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Derecho financiero y tributario I.1

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Título del Test:
Derecho financiero y tributario I.1

Descripción:
La aplicación de los tributos, preguntas de autoevaluación

Fecha de Creación: 2021/01/13

Categoría: UNED

Número Preguntas: 14

Valoración:(12)
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Temario:

Puede dictar liquidaciones un tribunal económico administrativo?. En todo caso. Nunca. Solo cuando la resolución sea estimatoria.

El defecto insubsanable en la notificación de una liquidación. Obliga a exigir su rectificación. Hace necesaria la comparecencia del contribuyente ante el órgano competente. Priva de toda eficacia al acto.

Las liquidaciones tributarias que no son provisionales se clasifican como. Firmes. A cuenta. Definitivas.

Señale cuál de estas clasificaciones de liquidaciones tributarias es correcta y exhaustiva. Provisionales y a cuenta. Provisionales y definitivas. Provisionales y firmes.

Una liquidación provisional es siempre una liquidación. Firme en vía administrativa. Que se ha practicado sin que medie comprobación administrativa completa del hecho imponible y de su valoración. Que no ha sido dictada por la administración.

Las liquidaciones tributarias deben notificarse. Únicamente en ciertos casos. Siempre de forma personal en el domicilio del interesado. Las dos afirmaciones anteriores son incorrectas.

En los tributos de cobro periódico por recibo. Una vez notificada la liquidación correspondiente al alta en el respectivo registro, padrón o matrícula, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos. la notificación por edictos solo puede llevarse a cabo una vez intentada por dos veces la notificación personal en el domicilio del obligado. No cabe la notificación por edictos.

Las liquidaciones dictadas por los órganos de gestión. Tienen carácter provisional. Pueden tener carácter provisional o definitivo, según haya transcurrido o no el plazo para recurrir. Pueden tener carácter provisional o definitivo según la extensión de la comprobación.

El incumplimiento del plazo máximo para el desarrollo del procedimiento inspector. Provoca la caducidad del procedimiento el incumplimiento. Impide la imposición de sanciones tributarias. Las dos opciones anteriores son incorrectas.

Existe un procedimiento de aplicación de los tributos cuyas actuaciones pueden extenderse hasta que se produzca la prescripción, sin que estén sometidas a un plazo máximo de duración. ¿ De qué procedimiento se trata?. Procedimiento fe gestión. Procedimiento de apremio. Procedimiento inspector.

Las liquidaciones tributarias. Son definitivas si no se ha recurrido en plazo. Que se emiten en los procedimientos de gestión tienen carácter provisional. No pueden practicarse por los órganos de inspección,que deberán remitir las actuaciones al órgano de gestión para que ratifique la propuesta de liquidación.

De acuerdo con la Ley general Tributaria, las presunciones legales en materia tributaria. Son iuris et de iure en todo caso. Pueden ser de una u otra naturaleza. Son iuris tantum siempre.

la Ley general Tributaria reconoce el derecho de la administración titular de cualquier bien a quien figure como tal en un registro fiscal o de carácter público. Admitiendo con carácter general prueba en contrario. No admitiendo prueba en contrario. Admitiendo prueba en contrario solo cuando se trata de impuestos directos.

De acuerdo con la Ley general Tributaria las actas y diligencias extendidas por la inspección de los tributos hacen prueba de los hechos que motiven su formalización. Salvo que se acredite lo contrario. Sin que se admita prueba en contrario. Admitiéndose únicamente como prueba en contrario una escritura pública.

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