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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Internacional Público Examen Reserva 2013 - 1PP

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Título del test:
Derecho Internacional Público Examen Reserva 2013 - 1PP

Descripción:
Derecho Internacional Público Examen Reserva 2013 - 1PP

Autor:
Marta BC
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Fecha de Creación:
19/08/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 25
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Temario:
Un tratado internacional es nulo: Desde que se alega la causa de nulidad. Siempre de pleno derecho. Desde su origen, es decir, ab initio, y no sólo desde la fecha en que se ha alegado la causa de nulidad. Cuando entre en contradicción con una norma contenida en la Constitución de cualquiera de las partes.
La Convención de las Naciones Unidas sobre inmunidades jurisdiccionalesdel Estado y de sus bienes de 2004: Regula la inmunidad del Estado y la de sus misiones diplomáticas Aplica la doctrina restrictiva de la inmunidad. Establece que los Estados gozan siempre y en todo caso de inmunidad. Establece que los agentes diplomáticos gozan siempre y en todo caso deinmunidad.
Las Organizaciones Internacionales Son sujetos de Derecho internacional con personalidad jurídico-internacional plena. Gozan de una subjetividad internacional reconocida con carácter general en el Derecho Internacional contemporáneo. Sólo gozan del derecho de legación activa, pero no pasiva. No pueden celebrar tratados sin la autorización previa de sus Estados miembros.
Las normas de ius cogens: Son normas inderogables del Derecho Internacional. Son normas que sólo pueden ser derogadas por una norma ulterior del mismo carácter. Son derogables sólo por un tratado posterior. Son derogables exclusivamente por tratados siempre y cuando sean adoptados por unanimidad.
En el Derecho internacional, el individuo Es destinatario de normas internacionales y, por tanto, sujeto de dicho ordenamiento. Nunca puede ser considerado sujeto de Derecho internacional Es sujeto pasivo de derecho internacional porque puede incurrir en responsabilidad penal internacional por la comisión de ciertos crímenes internacionales Tiene capacidad para actuar ante órganos internacionales, aunque no contra el Estado de su nacionalidad.
La Constitución española de 1978 establece un sistema de recepción de los tratados de carácter: Monista moderado. Claramente dualista Monista. Es dualista porque exige la transformación de la norma internacional mediante una ley nacional.
En el mar territorial: El Estado ribereño no tiene apenas competencias, ya que su soberanía se limita al territorio El Estado ribereño tiene soberanía, matizada por excepciones, entre lasque destaca el derecho de paso inocente Tiene las mismas competencias que en las aguas interiores Tiene soberanía plena, sin limitaciones de ninguna clase, ya que se homologa a la que tiene sobre el territorio.
La regla de la tabla rasa: Significa que, en la sucesión de Estados de reciente independencia, elEstado sucesor queda vinculado por los tratados internacionales celebradosen su día por el Estado predecesor Supone que el Estado sucesor de reciente independencia no tienederecho a ser parte en los tratados internacionales del Estado predecesor. Se aplica automáticamente al Estado sucesor en caso de secesión de unaparte del territorio de un Estado. Significa que los Estados de reciente independencia no están obligados amantener en vigor los tratados internacionales del Estado predecesor.
Las obligaciones derivadas de la Carta de las Naciones Unidas: Prevalecerán sobre cualquier obligación internacional derivada de otrotratado. Prevalecerán sobre cualquier obligación internacional derivada de otrotratado concertado por los miembros de las Naciones Unidas No prevalecerán, salvo en las disposiciones relativas a los derechoshumanos. Prevalecerán sobre cualquier otra norma internacional, en razón de sunaturaleza constitucional.
El agente diplomático goza de: Inmunidad penal absoluta frente a los tribunales de su propio Estado Inmunidad penal absoluta frente a los tribunales penales internacionales Inmunidad penal absoluta y de inmunidad civil y administrativa relativa,frente a los tribunales del Estado en que se encuentra acreditado. Inmunidad penal y civil relativas con carácter general, frente a cualquiertribunal nacional o internacional.
Los recursos situados en la Zona Internacional de los Fondos Marinos Constituyen patrimonio común de la Humanidad Su exploración y explotación se rige por el principio de libre acceso. Están sometidos a un régimen de libre apropiación por parte de Estadosode particulares. No han sido objeto de regulación internacional, ya que resulta imposibleacceder a los mismos.
Los elementos de la costumbre internacional son: El elemento material y el elemento teleológico. El elemento material y el elemento de la reiteración y el paso del tiempo. El elemento material y el elemento espiritual El elemento material, el elemento espiritual y el elemento de la reiteraciónen el tiempo.
La plataforma continental: Aparece como institución por primera vez en la Convención de 1982. Existe un Convenio de 1958 sobre la plataforma continental. No aparece regulada en ningún Convenio, únicamente en normas consuetudinarias. Es una noción elaborada únicamente por la jurisprudencia internacional.
En Derecho español, el Decreto 801/72 establece las siguientes formas deprestación del consentimiento respecto de un tratado internacional Firma, ratificación y adhesión. Sólo ratificación y adhesión. Firma ad referéndum y rúbrica Ratificación, aprobación y accesión.
El territorio estatal incluye: Todos los espacios terrestres, marinos o aéreos sobre los que el Estado ejerce soberanía o jurisdicción El territorio terrestre, las aguas interiores y archipelágicas, así como su suelo y subsuelo. El territorio terrestre, con su espacio aéreo correspondiente, y las aguas interiores y el mar territorial, con su suelo, subsuelo y espacio aéreo correspondiente. El territorio terrestre, con su espacio aéreo correspondiente, y las aguas interiores.
La renuncia por un Estado a su inmunidad de ejecución: Se produce automáticamente cuando el Estado ha declarado la renunciaa la inmunidad de jurisdicción. Sólo se puede producir cuando la ejecución se pretenda realizar sobrebienes que no son necesarios para el ejercicio de la soberanía. Ha de ser siempre expresa. No cabe la renuncia a la inmunidad de ejecución del Estado.
Respecto de los extranjeros que se encuentren en su territorio, el Estadotiene la obligación de Proporcionarles un permiso de residencia y de trabajo Concederles el derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones locales. Tratarles conforme al llamado standard mínimum de derechos. Concederles los mismos derechos que a sus nacionales, a excepción delos derechos políticos.
Entre los actos unilaterales deben incluirse siempre: La renuncia, el reconocimiento y la promesa. Cualquier comunicado oficial emitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores La aceptación de las obligaciones que le impone un tratado en el que no es parte, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Convenio de Viena sobre el Derecho de los tratados. Toda declaración oficial formulada ante un organismo internacional por la que el Estado fija su posición jurídica sobre una determinada cuestión.
En virtud del asilo territorial: El Estado de asilo debe conceder siempre al particular perseguido la entrada en su territorio El particular asilado no puede ejercer el derecho de voto en las elecciones del Estado de asilo en ninguna circunstancia. El particular asilado no puede ser devuelto en ningún caso al Estado en que es objeto de persecución. El particular se beneficia del régimen establecido en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados.
La piratería en Alta mar permite: Únicamente el abordaje del buque o aeronave pirata o en manos de piratas, por buques y aeronaves de guerra o afectos a un servicio público y autorizados a tal fin que tengan el mismo pabellón del buque pirata. Exclusivamente el apresamiento del buque o aeronave pirata por los buques y aeronaves de guerra de cualquier Estado, así como la detención delas personas y la incautación de los bienes que se encuentren a bordo. A los tribunales del Estado que haya efectuado el apresamiento de un buque pirata decidir sobre las penas que se deban imponer como consecuencia del acto de piratería, así como sobre las medidas que se deban tomar respecto del buque, aeronave y bienes encontrados. El ejercicio de la jurisdicción penal y administrativa sobre el buque y las personas acusadas de piratería únicamente al Estado de pabellón del buque o al Estado de la nacionalidad de los presuntos piratas.
Si un Estado alega en un proceso judicial ante un tribunal extranjero la inmunidad de jurisdicción en relación con el despido de una secretaria contratada por su consulado, los actos del Estado pueden calificarse como: Actos iure impertí. Actos iure gestionis. La calificación es irrelevante, ya que el Estado goza siempre de inmunidadante todo proceso que se celebre contra el ante un tribunal extranjero. El tribunal extranjero deberá inhibirse en el ejercicio de su jurisdicción.
En cuanto a la figura del depositario de un tratado: Los negociadores del tratado deberán incluir siempre en el mismo unacláusula determinando quien es el depositario Si no lo deciden, el depositario será nombrado por el Secretario Generalde la ONU. Los negociadores decidirán quién será el depositario, pudiendo serlo unoomás Estados Partes, una Organización Internacional, o el principalfuncionario administrativo de dicha Organización El depositario de un tratado será siempre el Secretario General de la ONU.
La Zona Contigua: Está dentro del mar territorial Está dentro de las aguas interiores. Se extiende hasta las 24 millas, contadas desde las líneas de base desdelas que se mide el mar territorial. Mide 12 millas, contadas desde las líneas de base desde las que se mideel mar territorial.
La atribución de la nacionalidad de un Estado a un individuo: Está definida en los tratados internacionales de derechos humanos Se rige exclusivamente por normas nacionales Tan sólo es relevante a los efectos de otorgar el pasaporte a los propios nacionales. No tiene ninguna consecuencia en Derecho internacional.
La suspensión de un tratado internacional supone que: El tratado deja de ser válido desde el momento en que se declara la suspensión. El tratado, aun permaneciendo formalmente válido, deja temporalmente de producir efectos jurídicos entre las partes. El tratado deja de ser válido y de producir efectos entre las partes. El tratado deja de producir efectos jurídicos con carácter permanente hasta que las partes declaren lo contrario.
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