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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho internacional privado avex

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Título del test:
Derecho internacional privado avex

Descripción:
2pp - avex

Autor:
AVATAR
FLORENTINA TUTUNARU
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Fecha de Creación:
16/04/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 165
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La acción de reclamación de filiación por naturaleza planteada ante los tribunales españoles por una madre de nacionalidad francesa y residente en España en representación de su hijo, nacional francés y residente igualmente en España, contra un presunto padre español, se rige por: La ley española al ser la ley de residencia habitual del demandante. La ley francesa, al ser la correspondiente a la ley nacional del demandante. La ley española al ser la ley que rige procedimiento.
La ley aplicable a un contrato de arrendamiento sobre un inmueble situado en Florencia, por un periodo de cuatro meses, entre un nacional alemán y un nacional belga, ambos con domicilio en Berlín, será: A falta de ley por las partes, el ordenamiento alemán conforme al Reglamento 593/2008 (R. Roma I) sobre ley aplicable a los contratos. El ordenamiento italiano dado que conforme al R. Bruselas I (refundido) es una materia exclusiva y el inmueble está situado en Florencia. Únicamente el ordenamiento italiano por ser del Estado donde está situado el bien inmueble conforme al R. 593/2008 (R. Roma I) sobre ley aplicable a los contratos.
La celebración del matrimonio de una pareja de españoles en el extranjero será válida, entre otras: Únicamente, ante autoridad consular español. Según las formas legalmente previstas en la ley del lugar de celebración Únicamente, en las formas, civil o religiosa, previstas por la ley española.
De acuerdo con lo establecido en el R. 650/2012, en concordancia con el Convenio de la haya de 5 de octubre de 1961, la validez formal de los testamentos se regirá: Por la ley de la autoridad competente que conozca de la disposición testamentaria, salvo en los testamentos ológrafos y mancomunados que será por la ley que tenga los vínculos más estrechos con los bienes sobre los que haya dispuesto el testador. En aplicación del CLH de 1961, que es de carácter universal, por la ley que disponga el testador siempre que coincida con la ley de su residencia habitual en el momento que se determinó su nacionalidad. Alternativamente, por la ley del lugar en que el testador hizo la disposición, la ley nacional del testador en el momento en que dispuso o en el de su fallecimiento, la ley del domicilio del testador en el momento en que dispuso o en el de su fallecimiento, la ley del lugar en que el testador tenía su residencia habitual en el momento en que dispuso en el de su fallecimiento, y por último respecto a los bienes inmuebles, conforme a la ley del lugar en que estén situados. .
El R. 593/2008 (ROMA I): Solamente se aplica a las obligaciones civiles y no a las obligaciones mercantiles. Opera con alcance universal y, en consecuencia, la ley aplicable designada puede ser la de un ordenamiento de un país tercero. Espacialmente se aplica solo en el ámbito territorial de UE respecto a los ordenamientos de los estados miembros.
Un consumidor español con residencia en Valencia compra a plazos por internet desde su casa y para su uso particular una bicicleta eléctrica muy sofisticada a una empresa alemana con sede en Alemania y que también dirige sus actividades a España. Cuando le entregan la bicicleta, comprueba que la batería es defectuosa. Pretende demandar al vendedor alemán. Observa que el contrato de compraventa contiene una cláusula de sumisión a tribunales alemanes. Respecto de esa cláusula, determine: La cláusula es válida y, en consecuencia, debe demandar en Alemania. La cláusula es invalida, pero, si quiere, el consumidor español con residencia en España puede demandar en Alemania. La cláusula es invalida y el consumidor español con residencia en España debe someterse a los tribunales españoles.
En el transcurso de un safari en Botsuana, un español con residencia habitual en Valladolid sufre heridas por el disparo fortuito de una escopeta. El arma fue disparada por otro español que también tiene su residencia habitual en la misma localidad. Tras este hecho, el herido plantea demanda ante el tribunal español, autoridad que aplicará para resolver el asunto: El accidente ocurrió en un tercer estado, por tanto, el tribunal español no podrá conocer del asunto. El ordenamiento que regularía la responsabilidad extracontractual seria la lex loci damni. El ordenamiento que regularía la responsabilidad extracontractual seria la ley española. .
Para la aplicación del convenio de la haya de 1993 a una adopción internacional por la que se establece vinculo de filiación, se requiere: Que el adoptante o los adoptantes y el adoptado sean nacionales de distintos estados que hayan ratificado el convenio, y, que todos sean residentes del mismo estado donde el menor seguirá residiendo Que el adoptante o los adoptantes y el adoptando tenga su residencia habitual en distintos estados parte del convenio, y, que el menor vaya a ser desplazado desde su estado de origen al estado de recepción, ya sea antes o después de la constitución de la adopción Que el adoptante o los adoptantes y el adoptado sean nacionales de distintos estados que hayan ratificado el convenio.
La ley aplicable al ejercicio de la responsabilidad parental se determinará: Indistintamente con arreglo a la ley nacional del progenitor o de cualquiera de los progenitores, primando siempre la legislación más favorable al hijo. Con arreglo al Convenio de la Haya de 19 de octubre de 1996. Con arreglo al R. 2201/2003.
La aplicación universal del convenio de Múnich relativo al nombre y apellidos conlleva: Que el texto puede ser aplicado solo cuando el ordenamiento al que remita sea el de un estado también parte del mismo. Que el texto va a ser aplicado también por las autoridades de los estados que no lo hayan ratificado. Que el texto va a ser aplicable incluso cuando el ordenamiento al que remita sea el de un estado que no sea parte del mismo.
Juan y Álvaro constituyen una sociedad en Londres. Dicha sociedad no tendrá actividad en dicha ciudad. No obstante, pretenden inscribir una sucursal de dicha sociedad en España que sí tendrá actividad. ¿debe inscribirse dicha sociedad en el registro? En tanto que la sucursal de una sociedad constituida conforme al derecho de otro estado miembro de la UE la inscripción es facultativa. En tanto que la sucursal de una sociedad constituida conforme al derecho de otro estado miembro de la UE es necesaria la inscripción. En tanto que la sucursal de una sociedad constituida conforme al derecho de otro estado miembro de la UE no es necesaria la inscripción.
Dos nacionales españoles residen en Tánger durante ocho años donde tienen dos hijos. El esposo vuelve a España en noviembre de 2019 y cinco meses más tarde decide interponer una demanda de divorcio ante las autoridades españolas. El ordenamiento que regula el divorcio será: Por las previsiones del R. 1259/2010 (R. ROMA III) que establece la aplicación del ordenamiento español, dada la nacionalidad de los cónyuges. Por las previsiones del R. 1259/2010 (ROMA III) que establece, en defecto de ley, la aplicación del ordenamiento marroquí como ley de la última residencia habitual de los cónyuges. Por las previsiones del R. 2201/2003 que establece la competencia judicial internacional de la nacionalidad común de los cónyuges.
Los foros de competencia judicial internacional previstos en el R. 2201/2003: Se basan en el principio de la autonomía de la voluntad Se basan en el principio de la autonomía de la voluntad, pero esta autonomía está parcialmente limitada No se basan en el principio de la autonomía de la voluntad. .
Paul, nacional inglés con residencia habitual en Madrid, otorga expresamente testamento bajo su ley personal: El testamento es válido. Según el R. 650/2012, la sucesión puede, en ciertos supuestos, regirse por la ley nacional. El testamento no es válido. Según el R. 650/2012 la sucesión se rige en cualquier caso por la ley del lugar donde se encuentran los bienes El testamento no es válido. Según el R. 650/2012, la sucesión se rige en cualquier caso por la ley de la residencia habitual.
La ley aplicable a una petición de alimentos en favor de un hijo en el marco de una demanda de divorcio planteada antes los tribunales españoles, se regula en: El R. 2201/2003 que permite que el tribunal español conozca que ambos aspectos: del divorcio y de la cuestión de alimentos El convenio de la haya de 1996 sobre protección de menores que España ha ratificado. El R. 4/2009 que remite al Protocolo de la Haya de 2007 y conforme al mismo se determina cuál es el ordenamiento que se aplica al derecho de alimentos. .
La acción de reclamación de filiación por naturaleza planteada ante los tribunales españoles por una madre de nacionalidad francesa y residente en España en representación de su hijo, nacional francés y residente igualmente en España, contra un presunto padre español, se rige por: La ley española al ser la ley de la residencia habitual del demandante. La ley española al ser la ley que rige el procedimiento. La ley francesa, al ser la correspondiente a la ley nacional del demandante.
La capitulación matrimonial otorgada por medios electrónicos es formalmente valida: Siempre y cuando estén firmadas. Siempre y cuando las partes consientas expresamente. Siempre y cuando las partes sean capaces según la ley personal de cada uno de ellos.
Conforme a la LOPJ, y en materia de declaración de ausencia o fallecimiento, la competencia judicial corresponde a los tribunales españoles. Siempre que el desaparecido, en el momento que se constate su ausencia o fallecimiento, se acredite que tenía la ciudadanía de la UE. Cuando el solicitante tenga la misma nacionalidad que el desaparecido y ambos fuesen ciudadanos de la UE. Cuando el desaparecido hubiere tenido su ultimo domicilio en territorio español o tuviera nacionalidad española. .
Si hubiera que aplicar medidas para la protección de una persona, mayor de edad de nacionalidad británica y residente en España, que sufre importantes alteraciones en su capacidad cognitiva: Sería aplicable el derecho del reino unido por ser su ley nacional. La cuestión debe resolverse conforme a la ley nacional del sujeto para determinar la medida y conforme a la ley española para su ejecución. Sería aplicable la ley española por coincidir con la ley de la residencia habitual.
De acuerdo con el R. 864/2007 ROMA II, la ley aplicable a la obligación extracontractual derivada de un daño medioambiental: El R. ROMA II excluye de su ámbito de aplicación los daños al medio ambiente. Será la ley del lugar donde se produce el daño, pero la persona que reclama el resarcimiento del daño puede elegir basar sus pretensiones entre aquella y la ley del país en el cual se produjo el hecho generador del daño. Será siempre la ley del lugar donde se produce el hecho generador del daño.
Una resolución de alimentos dictada por un estado miembro vinculado al protocolo de la haya de 2007 será reconocida en España: Sin necesidad de proceso alguno y sin posibilidad de impugnación. Mediante un procedimiento automático sujeto a motivos de denegación. Mediante el régimen de reconocimiento establecido en el Convenio de la Haya de 2007.
Juan, español, tiene 19 años y reside en París. Su padre, alemán, reside en Berlín y está casado con una persona que no es la madre de Juan. Tiene tres hijos de este matrimonio, Juan quiere interponer una acción de filiación en España para, de este modo, ver reconocidos posibles derechos sucesorios en un futuro. Los tribunales españoles no serían competentes por aplicación de la aplicación de la norma procesal española, puesto que no hay residencia habitual de ninguna de las partes en España. Los tribunales españoles serían competentes por aplicación de la norma procesal española. Los tribunales españoles serían competentes en aplicación del reglamento europeo aplicable en la materia por la conexión de la autonomía de la voluntad.
La ley aplicable a la nulidad matrimonial se determina conforme a: La ley nacional común de los cónyuges. La ley aplicable a su celebración. La ley española si la cuestión de nulidad se suscita ante los tribunales españoles.
La ley aplicable a las personas jurídicas o lex societatis es, salvo algún otro criterio obsoleto: La correspondiente al domicilio de la sede principal. La que, en ejercicio de la autonomía de la voluntad, se haya establecido en el acto de su constitución. La determinada por su nacionalidad. .
SEÑALE LA OPCIÓN INCORRECTA. Para la validez del matrimonio celebrado ante Cónsul español acreditado en el país de celebración se exige, entre otros requisitos: Que al menos uno de los contrayentes esté domiciliado en la demarcación consular correspondiente. Que las leyes y reglamentos del Estado receptor no se opongan a ello. Que ambos contrayentes sean nacionales del Estado receptor.
El Certificado Sucesorio Europeo creado en el marco del R. 650/2012: Es un título cuya competencia para expedirlo en España alcanza, además de a los tribunales de justicia, a otras autoridades nacionales competentes en la materia. Es un título cuya competencia para expedirlo en España se limita exclusivamente a los tribunales de justicia, a los notarios y a los registradores de la propiedad. Es un título cuya competencia para expedirlo en España se limita exclusivamente a los tribunales de justicia.
Un menor de ocho años, y doble nacionalidad hispanoportuguesa, con domicilio en el de sus padres en Pontevedra, es trasladado por su madre a Lisboa sin el consentimiento del padre y este desea solicitar y obtener de la forma más rápida y eficaz el retorno del menor a España: Tendrá que obtener una decisión judicial favorable en Pontevedra para, posteriormente, solicitar en Lisboa su reconocimiento y ejecución judicial Debería solicitar el retorno del menor ante la Autoridad Central española que, una vez admitida, la trasladaría a la Autoridad Central portuguesa y ésta se ocuparía de que la autoridad competente portuguesa resolviera sobre la petición, todo ello conforme al Convenio de la Haya de 1980 y en armonía con el R. 2201/2003 La solicitud ha de hacerse con arreglo al R. 2201/2003 que ha sustituido en su totalidad el Convenio de La Haya de 1980.
Conforme al R. 593/2008 (R. Roma I), en los contratos concluidos por consumidores: Están sometidos al régimen general y se permite que las partes pacten el derecho aplicable al contrato. Cabe que las partes pacten el derecho aplicable al contrato siempre que cuando la ley elegida otorgue al consumidor el nivel de protección previsto por las normas imperativas de la ley del país de su residencia habitual. En modo alguno pueden pactar el derecho aplicable, dado que ello conduciría a favorecer a la parte fuerte en la contratación.
La regla general lex rei sitae del art. 10.1 del CC significa que: Se aplicará tanto a los bienes en tránsito como, de forma análoga, a los medios de transporte. La ley designada rige todas las cuestiones jurídico-reales que se susciten sobre el bien; las cosas que pueden ser objeto de derechos reales, el contenido o facultades y derechos del titular tales como las posibilidades de transmisión, adquisición, los efectos frente a terceros y sobre todo el sistema de la publicidad registral considerando en su conjunto. Se aplica a los bienes incorporales, en particular a la propiedad industrial.
La forma de los contratos internacionales en el DIPr español se rige por: El R. 593/2008 (R. Roma I) para los contratos contemplados en su ámbito de aplicación material y, subsidiariamente, por el artículo 11 del Código Civil. La ley española, si la validez formal de un contrato se impugna ante los tribunales españoles. El artículo 10.5 del Código Civil.
En un contrato internacional entre un vendedor establecido en Singapur y un comprador establecido en España, se ha pactado que parte del pago pueda efectuarse mediante la entrega de inmuebles de la propiedad del comprador. ¿Qué ley determinará la validez de dicha cláusula? La ley que resulte aplicable al contrato. Lo que disponga el propio contrato. La ley del lugar de situación del inmueble como todo lo relativo a derechos reales.
El R. 1215/2012 (R. Bruselas I ref.) regula: En un foro exclusivo, la competencia judicial internacional en materia de nulidad o disolución de sociedades. En un foro especial, la competencia judicial internacional en materia de nulidad o disolución de sociedades. En un foro alternativo, la competencia judicial internacional en materia de nulidad o disolución de sociedades.
Un matrimonio contraído en Las Vegas en forma civil entre español y francesa: Es válido en España siempre y cuando ambos contrayentes sean capaces conforme a la ley personal de cada cónyuge. Es válido en España siempre y cuando ambos contrayentes sean capaces conforme a la ley de EEUU. Es válido en España siempre y cuando ambos contrayentes sean capaces conforme a la ley española.
Conforme al R. 593/2008 (R. Roma I), la conexión principal para determinar la ley aplicable al contrato es: La ley de la residencia habitual de las partes. La ley que presente los vínculos más estrechos con el contrato. La ley elegida por las partes en cualquier momento. .
Conforme al R. 593/2008 (R. Roma I), si con posterioridad a la celebración del contrato de compraventa una parte invoca la invalidez del contrato alegando una causa de incapacidad prevista en su ley personal. Se tendrá en cuenta esta causa de incapacidad, porque la capacidad está incluida en el ámbito de la lex contractus. No se tendrá en cuenta esta causa de incapacidad sin excepciones, porque la capacidad es materia excluida del ámbito de aplicación del Reglamento. No se tendrá en cuenta esta causa de incapacidad, a menos que la otra parte la hubiera conocido o la hubiera ignorado en virtud de negligencia por su parte. .
En el caso de la sucesión internacional de un nacional argentino fallecido en España en 2018, y con residencia habitual en Madrid, ¿conforme a qué instrumento jurídico se habría de resolver la sucesión? Conforme al R. 650/2012. Las cuestiones de competencia judicial internacional las resuelve del R. 650/2012 y las de ley aplicable el artículo 9.8 CC porque este precepto se sigue aplicando tanto a los conflictos internos como a los conflictos internacionales. Conforme al art. 9.8 CC.
Con carácter general, la ley aplicable a las cuestiones del estatuto personal se rige por: La ley del lugar donde la persona tiene su domicilio. La ley de la residencia habitual del individuo. La ley personal del individuo, que se corresponde con la de la nacionalidad y, subsidiariamente, por la de la residencia habitual.
La celebración de un matrimonio entre dos extranjeros en España ha de llevarse a cabo: Conforme a la ley del lugar de nacimiento de cualquiera de los contrayentes. De acuerdo con la ley de la residencia habitual común y, subsidiariamente, conforme a la ley extranjera que los contrayentes elijan. Conforme a la ley prescrita para los españoles o conforme a la ley personal de cualquiera de los contrayentes.
Sobre la extinción de la personalidad, serán competentes: Conforme a lo dispuesto en el art. 22 quarter a) LOPJ, los tribunales españoles en materia de declaración de ausencia o de fallecimiento cuando el desaparecido hubiere tenido su último domicilio en territorio español o tuviera nacionalidad española. De conformidad con el Convenio nº10 de a CIEC de 14 de septiembre de 1996, los tribunales del Estado de la nacionalidad de quien vaya a iniciar el procedimiento y de forma alternativa los del lugar de su residencia habitual. De conformidad con el Convenio nº10 de la CIEC de 14 de septiembre de 1996, en materia de declaración de ausencia o de fallecimiento serán competentes los órganos jurisdiccionales del lugar de nacimiento de quien previsiblemente vaya a ser declarado ausente o fallecido.
La celebración del matrimonio de una pareja de alemanes en España será válida: Únicamente si tiene lugar según las formas admitidas en el derecho español. Si tiene lugar según las formas prescritas para los españoles o conforme a las previstas en su ley nacional. Únicamente si tiene lugar según lo previsto en su ley nacional.
Un matrimonio de alemanes residentes en España pretende obtener el divorcio en los juzgados españoles, y dudan acerca de cuál sería el derecho aplicable a la resolución del vínculo matrimonial: El derecho alemán sería el único aplicable El derecho español sería el aplicado por el juez español. El R 1259/2010 les permite escoger entre el derecho español coincidente con su país de residencia y el derecho alemán correspondiente a su nacionalidad.
¿Qué ordenamiento regulará la acción de reclamación de la filiación no matrimonial promovida por demandante alemana y con residencia en Barcelona, en representación del hijo menor (de igual nacionalidad y lugar de residencia que la madre), frente al progenitor nacional alemán y residente en Berlín? Será de aplicación el ordenamiento alemán como ley de la nacionalidad común de todas las partes. Será aplicable el ordenamiento español o el alemán a elección del demandante dado que ambos presentan proximidad con las partes. Será aplicable el ordenamiento español como ley de la residencia habitual del menor. .
James, británico con residencia el Londres, quiere demandar a una sucursal sita en zaragoza de una empresa francesa por una controversia surgida en el contexto de la actividad de aquella. Pregunta si puede demandar en España o debe demandar en Francia. No puede demandar en España a la sucursal de la empresa francesa. Solo puede demandar en Francia a la sucursal de la empresa francesa. Puede demandar en España a la sucursal de la empresa francesa. .
Contrato de prestación de servicios entre español y francés. El servicio consiste en que la parte española limpiará y acondicionará una finca sita en Badajoz. El contrato no tiene cláusula de ley aplicable. El español quiere saber qué ley rige el contrato: La ley francesa. La ley española. Depende del tribunal competente: si se plantea la demanda en España se aplicará la ley española; si se plantea la demanda en Francia se aplicará la ley francesa.
Contrato de prestación de servicios entre español y francés. El servicio consiste en que la parte española limpiará y acondicionará una finca sita en Badajoz. El contrato no tiene cláusula de sumisión a tribunales. El español quiere saber dónde puede demandar: Tanto en España como en Francia, a su elección. Solamente en Francia. Primero en España y en su defecto en Francia.
Para una acción civil dirigida a la restitución de bienes culturales: Como foro exclusivo son competentes los órganos judiciales del lugar en el que se encuentre el bien cultural en el momento de la interposición de la demanda. Como foro especial son competentes los órganos judiciales del lugar en el que se encuentre el bien cultural en el momento de la interposición de la demanda. Como foro general son competentes los órganos judiciales del lugar en el que se encuentre el bien cultural en el momento de la interposición de la demanda.
Una nacional española reside junto a su marido de nacionalidad italiana en Japón. Ella quiere divorciarse y plantea la demanda ante los Tribunales españoles: En defecto de elección de ley, el Tribunal español aplicará al divorcio como primera conexión subsidiaria el ordenamiento español como lex fori. En defecto de elección de ley, el Tribunal español aplicará al divorcio el ordenamiento japonés. En defecto de elección de ley, el Tribunal español aplicará al divorcio el ordenamiento español o italiano como ley nacional de cada una de las partes.
Por la aplicación del Convenio de la Haya de 1993 a una disposición internacional por la que se establece vínculo de filiación se requiere: Que el adoptante -o los adoptantes- y el adoptando tengan su residencia habitual en distintos Estados parte de Convenio y, que el menor vaya a ser desplazado desde su Estado de origen al Estado de recepción, ya sea antes o después de la constitución de la adopción. Que el adoptante -o los adoptantes- y el adoptado sean nacionales de distintos Estados que hayan ratificado el Convenio. Que el adoptante -o los adoptantes- y el adoptando sean nacionales de distintos Estados que hayan ratificado el Convenio y, que todos sean residentes del mismo Estado donde el menor seguirá residiendo.
Para calcular la cuantía pendiente de pago en una hipoteca que grava un bien inmueble sito en la Costa del Sol y que se entrega en pago de una operación internacional, habrá que estar: A la ley española por ser la ley del lugar de situación del inmueble y conforme a la que se constituyó la hipoteca. A las leyes personales de cada uno de los contratantes. A la ley que escojan los contratantes.
Un fondo inglés pretende comprar un inmueble sito en Madrid a una inmobiliaria alemana. Las partes negocian el contrato durante cinco semanas. Pasado este tiempo y, sin previo aviso, la inmobiliaria alemana vende el inmueble a un fondo noruego. El fondo inglés presenta demanda ante los tribunales alemanes. ¿Qué ley regula este supuesto? La ley que hubiera regido el contrato de compraventa, por aplicación del Roma I sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales. La ley alemana, por aplicación del R. Roma I sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales. La ley que hubiera regido el contrato de compraventa, por aplicación del R. Roma II sobre ley aplicable a las obligaciones extracontractuales. .
Celebrado en Ciudad Real un contrato oneroso por una persona extranjera e incapaz declarada como tal conforme a su ley personal por una causa de incapacidad que en España no se contempla y teniendo en cuenta que esa ley nacional del incapaz no permite la validez de esos contratos: Habría que aplicar el R. 593/2008 (R. Roma I) que ha venido a sustituir al artículo 10.8 del CC en la materia (excepción del interés nacional) y que prevé una regla especial en la materia. De acuerdo con el art. 9.1 del CC, la capacidad siempre se regirá por la ley nacional y por tanto el contrato no tendrá validez en España. Conforme al R. 593/2008 (R. Roma I) y el CC, habrá que aplicar la ley de la residencia habitual del incapaz inmediatamente antes de la celebración del contrato.
Till, nacional de EEUU y residencia habitual en Los Ángeles, quiere presentar en Barcelona (por ser esta ciudad donde reside su madre) una demanda de alimentos contra su padre de nacionalidad argentina y residencia habitual en Buenos Aires. Para determinar la competencia judicial internacional de los tribunales españoles: Como ninguna de las partes reside en la UE, ni ninguna de las partes tiene nacionalidad de un Estado de la UE, la posible competencia de los tribunales españoles dependerá de lo que establezca la LOPJ. Se aplicará la LOPJ únicamente en el supuesto de que el R. 4/2009 no prevea un foro de competencia para estos supuestos. Se aplicará el R. 4/2009. .
Si hubiera que aplicar medidas para la protección de una persona, mayor de edad de nacionalidad británica y residente en España, que sufre importantes alteraciones en su capacidad cognitiva: Sería aplicable el derecho del Reino Unido por ser su ley nacional. La cuestión debe resolverse conforme a la ley nacional del sujeto para determinar la medida y conforme a la ley española para su aplicación. Sería aplicable la ley española por coincidir con la ley de la residencia habitual.
Conforme a la LOPJ y, en materia de declaración de ausencia o fallecimiento, la competencia judicial corresponde a los tribunales españoles: Siempre que el desaparecido, en el momento en que se constate su ausencia o fallecimiento, se acredite que tenía la ciudadanía de la UE. Cuando el solicitando tenga la misma nacionalidad que el desaparecido y ambos fuesen ciudadanos de la UE. Cuando el desaparecido hubiere tenido su último domicilio en territorio español o tuviera nacionalidad española.
Pilar, española, y Tony, escocés, quieren casarse en Marbella, lugar de su residencia desde hace varios años. La celebración de este matrimonio será formalmente válida para el ordenamiento jurídico español cuando: Se atenga a las formas establecidas por la ley española, por ser la ley del lugar de celebración. Se celebre en el Consulado británico y siempre de forma civil, por ser la única ley reconocida en el Reino Unido. Se celebre en el Consulado británico, por tener Tony pasaporte británico.
El R. 2201/2003 regula: La competencia judicial internacional y el reconocimiento de decisiones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y derecho de alimentos. La competencia judicial internacional, el reconocimiento de decisiones judiciales y la ley aplicable en materia matrimonial y de responsabilidad parental. La competencia judicial internacional y el reconocimiento de decisiones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.
Conforme al R. 593/2008 (R. Roma I), si las partes no han elegido ley aplicable a un contrato de compraventa de mercaderías, el contrato se regirá por la ley del país donde: El comprador tenga su residencia habitual. El vendedor tenga su residencia habitual. El vendedor y el comprador firmaron el contrato.
El R. 1259/2010 (R. Roma III): Resulta aplicable a cualquier cuestión derivada del divorcio, la separación y la nulidad matrimonial. Por su carácter universal, desplaza a la legislación interna de los Estados miembros participantes. Se aplica de forma subsidiaria a la legislación nacional de los Estados miembros participantes.
En el supuesto en que un matrimonio de españoles que ha residido muchos años en el extranjero, uno de los cónyuges se plantea este año pedir el divorcio y disolver el régimen económico que tenía pactado durante su matrimonio, ¿Cuál sería el derecho aplicable a la disolución del régimen económico en ese caso? Se aplicará la ley pactada, y, si el pacto no fuera válido, las conexiones subsidiarias. Siempre debe prevalecer lo que hubieren pactado los contrayentes. Se aplicará la ley correspondiente al tribunal que interviene en el divorcio (lex fori).
El extranjero que adquiere la nacionalidad española: Forzosamente tiene que modificar el número y el orden de sus apellidos. Puede conservar el número y el orden de sus apellidos si en el momento de la adquisición de la nacionalidad solicita el reconocimiento de su certificado de nacimiento sin que opere ninguna limitación de orden público. Puede conservar el orden de sus apellidos si así lo declara en el momento de la adquisición de la nacionalidad, o dentro de los dos meses siguientes tras haber alcanzado la mayoría de edad, con las limitaciones derivadas de los principios de infungibilidad de las líneas y de duplicidad de apellidos.
Planteada una demanda ante un Tribunal español con motivo de una acción de filiación el ordenamiento que resulta aplicable es un derecho extranjero. Dicho ordenamiento no incluye como requisito para la admisión de la demanda el principio de prueba de los hechos en los que ésta ha de fundarse, ¿Cómo procedería el Tribunal español al respecto? Un ordenamiento extranjero no puede nunca ser aplicado a una acción de filiación interpuesta ante un Tribunal español. El principio de prueba seguiría operando dada su calificación como cuestión procesal y, por tanto, quedaría sometido a la lex fori. Dado que la lex causae no contempla el principio de prueba el Tribunal español no lo aplicaría y la admisión de la demanda se produciría sin su necesario cumplimiento.
La regla general en el establecimiento de la ley aplicable a la atribución del nombre de las personas físicas dispone que sea: La ley española como lex fori. La ley del lugar de nacimiento de la persona. La ley nacional, como ley personal.
La competencia judicial internacional de los litigios en materia de validez, nulidad o disolución de sociedades y personas jurídicas se atribuye: Con carácter exclusivo, a los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en que la sociedad o persona jurídica esté domiciliada. Con carácter general, a los órganos jurisdiccionales del país de la procedencia de capital social. Con carácter exclusivo, a los órganos jurisdiccionales del domicilio de las partes. .
En el ámbito de la contratación internacional, la excepción del interés nacional que contempla el art. 10.9. CC significa, en la realización de determinados actos jurídicos: Que la ley nacional del extranjero se ve atemperada por la regla locus. Que la ley nacional del extranjero es de interés nacional en España. Que la ley nacional del extranjero no se puede descartar por ser de interés nacional en el ámbito internacional.
Cuando la sociedad extranjera crea sucursales en España, Se trata de un aspecto sometido a la ley española (art.15 CCom), por lo que la inscripción en el Registro mercantil de las sucursales es preceptiva y así lo exige el artículo 81.1.k/RRM. Nunca será exigible la inscripción en el Registro mercantil de una sucursal de una sociedad extranjera porque impera siempre el llamado por la doctrina “reconocimiento automático”. Solamente se contempla su inscripción registral cuando se acuerde de forma expresa por el Ministerio de Justicia con propuesta e informe favorable del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
En materia de competencia judicial internacional, el Reglamento Bruselas I refundido, establece en su artículo 24.2 que: Siempre y en todo momento la sociedad o persona jurídica de que se trate podrá ejercer la autonomía de la voluntad de la mayoría simple de sus socios para establecer los órganos judiciales competentes en cualquier materia que pueda afectar a la entidad. Los órganos jurisdiccionales exclusivamente competentes para el conocimiento de los litigios enunciados en el citado precepto serán aquellos en los que la sociedad o persona jurídica tenga su domicilio y para determinar éste el tribunal competente aplicará sus normas de DIPr. Serán competentes de forma exclusiva los tribunales correspondientes a la nacionalidad común de la mayoría simple de los socios en el momento de la constitución formal de las sociedades y personas jurídicas.
En el ámbito de la persona jurídica: Conforme a lo establecido en el artículo 9.11 CC, la ley personal en la determinada por su nacionalidad, que actúa únicamente como un expediente técnico destinado a identificar la “lex societatis”. Por respeto al sistema de economía de mercado que rige en la UE, en el derecho europeo la “lex societatis” no puede estar supeditada ni condicionada a la ley de su nacionalidad que en cada momento de su actividad pudiera resultar aplicable”. La ley aplicable es la correspondiente al lugar donde desarrolle en cada momento las actividades establecidas de manera formal en el momento de su constitución.
El matrimonio de dos extranjeros celebrado ante notario español: No es inscribible en un Registro español dado que afecta a extranjeros. No es inscribible en el Registro español al haber sido celebrado ante Notario. Es inscribible en el Registro civil español dado que, aunque afecte a extranjeros tuvo lugar en territorio español.
Un matrimonio de españoles residentes en Nueva York obtuvo el divorcio de su matrimonio en dicha ciudad y ahora de regreso a España tienen que reconocer e inscribir la sentencia de divorcio en el Registro civil: La sentencia deberá cumplir las condiciones establecidas en el R 2201/2003. La sentencia deberá cumplir únicamente las condiciones establecidas en la LCJIMC. La sentencia deberá cumplir las condiciones establecidas en el derecho interno español. .
En el R 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales, si las partes no pactaron el derecho aplicable y no hubo capitulaciones matrimoniales, el supuesto quedaría sujeto: El supuesto está excluido del ámbito de aplicación del R 2016/1103. A la ley de la primera residencia común, y en su defecto, a la nacionalidad común en el momento de la celebración del matrimonio y en su defecto a la ley que presente los vínculos más estrechos en el momento de la celebración del matrimonio. A la ley que presente los vínculos más estrechos con el matrimonio en el momento de la presentación de la demanda.
La Ley 54/2007 de Adopción Internacional (LAI) regula: La competencia judicial internacional y el reconocimiento de adopciones internacionales dado que la ley aplicable se regulará por el Convenio de La Haya de 1993. La competencia judicial internacional y la ley aplicable a las adopciones internacionales dado que el reconocimiento de adopciones se tramitará siempre por el Convenio de La Haya de 1993. La competencia judicial internacional, la ley aplicable y el reconocimiento de adopciones internacionales. .
Para adoptar medidas de protección sobre un menor español con residencia habitual en Madrid junto a su madre española, y cuyo progenitor es venezolano, con domicilio desconocido, el tribunal español determinará su competencia conforme: Al Reglamento 2201/2003 al tener el menor la residencia habitual en el territorio de un Estado Miembro de la Unión Europea. Al Convenio de La Haya de 1996 dado que Venezuela, Estado de la nacionalidad de uno de los progenitores, es parte del citado texto. Al Convenio de La Haya de 1996 dado que España y Venezuela son Estados parte del citado texto.
El Protocolo de La Haya de 2007: No excluye las normas de conflicto de leyes del Estado cuyo ordenamiento deba aplicarse, por tanto, no excluye el reenvío. No arbitra una respuesta específica al problema del reenvío. Excluye las normas de conflicto de leyes del Estado cuyo ordenamiento debe aplicarse; por tanto, excluye el reenvío.
De acuerdo con el R. 650/2012, los tribunales del Estado miembro de la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento, cuando sean competentes: Tendrán competencia para resolver sobre la totalidad de la sucesión. Tendrán competencia para resolver únicamente sobre la herencia del causante que comprenda bienes situados en el territorio de ese Estado miembro. Tendrán competencia para resolver únicamente sobre la herencia del causante que comprenda bienes situados en el territorio de la Unión Europea.
Para determinar qué debe entenderse por obligación extracontractual a la luz de los Reglamentos europeos Bruselas I refundido y Roma II: Habrá de estarse a la calificación que haga el derecho de los tribunales ante el que se plantea la demanda. Habrá de estarse a la ley del lugar donde se produce el daño. Habrá de estarse a la interpretación autónoma que haga, al respecto, el TJUE.
Contrato de compraventa de naranjas entre vendedor español y comprador francés. La entrega se pacta en París. El contrato no tiene cláusula de ley aplicable. El español quiere saber qué ley rige el contrato: La ley española. Depende del tribunal competente: si se plantea la demanda en España se aplicará la ley española; si se plantea la demanda en Francia se aplicará la ley francesa. La ley francesa, porque ahí se entregan las mercancías.
La competencia judicial internacional de una controversia relativa a la titularidad de un derecho de propiedad industrial. Está regulada en un foro exclusivo del Reglamento Bruselas I refundido. Está regulada en un foro especial del Reglamento Bruselas I refundido. Está regulada, en cualquier caso, en el foro del domicilio del demandado previsto en el Reglamento Bruselas I refundido.
Contrato de prestación de servicios entre español y francés. El servicio consiste en que la parte española limpiará y acondicionará una finca sita en Badajoz. El contrato no tiene cláusula de sumisión a tribunales. El español quiere saber dónde puede demandar: Primero en España y en su defecto en Francia Tanto en España como en Francia, a su elección. Solamente en Francia .
Cuando se trata de establecer (e inscribir) el nombre de extranjeros en España, Según el Convenio de la CIEC nº 19, relativo al nombre y apellidos (Convenio de Múnich) de aplicación universal, corresponderá al interesado la elección de la ley aplicable que sea más favorable a sus intereses sin admitir el reenvío. No podrá efectuarse hasta el momento en que el interesado acredite que ha adquirido la nacionalidad española. El ordenamiento español dispone como norma básica que sea la ley nacional la ley reguladora de la atribución del nombre (art. 9.1 CC y 219 RRC).
¿Qué soluciones han de aplicarse en España en relación con la validez formal de las disposiciones mortis causa realizadas por escrito (testamentos)? Las soluciones del R. 650/2012 que priman sobre las del Convenio de La Haya de 1961. Las soluciones del Convenio de La Haya de 1961 que priman sobre las del R. 650/2012. Pueden aplicarse indistintamente las soluciones del Convenio de La Haya de 1961 y las del R. 650/2012.
La ley personal de las personas jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico: Rige en todo lo relativo a capacidad, constitución, representación, funcionamiento, transformación, disolución y extensión, conforme a lo dispuesto en el art. 9.11. in fine del CC. Rige en todo lo relativo a su funcionamiento y extinción y el resto de las cuestiones de su actividad por la ley del país que en cada supuesto se fije por la mayoría de los socios. Rige solamente en los relativo a la capacidad de los socios para obligarse y en todo lo relativo a su extinción. .
Una pareja de españoles, residente en el extranjero, puede contraer matrimonio en el extranjero: En la forma prevista por la ley del país de la residencia habitual, de acuerdo con lo dispuesto en el art.49 CC. En las formas previstas por la ley española y en la forma legalmente reconocida por la ley local. En la forma prevista por la ley local, únicamente.
Un Juzgado español confirma su competencia judicial para conocer de una demanda de establecimiento de filiación paterna extramatrimonial presentada por demandante español con residencia habitual en Austria frente a demandado con residencia habitual en Ucrania: El tribunal actuó de forma incorrecta conforme a la normativa interna que regula la competencia judicial internacional en materia de acciones de filiación. El tribunal actuó de forma correcta conforme a la normativa interna de competencia judicial internacional en materia de acciones de filiación. El tribunal actuó de forma correcta conforme al Reglamento 2201/2003.
Se constituye una sociedad en Reino Unido (en forma de “private Limited Company) y se domicilia en Londres. En España registra una sucursal de la misma y pretende que dicha sucursal desarrolle toda la actividad de la sociedad. Se le consulta a Ud. como abogado si ese planteamiento es acorde a Derecho. Su respuesta debe ser: No, porque tal maniobra es incompatible con los art. 8 y 9 de la LSC. Si, porque así lo permite expresamente el art. 54 TFUE. Si, porque así lo permite expresamente la jurisprudencia del TJUE.
No será válido en España el matrimonio entre un español y un extranjero: Celebrado conforme a ley (extranjera) correspondiente al país de celebración. Celebrado ante autoridad consular, acreditada en España, del país de la nacionalidad del contrayente extranjero. Celebrado en España conforme a la ley española.
Un cónyuge español residente en Francia regresa a España con la intención de poner fin a su matrimonio interponiendo la correspondiente demanda de divorcio: En ningún caso los órganos españoles podrán ser competentes Debe esperar al menos 6 meses de residencia en España para iniciar el procedimiento. Puede interponer la demanda de inmediato.
Se insta ante los tribunales españoles la declaración de fallecimiento de un ciudadano alemán desaparecido y cuyo último domicilio conocido estaba en Marbella (España). Para determinar qué ley ha de aplicarse a la declaración del fallecimiento del sujeto, los tribunales españoles aplicaran: La ley española por ser del último domicilio del desaparecido La ley española por ser la coincidente con la ley del tribunal que está conociendo de la acción La ley alemana por ser la ley nacional del desaparecido. .
Se plantea en España una demanda de divorcio y como accesoria a la misma una reclamación de cantidad en concepto de alimentos para un hijo menor de edad. La demandante (madre) y el menor residen en Benidorm y el demandado (padre) reside en Varsovia. El demandado solicita la declinatoria de jurisdicción respecto de la demanda de alimentos por entender que son competentes los tribunales polacos. ¿Tienen competencia los tribunales españoles? Si, en virtud de R. 4/2009 son competentes por ser la demanda de alimentos accesoria a la de divorcio. Si, en virtud de R. 2201/2003 son competentes los tribunales por ser la acción de alimentos accesoria a la acción de divorcio No, en virtud del R. 4/2009 la competencia la ostentan los tribunales polacos por ser los de la residencia habitual del deudor.
Se insta ante los tribunales españoles la declaración de fallecimiento de un ciudadano alemán desaparecido y cuyo último domicilio conocido está en Marbella (España). Los tribunales españoles son competentes en virtud de: Las reglas de competencia judicial internacional establecidas en la LOPJ. Las reglas de competencia judicial internacional establecidas en la LCJI Las reglas de competencia judicial internacional establecidas en R. 650/2012.
Una solicitud de reconocimiento y ejecución de una decisión de alimentos dictada por autoridad competente de un país tercero vinculado al Convenio de la Haya de 2007: Se reconocerá y ejecutará sin procedimiento alguno en el Estado requerido si ambos países son Estados parte del Convenio de la Haya de 2007. Podrá presentarse por intermedio de la Autoridad Central del Estado requerido. El Convenio de la Haya de 2007 no establece un sistema de cooperación de autoridades para el cobro internacional de alimentos.
De acuerdo con el R. 650/2012, si el causante no ha hecho uso de la professio iuris o ha elegido una ley aplicable a su sucesión que no es válida, la lex succesionis será: La ley del Estado en el que el causante tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento. La ley del Estado de la nacionalidad del causante en el momento del fallecimiento La ley del Estado de la residencia de los herederos en el momento del fallecimiento.
Tras un proceso de divorcio decretado en España entre un nacional y una nacional alemana se concede la custodia al progenitor y el derecho de visita a la progenitora. Transcurrido el verano, la progenitora decide retener a la menor en Alemania. El progenitor decide interponer una solicitud de restitución del menor y lo hará: No es posible solicitar la restitución del menor a España conforme al R. 2201/2003 dado que la residencia de este ha cambiado Conforme al Reglamento 2201/2003 y al Convenio de la Haya de 1980 Conforme a la LOPJ donde se encuentran las normas de competencia judicial internacional pata el asunto.
La sentencia de divorcio obtenida por una pareja de españoles residentes en Nueva York para que surta efectos civiles en España convendría que fuera reconocida e inscrita en el registro civil español: Siguiendo el procedimiento y condiciones previstas en la ley de Cooperación Jurídica internacional en materia civil Siguiendo el procedimiento y condiciones previstas en el R. 2201/2003 No es necesario instar su reconocimiento.
Una empresa farmacéutica española vende uno de sus productos estrella a compradores establecidos en destinos países de la Unión Europea. La ley aplicable a cada uno de esos contratos será: El ordenamiento pactado en cada contrato y, en su defecto, el correspondiente a la residencia habitual del vendedor Todos los contratos quedaran sujetos a la ley española Todos los contratos deben quedar sujetos a la ley de la residencia habitual del vendedor.
Juan, nacional mexicano con residencia en Madrid, contrae matrimonio con Edith, nacional norteamericana con residencia en Miami, en el consulado norteamericano en Valencia: El matrimonio es válido, pues los cónsules extranjeros pueden casar a nacionales de su país en sus consulados, aunque uno de los contrayentes sea nacional de un tercer Estado. El matrimonio no es válido, pues los cónsules extranjeros solo pueden casar a nacionales de su país. El matrimonio es válido, pues el cónsul solo debe acreditar la capacidad de los cónyuges conforme a la ley del lugar donde se celebra.
Paul y Edith, nacionales alemanes con última residencia habitual en Alicante, pretenden divorciarse de mutuo acuerdo en Alemania. Le consultan a usted como abogado sobre esta posibilidad: Es posible, en tanto que ambos cónyuges son nacionales alemanes. No es posible, en tanto que ninguna de las partes reside en Alemania. No es posible, en tanto que la norma que regula esta cuestión no prevé la nacionalidad común de las partes como foro de competencia.
La autoridad española no podrá constituir una adopción internacional sobre un menor extranjero: Cuando su ley nacional prohíba o no contemple la adopción, salvo cuando el menor haya sido declarado en desamparo y esté tutelado por la Entidad pública competente. Cuando la ley del Estado de su residencia habitual prohíba o no contemple la adopción, salvo cuando el menor haya sido declarado en desamparo y esté tutelado por la Entidad pública competente. Cuando la ley del Estado de su nacionalidad y la ley del Estado de su residencia habitual prohíban o no contemplen la adopción, salvo cuando el menor haya sido declarado en desamparo y esté tutelado por la Entidad pública competente.
Dos alemanes celebran su matrimonio ante funcionario consular alemán acreditado en España. En cuanto a la ley aplicable a la validez formal de esta celebración: El matrimonio no será formalmente válido pues en España no se permite el matrimonio consular entre extranjeros. El matrimonio será formalmente válido, si su ley personal lo permite. La única forma que permite el Código civil para estos matrimonios celebrados en España es la civil o la religiosa porque es la misma prescrita para los españoles.
Hans y Julia, de nacionalidad belga y española respectivamente y con residencia actual en Bruselas, contrajeron matrimonio en España residiendo dos años en Barcelona al comienzo de su vida matrimonial. En defecto de acuerdo o de capitulaciones, el régimen económico de este matrimonio queda sujeto a: La ley belga, por ser la residencia habitual común en el momento de la presentación de la demanda. La ley española, por ser la del lugar de celebración del matrimonio. La ley española, por ser la primera residencia habitual común posterior a la celebración del matrimonio.
En el proceso civil internacional, la alegación y carga de la prueba del derecho extranjero eventualmente aplicable, Recae sobre el juez competente que es quien dirige el proceso. Recae sobre ambas partes al estar ambas interesadas en dicha cuestión. Recae sobre la parte que lo invoca y tiene interés en su aplicación. .
Un matrimonio mixto, de nacionalidad francesa él y española ella, han obtenido el divorcio en Bruselas, su domicilio durante el matrimonio. La ya exesposa se dirige a usted como abogado para consultarle cómo puede reconocer la sentencia belga. No podrá ser reconocida dicha sentencia en España al haber sido dictada por tribunales extranjeros. Por las normas previstas en la LCJIMC dado que ella es española. Por el R Bruselas II bis. dado que la sentencia ha sido dictada por un tribunal de Estado miembro de la UE.
De acuerdo con el R. 650/2012, la admisibilidad y validez material de las disposiciones mortis causa queda sujeta a: La ley de la residencia habitual del causante en el momento de otorgarlas, salvo que este hubiera elegido su ley nacional para regir la sucesión. La ley de la nacionalidad del causante en el momento de otorgarlas. La ley del lugar de otorgamiento del testamento.
De acuerdo con el R. 650/2012, en el caso en que se plantee el problema del reenvío el juez debe: Admitirlo siempre que la ley que resulte aplicable sea la ley de un Estado miembro Admitirlo si la ley que resulte aplicable es la ley de un tercer Estado y siempre que se cumplan determinadas condiciones. Acudir a sus normas internas para solucionar este problema de aplicación.
Conforme al R650/2012, la capacidad para ser heredero se rige: Por la ley que resulte aplicable a la sucesión. Por la ley nacional del heredero, como prevé el art. 9.1. CC que determina la ley aplicable a la capacidad de las personas físicas. Por la ley de la residencia habitual del heredero, como prevé el art. 9.1. CC que determina la ley aplicable a la capacidad de las personas físicas. .
Un cantautor español reside en Michigan (EE. UU.) donde otorga testamento conforme al ordenamiento de dicho Estado. Ante una grave enfermedad decide volver a España donde fallece. Los hijos de un primer matrimonio impugnan la sucesión debido a que el ordenamiento conforme al que testó no les reconoce las legítimas. El ordenamiento que se aplica a la sucesión será el correspondiente a: La ley de la última residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento, salvo que resultase que el total de la situación tenía vínculos más estrechos con un Estado distinto. La ley de la nacionalidad del causante, dado que es más beneficiosa para los hijos La ley de la última residencia habitual del causante o del Estado de la nacionalidad a elección de los demandantes.
En materia de ley aplicable a las sucesiones internacionales: Conforme al R650/2012 se desplaza la aplicación del art. 9.8. CC, salvo para los conflictos internos. El R650/2012 contiene varias normas aportando una solución propia en materia de fraude de ley, que prima sobre el derecho interno de los Estados miembros. En cualquier caso, prima la aplicación de la ley del lugar de fallecimiento del causante.
Conforme al R593/2008 Roma I, la conexión principal para determinar la ley aplicable al contrato es: La ley elegida por las partes en cualquier momento. La ley de la residencia habitual de las partes Únicamente ley que hayan pactado las partes en el momento de la firma del contrato. .
La determinación y el carácter de la filiación por naturaleza se estructura en torno a: Tres conexiones ordenadas en cascada, siendo la primera de ellas la ley de la residencia habitual del hijo/a en el momento del establecimiento de la filiación. Dos conexiones alternativas que permiten la determinación mediante la ley de la residencia habitual del hijo en el momento del establecimiento de la filiación o la ley del país de su nacionalidad en ese mismo momento. Una única conexión que remite a la ley española.
Un nacional español con residencia habitual en Canadá fallece en dicho país habiendo hecho testamento. Tiene un apartamento en Baleares y fondos en un banco canadiense. Los hijos de un primer matrimonio quieren impugnar la sucesión. El tribunal español: Será competente para conocer del conjunto de la sucesión. Será competente para conocer únicamente del bien inmueble que el causante posee en España. No será competente, dado que la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento estaba en Canadá. .
Cuando sea aplicable el CLH 1996 al reconocimiento de una decisión, para que ésta surta efectos, se controlará, entre otros requisitos: El criterio en el que basó la competencia la autoridad que dictó la resolución conforme a lo dispuesto en el citado convenio. El criterio en el que basó la competencia la autoridad que dictó la resolución conforme a lo dispuesto en el citado convenio, así como el fondo de la decisión cuyo reconocimiento se pretende. El fondo de la decisión cuyo reconocimiento se pretende. .
Una pareja de ingleses, que pasa sus vacaciones de verano en la Costa del Sol, contrae matrimonio en una ceremonia celebrada en la playa de Estepona, oficiada en inglés y ante un abogado inglés, también residente en la Costa del Sol. El matrimonio podrá ser formalmente válido si cumple lo establecido por la ley personal de los contrayentes. En el ordenamiento español solo es válido el celebrado por autoridad civil y el contraído en las formas previstas por las confesiones religiosas legalmente reconocidas. Dicho matrimonio no plantea un problema de forma sino de capacidad.
De acuerdo con el R 864/2007 Roma II en relación con la ley aplicable a los supuestos generales de daño extracontractual, la autonomía de la voluntad permite a las partes: Elegir una ley que no guarde conexión con el supuesto, siempre que no perjudique los derechos de terceros. Elegir solamente entre la ley del lugar donde se produce el daño o la ley de la residencia habitual común de las partes. Elegir solamente entre la ley del lugar donde se produce el daño o la ley del país donde se haya producido el hecho generador del daño. .
La autoridad judicial española aplicará el CLH 1966 para: Determinar su competencia judicial internacional cuando el menor tenga su residencia habitual en un estado no miembro de la UE, pero que es parte del CLH 1996. Determinar su competencia judicial internacional cuando el menor sea nacional de un estado miembro de la UE y con residencia habitual en el mismo. Determinar su competencia judicial internacional cuando el menor tenga su residencia habitual en un estado miembro de la UE, pero es nacional de un estado que es parte del CLH 1996. .
El R 593/2008 R. Roma I sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales: Será de aplicación con independencia de que la relación contractual se sitúe dentro del ámbito de la UE o se vincule con un país tercero. Ni reemplaza ni sustituye el art. 1.4. del estatuto de los trabajadores para el contrato individual de trabajo. En su art. 22.2 no permite a los EEMM su aplicación en el ámbito interno.
En materia de ley aplicable sobre protección internacional de menores: El convenio de la haya de 1996 desplaza la normativa interna de los estados miembros al ser un instrumento internacional de carácter universal. Todas las cuestiones de ley aplicable se rigen por el R 2201/2003. Habrá que combinar en materia de ley aplicable las normas de conflicto en la materia del R 2201/2003 que, en caso de incompatibilidad con el Convenio de la Haya de 1996, primarán aquellas sobre estas.
En un contrato de compraventa internacional la cláusula de elección del derecho aplicable será formalmente válida: Si está en forma escrita o si resulta de modo inequívoco de los términos del contrato. Bien si aparece escrita en el contrato, bien si aparece en documento anexo como sería la factura de entrega de la mercancía. Si aparece escrita en cualquiera de las hojas del contrato.
El art. 9.1. del CC será aplicable: Cuando a la situación planteada no resulte aplicable ninguna de las soluciones contenidas en los demás párrafos del artículo 9, ni el derecho convencional ni el derecho de la UE. Siempre, dado que es una norma de conflicto española y su aplicación es imperativa. Con independencia de que haya una disposición de derecho convencional o europeo que regule la situación planteada.
Un español y una portuguesa se casaron en Lisboa en 2010 conforme a la ley de Portugal. En 2011 fijan su residencia en Burgos y en mayo de 2020 quieren que su matrimonio sea declarado nulo por vicio de consentimiento en ambos y desean saber qué ley sería aplicable conforme al derecho español: Al no haber norma específica que regule la nulidad en materia de consentimiento matrimonial, habrá que estar a la ley nacional de los contrayentes Conforme a los foros de competencia judicial internacional de la LOPJ y el R2201/2003, tendrán competencia exclusiva para conocer del caso los órganos jurisdiccionales de Lisboa por tratarse del lugar donde se celebró el matrimonio y aplicar la ley portuguesa. Los órganos jurisdiccionales competentes, sean portugueses o españoles, tendrán que aplicar al fondo del asunto la ley española de acuerdo con el R1259/2010 por ser España el lugar de residencia habitual de ambos cónyuges. .
Juan, nacional mexicano con residencia en Madrid, contrae matrimonio con Edith, nacional norteamericana con residencia en Miami, en el consulado norteamericano en Valencia: El matrimonio es válido, pues los cónsules extranjeros pueden casar a nacionales de su país en sus consulados, aunque uno de los contrayentes sea nacional de un tercer Estado. El matrimonio no es válido, pues los cónsules extranjeros solo pueden casar a nacionales de su país. El matrimonio es válido, pues el cónsul solo debe acreditar la capacidad de los cónyuges conforme a la ley del lugar donde se celebra. .
La empresa española A venden a una empresa francesa B una maquinaria. A los efectos de la constitución o cesión de derechos sobre dicha maquinaria, la norma de conflicto española considera que el bien: Está localizado en el país de expedición, aunque permite, si así lo convinieran las partes expresa o tácitamente, entender que está situado en el país de destino. Está localizado en el país de destino, pues la situación física del bien en el país de expedición es provisional. Está situado en el país donde se encuentre en cada momento del tránsito pues ello favorece la coincidencia fórum-ius. .
Un empresario inglés pretende demandar a un empresario español por incumplimiento contractual. En concreto, el empresario inglés prestó un servicio en Jávea (alicante) y el contrato no preveía cláusula de sumisión a tribunales: Según el R1215/2012 (R. Bruselas I refundido), sólo puede demandar en Jávea. Según el R1215/2012 puede demandar en Murcia (por encontrarse allí los bienes ejecutables del empresario español pues este reglamento prevé la competencia de los tribunales del país donde se prestó el servicio. Según el R1215/2012 puede demandar indistintamente en Murcia (por encontrarse allí los bienes ejecutables del empresario español) o en Jávea. .
Una empresa constructora española alteró el cauce del río Tajo a su paso por Cáceres. Como consecuencia de ello se produjo una disminución del regadío en determinados territorios de Portugal. Unos agricultores portugueses quieren ejercer acciones civiles por daños medioambientales contra la empresa española. ¿Qué ley sería aplicable? En aplicación del R.864/2007 (Roma II), la ley aplicable sería la portuguesa por ser ese país el lugar donde se produce el daño, a menos que los reclamantes elijan la ley española por ser el país en que se produjo el hecho generador del daño. Todavía no existe norma internacional especifica en la UE sobre ley aplicable en materia medioambiental, ni bilateral entre España y Portugal ni convenio multilateral. El R864/2007 Roma II excluye de su ámbito de aplicación material los daños medioambientales, por lo que los agricultores portugueses tendrán que iniciar sus acciones judiciales necesariamente en Portugal y una vez obtenida resolución judicial favorable solicitar en España su reconocimiento y ejecución. .
Conforme al R593/2008 Roma I, los contratos concluidos por consumidores se califican como: Contratos en los que el adquirente de bienes o servicios sea una persona física que adquiera para un uso no profesional. Todos los contratos en los que el adquirente de bienes o servicios sea una persona física. Contratos en los que el adquirente pueda ser una persona física o jurídica, siempre que adquiera con una finalidad no profesional. .
La residencia habitual como criterio de conexión en el ámbito de la ley aplicable a las cuestiones del estatuto personal: Es un criterio fáctico y de fácil prueba que evita los conflictos de calificación que plantean el domicilio o la nacionalidad. Es el único criterio de conexión en esa materia. Tiene el inconveniente de que dificulta la coincidencia fórum-ius. .
En el supuesto de que un matrimonio de españoles -que ha residido muchos años en el extranjero- uno de los cónyuges se plantee este año pedir el divorcio y disolver el régimen económico que tenía pactado durante su matrimonio: Debe interponer la demanda y solicitar ambas cuestiones, ante los tribunales que resulten competentes conforme al R2201/2003, siempre con el acuerdo del otro cónyuge. Debe interponer la demanda en los juzgados correspondientes al lugar donde se celebró el matrimonio. Debe interponer la demanda de divorcio conforme al R2201/2003 y la disolución del régimen económico ante los órganos judiciales designados conforme al R2016/1103.
Para la aplicación de los foros de competencia judicial internacional previstos en el R2201/2003 en materia de divorcio, la separación judicial y la nulidad matrimonial: No es necesario que el demandado sea nacional de la UE o tenga su domicilio en la UE. Es necesario que el demandado sea nacional de la UE y tenga su domicilio en la UE. Es necesario que el demandado sea nacional de la UE o bien, aun sin ser nacional de la UE, tenga su domicilio en la UE. .
Según el R4/2009, si el deudor de alimentos solicita la modificación de medidas ya adoptadas por un tribunal del Estado miembro donde continúa residiendo el acreedor, ¿qué tribunal tiene la competencia para conocer de esta modificación? El tribunal del estado miembro de la nueva residencia habitual del deudor con carácter exclusivo. El tribunal del Estado miembro que dictó la primera resolución, salvo en determinadas circunstancias que permiten excepcionalmente acudir a otro tribunal El tribunal del Estado miembro de la nacionalidad común del acreedor y del deudor. .
Una empresa española vende azafrán a distintos compradores en Alemania, Chile e Italia, el ordenamiento que regula dichos contratos es: Para todos ellos, el ordenamiento elegido en cada caso, y, en su defecto, el ordenamiento de la residencia habitual del vendedor. Para cada uno de ellos, respectivamente, el ordenamiento alemán, el chileno y el italiano. Para todos ellos, el ordenamiento español. .
La familia de Juan J., misionero español con residencia en un país de África, no logra contactar con él. Pretenden una declaración de ausencia ante un tribunal español: El juez se declarará competente por aplicación del art. 22 quarter a/ LOPJ. El juez se declarará competente por aplicación del art. 22 quarter a/ LOPJ que remite al artículo 9.1 CC que designa como ley aplicable la ley española. Como la declaración de ausencia está sujeta a lo previsto en por la ley nacional del ausente, los jueces deben aplicar el artículo 22 quarter a/ LOPJ.
En materia de ley aplicable a la capacidad para contraer matrimonio: La autoridad para otorgar la dispensa a los impedimentos ha de atender los criterios que señala el Convenio de la CIEC, hecho en París el 10 de septiembre de 1964, que facilita a las autoridades del país de celebración y conforme a la ley personal del futuro cónyuge, conceder la dispensa establecida por tal ley. Conforme al Convenio de la CIEC hecho en París el 10 de septiembre de 1964, la autoridad competente siempre ha de aplicar la ley nacional común de los contrayentes, subsidiariamente la ley de la residencia habitual común de los mismos y, por último, la ley que ambos cónyuges acuerden en ejercicio de la autonomía de la voluntad. La autoridad competente que instruya en España un expediente de dispensa de impedimentos tendrá que aplicar siempre y en todo caso la ley española aplicable a los españoles.
Para la inscripción en el RC español de un matrimonio celebrado en España por dos extranjeros musulmanes siguiendo el rito islámico y sin haber aportado el pertinente certificado de capacidad: Se debe formalizar expediente (previo) supletorio para verificar, entre otros requisitos, la capacidad nupcial de los contrayentes Se inscribirá sin necesidad del expediente previo por tratarse de un matrimonio formalmente válido de acuerdo con el derecho español. Estos matrimonios no acceden al RC español por su contrariedad con el orden público español. .
¿Qué ley sería aplicable a la rescisión unilateral sin preaviso de un contrato de trabajo entre un piloto de la compañía Iberia destacado en el base de Miami y la Compañía? La demanda la plantea el piloto ante los tribunales españoles y no hay cláusula de elección de ley aplicable. Es aplicable el derecho español dado que el lugar de cumplimiento de la prestación de un piloto es indeterminable y hay que estar a la ley del establecimiento que contrató al trabajador. Es aplicable el derecho español o el derecho norteamericano a elección del demandante. Es aplicable el derecho norteamericano al coincidir con el lugar de cumplimiento de la prestación del trabajador. .
De acuerdo con el R 2016/1104, la elección de la ley aplicable a la unión registrada es posible: Siempre que la ley elegida atribuya efectos patrimoniales a la institución de la unión registrada. Basta con que la ley elegida sea la de la nacionalidad común de los miembros de la unión registrada. Basta con que la ley elegida sea la de la residencia habitual de los miembros de la unión registrada. .
Para la aplicación de los foros de competencia judicial internacional previstos en el R 2201/2003 en materia de divorcio, separación judicial y nulidad matrimonial: No es necesario que el demandado sea nacional de la UE o tenga su domicilio en la UE. Es necesario que el demandado sea nacional de la UE y tenga su domicilio en la UE Es necesario que el demandado sea nacional de la UE o bien, aun sin ser nacional de la UE, tenga su domicilio en la UE. .
A la atribución o reconocimiento de los derechos de la personalidad, como el derecho al honor y a la propia imagen: Será aplicable la ley personal del sujeto. Será aplicable la ley personal del sujeto. Serán aplicables las previsiones de la ley del estado en el que el sujeto resida.
Un consumidor español con residencia en Valencia compra a plazos por internet desde su casa y para su uso particular una bicicleta eléctrica muy sofisticada a una empresa especializada con sede en Alemania y que también dirige sus actividades a España. Paga los dos primeros plazos y, sin embargo, deja de pagar los siguientes plazos. El empresario alemán quiere demandar. Le consulta a Ud. como abogado sobre el lugar donde presentar la demanda. Solo puede demandar en España. Puede demandar tanto en Alemania como en España. Solo puede demandar en Alemania.
El diseño de los foros de competencia judicial internacional en materia de alimentos en el R 4/2009: Cubre un amplio espectro de situaciones que hace inoperante el recurso a las normas de competencia judicial internacional de fuente interna. Si el demandado tiene su residencia habitual en un tercer Estado, se aplicarán las reglas de competencia judicial de la LOPJ Si el demandado es nacional de un tercer Estado, se aplicarán las reglas de competencia judicial internacional de ese tercer Estado.
De acuerdo con el R. 2016/1104, la elección de la ley aplicable a la unión registrada es posible: Siempre que la ley elegida atribuya efectos patrimoniales a la institución de la unión registrada. Basta con que la ley elegida sea la de la nacionalidad común de los miembros de la unión registrada. Basta con que la ley elegida sea la de la residencia habitual de los miembros de la unión registrada.
En el ámbito de medidas relativas a la restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional -en el marco del Convenio de la Haya de 1980-, en la normativa española: Cabe la posibilidad de obtener de la autoridad judicial española una declaración que especifique que el traslado o la retención han sido ilícitos. La declaración de ilicitud del traslado o retención compete en exclusiva a la autoridad central española que debe activar el mecanismo de restitución de las autoridades centrales del Convenio. La declaración de ilicitud del traslado o retención del menor compete en exclusiva a la autoridad central del país donde se encuentre el menor.
Se firma contrato de compraventa y transporte de máquina entre empresario español y empresario alemán. La parte relativa a la compraventa se rige por derecho español; la parte relativa al transporte se rige por derecho alemán. Es posible someter cada parte a un ordenamiento distinto según el Reglamento Roma I. En virtud del principio de relatividad de los contratos, el contrato se debe regir o por derecho español o por derecho alemán. Es posible someter cada parte a un ordenamiento distinto en virtud del Reglamento Roma I a la luz del Reglamento Bruselas I refundido.
En aplicación del Reglamento Roma I las partes pueden elegir el derecho aplicable al contrato: Solo cuando el ordenamiento elegido tenga vinculación con el contrato. Las partes no pueden elegir el derecho aplicable a la relación contractual. Con independencia de que el ordenamiento elegido tenga o no vinculación con el contrato.
Determine si esta cláusula incluida en un contrato es válida, firmado entre empresario español y empresario alemán: “Las partes acuerdan que tanto las obligaciones contractuales como extracontractuales se rijan por derecho inglés”: La cláusula es válida en virtud de los Reglamentos Roma I y Roma II. La cláusula es inválida en virtud de los Reglamentos Roma I y Bruselas I refundido. La cláusula es válida en virtud del Reglamento Roma I.
Cuando una sociedad extranjera crea sucursales en nuestro país La inscripción en el Registro Mercantil de las sucursales es preceptiva. Lo que es objeto de inscripción en el Registro Mercantil no es la sucursal sino la sociedad extranjera de la que depende. Tanto la sucursal como la sociedad tienen que estar constituidas conforme al ordenamiento jurídico español.
En relación con el estatuto personal, la conexión personal para los apátridas, Se ha de aplicar siempre la ley de la última nacionalidad conocida del apátrida por razones de seguridad jurídica. A elección del interesado se aplicará de forma alternativa la ley de la última nacionalidad conocida del apátrida o la de la última residencia habitual acreditada en atención a la solución más garante a sus derechos. Ante autoridad española, la nacionalidad se sustituye por la ley de la residencia habitual.
Si en virtud de la ley que establece el Protocolo de la Haya de 2007 en su art. 3 (regla general), el acreedor no pudiera obtener alimentos: Se aplicará la ley de la residencia habitual del deudor. Se aplicará la ley de la residencia habitual del acreedor. Se aplicará la lex fori.
En defecto de elección de foro, cuando la obligación de alimentos se reclame como accesoria a una acción de divorcio tendrá competencia para resolver: El órgano jurisdiccional de la nacionalidad de una de las partes. El órgano jurisdiccional competente según la ley del foro para conocer de la acción accesoria o el de la nacionalidad común de las partes. El órgano jurisdiccional de la residencia habitual del demandado o el de la residencia habitual del acreedor o el competente según la ley del foro para conocer de la acción principal, salvo si esta se basa exclusivamente en la nacionalidad de una de las partes.
Un matrimonio de alemanes residentes en España pretende obtener el divorcio en los juzgados españoles. Los Juzgados españoles serán competentes: Conforme al R 2201/2003 al tener la residencia habitual en España en el momento de la interposición de la demanda. Conforme a la LOPJ al ostentar una nacionalidad extranjera. Los Juzgados españoles no podrán ser competentes dada la nacionalidad extranjera de los interesados.
El reconocimiento de una sociedad extranjera en España: A tenor del artículo 15 Ccom es requisito “sine qua non” en todos los supuestos de sociedad extranjera, ya sea de un Estado miembro de la UE o de un tercero, la inscripción en el Registro mercantil para poder ejercer el comercio. Se trata de lo que la doctrina llama “reconocimiento automático” al no ser necesario ningún procedimiento especial para que una sociedad extranjera sea reconocida. No obstante, dependiendo de la forma en que pretendan operar, se exige que cumpla ciertos requisitos como la inscripción en el Registro mercantil. Solamente deberán inscribirse de forma obligatoria en el Registro mercantil para ejercer el comercio las sociedades que no formen parte de la zona euro.
Una resolución de alimentos dictada por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro vinculado al Protocolo de La Haya de 2007 y que tenga fuerza ejecutiva en el Estado de origen: Necesitará de un exequátur atenuado para verificar que el órgano que dictó la resolución es competente según lo establecido en el R. 4/2009. No necesitará de exequátur para poder ejecutarse en España. Necesitará de un exequátur atenuado para verificar que se han aplicado correctamente las normas de conflicto del Protocolo de La haya de 2007.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9.11 in fine, La ley personal de la persona jurídica rige en todo lo relativo a capacidad, constitución, representación, funcionamiento, transmisión, disolución y extinción de la sociedad. La ley personal de la persona jurídica no puede incluir en el ámbito de aplicación de la “lex societatis”, entre otros extremos, la constitución de la sociedad, objeto social, denominación y sede ni obligación de inscripción registral. Ha quedado sustituido por el TFUE y por la jurisprudencia del TJUE de tal forma que se ha sometido todo el régimen jurídico societario a la autonomía de la voluntad de los acuerdos que adopten los socios en cada momento de su actividad.
Según el C. civil, las cuestiones relativas al estatuto personal de las personas físicas quedan sujetas a su ley personal que es la determinada por la ley de: Su última residencia habitual, siempre. Su nacionalidad o su última residencia habitual a elección de la persona en documento público. Su nacionalidad, cuando el supuesto no pueda reconducirse a otras reglas o tengan una regulación específica en instrumentos internacionales o europeos.
Cuando se presenta a título principal un litigio sobre una materia de carácter especial – por ejemplo, validez de un contrato- y surge de forma incidental una cuestión relativa a una materia relativa a una persona jurídica sometida a un foro exclusivo -por ejemplo, validez de un acuerdo de un órgano de gestión de una sociedad-: Conforme a la jurisprudencia del TJUE el supuesto no puede producirse nunca. Conforme a la jurisprudencia del TJUE, el tribunal competente para resolver la cuestión planteada a título principal tendrá que dejar de conocer hasta que se pronuncie el tribunal competente para resolver la materia de carácter exclusivo, aunque esta se haya planteado como un incidente. Conforme a la jurisprudencia del TJUE, el tribunal competente para resolver la cuestión planteada a título principal conocerá también de la cuestión incidental, aunque esta última sea materia exclusiva.
Contrato oneroso concluido en Valencia por incapaz chileno conforme a su ley personal pero capaz conforme al derecho español: El contrato no puede considerarse válido ante un tribunal español porque por aplicación del artículo 9.1 del Código civil se aplica la ley personal a la capacidad de las partes. El contrato puede considerarse válido ante un tribunal español porque según el Código Civil y el Reglamento Roma I la ley del lugar de celebración es prioritaria en este caso. El contrato puede considerarse válido ante un tribunal español por aplicación de las normas de competencia en materia contractual de la LOPJ.
La competencia judicial internacional de las autoridades españolas ante una demanda de divorcio presentada por demandante argelino con residencia en Tarragona y demandada de la misma nacionalidad con residencia en Madrid se determinará: Por la LEC dado que hay que determinar la competencia territorial de cada tribunal Por el Reglamento 2201/2003. Por la LOPJ dado que son dos nacionales de un país tercero y por tanto el Reglamento 2201/2003 no es aplicable.
De conformidad con el R. 1259/2010 (Roma III), la autonomía de la voluntad de las partes en la elección de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial: Permite la elección de la ley del Estado cuya nacionalidad tenga uno de los cónyuges en el momento de la celebración del acuerdo. Permite la elección de la ley del Estado de la nacionalidad de ambos cónyuges (nacionalidad común) en el momento de la celebración del acuerdo. No admite la elección de la ley del Estado de la última residencia habitual de los cónyuges siempre que uno de ellos aún resida allí en el momento de la celebración del acuerdo.
Un ciudadano boliviano divorciado en 2018 mediante sentencia dictada por un tribunal boliviano adquiere la nacionalidad española en 2020 y quiere celebrar nuevo matrimonio en España, ¿tiene capacidad nupcial? La capacidad nupcial se recupera con la sentencia de divorcio pero debe obtenerse su reconocimiento e inscripción el Registro civil español para poder casarse en España. Depende de lo que establezca el Derecho boliviano respecto del reconocimiento de sus sentencias en España. Como se divorció en el extranjero siendo extranjero todas las cuestiones relativas a su estado civil se regirán siempre por la ley de su primera nacionalidad.
Juana (española y residencia habitual en Soria) quiere adoptar un niño ecuatoriano conforme al cauce del CLH1993 sobre adopción internacional. Se interesa por una posible revocación de la misma. Si el derecho ecuatoriano previera la revocación no sería en ningún caso relevante, pues la capacidad para adoptar se rige por el derecho español. Si el derecho ecuatoriano previera la revocación, Juana tiene la posibilidad de ejercer tal revocación. Si el derecho ecuatoriano previera la revocación, Juana debería renunciar a la misma.
En los Estados que son parte en el Convenio de La Haya de 1993 sobre adopción internacional, Las autoridades centrales correspondientes del país de origen del menor y del país al que va a ser trasladado instruyen la adopción. Una vez constituida ante la autoridad competente ésta expedirá un certificado de que la adopción se ha constituido conforme al CLH de 1993. Se prepara por las autoridades centrales correspondientes al país del menor y del país al que el menor va a ser trasladado, y de ahí que no sea necesario presentar el certificado de idoneidad por los adoptantes. El Convenio de La Haya de 1993 excluye la cooperación entre autoridades, solo prevé un mecanismo judicial.
Hans, 85 años, nacionalidad belga y residencia habitual en Alicante, fallece en esta misma ciudad. Por disposición expresa, la sucesión se rige por Derecho español. Sus hijos pretenden impugnar la sucesión ante los tribunales belgas, por ser allí donde residen. Le preguntan a Ud. como abogado si tal opción es posible: Depende: si los hijos se ponen de acuerdo en plantear allí la demanda, sí pueden. No pueden; son competentes los tribunales españoles. Sí pueden; el causante tenía nacionalidad belga.
Marella X, de nacionalidad británica y residente en la Costa del Sol desde hace muchos años, fallece dejando un testamento en el que siguiendo el derecho británico, ordenamiento que había elegido en el mismo documento, deja como heredera a una fundación al tiempo que deshereda a sus hijos. Conforme al Reglamento 650/2012. El testador no puede escoger el derecho aplicable para desheredar a sus hijos. El testador solo puede escoger el derecho de su nacionalidad cuando coincida con el de su residencia habitual. El testador puede escoger el derecho de su nacionalidad para regir su sucesión.
Para los bienes en tránsito, el Código civil: Permite pactar la ley aplicable en favor de cualquier ordenamiento jurídico. Considera siempre aplicable la ley del lugar de expedición. Permite pactar la ley aplicable en favor de la ley de destino.
En materia de contratos internacionales con carácter general el derecho aplicable se determina: Por la Convención de Viena sobre venta internacional de mercancías y los usos del comercio internacional. Por la autonomía de la voluntad de las partes y en defecto de pacto por las conexiones subsidiarias previstas en el Reglamento Roma I. Por lo que disponga el juez competente en cada caso.
NOATS, empresa estadounidense con domicilio en EEUU pretende demandar en España a NAVIERAS TRES SL, empresa española con sede en Valencia, por provocar un accidente en el canal de Suez que supuso el cierre del mismo Los tribunales españoles no son competentes por no haberse producido el daño en territorio español. Los tribunales españoles son competentes por aplicación del Reglamento Bruselas I refundido. Los tribunales españoles son competentes por aplicación de la LOPJ.
En un contrato de venta de dos alfombras de Anatolia, concluido por un consumidor turco residente en Madrid y una empresa con sede en Turquía que vende en España mediante ofertas a domicilio, figura una cláusula de sumisión al derecho turco. ¿Qué ley regirá el contrato? La de la residencia habitual del consumidor pues en los contratos de consumo no se permite a las partes la elección de ley. A elección del consumidor, la ley española por ser la del lugar de celebración del contrato o la ley turca por ser la de la del lugar de origen de la mercancía. La elegida válidamente por las partes en el contrato siempre que se asegure la aplicación de las normas imperativas del país de la residencia del consumidor.
La conexión lugar de producción del daño contenida en el Reglamento Roma II se aplicará: Siempre, dado que el Reglamento Roma II no permite en ningún caso la autonomía de la voluntad. Cuando las partes hayan hecho uso de la autonomía de la voluntad. Cuando las partes no haya hecho uso de la autonomía de la voluntad, no tengan residencia habitual común y cuando el supuesto no presente vínculos más estrechos con la ley de otro Estado.
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