1. El contrato de mutuo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas que: No son fungibles. Se consumen con el uso. No son susceptibles de consumir. Se pueden hipotecar. . 2. En el contrato de mutuo, al deudor se le conoce como mutuario y al acreedor como mutuante. verdadero. falso. 3. El contrato de mutuo origina obligaciones sólo del: Librador. Mutuario. Mutuante. Acreedor. 4. El contrato de mutuo se perfecciona por la: Transferencia de la cosa dada en dominio. Tradición, al transferir el dominio. Entrega del título de propiedad y dominio. Posesión efectiva adquisitiva de dominio. 5. Si el contrato de mutuo se celebra por documento privado, para que tenga la calidad de título ejecutivo, debe ser legalmente reconocido por orden judicial. Verdadero Falso. 6. La principal obligación del mutuario es la de restituir las cosas recibidas con: La debida anticipación invocada en el contrato. La diligencia y cuidados determinados en la cláusula penal. Otras tantas del mismo género y calidad. Los intereses pactados por el mutuario. 7. Las obligaciones del mutuante pueden originarse con posterioridad y eventualmente; por ejemplo, que la mala calidad o condición del objeto dado en mutuo que haya sido conocida y no declarada por el mutuante. verdadero falso. 8. En el mutuo se pueden originar obligaciones para el mutuante, en caso de: Vicios ocultos. Pérdida de las cosas fungibles. No pagar el crédito. No restituir igual cantidad de cosas del mismo género y calidad. 9. Se debe restituir la cosa dada en mutuo, cuando: Al mutuario le sea posible. El mutuante lo ordene. Haya vencido el plazo. La cosa dada en mutuo cumpla su cometido. 10. El contrato de mutuo origina obligaciones; como es la de restituir las cosas dadas en mutuo con o sin intereses; por tanto, tiene la característica de ser: Unilateral Real. Conmutativo. Personal. 11. Si por el mutuo se han pagado intereses no estipulados, podrán: Anularse de mutuo acuerdo. Imputarse al capital. Atribuirse en proporción a las cuotas faltantes. Cobrarse en proceso judicial monitorio. 12. Si en el mutuo se estipulan intereses sin determinar la tasa, se entenderán los intereses reales. Verdadero falso . 13. Si en el mutuo, el préstamo es de dinero, solo se debe: La suma numérica enunciada en el contrato. El dividendo mensual establecido en la escritura pública. El valor estipulado sumado los intereses. La cantidad que consta en la tabla de amortización. 14. Si en el mutuo se hubieren pactado intereses, el mutuario puede pagar o restituir la cosa antes del término estipulado. verdadero falso. 15. Cuando en el Mutuo, no se hubiere fijado término para el pago, se establece un plazo legal; esto es que no habrá derecho de exigirlo sino después de los diez días subsiguientes a la entrega. verdadero falso.
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