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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Local Junio 2020

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Título del test:
Derecho Local Junio 2020

Descripción:
UNED-CCJJAAPP

Autor:
ANTONIO M.
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
22/08/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 21
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Temario:
1- De acuerdo con el Art.29 LBRL, en el régimen de Concejo Abierto: El gobierno y la administración municipales corresponde a un Alcalde y una junta de gobierno de la que forman parte todos los electores.Ajustan su funcionamiento a los usos, costumbres y tradiciones locales y, en su defecto , a lo establecido en la LBRRL y las leyes de las CCAA sobre régimen loca. El gobierno y la administración municipales corresponde a un Alcalde y una asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores.Ajustan su funcionamiento a lo establecido en la LBRL. El gobierno se asume por los vecinos a través de consejos sectoriales. El gobierno y la administración municipales corresponde a un Alcalde y una asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores. Ajustan su funcionamiento a los usos, costumbres y tradiciones locales y, en su defecto, a lo establecido en esta Ley y las leyes de las CCAA sobre régimen local.
Tras la modificación del artículo 3.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen local, por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, cuáles de las siguiente entidades gozan, asimismo, de la condición de entidades locales Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal, instituidas o reconocidas por las CCAA (caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos). Las Comarcas u otras Entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las CCAA de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía Las Áreas Metropolitanas y las Mancomunidades de Municipios Únicamente las enunciadas en los apartados b y c.
El artículo 3 de la Carta Europea de Autonomía Local ofrece la siguiente definición de autonomía local: "Por autonomía local se entiende la obligación de las entidades locales de ordenar, promocionar, fomentar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes" " Por autonomía local se entidades el derecho de la entidades locales de ordenar, y gestionar una parte importante de los asuntos públicos bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes" "Por autonomía local se entiende el derecho y la capacidad efectiva de las entidades locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos,en el marco de la ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes" "Por autonomía local se entiende el derecho de las entidades locales de ordenar, promocionar, fomentar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes".
Según el articulo 21 de la LBRL, son atribuciones del Alcalde: Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. El control,y la fiscalización de los órganos de gobierno El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
El Tribunal Constitucional ha considerado la autonomía local como: El derecho de la provincias y CCAA, a través de órganos jerarquizados, en el gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen, constituyendo en todo caso un poder limitado que no puede oponerse al principio de unidad estatal El derecho de las ciudades a participar, a través de órganos metropolitanos, el en gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen, constituyendo en todo caso un poder limitado que no puede oponerse al principio de unidad autonómica. El deber de la comunidad local a gestionar, a través de órganos propios, en el gobierno y administración de cuántos asuntos le atañen, constituyendo en todo caso un poder limitado oponible siempre al principio de unidad en Europa El derecho de la comunidad local a participar, a través de órganos propios, en el gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen, constituyendo en todo caso un poder limitado que no puede oponerse al principio de unidad estatal.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la LBRL,cuáles de los siguiente son servicios mínimos obligatorios en todos los Municipios Evaluación e información de situación de necesidad social Acceso a los núcleos de población Transporte colectivo urbano de viajeros Parque público.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta con el artículo 85 ter. de la LBRL? Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que se su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en que les sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero, de eficacia y contratación Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, en todos sus ámbitos de actuación Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente por los estatutos aprobados por el Plenos de la Corporación La sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, por el derecho administrativo local.
El artículo 141.2 CE marca un punto de inflexión en cuanto a la concepción del gobierno provincial, indicando que : El gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados exclusivamente a las Diputaciones El gobierno y la administración autónoma de las provincias uniprovinciales estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo El gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados exclusivamente a Corporaciones de carácter representantivo El gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.
El articulo 86 LBRL declara la reserva a favor de las entidades locales de los servicio de : Recogida,tratamiento y aprovechamiento de residuos Suministro de gas y calefacción Servicios mortuorios Mataderos, mercados y lonjas centrales.
El TC (STC 27/1987) establece respecto a la coordinación entre CCAA y Entidades Locales que: La coordinación no puede traducirse en la emanación de órdenes dispersas que desdibujen el contenido de la actividad del ente coordinado, agotando su propio ámbito de decisión autónoma La coordinación no puede traducirse en la emanación de órdenes concretas que prefiguren exhaustivamente el contenido de la actividad del ente coordinado, agotando su propio ámbito de decisión autónoma La coordinación puede traducirse en la emanación de órdenes concretas que prefiguren el contenido de la actividad del ente coordinado, agotando su propio ámbito de decisión autónoma La coordinación implica jerarquía, capacidad de dirección y subrogación en la decisiones de las Entidades Locales.
La Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local modifica el articulo 13 de la Ley 7/1985 en materia de creación, supresión y fusión de municipios estableciendo que : Sin perjuicio de las competencias de las CCAA, el Estado, atendiendo a criterios políticos, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales Sin perjuicios de las competencias de las Entidades Locales, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tienda a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales. Solamente el Estado, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales. Sin perjuicios de las competencias de las CCAA ,el Estado, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales.
La creación de municipios, conforme a lo establecido en el articulo 13 LBRL: Sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados y siempre que los municipios resultantes cuenten con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales y no suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados. Sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 15.000 habitantes No es posible en virtud del principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera Precisará informe favorable del Consejo de Estado cuando supongan alteración de los límites provinciales.
Conforme al artículo 85.2 bis) los organismos autónomos locales: Se crean, modifican, refunden y suprimen por ley autonómica Se crean, modifican, refunden y suprimen por acuerdo del Alcalde Se crean, modifican, refunden y suprimen por acuerdo del Pleno de la entidad local Se crean, modifican, refunden y suprimen por acuerdo del titular de la Concejalía, Área u órgano equivalente de al entidad local, del que dependen.
Para la alteración de términos municipales: No será necesario en ningún caso el previo dictamen del órgano consultivo superior del Consejo de Gobierno de la respectiva CCAA, si existiere, o en su defecto, del Consejo de Estado. Simplemente basta con dar conocimiento del expediente a la Administración del Estado Será necesario el previo dictamen del órgano consultivo superior del Consejo de Gobierno de la respectiva CCAA, si existiere o en su defecto, del Consejo de Estado. Simultáneamente a la petición del dictamen se dará conocimiento del expediente a la Administración del Estado Será necesario siempre,dictamen previo del Consejo de Estado. Simultáneamente a la petición del dictamen se dará conocimiento del expediente a la Administración del Estado Será necesario el informe del Defensor del Pueblo.Simultáneamente a la petición del dictamen se dará conocimiento del expediente a la Administración del Estado.
Según el artículo 85.2 LBRL,la gestión directa de los servicios públicos de competencia local se deberá realizar: Mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Con carácter preferente por organismo autónomo local, entidad pública empresarial local o sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública De la forma más sostenible y eficiente de entre la previstas en los apartados a) y b) Con carácter preferente por la propia Entidad Local.
De acuerdo con el artículo 86 LBRL las entidades locales podrán ejercer la iniciativa pública para el desarrollo de actividades económicas: Siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sosteniblidad financiera del ejercicio de sus competencias correspondiendo al Alcalde de la respectiva Corporación local la aprobación del expediente, que determinará la forma concreta de gestión del servicio Siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sosteniblidad financiera del ejercicio de sus competencias correspondiendo al Pleno de la respectiva Corporación local la aprobación del expediente,previa autorización de la respectiva CCAA que determinará la forma concreta de gestión del servicio Al margen del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sosteniblidad financiera del ejercicio de sus competencias correspondiendo al Pleno de la respectiva Corporación local la aprobación del expediente que determinará la forma concreta de gestión del servicio Siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sosteniblidad financiera del ejercicio de sus competencias correspondiendo al Pleno de la respectiva Corporación local la aprobación del expediente, que determinará la forma concreta de gestión del servicio.
La Comisión Nacional de Administración Local: Es un órgano semipermanente para la colaboración entre la Administración del Estado y la Administración Local y sus funciones aparecen definidas en los artículos 118 y 119 de la LBRL Es un órgano temporal de coordinación entre la Administración del Estado y la Administración Local y sus funciones aparecen definidas en los artículos 118 y 119 de la LBRL Es una reunión anual para la colaboración entre la Administración del Estado y la Administración Local y sus funciones aparecen definidas en los artículos 118 y 119 de la LBRL Es un órgano permanente para la colaboración entre la Administración del Estado y la Administración Local y sus funciones aparecen definidas en los artículos 118 y 119 de la LBRL.
El artículo 31.1 LBRL explicita en relación con la provincia: La Provincia es una Entidad Local determinada por la agrupación de entidades metropolitanas subregionales, con personalidad jurídica propia yplena capacidad para el cumplimiento de sus fines. La Provincia es una Entidad Local determinada por la agrupación de ciudadanos, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. La Provincia es una Entidad Local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. La Provincia es una Entidad Local determinada por la agrupación de CCAA, con personalidad jurídica propia yplena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta conforme a lo establecido en el artículo 23 de la LBRL: La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior a la cuarta parte del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales superior a la cuarta parte del número legal de los mismos, nombrados y separados por el Pleno.
El artículo 137 de la CE DE 1978: Sólo consagra explícitamente a los municipios como elementos consustanciales de dicha organización, junto con las CCAA, reconociéndoles "autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". No consagra explícitamente a los municipios y las provincias como elementos consustanciales de dicha organización, junto con las CCAA, reconociéndoles "autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". Consagra implícitamente a los municipios y a la provincias como elementos consustanciales de dicha organización, junto con las CCAA, reconociéndoles "autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". Consagra explícitamente a los municipios y a la provincias como elementos consustanciales de dicha organización, junto con las CCAA, reconociéndoles "autonomía para la gestión de sus respectivos intereses".
La inscripción en el Padrón municipal contendrá como obligatorios, de acuerdo con lo establecido en el articulo 16.2 f), para el caso de extranjeros: Número de la tarjeta de residencia en vigor, expedida por las autoridades españolas Pasaporte en vigor expedido por las autoridades del país de procedencia, tratándose de ciudadanos nacionales de Estados Miembros de la UE Número de identificación de extranjero que conste en documento en vigor, expedido por las autoridades españolas. Todas las anteriores son ciertas.
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