DERECHO ISLÁMICO
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Título del Test:
![]() DERECHO ISLÁMICO Descripción: DERECHO ISLÁMICO |



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¿Cuál de las siguientes posiciones corresponde a las escuelas chiitas?. El líder político no tiene relación alguna con el religioso... El líder político es un mandatario terrenal y a su vez líder religioso, y por ello tendrá capacidad de aprobar la legislación de la comunidad. El líder político es un mandatario terrenal, no infalible... El líder no tiene que tener ninguna de estas características... ¿Cuál de las siguientes posiciones corresponde a las escuelas sunitas?. El líder político no tiene por qué ser descendiente de Mahoma. El líder político es mandatario terrenal y líder religioso. El líder político es un mandatario terrenal, no infalible, que coordina la legislación con el ulema. Ninguna de las anteriores. ¿En qué país se desarrolla una escuela con una aplicación menos tradicional del islam?. Egipto. Túnez. Siria. Marruecos. ¿Qué porcentaje de población europea profesa la religión musulmana?. 4,9 %. 7,9 %. 12 %. 23 %. La Sharia es... La ley islámica de las lecturas más tradicionales. La ley islámica centrada en el Corán. La ley islámica que comprende todas las fuentes del Derecho islámico. Todas las fuentes del Derecho Privado Islámico. La Sunna. Es una recopilación de tradiciones. Es una fuente diferente de los hadices. Es una unión entre Corán y hadices. Es una recopilación de hadices. La Idjma. Apenas se usa. La admiten más los hanafíes. La admiten más los malikíes que los hanafíes. La admiten por igual. En el Derecho privado islámico, la costumbre. Es indiscutible. Muy asentada. Muy aplicada en Asia Central. Es una fuente discutible. Acción prohibida en el Derecho islámico: Incitar al mal. Desear el mal. Beber alcohol. No visitar familiares. Escuela hambalí: Administrativa. Lectura casi literal de las fuentes. Tradicional abierta a reflexión. Principal suní. Escuela ismaelita: Mayoritaria del chiismo. Minoritaria del chiismo. Código de Yemen. Visión mística de la vida y la religión. En la actualidad, ¿cuántas Escuelas siguen el Sunnismo?. Dos. Tres. Cuatro. Seis. ¿Cuál es la escuela jurídica más antigua del Derecho Privado Islámico?. La Hanefí. La Malequí. La Hambalí. La Yizadi. El islam es. Anticomunista, antiabortista y antidivorcista. Anticomunista, antiabortista y antianimista. Anticapitalista, antiabortista y antidivorcista. Anticapitalista, antifeminista y antidivorcista. ¿En qué continente del mundo no hay chiismo?. Asia central. Asia del este. África. Europa. El islam es. Dependiente, de origen divino y en el que el jurista crea. Dependiente, de origen divino y en el que el jurista interpreta. Dependiente, mutable y de origen divino. Dependiente del origen divino en el que el jurista no puede interpretar. Un musulmán puede adjurar de su religión y el Derecho en tal caso. Pierde derechos esenciales en Derecho de familia y sucesiones. Es sancionado con penas de cárcel graves o con la muerte. No ocurre nada, sigue teniendo los mismos derechos. Pierde derechos muy limitados en el ámbito civil. ¿Cuál de estas frases es correcta?. En el Derecho sucesorio islámico el testador puede decidir sobre el destino de la mayor parte de sus bienes. En el Derecho sucesorio islámico el testador solo puede decidir sobre el destino de un tercio de sus bienes, teniendo gran libertad para hacerlo. En el Derecho sucesorio islámico el testador solo puede decidir sobre el destino de un tercio de sus bienes, dejándoselo a quien determine la Sharia. En el Derecho sucesorio islámico el testador no puede tomar ninguna decisión. Para ser considerado heredero en el derecho sucesorio islámico es necesario ser musulmán. Sí en el caso de los sucesores fard, pero no en los sucesores asab. Sí, en la sucesión intestada, en la testada se puede no ser musulmán. No, para ser considerado heredero en el derecho sucesorio islámico no es necesario ser musulmán. En el derecho islámico la religión no tiene relación con el derecho sucesorio. ¿Cuál de estas personas no son consideradas por la generalidad de los códigos herederos fard?. El hijo. El padre. La hermana uterina. El hermano uterino. En el derecho sucesorio islámico el testamento. No tiene ningún requisito de forma. Puede ser oral o escrito, debiendo ser firmado el escrito. Tiene requisitos de forma muy exigentes. En el derecho privado islámico no existe posibilidad de hacer testamento. ¿Cuál de las siguientes es una afirmación más ajustada a la realidad?. No existen DD. HH. Reconocimiento específico que evoluciona hacia la DUDH. Existe una concepción y declaración propia de DD. HH. Respeto similar al resto del mundo. ¿Cuál es la Declaración de DD. HH. en el Islam reconocida como respuesta a la DUDH de 1948?. Declaración de El Cairo (1990). Declaración Islámica Universal (1981). Declaración Universal en el Islam (1948). No existen DD. HH. ¿Hay diferencias genéricas en la igualdad entre la DUDH y la Declaración islámica?. No hay diferencias. Depende del Estado. No hay libertad en la islámica. Sí, la igualdad se relaciona con la religión. Diferencia esencial sobre la intimidad: Diferencias derivadas del cumplimiento de la Sharia. Depende de los Códigos. No hay diferencias. Regulación idéntica. Restricciones para celebrar matrimonio: Diferencias mínimas. Motivos económicos. Restricción por las personas con las que pueden casarse los creyentes musulmanes. No hay diferencias. ¿Hay una Declaración de DD. HH. en el islam?. No existe. Sí existe. Varias sin validez. Solo el Corán. ¿Por qué la DUDH no concuerda con el contexto islámico?. Nunca se realizó. Declara no aplicable la Sharia. Está condicionada por la interpretación secular judeocristiana. No deben existir DD. HH. Libertades públicas en el islam: No existen. Existen, condicionadas a la Sharia. Prometedor desarrollo futuro. Muy similares a Occidente. Democracia en países islámicos: Imposible. Habitual. Mitad dictaduras/mitad democracias occidentales. Posible, pero las occidentales son minoría. Convención ONU sobre la mujer (1979): Firmada sin reservas. Firmada por la mayoría con reservas. No firmada por la mayoría. Ningún país la firmó. Derechos y obligaciones en la filiación. No tiene sentido diferenciarlos. Aproximadamente iguales. No iguales según las fuentes. No iguales en todos los códigos, aunque en muchos sí. Elemento NO incluido en la definición jurídica de matrimonio musulmán: Contrato varón-mujer. Convivencia amorosa. Preservar la especie. Procreación. ¿Es obligatorio contraer matrimonio?. Sí, salvo falta de medios. Siempre. No es obligación. El Corán no lo cita. Ruptura de esponsales. No tiene consecuencias. Debe devolverse lo gastado. Solo devuelve la mujer. Obliga a casarse. Etapas completas del matrimonio: Contrato y ceremonia. Contrato, ceremonia y consumación. Contrato, ceremonia y filiación. Compromiso, contrato y ceremonia. Silencio de la mujer como consentimiento: Nunca. Solo en países chiitas. Sí, en países tradicionales. En todos los países. Elementos esenciales del contrato matrimonial: Dote y testigos. Dote. Testigos y celebración. Compromiso y dote. Hermanamiento de leche: Temporal. Permanente. Evitable. Elegible. Impedimento de culto (mujer musulmana): Puede casarse con cualquiera. Solo con hombres musulmanes. Con musulmanes, judíos o cristianos. Con dispensa judicial. Obligación del marido en todos los países: Consumación del matrimonio. Fidelidad a la primera esposa. Poligamia. Tareas domésticas. NO obligación de la mujer: Obediencia. Fidelidad. Manutención económica. Cuidado de menores y tareas. Código del Líbano: Regulación distinta por religión. Regulación similar. Solo musulmanes. No se regula. Código iraquí (poligamia): Prohibida. Permitida con autorización judicial. Permitida hasta 4. No se dice nada. Repudio en Derecho islámico: Fasj. Talak. Alheda. Wali. ¿Puede la mujer anular el matrimonio?. Sí, por abuso, impotencia, enfermedad o esterilidad. Sí, por repudio o esterilidad del hombre. No. Solo con waly. Diferencia entre divorcio del hombre y de la mujer: El juez decreta el del hombre tras comprobar causas. El del hombre solo se sanciona si la mujer paga. El del hombre se sanciona; el de la mujer se decreta tras comprobar causas. No hay diferencia. El repudio puede ser: Unilateral por ambos o mutuo. Unilateral por ambos. Unilateral, mutuo o notarial. Unilateral por el marido o de mutuo acuerdo. Efectos de repudio y divorcio: Iguales. Iguales solo para hijos. Falso, siempre distintos. Dependen de plazos. Tras un primer divorcio: Pueden volver sin nuevo contrato tras 3 meses. Deben firmar nuevo contrato. Solo tras casarse ella con otro. Sin condicionamientos. Cárcel del marido como causa de divorcio: Nunca. Siempre. Sí, si supera 3 años. Si supera 10 años. Plazo habitual de ausencia del marido: Seis meses. Un año. Tres años. Cinco años. Repudio por compensación: Mauritania. Libia. Túnez (sustituible por la dote). Arabia Saudita. Enfermedad NO causa de divorcio: Demencia. Gonorrea. Ceguera. Disfunción Eréctil. Candidiasis vaginal. Eyaculación Precoz. Segundo matrimonio sin autorización judicial: Libia. Irak. Siria. Arabia Saudita. Causa de divorcio en Jordania: No pagar la dote. Ceguera. Viajar al extranjero. Hacer la vida odiosa a la mujer. Plazos de gestación para presunción de paternidad: No hay plazos. 3 meses tras boda / 1 año tras disolución. 6 meses tras boda / 1 año tras disolución. 6 meses tras disolución / 1 año tras boda. Hijos no legítimos: Mismos derechos. Sin derechos frente a ambos. Sin cuidados frente a ambos. Sin derechos de cuidados ni económicos frente al padre. Teoría del feto dormido: 9 meses tras la muerte. Incluso años después de la muerte del marido. Imposible tras la muerte. Solo 6 meses tras boda. Desvirtuar filiación por adulterio: Procedimiento + 4 testigos. Solo procedimiento judicial. Sin procedimiento. Muerte inmediata. Adulterio femenino: Sin sanción. Solo divorcio. Penas iguales en todos los países. En algunos países, pena de muerte. Wilaya: El padre asume gastos desde el nacimiento. Desde la concepción. Ambos progenitores. Obligación exclusiva de la madre. |




