Derecho internacional UV
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Título del Test:![]() Derecho internacional UV Descripción: Test de la Universidad de Valencia |




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La asamblea General de la ONU recogió los principios de la “coexistencia pacifica” en: Resolución 2625 (XXV) de 24 de Octubre de 1970. Acta Final de la Conferencia de Helsinki sobre la Seguridad y Cooperación en Europa de 1975. Estatuto de la Corte Internacional de Justicia de 1945. Puede decirse que el soporte fundamental del Derecho Internacional actual se encuentra: En las relaciones de dominación. En las relaciones de reciprocidad. En las relaciones de cooperación. En la comunidad internacional actual las llamadas “sociedad relacional” y “sociedad institucional” se encuentran: Absolutamente separadas. Mutuamente interpenetradas. Totalmente unificadas. La ONU puede considerarse como la forma organizada de la Comunidad Internacional contemporánea: Por su composición prácticamente universal. Por la autoridad que se le reconoce en los asuntos internacionales. Por ambas cosas. ¿En la carta de Naciones Unidas hay disposiciones que reflejan el reconocimiento de que la organización constituye la forma organizada de la comunidad internacional en su conjunto?. si, por ejemplo, el articulo 2.6 y el 103. Si, pero los ejemplos anteriores no son pertinentes. No, no hay ningún articulo que respalde esa afirmación. Entre los rasgos que caracterizan al Derecho Internacional cabe citar: El caracter voluntario de la jurisdicción de los tribunales. El caracter consensuado de las normas. Ambos. El carácter facultativo de la jurisdicción de los tribunales internacionales implica. Que dichos tribunales no poseen competencia sin la aceptación de ambas partes en la controversia. Que las sentencias dictadas no son formalmente obligatorias para las partes en la controversia. Ambas cosas. En la opinión consultiva sobre Namibia de 1971, la CIJ afirmó: La ilegalidad de la ocupacion del territorio y la obligacion de no reconocimiento. La responsabilidad internacional del estado ocupante en virtud de su autoridad efectiva sobre el territorio. Ambas cosas. Cuando se afirma que una de las funciones de la efectividad consiste en consolidar determinadas situaciones fácticas cuya regularidad inicial podría estimarse dudosa se esta hablando: De la funcion constitutiva de la efectividad. De la funcion modificativa de la efectividad. De la funcion adjudicativa de la efectividad. El papel del consentimiento del Estado en la formación de reglas particulares se manifiesta claramente: En el regimen comun de los tratados, establecido en el Convenio de Viena de 23 de Mayo de 1969. En el regimen de los tratados normativos generales. En ambos casos. El papel del consenso de los Estados en la formación de reglas universales se manifiesta claramente: En el regimen de formación y aplicación de la costumbre de carácter particular (regional o local). En el regimen de formación y aplicación de la costumbre universal. En ambos casos. En el tratado de la Antártida, de 1959, puede citarse como ejemplo de: Tratado normativo general (obligatorio para todos los Estados). Tratado ordinario (obligatorio únicamente para las Partes). Ninguno de los dos. La característica mas relevante del llamado ius cogens internacional consiste en que: Las normas del ius cogens no admiten pacto válido en contrario. Las normas del ius cogens son inmutables. Ambas cosas. El art. 38 del Estatuto de la CIJ enumera como fuentes formales del D.Internacional: las convenciones internacionales (tratados). Las decisiones judiciales (jurisprudencia). Ambas. Los elementos necesarios para la formación de una costumbre internacional son: Los precedentes (la practica). La convicción de obligatoriedad (opinio iuris). Ambos elementos son necesarios. El llamado elemento material de la costumbre internacional es: La practica (los precedentes). La opinio iuris (convicción de obligatoriedad). La costumbre internacional no tiene un elemento material. La facultad de la CIJ de decidir un litigo ex aequo et bono si las partes asi lo convinieren implica que, a falta de acuerdo: Los jueces pueden aplicar las normas de un modo equitativo. Los jueces pueden sustituir las normas por sus propios criterios equitativos. Ambas actuaciones son posibles. En el seno de las Naciones Unidas, el organismo encargado de llevar a cabo la codificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional es: El Consejo Económico y Social. La Corte Internacional de Justicia. La comisión de derecho internacional. En el proceso de celebración de un tratado internacional el primer paso a cumplimentar es: La negociación, adopción y autenticación del texto del tratado. La manifestación expresión del consentimiento del Estado en obligarse. La formula de reservas. La autenticación del texto de un tratado realizada mediante la firma tiene por objeto acreditar: Que el texto ha sido adoptado. Que el texto es definitivo y fehaciente. Que el texto es vinculante para los Estados firmantes. Un estado que ha firmado el texto de un tratado: Esta obligado a ratificar el tratado. No esta obligado a ratificar el tratado. No asume ninguna obligacion con relacion al tratado. La regla general de interpretación contenida en el art. 31 del Convenio de Viena de 1969 sobre el Derecho de los Tratados se basa esencialmente en: El sentido corriente de los términos empleados. Los trabajos preparatorios del tratado. Las circunstancias de su celebración. Entre las causas de terminación o suspensión de los tratados reconocías en la Parte V de la Convención de Viena de 1969 figura: El error. La coacción sobre el representante del Estado. El cambio fundamental de circunstancias. Cual de estas afirmaciones es cierta: El estado es el sujeto primario del D. Internacional. El estado es el único sujeto reconocido del D. Internacional. Las ONGs son también sujetos primarios del Derecho Internacional. En su opinión consultiva de 11 de abril de 1949 sobre “ciertos daños” sufridos al servicio de las Naciones Unidas la CIJ afirmó que la ONU: Poseía la misma personalidad internacional que el Estado. Poseía personalidad internacional como un super Estado. Poseía una personalidad internacional objetiva. En la practica internacional, las cuestiones que se suscitan en los supuestos de sucesión de Estados se resuelven generalmente: Mediante acuerdos particulares entre el Estado predecesor y el Estado sucesor. Mediante la aplicacion de los Convenios de codificación en la materia. Mediante decisión del consejo de Seguridad de la ONU. De acuerdo con la jurisprudencia internacional en la materia, la soberanía del Estado sobre su territorio conlleva: Poderes exclusivos en el ejercicio de sus competencias. Deberes de protección de los derechos e intereses de otros estados. Ambas cosas. La inmunidad de jurisdicción del Estado extranjero ante los tribunales internos se aplica hoy mayormente: Con respecto a las actividades realizadas en el ejercicio de su soberanía (iure Imperii). Con respecto de las actividades comerciales (iuris gestionis). Con respecto a ambas. Entre los órganos principales de las Naciones Unidas enumerados en el articulo 7 de la Carta, ha suspendido sus trabajos por haber completado sus funciones: La asamblea General. El Consejo Económico y Social. El Consejo de Administración Fiduciaria. Los titulos de adquisición del territorio denominados “derivativos”: Resultan de una situación de hecho. Resultan de la transferencia del titulo de un Estado a otro. Resultan de una adjudicación judicial o arbitral. En caso de disputa sobre el titulo de adquisición de un territorio entre dos Estados hay que atender: Al D. Internacional vigente en el momento de resolver la controversia. Al D. Internacional vigente en el momento de constituirse el titulo. Queda al arbitrio del juez o arbitro. De Acuerdo con el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, los estrechos utilizados para la navegación internacional: Tienen un régimen idéntico. Tienen regímenes diferenciados segun los casos. El convenio no habla del regimen de los estrechos. En el Derecho del Mar, el derecho de “paso inocente” se aplica al tránsito de los buques: Por el mar territorial. Por la Zona Económica Exclusiva (ZEE). Por ambos espacios Marinos. Se califican como “inmanentes” los derechos que el Estado ribereño posee. Sobre su plataforma continental. Sobre la ZEE. Sobre ambas zonas marinas. La libertad de sobrevuelo esta reconocida a las aeronaves de todos los Estados: En el espacio aéreo internacional. En el espacio aéreo nacional. En ambos espacios. En la actualidad la explotación de los recursos biológicos de la Antártida esta: Prohibida. Libre y sin regulación. Regulada por un Convenio Específico. El Tratado de la Antártida de 1959. Consagra las reivindicaciones de soberanía. Supone la renuncia a las reivindicaciones de soberanía. No afecta a las reclamaciones de soberanía. La efectividad de la nacionalidad de las personas es una condicion: Para la concesion de la nacionalidad por parte del Estado. Para la oponibilidad de la nacionalidad frente a terceros estados. Para ambas cosas. De acuerdo con el D.I, el ejercicio de la protección diplomática en favor de los nacionales constituye: Un derecho del Estado. Un derecho del Individuo. Un derecho de ambos. En el marco de las Naciones Unidas se ha adoptado: La Declaracion Universal de Derechos Humanos de 1958. Los pactos de Derechos Humanos de 1966. Ambas. La Declaracion Universal de Derechos Humanos de 1948 está contenida en: Un tratado internacional celebrado en el marco de la ONU. Una resolucion de la A.G de la ONU. un dictamen del Tribunal Internacional de Justicia. La definición del concepto de “desarrollo sostenible” se realiza: En la carta de la ONU de 1945. En la Declaración de Estocolmo sobre medio humano de 1972. En el informe Bruntland “Nuestro futuro comun” de 1987. De acuerdo con la CE ´78, los Tratados Internacionales forman parte del ordenamiento interno: Una vez publicados oficialmente en España. Cuando son incorporados mediante una ley ordinaria. Cuando son incorporados mediante una Ley Organica. Las llamadas “operaciones para el mantenimiento de La Paz (OMPs): Están previstas en el Capítulo VI de la Carta. Están previstas en el Capítulo VII de la Carta. No están previstas en la carta. En el derecho internacional actual. Existe una regla atributiva de la personalidad internacional. No existe una regla atributiva de la personalidad internacional. No existe la personalidad internacional. Entre los sujetos originarios del Derecho Internacional se incluyen: Los Estados. Las Organizaciones Internacionales. Ambos. Entre los sujetos consagrados del derecho internacional se incluyen: Los estados. Las organizaciones internacionales. Ambos. Cual de estas afirmaciones es cierta?. El estado es el sujeto primario de D.I. El estado es el único sujeto reconocido del Derecho Internacional. Las ONGs son tambien sujetos primarios del Derecho Internacional. En el Derecho Internacional actual el individuo aparece como posible destinatario. De normas que establecen derechos protegidos por una instancia internacional. De normas que establecen obligaciones reprimidas por una instancia internacional. De ambos tipos de normas. En su opinión consultiva de 11 de abril de 1949 sobre “ciertos daños” sufridos al servicio de las Naciones Unidas la CIJ afirmo que la ONU poseía personalidad internacional: Frente a los estados miembros que la hubieran reconocido. Frente a todos los estados miembros, aunque no la hubieran reconocido. Frente a los estados Miembros y No miembros de la organización. Los pueblos coloniales poseen de acuerdo con el D.I. El derecho de la libre determinación externa (independencia del estado colonizador). El derecho a la libre determinacion (autonomía política en el marco del estado colonizador). Ninguno de los dos. Los pueblos que no están sometidos a colonización o dominación extranjera ni a una subordinación arbitraria en el seno del Estado poseen de acuerdo con el Derecho Internacional: El derecho de libre determinación externa (independencia). El derecho a la libre determinacion interna (autonomía). Ambos. Cual de estas entidades políticas se vincula a situaciones de beligerancia de la autodeterminación colonial: Los pueblos. Los movimientos de liberación nacional. Los insurgentes o insurrectores. Los pueblos coloniales, al ejercer el derecho de libre determinacion conforme al derecho internacional, pueden llegar a alguna de las situaciones siguientes: Constituir un estado independiente y soberano. Optar por las asociaciones o integración con otro estado. Ambas situaciones. Cual de estas frases es mas cierta?. El Derecho internacional no toma en consideracion al individuo. En el Derecho internacional el individuo aparece mediatizado por el Estado. El individuo es hoy en dia un sujeto pleno de Derecho internacional. En el mundo actual, las ONGs de ambito internacional tienen la condición de: Sujetos de derecho internacional. Entidades de naturaleza privada a las que se reconoce el estatuto de “observador” en ciertos foros internacionales. Grupos de presión sin ningún reconocimiento internacional. En el caso de delito de piratería: El delito está tipificado en un tratado internacional pero la represión penal corresponde al Estado que captura a los piratas. El delito esta en un tratado internacional y la represión penal corresponde a los tribunales internacionales constituidos ad hoc. El delito esta tipificado en un tratado internacional pero su represión corresponde a la Corte Penal Internacional. Los tribunales penales internacionales actualmente existentes tienen por objeto reprimir. Los crímenes definidos en sus estatutos cometidos por individuos. Los crímenes definidos en sus estatutos cometidos por estados. Ambos. De acuerdo con el D.I, el estado debe poseer una organizacion político juridica que sea: Efectiva. Democratica. Ambas. Cual de estas características definen al estado soberano segun el D.I. La supremacia del poder político en el plazo interno (nacional). La exclusividad e independencia con respecto a cualquier otra autoridad externa en el plano internacional. Ambas cosas. La soberanía constituye un elemento distintivo del Estado que tambien poseen: Las Comunidad Autónomas Españolas. Los EEMM de un Estado Federal. Ninguno de los dos. De acuerdo con la jurisprudencia internacional en la materia, la soberanía del estado sobre su territorio conlleva: Poderes exclusivos en el ejercicio de sus competencias. Deberes de protección de los derechos e intereses de otros estados. Ambas cosas. La población del estado está formada por: Los nacionales. Los extranjeros que residen en el territorio. Ambos. Desde el punto de vista del D.I puede decirse que posee mayor trascendencia: Las modificaciones territoriales (sucesion de estados). Las modificaciones políticas (cambios de gobierno). Ambos por igual. El nacimiento de nuevos estados: Depende únicamente de la historia. Depende únicamente del D.I. Depende mas de la historia que del D.I. De acuerdo con los principios del D.I expresados en la resolucion 2625 (XXV)de 1970, la forma de organización política del estado: Es aquella que cada estado determina libremente para si. Solamente es admisible la forma de gobierno democrático. Solamente es admisible la forma de gobierno acofensional. El reconocimiento de Estados es una cuestión esencialemente política, pero el D.I actual postula el no reconocimiento de los estados: Establecidos como resultado del uso de la fuerza armada en violacion de la Carta de la ONU. Que carecen de un Gobierno capaz de cumplir las funciones del Estado. Ambas cosas. El principio de igualdad soberana de los Estados es compatible: Con el reconocimiento de una posición preeminente de algunos Estados en el seno de la Organizaciones Internacionales. Con una discriminacion positiva de los Estados menos desarrollados en ciertos ámbitos de la cooperación internacional. Con ambas cosas. En el derecho internacional actual, el principio de no intervención en los asuntos internos de otros estados se ha visto modulado: Por la doctrina de la “intervención humanitaria”. Por la llamada “responsabilidad de proteger”. Por ambas doctrinas. La soberanía del estado de acuerdo con el Derecho Internacional implica: Poderes. Deberes. Ambas cosas. La soberanía del Estado se caracteriza por las notas de: Supremacia (summa potestas). Plenitud (plenitudo potestas). Supremacia, plenitud y exclusividad. Entre los llamados “corolarios de la soberanía” del Estado puede citarse: El principio de igualdad soberana de los Estados. El principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados. Ambos principios. Las competencias del Estado se definen jurídicamente como: Competencias originarias. Competencias de atribución. Ambas cosas. Las competencias de las Organizaciones internacionales se definen jurídicamente como: Competencias originarias. Competencias de atribución. Ambas cosas. Las competencias que el Estado ejerce con caracter exclusivo en virtud de su soberania. Permanecen inmutables a lo largo del tiempo. Tienen un alcance esencialmente relativo y tienden a reducirse con el paso del tiempo. Han desaparecido como resultado del proceso de globalización. El principio de igualdad soberana de los Estados no excluye que el derecho internacional reconozca. Ciertos derechos preferenciales a los países sin litoral o en situación geográfica desventajosa en el derecho del mar. Un trato preferencial a los paises en desarrollo en el ámbito económico. Ambas cosas. El principio de no intervención en los asuntos internos de otros estados prohíbe: Únicamente la intervención armada o militar. Toda forma de injerencia atentatoria de la personalidad del Estado. Toda forma de interferencia o presión de un Estado sobre otro. El reconocimiento de Estado tiene un caracter esencialmente: Constitutivo. Declarativo. Protocolario. La admisión de un Estado como Miembro de las Naciones Unidas implica necesariamente. Su reconocimiento por la propia organizacion. Su reconocimiento por todos los Estados Miembros de la Organizacion. Ambas cosas. El establecimiento de relaciones diplomáticas con un estado es: Una forma de reconocimiento expreso de ese estado. Una forma de reconocimiento tácito de ese estado. No supone reconocimiento alguno. La llamada “doctrina Estrada” en materia de reconocimiento de gobiernos: Se incluye entre las posturas legitimistas (solamente se reconocen los gobiernos basados en la soberania popular). Se incluye entre las posturas realistas (se reconocen todos los gobiernos que ejerzan un poder efectivo. Postula no pronunciarse sobre el particular, limitándose a mantener o suspender las relaciones diplomáticas con el nuevo gobierno. En la practica internacional, el llamado reconocimiento de gobierno se plantea: Cada vez que hay un cambio de gobierno en un estado (gobierno de iure). Cada vez que se produce un cambio revolucionario de Gobierno de un estado (gobierno de facto). En ambos supuestos. La llamada “teoría relativa” de la inmunidad del Estado se ha abierto paso con mayor claridad. En el campo de la inmunidad de jurisdicción. En el campo de inmunidad de ejecución. En ambos por igual. El reconocimiento de Estado es: Un acto libre (discrecional). Un acto reglado (el reconocimiento es obligatorio cuñado el Estado reúne las condiciones establecidas por el D. Internacional). La substitucion de un gobierno por otro en el seno de un Estado. Por “sucesion de estados” se entiende: El testamento de un extranjero en favor del país de residencia. La sustitución de un Estado por otro en la soberania sobre un territorio. La sustitución de un gobierno por otro en el seno de un Estado. Entre los convenios de codificaciones en materia de sucesiones de estados ha entrado en vigor: El Convenio sobre la sucesion de Estados en materia de tratados de 1978. El convenio sobre la sucesion de estados en materia de bienes, archivos y deudas de 1983. Ninguno de los dos. Las funciones del Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Ministro de Asuntos exteriores para las relaciones internacionales: Se establecen de acuerdo con el Derecho Nacional. Se ejercitan de acuerdo con el Derecho Internacional. Ambas cosas. El regimen internacional de las relaciones diplomáticas y consulares: Favorece al estado receptor. Favorece al estado que envía. Establece un equilibrio razonable entre ambos. Cuando el estado receptor deniega el placet a la persona propuesta como Jefe de una misión diplomática: Esta obligado a expresar los motivos de su negativa a otorgar el asentimiento. No esta obligado a expresar los motivos de su negativa a otorgar el asentimiento. La cuestión no esta contemplada en el Convenio sobre relaciones diplomáticas de 1963. Entre las funciones de las Misiones Diplomáticas establecidas en el convenio sobre relaciones diplomáticas de 1963 figura: Proteger los intereses del estado acreditan y sus nacionales. Enterarse de los acontecimientos e informar a su Gobierno. Ambas cosas. La condición juridica privilegiada de las Misiones Diplomáticas y de las Oficinas consulares resulta: De su caracter extraterritorial. Del regimen internacional aplicable. De ambas cosas. Las relaciones diplomáticas y consulares constituyen una manifestación de la llamada. Diplomacia ad hoc. Diplomacia multilateral. Diplomacia clásica o bilateral. La sentencia de la CIJ de 14 de febrero de 2002 (Rep. Congo c. Bélgica) afirma que el ministro de asuntos exteriores de la Rep. Democrática del Congo, mientras este en activo, goza: De inmunidad. De impunidad. De ambas cosas. Si el rey expresa el consentimiento del Estado Español en obligarse por un tratado que implique obligaciones financieras para hacienda publica sin contar con la preceptiva autorización de las Cortes generales, el consentimiento expresado: Es valido en el plano internacional pero no en el interno. No es valido en el plano internacional ni en el interno. Es valido en el plano internacional y en el interno. De acuerdo con la CE asignadas al Rey en materia de relaciones exteriores. Tienen un caracter representativo y protocolario. Le confieren competencias sustantivas propias. Ambas cosas. De acuerdo con la jurisprudencia de la CIJ en la sentencia de 14 de febrero de 2002 la inmunidad penal de los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno o Ministro de Asuntos Exteriores les cubre: Mientras esten en activo por todos los crímenes resultantes de actos de caracter oficial o privado. Cuando ya no esten en activo, por los actos de carácter oficial cometidos durante su mandato. Ambas cosas. Los actos del Jefe de Estado o del Ministro de Asunto Exteriores pueden vincular al Estado al que representan: Solamente cuando se realizan respetando sus competencias constitucionales. Cuando se realizan sobrepasando sus competencias constitucionales. Ambas cosas. las inmunidades y privilegios reconocidos a los miembros del personal diplomático y consular en los Convenios de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961 y sobre relaciones consulares de 1963 son: Temporales (mientras dure su funcion). Vitalicios (para siempre). Opcionales (depende de su propia elección). La posibilidad de otorgar a las personas perseguidas el llamado “asilo diplomático” en las Embajadas y Consulados de un estado Extranjero esta reconocida expresamente: En el Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961. En el Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 1963. En el derecho consuetudinario de América Latina. La concesión de salvoconductos para su salida del país a las personas que han buscado el “asilo diplomático” en los locales de una Misión diplomática extranjera esta prevista. En el Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961. En el Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 1963. Ninguno de los dos. Que afirmación es correcta: La prohibición del uso de la fuera puede considerarse en la actualidad como una norma de ius cogens. El uso de la fuera ha estado siempre prohibido por el D. I. La legitima defensa del articulo 51 de la Carta de la ONU es la única excepción al principio de prohibición del uso de la fuerza. El procedimiento para la admisión de nuevos estados como miembros de las Naciones Unidas en el art. 4.2 de la Carta implica, segun la CIJ, que la Asamblea General solo puede decidir la admisión: Si cuenta con la previa recomendación del Consejo de Seguridad. Aunque no cuente con la previa recomendación del Consejo de Seguridad. La CIJ no se ha pronunciado sobre este tema. Las reservas a los tratados tienen por objeto propiciar. La participación más amplia posible en los mismos. La uniformidad e integridad de las disposiciones del tratado. Ambas cosas. De acuerdo con el Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, un cambio en las disposiciones de un tratado efectuado entre algunas de sus partes únicamente se denomina: Enmienda. Modificacion. Revisión. La integración de las normas de Derecho Internacional convencional en el OJ Español: Responde a una concepcion dualista que implica la imposibilidad de que las normas internacionales sean aplicadas en el ordenamiento interno salvo que sean transformadas en normas internas. De acuerdo con el articulo 96.1 CE, se produce en todo caso de manera automática desde la válida celebración de los tratados. De acuerdo con el articulo 96.1 CE, la integración de los tratados válidamente celebrados se produce de manera automática desde su publicación oficial. Las represalias y las contramedidas. Son actos contrarios en si mismos al Derecho Internacional por los cuales un Estado responde frente a los actos contrarios al DI cometidos contra el por otro estado, a fin de constreñir a este ultimo a cesar en su actividad perjudicial y reparar el daño causado. No son actos contrarios en si mismos al D.I, sino que se trata del ejercicio riguroso de un derecho como medio para constreñir en otro Estado a poner fin a una situación perjudicial. No requieren que sean proporcionales a los daños sufridos siempre que sean reversibles y pueden incluir el uso de la fuerza con independencia que se haya invitado al autor del hecho ilícito a poner fin a su comportamiento. La conciliacion es un medio de solución pacifica de controversias de carácter político en el cual interviene un tercero, la comisión de conciliacion, que se constituye por las partes: Para dilucidar las cuestiones en litigio, señalando medidas que pueden facilitar su solución amistosa y haciendo propuestas con tal fin, sin que su informe y recomendaciones tengan caracter obligatorio. Con el objeto de esclarecer las cuestiones de hecho por medio de un examen imparcial que acaba con un informe tecnico de caracter vinculante. Para dilucidar las cuestiones en litigio, señalando medidas que pueden facilitar una solución amistosa de la controversia y haciendo propuestas con tal fin mediante la emisión de recomendaciones obligatorias. Son fuentes del derecho internacional: Exclusivamente los tratados internacionales. Los tratados, la costumbre, los PGD, los actos unilaterales de los Estados y algunas resoluciones de Organizaciones Internacionales. La costumbre, la equidad, la doctrina de los publicistas de mayor prestigio y la jurisprudencia. Las reservas a un tratado. No están permitidas en ningún caso. Tienen por objeto excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones de un tratado en su aplicacion al estado autor de las mismas. Siempre obligan a todos los Estados parte en un tratado con independencia de que las hayan objetado o no. Son requisitos para el ejercicio de la protección diplomatica. El agotamiento previo de los recursos internos. La conducta correcta del particular lesionado (manos limpias). Ambos. En el DI actual, el principio de solución pacifica de controversias. Establece la obligacion de recurrir a las negociaciones diplomáticas con caracter previo a cualquier otro medio. Impone el recurso a medios jurisdiccionales de solución. Es una obligacion de comportamiento. Como regla general los tratados no crean obligaciones ni derechos en relacion a terceros estados: Sin su consentimiento. Pueden crear derechos pero no obligaciones. Nunca, en ningún caso. Los espacios marinos sometidos a la soberania o jurisdicción del Estado Ribereño son: El mar territorial exclusivamente. El mar territorial, la zona contigua y la zona internacional de fondos marinos y oceanicos. El mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Las medidas de retorsión en DI consisten en: El ejercicio riguroso de un derecho como medio para constreñir a otro Estado a poner fin a una situación perjudicial. Actos contrarios en si mismos al DI por los que un estado responde frente a los actos contrarios al DI cometidos contra el por otro estado. La condena publica del Estado que ha cometido una transgresión del DI. El principio de efectividad puede: Consolidar definitivamente determinadas situaciones fácticas cuya regularidad jurídica inicial podria estimarse dudosa. Servir de criterio para la solución de ciertos conflictos de intereses entre Estados que han realizado aisladamente determinados actos ilícitos. Las dos anteriores. La afirmación jurisprudencial de que la soberanía del Estado sobre el territorio no solamente conlleva poderes, sino también deberes, como el del uso no perjudicial del territorio, ha sido evocada: En la sentencia arbitral de la Fundición de Trail (USA/Canada). En la sentencia de la CIJ en el asunto del Estrecho de Corfu. En ambas. Cuando nuevas masas terrestres vienen a incorporarse al territorio de un estado, bien de modo natural, bien en virtud de la obra del hombre, el título jurídico de adquisición es: Cesion. Accesión. Continuidad o contigüidad. El principio “uti posseidetis iuris” se aplica para resolver las cuestiones relativas. A la atribución de la soberania territorial. A la delimitación de las fronteras. A ambas cuestiones. La ocupacion de un territorio sin dueño (Terra nullius) requiere: El descubrimiento. La ocupacion efectiva. Ambas cosas. Entre los titulos de adquisición del territorio que han perdido su validez en el derecho internacional, figura: La conquista. Ocupación. Cesión. La doctrina que propugno por primera vez el no reconocimiento de la adquisición del territorio resultante del empleo de la fuera armada, se conoce como: Doctrina Stimson. Doctrina breznev. Doctrina zapatero. Cual de estas situaciones supone una transferencia de la soberania territorial: Ocupación bélica. Establecimiento de bases militares extranjeras. Ninguna de las dos. La secuencia normal para el establecimiento de una frontera terrestre es: Tratado fronterizo, deslinde cartográfico, amojonamiento. Deslinde cartográfico, amojonamiento, tratado fronterizo. Amojonamiento, deslinde cartográfico, tratado fronterizo. Los acuerdos militares celebrados entre España y los Estados Unidos. Autorizan el uso de las instalaciones de apoyo en las bases militares afectadas. Integran fuerzas militares americanas en el ejercito español. Supone un acuerdo de defensa mutua entre los dos estados. En caso de ocupación militar del territorio de un estado, el estado ocupante: Ejerce válidamente los poderes inherentes al gobierno del territorio. Asume las responsabilidad derivadas de las violaciones del DI que se cometan en el territorio. Ambas cosas. Las misiones especiales reguladas por la Convención de 8 de Diciembre de 1996 se caracterizan: Por su caracter temporal. Por ocuparse de un asunto o cometido determinado. Ambas cosas. Las misiones especiales reguladas por la convención de 8 de diciembre de 1969 pueden llevarse a cabo: En ausencia de relaciones diplomáticas. Cuando existan relaciones diplomáticas. En ambos casos. Que funciones se encuentran determinados con menos detalle en el Convenio Regulador correspondiente: Las de las misiones diplomáticas. Las de las misiones especiales. Las de las oficinas consulares. La existencia de una relacion trilateral plantea dificultades particulares que han sido abordadas: En la Convencion de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961. En la convención de Viena sobre relaciones consulares de 1963. En la convención de Viena sobre la representación de los Estados en sus relaciones con las Organizaciones Internacionales de caracter universal de 1975. Las cuestiones relativas al Estatuto de las delegaciones de los Estados ante las Organizaciones Internacionales se regulan: En los Acuerdos de Sede. En los Convenios sobre privilegios e inmunidades de la Organizacion. En ambos instrumentos. Ante un estado con el que no se han establecido relaciones diplomáticas pueden enviase o establecerse con su consentimiento. Misiones especiales. Oficinas consulares. Ambas. |