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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Constitucional II (Tribunal Constitucional) part 3

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Título del test:
Derecho Constitucional II (Tribunal Constitucional) part 3

Descripción:
derecho constitucional

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
03/02/2021

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 13
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Temario:
Según el Artículo 79 LOTC, ante un texto definitivo del Proyecto o Propuesta de REFORMA DE ESTATUTO una vez aprobado por las Cortes Generales Cabe Recurso PREVIO de Inconstitucionalidad Cabe Recurso de Inconstitucionalidad, pero nunca previo. Cabe Cuestión de Inconstitucionalidad.
Son susceptibles de recurso de inconstitucionalidad, con carácter previo: Proyectos de Estatutos de Autonomía. Las propuestas de reforma de los Estatutos de Autonomía. Ambas son correctas Ambas son incorrectas.
Están legitimados para interponer RECURSO PREVIO DE INCONSTITUCIONALIDAD: Los mismo que para interponer el recurso de inconstitucionalidad (el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas). Cualquier Juez o Tribunal de oficio o a instancia de parte (art. 35 LOTC). El defensor del pueblo o cualquier ciudadano si cree que son vulnerados sus derechos. Todas son correctas.
El plazo para interponer un es de RECURSO PREVIO DE INCONSTITUCIONALIDAD 3 días desde la publicación del texto 6 días desde la publicación del texto 3 meses desde la publicación del texto .
El plazo para resolver el RECURSO PREVIO DE INCONSTITUCIONALIDAD es: Plazo para resolver 6 meses. Preferencia en la resolución y además no impide la presentación de RI o CI contra el EA o su reforma tras la entrada en vigor. Plazo para resolver 9 meses. Preferencia en la resolución y además no impide la presentación de RI o CI contra el EA o su reforma tras la entrada en vigor. Plazo para resolver 6 meses. Preferencia en la resolución, pero impide la presentación de RI o CI contra el EA o su reforma tras la entrada en vigor. Plazo para resolver 3 meses. Preferencia en la resolución y además no impide la presentación de RI o CI contra el EA o su reforma tras la entrada en vigor.
Para las disposiciones, resoluciones y actos del Estado y Comunidad Autónoma, SIN FUERZA DE LEY: CONFLICTO DE COMPETENCIAS CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD RECURSO DE INCONCTITUCIONALIDAD RECURSO PREVIO DE INCONCTITUCIONALIDAD.
EL CONFLICTO EN DEFENSA DE LA AUTONOMIA LOCAL, tiene como objeto: Para las NORMAS DEL ESTADO CON RANGO DE LEY, con el fin de la defensa de la autonomía foral de los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, constitucional y estatutariamente garantizada. Para las NORMAS DEL ESTADO SIN RANGO DE LEY, con el fin de la defensa de la autonomía foral de los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, constitucional y estatutariamente garantizada.
Controversias entre los ÓRGANOS CONSTITUCIONALES DEL DEL ESTADO sobre el reparto constitucional de atribuciones entre ellos: (73-75 LOTC) CONFLICTO DE ATRIBUCIONES CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONFLICTO DE COMPETENCIAS RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Los órganos legitimados para el CONFLICTO DE ATRIBUCIONES son: Órganos: Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado y Consejo General del Poder Judicial. Órganos: Gobierno, Congreso de los Diputados y Senado. Órganos: Gobierno y Consejo General del Poder Judicial.
Para las NORMAS CON RANGO DE LEY DEL ESTADO Ó DE LAS CCAA QUE LESIONEN LA AUTONOMÍA LOCAL constitucionalmente garantizada CONFLICTO EN DEFENSA DE LA AUT LOCAL CONFLICTO DE ATRIBUCIONES CONFLICTO DE COMPETENCIAS RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
La legitimación para interponer CONFLICTO EN DEFENSA DE LA AUT LOCAL Municipio o provincia destinatarios de la ley. 1/7 de municipios del ámbito y que representen 1/6 de población ½ provincias del ámbito que representen la ½ de población de incidencia directa Municipio o provincia destinatarios de la ley. 1/5 de municipios del ámbito y que representen 1/5 de población ½ provincias del ámbito que representen la ½ de población de incidencia directa Municipio o provincia destinatarios de la ley. 1/7 de municipios del ámbito y que representen 1/6 de población.
Conflicto negativo propio: a solicitud del administrado es la administración. Ambas son correctas.
El conflicto negativo impropio es la administración a solicitud del administrado Ninguna es correcta.
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