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DERECHO DE FAMILIA

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Título del Test:
DERECHO DE FAMILIA

Descripción:
DERECHO DE FAMILIA

Fecha de Creación: 2026/01/11

Categoría: Test de conducir

Número Preguntas: 32

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¿QUÉ ES UNA FAMILIA RECONSTRUIDA EN LA TIPOLOGÍA DE FAMILIAS DEL DERECHO CIVIL?. LA QUE SE RECONCILIA TRAS LA RUPTURA. LA DERIVADA DE RELACIONES PREVIAS DE LA PAREJA. LA FORMADA POR LA PAREJA Y LOS HIJOS COMUNES. LA FAMILIA DONDE NO EXISTE PAREJA.

¿PUEDE CONTRAER MATRIMONIO UNA PERSONA DE 18 AÑOS?. SÍ. SÍ, PERO SÓLO SI SU NACIMIENTO CONSTA EN EL RM. SÍ, PREVIA DISPENSA EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA. NO.

¿ES NULO UN MATRIMONIO EN FORMA CIVIL CELEBRADO CON UN SOLO TESTIGO?. SÍ. NO, ES UN DEFECTO DE ESCASA RELEVANCIA, QUE NO PRODUCE NULIDAD. SÍ, SIEMPRE QUE SE INTERPONGA LA DEMANDA DE NULIDAD EN EL PLAZO DE UN AÑO. SÍ, PERO EL MINISTERIO FISCAL PUEDE CONVALIDAR EL MATRIMONIO.

La separación de hecho, una vez transcurridos los 300 días, hace desaparecer la presunción de paternidad marital de un hijo. ¿Cierto?. No, pero sí en caso de que transcurran 301 días o más. Sí. No, hace falta la separación legal o el divorcio. Sí, pero sólo en el caso de matrimonios celebrados en forma civil.

¿Es preciso para la eficacia frente a terceros que la reconciliación de los cónyuges separados se inscriba en el Registro Civil?. Sí. No, salvo que haya transcurrido un año desde la separación. No, nunca. La reconciliación de los cónyuges separados no está regulada en el Código Civil.

¿Puede solicitarse el divorcio de mutuo acuerdo sin alegar causa alguna?. No, siempre hay que alegar alguna causa. Sí, al tratarse de divorcio de mutuo acuerdo que no está sujeto a plazo. No, el plazo mínimo son tres meses. No, el plazo mínimo son seis meses.

Una pareja de hecho rompe su convivencia, tienen un hijo no común mayor de edad que sufre discapacidad y otro menor de edad común. ¿A quién se atribuirá la custodia?. La del menor de edad de forma ordinaria y la del discapacitado al progenitor. Deberá otorgarse la custodia de ambos a la misma persona para separarlos lo menos posible. La custodia del menor de edad de forma ordinaria, el que tiene discapacidad no es objeto de custodia. El dictamen del Ministerio Fiscal decidirá lo mejor para el interés de los hijos y será vinculante.

¿Es legal establecer derecho de visitas a favor del padre que ha sido condenado por violencia de género siendo la madre la víctima?. No, será ilegal siempre. Sí, si el juez lo motiva en interés de los hijos. Sí, si el juez lo motiva y se limita a un día a la semana sin pernocta. Sólo si el interés de los hijos y previa aprobación de la Audiencia Provincial.

La vivienda familiar es propiedad del esposo, no hay hijos y el nieto, la sentencia de divorcio considera que la esposa ostenta el interés necesitado de protección. ¿Puede atribuirle el uso de la vivienda?. Sí, pero sólo temporalmente. Sí, lo atribuirá necesariamente hasta la mayoría de edad del nieto. No, al no existir hijos menores no cabe atribuir el uso del domicilio al no propietario. Sí, incluso de forma vitalicia.

¿La pensión compensatoria del divorcio se extingue por la muerte del deudor?. Sí, automáticamente. Sí, automáticamente, pero los herederos pueden solicitar la reducción al 50%. No automáticamente, pero los herederos pueden solicitar la reducción o extinción si perjudica sus legítimas. Las pensiones se mantienen siempre a cargo de los herederos.

¿En qué momento se disuelve el régimen de gananciales en el proceso de divorcio?. Por la admisión a trámite de la demanda. Por el auto de medidas provisionales. Por la sentencia que disuelve el régimen de gananciales. Por la sentencia estimatoria del divorcio.

El esposo dona un inmueble de carácter ganancial valorado a un amigo, sin contar con su esposa. Ese acto es: Válido. Anulable. Radicalmente nulo. Válido salvo que se trate de la vivienda familiar.

En régimen de gananciales, el esposo aporta en dinero privativo el 50 % del precio de compra de un coche adquirido al contado y el otro 50 % con dinero ganancial. ¿Qué naturaleza tiene el bien?. Enteramente ganancial. Enteramente privativo del esposo. Proindiviso al 50 % entre la sociedad de gananciales y el esposo. Proindiviso entre la sociedad de gananciales y el esposo, pero con derechos del 75 % y 25 %.

¿Son iguales en derechos sucesorios todos los hijos sea cual sea la clase de filiación?. Sí. No, los hijos biológicos tienen mayores derechos. No, los hijos matrimoniales tienen mayores derechos. Sí, excepto los hijos adoptivos, que tienen menos derechos.

¿Se presume hijo del marido de la madre un hijo nacido a las 24 horas de la celebración de la boda?. No, no existe presunción de paternidad marital hasta los 180 días de la boda. Sí, aunque es una presunción que puede ser destruida por declaración en contra del marido. No, no existen las presunciones de paternidad marital. No, no existe presunción de paternidad marital hasta los 300 días después de la boda.

¿Es posible impugnar el reconocimiento de un hijo por vicio de la voluntad?. No, es un acto no impugnable. Sí, en el plazo de un año desde el reconocimiento o el cese del vicio de la voluntad. Sí, en cualquier momento, es una impugnación no sujeta a término. La ley no se pronuncia sobre la impugnación del reconocimiento.

El cónyuge del padre puede reclamar alimentos al hijo de éste, al que ha heredado una gran fortuna, en caso de necesidad?. No. Sí, hasta que se produzca el divorcio con el padre de dicho hijo no conviviente. Nunca los padres pueden reclamar alimentos a los hijos. Sí, pero sólo los auxilios indispensables para la vida.

¿Existe un deber de respeto de los hijos hacia sus padres según el Código Civil?. No, sólo un deber de obediencia. Sí, pero sólo mientras sean menores de edad. Sí, previo informe favorable del Ministerio Fiscal. Sí, siempre.

¿Las criaturas abortivas tienen capacidad para suceder?. Sí. Sí, pero sólo la parte de legítima. No. Sí, pero sólo en sucesión intestada.

Si mueren al mismo tiempo dos personas, ¿hay sucesión de la una a la otra en el caso de que sean abuelo y nieto?. Sí, el nieto hereda al abuelo. Sí, el abuelo hereda al nieto. No. Sí, pero solamente en la parte de libre disposición, si han hecho testamento.

¿En qué supuestos se produce el derecho de representación sucesoria?. En toda la herencia en la sucesión intestada y en la legítima estricta en la testamentaria. En toda la herencia, sea la sucesión intestada o testamentaria. En toda la herencia en la sucesión intestada, nunca en la sucesión testamentaria. No existe el derecho de representación en el Código Civil.

¿Es el testamento ológrafo un acto formal o solemne, y además de redacción notarial?. Notarial no, formal sí. Sí. Formal sí, notarial no. No, ni notarial ni formal, puede ser otorgado incluso verbalmente.

¿Cuál es la edad mínima para hacer testamento cerrado?. Dieciséis años. Catorce años. Dieciocho años. Veinticinco años.

¿Puede el testamento cerrado redactarse y firmarse mediante medios electrónicos?. No, únicamente en soporte papel. Sí, la redacción pero la firma ha de ser manuscrita. Sí, en soporte electrónico, pero la redacción ha de ser en papel. Sí, pero solamente para identificar al testador.

Si el notario no puede identificar al testador: No puede otorgarse testamento. Puede otorgarse testamento pero debe hacerse constar esta circunstancia. Puede otorgarse testamento que contenga únicamente legados. Puede otorgarse testamento solamente sobre la parte de legítima.

¿Puede un testamento abierto revocar un testamento ológrafo?. Sí, la forma del testamento revocador y del revocado son indiferentes. No, pero a la inversa sí, es decir, un testamento ológrafo puede revocar uno abierto. Los testamentos ológrafos son irrevocables. Sí, pero sólo en la misma forma, mediante otro testamento abierto.

La causa de desheredación... Debe ser expresada en el testamento, y además probada por los coherederos beneficiados. No hace falta expresar causa ni probarla. Debe ser expresada en el testamento, pero sólo ha de ser probada sólo si el desheredado la niega. Ha de ser expresada, pero no necesariamente en el testamento, y no es preciso probarla.

¿Hasta qué grado de parentesco tienen derechos como sucesores intestados los colaterales por afinidad del causante?. Segundo grado. Sexto grado. Cuarto grado. Los parientes por afinidad no tienen derechos sucesorios.

Un cónyuge separado judicialmente del causante, se reconcilia y el juez aprueba la reconciliación ¿tiene derechos como sucesor intestado?. No, la pérdida del derecho sucesorio es irreversible. Sí. Un cónyuge separado no había perdido derechos sucesorios, por lo que es indiferente que se reconcilie o no. Recupera solamente la legítima viudal sobre bienes inmuebles, pierde el resto de los derechos sobre bienes muebles y otros activos hereditarios.

¿Dos o más personas pueden ser sustitutas vulgares de un solo heredero?. Dos sí, pero más de dos no. No, debe existir un único sustituto para cada heredero sustituido. Sí. Sí, pero el máximo son tres sustitutos para cada heredero sustituido.

Para fijar la legítima o caudal computable se tiene en cuenta... El caudal relicto o bienes que quedan a la muerte del testador, exclusivamente. El caudal relicto, más las donaciones realizadas en vida por el testador. El caudal relicto, más los legados contenidos en el testamento. El caudal relicto, más el tercio de mejora.

Muerto el causante, carece de descendientes, pero le sobreviven un bisabuelo paterno, una abuela paterna, y dos abuelos maternos. ¿Qué porcentaje de legítima corresponde a cada ascendiente?. El bisabuelo un cuarto por representación, la abuela paterna otro cuarto, los abuelos maternos la mitad. La abuela paterna la mitad, los abuelos maternos la otra mitad. La abuela paterna y los abuelos maternos, un tercio cada uno. El bisabuelo la totalidad de la legítima.

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