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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Internacional Privado 1pp- Tema 6 y 7

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Título del test:
Derecho Internacional Privado 1pp- Tema 6 y 7

Descripción:
preguntas avex- tema 6 y 7

Autor:
AVATAR
Florentina Tutunaru
(Otros tests del mismo autor)


Fecha de Creación:
29/08/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 17
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Temario:
Se dicta medida cautelar por un tribunal canadiense que pretende reconocerse y ejecutarse en España: El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI con las normas de competencia judicial previstas en la LOPJ El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI junto con las normas sobre medidas cautelares previstas en la LEC.
¿Puede un juez español resolver un problema relativo a una institución desconocida en el Derecho español? Sí, sustituyendo la institución extranjera por alguna de las conocidas en nuestro Derecho No, deberá desestimar la demanda Sí, aplicando cumulativamente todas las normas de conflicto que tengan algo que ver con la situación.
De acuerdo con la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil (LCJI), para que un documento público extranjero sea ejecutable en España, Es necesario que supere el previo procedimiento de reconocimiento al tratarse de un documento público extranjero. Solo se exige el previo procedimiento de reconocimiento si el documento ha sido expedido por una autoridad de un tercer Estado no miembro de la UE. No es necesario un previo procedimiento de reconocimiento.
Escritura pública de reconocimiento de deuda otorgada en México Las escrituras públicas no pueden reconocerse en España. El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI. Solo las escrituras públicas otorgadas en países miembros de la UE son reconocibles en España.
De acuerdo con el Reglamento 1215/2012, la infracción de los derechos de defensa del demandado como motivo de denegación del reconocimiento de decisiones judiciales dictadas en un Estado miembro, es apreciable: Cuando el demandado compareció para plantear la declinatoria por falta de jurisdicción. Solo si la resolución se hubiere dictado en rebeldía del demandado. Cuando el demandado no compareció habiendo recibido la cédula de emplazamiento de forma regular y con tiempo para defenderse.
Conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional, el reconocimiento incidental: Excluye la posibilidad de solicitar el exequatur de la decisión La Ley de Cooperación Jurídica Internacional en Materia civil no incluye el reconocimiento incidental de las decisiones extranjeras. No excluye la posibilidad de solicitar el exequatur de la decisión.
Se reconoce en España una sentencia en materia de alimentos. Le preguntan a UD. como abogado si es posible entablar una acción en España para modificar la cuantía que fijó la sentencia extranjera: Imposible. Una vez reconocida la sentencia extranjera, despliega efectos de cosa juzgada. Es posible. El Reglamento Bruselas I ref prevé expresamente esta posibilidad. Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad.
Conforme a la Ley de Cooperación Jurídica internacional en materia civil (LCJI) es posible ejecutar una decisión extranjera: Antes de haber obtenido su exequátur cuando se haya obtenido su exequátur Aunque no se haya obtenido su exequátur.
La legalización de los documentos públicos extranjeros en España es un requisito: Que no se requiere nunca para que un documento público extranjero sea eficaz Que se exige cada vez más con objeto de aportar seguridad Que en mayor medida se está flexibilizando, e incluso se ha suprimido en algunos casos.
Se dicta sentencia en un tribunal alemán en cuya virtud se declara incapaz a un alemán con residencia en Palma de Mallorca Para reconocer la sentencia alemana en España habrá de aplicarse las normas sobre reconocimiento previstas en el R. Bruselas I ref. Para reconocer la sentencia alemana en España habrá de aplicarse las normas sobre reconocimiento previstas en el R. Bruselas I ref. a la luz de la LCJI Para reconocer la sentencia alemana en España habrá de aplicarse las normas sobre reconocimiento previstas en la LCJI.
Mediante el reconocimiento de la sentencia extranjera en España: Se obtiene una declaración de ejecutividad de la sentencia extranjera Se obtienen efectos de cosa juzgada de la sentencia extranjera Se obtiene la ejecución de la sentencia extranjera.
La excepción de orden público: Debe activarse si se da un choque en abstracto entre la norma extranjera designada y el derecho español Opera igual que las normas imperativas Debe ser apreciada en cada caso concreto.
De conformidad con la LCJI en materia civil: La ejecución de una decisión extranjera solo es posible tras haber obtenido su exequatur La ejecución de una decisión extranjera es posible sin la declaración de ejecutabilidad dado que esta declaración no es obligatoria La ejecución de decisiones extranjeras no está regulada por la LCJI en materia civil.
Sentencia dictada en Canadá. Se condena al demandado a: abstenerse de llevar a cabo ciertos comportamientos e indemnizar al demandante con cien mil dólares. Le pregunta a UD. como abogado si es posible pedir únicamente el reconocimiento de la sentencia referente a la indemnización: Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad Es posible. El R. Bruselas I ref. prevé expresamente esta posibilidad Imposible. La sentencia extranjera debe reconocerse íntegramente en España.
Escritura pública de reconocimiento de deuda otorgada en México; Las escrituras públicas no pueden reconocerse en España El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI Solo las escrituras públicas otorgadas en países miembros de la UE son reconocibles en España.
Un juez italiano, a petición de ciudadanos italiano residente en Italia, entra a conocer de una demanda y resuelve un problema relativo a la titularidad de una propiedad que posee sobre un inmueble sito en España, sobre el que también están conociendo los juzgados españoles: Es irrelevante que conozca el juez español o el italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse si favorece el interés del demandante Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse No es posible reconocer en España la sentencia italiana que resuelve la cuestión de la titularidad del derecho sobre un inmueble sito en territorio español.
Se reconoce en España una sentencia en materia de alimentos. Le preguntan a UD. como abogado si es posible entablar una acción en España para modificar la cuantía que filó la sentencia extranjera: Es posible. El Reglamento Bruselas I ref prevé expresamente esta posibilidad Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad Imposible. Una vez reconocida la sentencia extranjera, despliega efectos de cosa juzgada.
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