ajeno con materiales ajenos además de la construcción en suelo propio con materiales ajenos La construcción, plantación o siembra en suelo ajeno con materiales propios y la incorporación hecha en suelo ajeno con materiales ajenos además de la construcción en suelo propio con materiales ajenos junto con la construcción en suelo propio con materiales propios del propietario.
En que se basa la solución de una construcción, plantación o siembra en suelo propio con materiales ajenos? Se basa en si los materiales pueden ser separados de la obra sin que sufran daño se basa en el valor de los materiales se basa en la buena o mala fe del constructor.
En caso de que no se puedan separar los materiales en el supuesto de construcción en terreno propio con materiales ajenos, que procede? el dueño del terreno adquiere los materiales empleados, y si actúo de buena fe deberá abonar el valor de los materiales a su dueño el dueño del terreno adquiere los materiales empleados, y deberá abonar el valor de los materiales a su dueño independientemente de la buena y mala fe, además de una indemnización el dueño del terreno adquiere los materiales empleados, y si actúo de buena fe deberá abonar el valor de los materiales a su dueño, además en caso de actuar de mala fe deberá abonar una indemnización por daños y perjuicios.
Respecto a la construcción en suelo ajeno con materiales propios, que determina la indemnización? la buena fe la legitimidad la voluntad.
En el supuesto de construcción en suelo ajeno con materiales propios: Si el incoporante es de buena fe el dueño del suelo podrá hacer suyo lo construido indemnizando al incorporante, y además puede obligar a que compre el terreno. Si el incoporante es de buena fe el dueño del suelo podrá hacer suyo lo construido indemnizando al incorporarte, y si es de mala fe, el dueño podrá hacer suyo lo construido o bien exigir la vuelta al estado anterior a la construcción y tiene que indemnizar al incorporante por los materiales. Si el incoporante es de buena fe el dueño del suelo podrá hacer suyo lo construido indemnizando al incorporante, y además puede obligar a que compre el terreno. Si el incorporarte es de mala fe, el dueño podrá hacer suyo lo construido o bien exigir la vuelta al estado anterior a la construcción, y no tiene derecho a indemnización. además si ambos sujetos son de mala fe los derechos son los mismos que si procedieran de buena fe.
Que opciones tiene el dueño de un terreno en el supuesto de incorporación en suelo ajeno (del dueño del terreno) con materiales ajenos? puede hacer suyo lo construido y debe indemnizar al incoporante puede hacer suyo lo construido, respondiendo subsidiariamente frente al dueño de los materiales puede hacer suyo lo construido, respondiendo subsidiariamente frente al dueño de los materiales además de exigir la vuelta al estado natural sin recibir ni proporcionar indemnización.
En que consiste las CONSTRUCCIONES EXTRALIMITADAS? se produce una construcción dividida en parte de terreno propio y parte de terreno ajeno se produce una construcción dividida en parte de dos terrenos de dueños diferentes se produce una construcción dividida en parte de dos terrenos propios.
Según a jurisprudencia, que se debe hacer en caso de construcción extralimitada? la construcción no debe ser demolida ni dividida, por lo que el todo indivisible pertenecerá al constructor la construcción no debe ser demolida ni dividida, por lo que el todo indivisible pertenecerá al constructor. además el propietario del terreno invadido tendrá derecho a recuperar el precio del suelo ocupado y derecho de indemnización la construcción deberá ser demolida o dividida además el propietario del terreno invadido tendrá derecho a recuperar el precio del suelo ocupado y derecho de indemnización.
Cuales son los supuestos de ACCESIÓN de MUEBLE A MUEBLE? unión o adjunción (dos cosas muebles de distintos dueños) mezcla o confusión (dos o mas objetos diferenciados pasan a ser uno solo) unión o adjunción (dos cosas muebles de distintos dueños) , mezcla o confusión (dos o mas objetos diferenciados pasan a ser uno solo) y especificación (cuando una persona actua con su trabajo sobre una cosa ajena y la convierte en otra distinta).
En caso de UNIÓN o ADJUNCIÓN que procede: si no hay mala fe, el propietario principal adquiere la accesoria, sin obligación de indemnizar si no hay mala fe, se deben poner de acuerdo para resolver la cuestión si no hay mala fe, el propietario principal adquiere la accesoria con obligación de indeminizar.
En caso de UNIÓN o ADJUNCIÓN que procede: Si existe mala fe por alguna de las partes: el dueño de la cosa accesoria la perderá, y tendrá la obligacion de abonar una indemnización Si existe mala fe por alguna de las partes: el dueño de la cosa accesoria la perderá, y tendrá la obligacion de abonar una indemnización, mientras que el dueño principal podrá pagarla o separarla, también teniendo que abonar indemnización Si existe mala fe por alguna de las partes: el dueño de la cosa accesoria la perderá, y tendrá la obligacion de abonar una indemnización, mientras que el dueño principal podrá pagarla o separarla, también teniendo que abonar indemnización. Si ambos actúan de mala fe entonces cada cual exigirá su parte proporcional.
En que consiste la MEZCLA O CONFUSIÓN: dos o mas objetos diferentes se unen pasando a ser solo uno y siendo imperceptibles separadamente por los sentidos dos o mas objetos diferentes se unen pasando a ser solo uno y siendo imperceptibles separadamente por los sentidos. Si se actuó de buena fe, hay comunidad. En caso de mala fe, perderá la cosa y tendrá que indemnizar dos o mas objetos diferentes se unen pasando a ser solo uno y siendo imperceptibles separadamente por los sentidos. Si se actuó de buena fe, hay comunidad. En caso de mala fe, perderá la cosa y No tendrá que indemnizar.
En que consiste la ocupación? en la posesión de una cosa sin dueño con animo de adquirir su propiedad en la posesión de una cosa sin dueño sin animo de adquirir su propiedad en la posesión de una cosa con dueño sin animo de adquirir su propiedad.
en el supuesto de ocupación de animales : el propietario de un ejambre de abejas tiene derecho a: perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de este el daño causado. ademas si estuviese cercado , necesitará el consentimiento del dueño para entrar en el. perseguirlo sobre el fundo ajeno. además si estuviese cercado , necesitará el consentimiento del dueño para entrar en el. perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de este el daño causado. además si estuviese cercado , necesitará el consentimiento del dueño para entrar en el. Por otra parte si el propietario no persigue o cesa en la persecución durante dos dias seguidos el poseedor de la finca podrá ocuparlo o retenerlo.
En el caso de ocupación de animales amansados, que plazo tiene el propietario para reclamarlos? 20 dias a contar, desde la ocupación de otro 10 dias a contar, desde la perdida 20 dias a contar, desde la perdida.
En que consiste el tesoro? se entiende por tesoro el deposito OCULTO e IGNORADO de dinero, alhajas u otros objetos preciosos, cuya legitma pertenencia no conste se entiende por tesoro el deposito OCULTO e IGNORADO de dinero, alhajas u otros objetos preciosos.
En caso de encontrar un tesoro oculto en tu propiedad? al ser en tu propiedad el tesoro oculto pertenece al dueño del terreno en el que se halle y por otra parte si es encontrado en sitio ajeno o del estado, y se da por casualidad, la mitad será del descubridor al ser en tu propiedad el tesoro oculto pertenece al dueño del terreno en el que se halle y por otra parte si es encontrado en sitio ajeno o del estado, y se da por casualidad, el total será del descubridor al ser en tu propiedad el tesoro oculto pertenece al dueño del terreno en el que se halle y por otra parte si es encontrado en sitio ajeno o del estado, y se da por casualidad, el total será del estado.
En caso de que los efectos descubiertos sean interesantes para las ciencias o las artes, que puede hacer el estado? Podrá adquirirlos por justo precio, y se distribuirá conforme a lo pactado Podrá adquirirlos gratuitamente, y se distribuirá conforme a lo pactado Podrá adquirirlos por justo precio, y se distribuirá conforme a la ley.
Segun la Ley de patrimonio artistico: serán de dominio publico todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del PHE descubiertos por excavaciones, remociones de tierra u obras o por azar serán de dominio privado todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del PHE descubiertos por excavaciones, remociones de tierra u obras o por azar serán de dominio semi-publico todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del PHE descubiertos por excavaciones, remociones de tierra u obras o por azar.
A que tiene derecho el descubridor y el propietario del lugar donde se encontró el objeto que tenga valor de patrimonio? A una compensación A un premio en metalico, con valor de la mitad del valor de tasación, que se distribuirá entre ellos por partes iguales A un premio en metalico, con valor de la mitad del valor de tasación, que se distribuirá de manera no proporcional.
En que consiste el hallazgo? se trata de encontrar una cosa mueble que no sea tesoro se trata de encontrar una cosa mueble que sea tesoro se trata de encontrar una cosa mueble que no sea tesoro y que no tenga mucho valor.
Como se debe proceder en caso de hallazgo de cosa inmueble? el que lo encuentre debe restituirlo a su anterior poseedor y si no lo encuentra debe ponerlo inmediatamente en poder del alcalde del pueblo donde se hallara. El alcalde deberá dar publicidad durante dos domingos consecutivos. el que lo encuentre debe restituirlo a su anterior poseedor y si no lo encuentra debe ponerlo inmediatamente en poder del alcalde del pueblo donde se hallara. El alcalde deberá dar publicidad durante dos domingos consecutivos. Si la cosa tuviese coste de mantenimiento, se venderá en subasta publica pasados 8 dias desde el segun anuncio sin presentarse dueño y se depositará su precio. el que lo encuentre debe restituirlo a su anterior poseedor y si no lo encuentra debe ponerlo inmediatamente en poder del alcalde del pueblo donde se hallara. El alcalde deberá dar publicidad durante dos domingos consecutivos. Si la cosa tuviese coste de mantenimiento, se venderá en subasta publica pasados 10 días desde el según anuncio sin presentarse dueño y se depositará su precio.
En el caso de hallazgo de cosa mueble, que procede: pasados 2 años a contar desde el dia de la 2da publicación, sin presentarse dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que lo hubiese hallado y este o el propietario tienen la obligación de satisfacer los gastos y mientras no lo haga la autoridad podrá ejercer el derecho de retención sobre la cosa. En caso de presentarse el propietario NO estará obligado a abonar premio al que hubiese hallado la cosa con el 10% del precio de la cosa que encontró pasados 2 años a contar desde el dia de la 2da publicación, sin presentarse dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que lo hubiese hallado y este o el propietario tienen la obligación de satisfacer los gastos y mientras no lo haga la autoridad podrá ejercer el derecho de retención sobre la cosa. En caso de presentarse el propietario estará obligado a abonar premio al que hubiese hallado la cosa con el 10% del precio de la cosa que encontró pasados 2 años a contar desde el dia de la 1ra publicación, sin presentarse dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que lo hubiese hallado y este o el propietario NO tienen la obligación de satisfacer los gastos de mantenimiento. En caso de presentarse el propietario estará obligado a abonar premio al que hubiese hallado la cosa con el 10% del precio de la cosa que encontró.
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