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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Internacional Privado I

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Título del test:
Derecho Internacional Privado I

Descripción:
Tema 9 Derecho aplicable

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
10/08/2020

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 10
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Temario:
La autonomía conflictual o posibilidad de elección de la ley aplicable: Está muy limitada en materia de obligaciones extracontractuales por tener que ser posterior al hecho generador de responsabilidad No es contemplada por el Reglamento Roma II sobre ley aplicable a las obligaciones extracontractuales Es imposible en materia de obligaciones extracontractuales Es muy amplia en materia de obligaciones extracontractuales.
La norma de conflicto en cuanto a su aplicación temporal: Es retroactiva sólo si lo impone la correcta interpretación constitucional Es irretroactiva con carácter general, salvo disposición en sentido contrario Es retroactiva porque tiene una función técnico jurídica Es siempre irretroactiva.
La prescripción de acciones desde el punto de vista de la calificación para la determinación de la ley aplicable es: Una institución procesal Dependen del Convenio de La Haya que deba ser aplicado al supuesto Depende del Reglamento europeo que deba ser aplicado al supuesto. Una institución sustantiva.
La teoría de la ley aplicable a la cuestión preliminar en sentido estricto, es decir, entendida como dos aplicaciones sucesivas de normas de conflicto: Es propia de la jurisprudencia y doctrina francesas. Es propia de la jurisprudencia y doctrina españolas Es propia de la jurisprudencia y doctrina alemanas. No es seguida en realidad en ningún ordenamiento jurídico.
Los derechos del cónyuge viudo en el Art. 9.8 Cc in fine CC quedan sometidos: Al Convenio de La Haya sobre regímenes económico matrimoniales A la ley que rige el usufructo del cónyuge viudo A la ley que rige los efectos del matrimonio A la ley que rige la sucesión.
En el Reglamento 650 2012 sobre sucesiones internacionales los derechos del cónyuge viudo: Son objeto de una norma sólo para situaciones transitorias Son objeto de una norma de adaptación de excesiva complejidad No son objeto de norma especial alguna Son objeto de una exclusión material.
En el Reglamento 650 2012 el testador puede elegir la ley que rige su sucesión entre las leyes correspondientes a: Sólo en relación a las diferentes nacionalidades que pueda tener el testador La nacionalidad propia o o la del cónyuge, sin perjuicio de las legítimas La ley de su residencia habitual o la ley de su nacionalidad La nacionalidad propia o la del cónyuge.
En el Reglamento 2016 / 1103 sobre régimen económico matrimonial los cónyuges: No pueden elegir la ley aplicable porque dañaría a las legítimas No pueden elegir la ley aplicable porque es determinada de forma objetiva Pueden elegir la ley aplicable pero sólo con efectos futuros Pueden elegir la ley aplicable incluso con efectos retroactivos.
La norma de conflicto es imperativa pero en defecto de prueba del Derecho extranjero se aplica la lex fori según lo previsto en: El Art. 22 nonies Ley Orgánica del Poder Judicial. El Art. 293 Ley de Enjuiciamiento Civil. El Art. 33 Ley de Cooperación judicial. El Art. 12.1 Código Civil.
En un contrato internacional las partes pueden elegir la ley aplicable: Pueden elegir cualquier ley siempre que respeten las disposiciones imperativas de la ley objetivamente aplicable No pueden elegir la ley aplicable si el contrato tiene elementos extracomunitarios Sólo si es una ley estrechamente vinculada con el contrato Pueden elegir cualquier ley sin limitaciones.
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