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Derecho civil III. T3. La copropiedad y la propiedad horiz

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Título del Test:
Derecho civil III. T3. La copropiedad y la propiedad horiz

Descripción:
Derecho civil 3

Fecha de Creación: 2018/11/07

Categoría: UNED

Número Preguntas: 28

Valoración:(18)
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Temario:

La copropiedad no obliga a los copropietarios a permanecer en copropiedad de forma indefinida:  a) Salvo que haya pacto de indivisión indefinida.  b) Salvo que la cosa común sea objetiva o funcionalmente indivisible.  c) En ningún supuesto.

En la copropiedad se requiere unanimidad de los copropietarios:  a) Tanto respecto de los actos de disposición sobre la cosa común como de los que la graven.  b) Respecto de las posibles alteraciones o modificaciones de carácter material de la cosa salvo que resulten ventajosas para todos.  c) Solo cuando se grave la cosa común porque los actos de disposición y las modificaciones materiales de la cosa quedan sanados si resultan ventajosos para todos los copropietarios.

La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal:  a) Es inmodificable una vez fijada en el título constitutivo de la propiedad horizontal.  b) Es modificable por acuerdo de la Junta de propietarios si se alcanza el acuerdo unánime de la totalidad de los propietarios.  c) Es inmodificable una vez fijada en la escritura de división horizontal inscrita en el Registro de la Propiedad.

La contribución a los gastos en la copropiedad:  a) Se hace a prorrata de la cuota parte que corresponda a cada partícipe.  b) Se hace a partes iguales puesto que no hay sino cuotas ideales.  c) Se hace a partes iguales mientras no se demuestren diferentes cuotas de cada partícipe puesto que éstas se presumen iguales.

En la comunidad germánica...:  a) cada uno de los propietarios tiene idealmente atribuida una cuota de participación.  b) lo más importante es la preexistencia de vínculos personales entre los copropietarios.  c) no se tiene en cuenta la ligación personal entre los copropietarios sino la titularidad compartida del derecho de propiedad.

La división de la cosa común podrá hacerse...:  a) únicamente por los propios interesados.  b) solo a través de amigables componedores nombrados por los interesados.  c) por cualquiera de las formas que se mencionan en a) y b).

Si una viuda en una copropiedad ostenta el 60% de una finca y sus siete hijos se reparten el restante 40% es claro que para la enajenación de la cuota de cada partícipe...:  a) bastará con el voto de la viuda.  b) se necesitará no solo el voto de la viuda sino el de sus siete hijos.  c) bastará con la voluntad de vender de cada partícipe, a salvo el derecho de retracto que asiste a cualquier comunero.

Es característica de la comunidad romana...:  a) la inexistencia de cuotas y, por tanto, su concepción como una situación tendencialmente estable.  b) la existencia de cuotas en la que los comuneros pueden extinguir la comunidad ejerciendo la acción de división.  c) la imposibilidad, salvo casos muy tasados, de salir de ella.

En la comunidad romana:  a) La inexistencia de cuotas imposibilita ejercitar la división por parte de los comuneros.  b) La existencia de cuotas permite a cada copropietario realizar, sin consentimiento de los restantes, actos de disposición.  c) La inexistencia o existencia de cuotas no es importante para la disposición de los bienes por los comuneros.

Si un copropietario ejercita una acción judicial para la defensa frente a una perturbación en la cosa común:  a) La sentencia dictada a su favor aprovechará a los demás comuneros.  b) La sentencia dictada en su contra también afectará a los demás comuneros.  c) No puede ejercitar ninguna acción sin el consentimiento o asentimiento del resto de los comuneros.

La división de la cosa común requiere:  a) Unanimidad de los interesados.  b) Basta con el acuerdo de la mayoría de los interesados.  c) El ejercicio de una acción judicial siempre.

Los actos de disposición de una cosa común requieren...:  a) unanimidad de los copropietarios.  b) mayoría de los partícipes.  c) mayoría de los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de comunidad.

Tres condueños de una explotación agrícola quieren finalizar su situación de copropiedad.  a) No podrán hacerlo porque no es un bien divisible.  b) Podrán hacerlo siempre que se adjudique a uno de ellos la explotación agrícola y éste indemnice a los demás.  c) Solo podrán hacerlo si la venden y reparten su precio.

Se entiende por indivisibilidad funcional de una cosa:  a) aquella que es indivisible materialmente.  b) aquella que es divisible materialmente, pero pierde su valor cuando se divide.  c) aquella que puede ser divisible, pero se ha pactado por sus copropietarios su indivisibilidad.

Si una viuda en una copropiedad ostenta el 60% de una finca y sus siete hijos se reparten el restante 40% es claro que para la enajenación de la cuota de cada partícipe...:  a) bastará con el voto de la viuda.  b) se necesitará no solo el voto de la viuda sino el voto cada uno de sus hijos.  c) bastará con la voluntad de vender de cada partícipe, a salvo el derecho de retracto que asiste a cualquier comunero.

La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal:  a) Sirve para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad, aunque puede verse afectada por mejoras en cada piso o local.  b) Sirve para determinar la participación en las cargas de la comunidad pero no en los beneficios.  c) Sirve para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.

Si la madre ostenta el 60% de una finca y sus 3 hijos (mayores de edad), el 40% restante, las decisiones sobre la administración de la finca, ¿Cómo han de tomarse?:  a) Al ostentar la mayoría, la madre podrá tomar siempre todas las decisiones sobre la finca.  b) Los hijos podrán acudir ante el Juez en caso de que su madre adopte, de forma sistemática, decisiones que se entienden perjudiciales para ellos, a fin de que provea lo que corresponda.  c) Ambas alternativas son correctas.

Será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo que no exceda de...:  a) 5 años.  b) 10 años.  c) 15 años.

La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal:  a) Sirve para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad, aunque puede verse afectada por mejoras en cada piso o local.  b) Sirve para determinar la participación en las cargas de la comunidad, pero no en los beneficios.  c) Sirve para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.

Si la madre ostenta el 60% de una finca y sus 3 hijos (mayores de edad), el 40% restante, las decisiones sobre la finca, ¿Cómo han de tomarse?:  a) Al ostentar la mayoría, la madre podrá tomar siempre todas las decisiones sobre la finca en lo relativo a los actos de administración.  b) Los hijos podrán acudir ante el Juez en caso de que su madre adopte, de forma sistemática, decisiones de administración que se entiendan gravemente perjudiciales para ellos, a fin de que provea lo que corresponda.  c) Las opciones a y b son correctas.

Será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo que no exceda de...:  a) 5 años.  b) 10 años.  c) 15 años.

Efectuada la división de la cosa común, los copropietarios:  a) quedan obligados a la evicción de los bienes adjudicados.  b) quedan obligados al saneamiento de los bienes adjudicados.  c) quedan obligados al saneamiento y evicción de los bienes adjudicados.

La modificación de Estatutos de Comunidad de propietarios, en los casos que los Estatutos formen parte del título constitutivo de la Propiedad horizontal, exigirá:  a) Unanimidad de los propietarios.  b) Mayoría cualificada de cuotas.  c) Certificación registral adverada.

Para la administración de la cosa común, en la copropiedad por cuotas, se requiere...:  a) La unanimidad de partes.  b) La mayoría de cuotas.  c) La unanimidad de partícipes.

La Ley de Propiedad horizontal contempla sobre la atribución de la cuota de participación que:  a) La asignación de la cuota es impugnable con un plazo de caducidad de 3 años, previo acuerdo unánime del resto de copropietarios y autorización del Administrador.  b) La asignación de la cuota será impugnable si la cuota atribuida se ha fijado burlando los criterios legales.  c) La asignación de la cuota no es impugnable al haber sido aceptada por la Junta de Propietarios.

En la denominada copropiedad germánica:  a) Las cuotas son transmisibles a terceros.  b) No hay cuotas en sentido estricto.  c) Las cuotas son susceptibles de tanteo y retracto.

La Administración de la cosa común, en la copropiedad por cuotas:  a) Por mayoría de cuotas.  b) Por unanimidad de partes.  c) Por unanimidad de partícipes.

Efectuada la división de la cosa común, los copropietarios:.  a) quedan obligados a la evicción de los bienes adjudicados.  b) quedan obligados al saneamiento de los bienes adjudicados.  c) quedan obligados al saneamiento y evicción de los bienes adjudicados.

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