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Derecho eclesiástico

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Título del Test:
Derecho eclesiástico

Descripción:
Auto-evaluación T12

Fecha de Creación: 2021/04/06

Categoría: UNED

Número Preguntas: 10

Valoración:(7)
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Temario:

El artículo 16 de la Constitución española contempla como titulares del Derecho de libertad ideológica y religiosa: a todos los españoles. a las comunidades religiosas que se hayan inscrito en el Registro de entidades religiosas. a las personas y las comunidades en que se integran.

La formación de las comunidades religiosas se basa: en el Derecho propio de cada comunidad. en el Derecho público. en las normas de Derecho público y en las de Derecho privado de cada comunidad, si el ordenamiento le reconoce efectos jurídicos.

La titularidad del artículo 16 de la Constitución española abarca: a todas las comunidad que se forman en torno a una creencia, sea o no teísta. a las comunidades religiosas. al as comunidades religiosas con notorio arraigo.

En el artículo 5 de la Ley orgánica de libertad religiosa: El legislador delega las normas y requisitos de creación de las entidades religiosas a las normas de desarrollo. Fija los requisitos que debe acreditar una comunidad religiosa para inscribirse. habla expresamente del Registro de entidades religiosas.

El artículo 6 de la Ley Orgánica de Libertad religiosa reconoce a las entidades religiosas: relevancia sobre las ideológicas. autonomía plena. la posibilidad de firmar acuerdos de cooperación.

Para formar parte de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa: basta con estar inscrita. además de la anterior la entidad debe tener reconocido notorio arraigo. junto con ambos requisitos, debe ser una de las entidades que ha firmado acuerdo de cooperación con el Estado español.

Los Registros administrativos otorgan: publicidad formal. publicidad material. legitimación al titular en su posición como tal.

A los efectos del procedimiento de inscripción de las comunidades religiosas “lo religioso” es: un concepto fácilmente aprehensible por el Estado. Un concepto privado ante el que el Estado debe permanecer neutral. lo contrario a lo ideológico.

En virtud de la autonomía plena las comunidades religiosas: pueden cometer actos en fraude de ley. no responden de sus actos, son los individuos que la conforman quienes se convierten en responsables. no están sujetas al límite genérico de actuar bajo una estructura democrática.

La inscripción en el Registro: es el único medio para alcanzar los beneficios de la actuación promotora del Estado a través de la cooperación. sirve para identificar los distintos niveles de importancia de las entidades religiosas. es uno de los dos requisitos previstos en el ordenamiento jurídico español para poder firmar acuerdos de cooperación.

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