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DERECHO MERCANTIL I

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Título del Test:
DERECHO MERCANTIL I

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Todos los temas de derecho mercantil I

Fecha de Creación: 2026/01/06

Categoría: UNED

Número Preguntas: 651

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En sus orígenes, la jurisdicción mercantil se aplicaba: A cualquier persona que realizara un acto de comercio. A los comerciantes en todas sus actividades. A los comerciantes en lo referido únicamente al ejercicio del comercio.

La noción de acto de comercio en el Código de Comercio Francés de 1807: Tenía la finalidad de delimitar una serie de operaciones y contratos con una regulación sustantiva especial. Tenía únicamente la finalidad de someter a la jurisdicción mercantil los litigios entre cualesquiera personas relativos a actos de comercio. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia: En materia de letra de cambio, cheque y pagaré. En materia de contratos de seguros. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las instituciones de la propiedad industrial: Tienen su origen en la Edad Media. Surgen a partir de la Revolución Industrial de los siglos XVIII y XIX. Se reconocen por primera vez en el Tratado de la Comunidad Europea.

Son actos de comercio: Todos los realizados por un comerciante. Todos los regulados en el Código de comercio. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo Mercantil tienen competencia para conocer: De todos los actos y contratos considerados mercantiles. De las cuestiones suscitadas en materia de sociedades mercantiles. Únicamente de las cuestiones suscitadas en materia concursal.

Las normas recogidas en el Código de Comercio: Regulan siempre supuestos no regulados en el Código Civil. Regulan en una parte importante supuestos regulados también en el Código Civil, como ocurre en materia de contratos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo mercantil tiene competencia: En toda la materia mercantil. En materia de sociedades mercantiles. Únicamente en materia de contratos mercantiles.

Las instituciones de la propiedad industrial nacen: En el Siglo XIX. En la Edad Media, a la vez que el Derecho Mercantil. En el Siglo XVI.

Los Tribunales de lo Mercantil: Tienen competencia para todas las materias mercantiles. Tienen competencia en materia de cheque y pagaré. Tienen competencia en materia de propiedad industrial e intelectual T.

El Código de comercio: Regula algunas instituciones que ya reciben regulación en el Código civil, sometiéndolas a normas distintas. No regula ninguna institución que ya reciba regulación en el Código civil. Remite al Código civil en determinados aspectos sin regular en absoluto instituciones ya reguladas en el Código.

La competencia exclusiva del Estado en materia de legislación mercantil: Está atribuida en la Constitución Española de 1978. Está atribuida por todos los Estatutos de Autonomía. Está atribuida en el Código de Comercio.

El Código de Comercio: Regula únicamente supuestos no regulados en el Código Civil. Regula determinados contratos regulados en el Código Civil sometiéndolos a normas distintas. Regula únicamente el estatuto jurídico de los empresarios.

El Derecho Mercantil en sus orígenes: Surge como un derecho especial consuetudinario y aplicado por tribunales mercantiles especiales. Surge como un derecho especial estatal y aplicado por los tribunales ordinarios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de Comercio: Realiza una enumeración exhaustiva de los actos que se consideran actos de comercio. Ofrece una noción de acto de comercio como acto realizado en masa. Establece que se consideran actos de comercio los comprendidos en el Código y cualesquiera otros de naturaleza análoga.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia para conocer: De todas las acciones relacionadas con los concursos regulados por la Ley Concursal. De las acciones relacionadas con letra de cambio cheque y pagaré. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de Comercio establece con carácter general que son actos de comercio. Todos aquellos en los que intervenga un empresario. Todos los que se realicen con ánimo de lucro. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de comercio vigente de 1885: Pretende delimitar de una manera objetiva los actos de comercio, estableciendo una noción general de acto de comercio en su artículo 2. Pretende delimitar de una manera subjetiva los actos de comercio, dejando su clasificación a los Tribunales de lo Mercantil. No recoge ninguna noción general de acto de comercio.

Los Tribunales de lo Mercantil: Tienen competencia para las acciones relacionadas con los concursos regulados por la Ley Concursal. Tienen competencia en todas las materias comprendidas en el Derecho Mercantil. Únicamente pueden aplicar Derecho interno español.

Las patentes y las marcas son instituciones: Reguladas inicialmente en el Código de Comercio que posteriormente se han regulado por leyes especiales. Que nunca se han regulado en el Código de Comercio, sino en disposiciones especiales, al surgir al margen de aquel. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas comunitarias que van dirigidas a los Estados miembros para que las incorporen a su legislación interna son: Los Reglamentos. Las Directivas. Las dos respuestas anteriores con erróneas.

Las marcas y las patentes: Surgieron en la Edad Media al mismo tiempo que el resto de las instituciones mercantiles. Surgieron en los siglos XVIII y XIX y se regularon en disposiciones específicas. Surgieron en el siglo XX.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia: En toda la materia mercantil. En materia de propiedad industrial. Únicamente en materia concursal.

Según el Código de Comercio se reputan actos de comercio: Los actos celebrados por cualquier comerciante o empresario. Los actos que se producen en masa. Los actos comprendidos en el propio Código y los de naturaleza análoga.

Los tribunales de lo mercantil tienen competencia en materia de: Sociedades mercantiles. Contratos bancarios. Letra de cambio, cheque y pagaré.

El Código de Comercio establece: Una enumeración exhaustiva de los actos que se consideran actos de comercio. Que son actos de comercio únicamente los realizados entre comerciantes. Que son actos de comercio los comprendidos en el Código y los de naturaleza análoga.

Son bienes inmateriales: Los derechos de cualquier tipo. Los derechos de propiedad industrial. Únicamente los derechos de autor.

Los Tribunales de lo Mercantil tiene competencia: Para aplicar las normas comunitarias sobre libre competencia. En materia de contratos de seguros. En materia de contratos de distribución.

En el Código de comercio vigente: Se consideran actos de comercio a los comprendidos en el propio código y a cualesquiera otros de naturaleza análoga. Se consideran actos de comercio a todos los realizados por un empresario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo Mercantil: Tienen competencia para conocer de las acciones relativas a competencia desleal. Tienen competencia en todas las materias comprendidas en el Derecho Mercantil. Únicamente pueden aplicar Derecho interno español.

Los contratos de compraventa y de préstamo: Están regulados tanto en el Código Civil como en el Código de Comercio. Están regulados únicamente en el Código Civil. Están regulados únicamente en el Código de Comercio.

En el Código de Comercio de 1829, la noción de acto de comercio se utiliza: Únicamente a efectos jurisdiccionales. Únicamente a efectos de delimitar los actos cuya regulación sustantiva esté en el propio Código. Tanto a efectos jurisdiccionales, como a efectos de delimitar los actos cuya regulación sustantiva está en el propio Código.

Las patentes y las marcas: Son instituciones nunca reguladas específicamente en el Código de comercio, sino en disposiciones especiales, al surgir al margen de aquel. Son instituciones reguladas inicialmente en el Código de Comercio que posteriormente se han regulado por leyes especiales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De las Directivas comunitarias cabe afirmar que: Han de ser transpuestas al ordenamiento interno español. Basta la publicación de la propia Directiva en el BOE para su directa aplicación en nuestro país. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Derecho Mercantil, como derecho especial aparece: Con la Codificación. En la Edad Media. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia para conocer: De las acciones relacionadas con el concurso de acreedores. De las acciones relacionadas con cualquier contrato mercantil. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según el Código de Comercio, son actos de comercio: Todos los realizados por un empresario. Sólo los contratos celebrados entre dos empresarios. Los comprendidos en el Código de Comercio y los de naturaleza análoga.

Los Tribunales de lo Mercantil tienen competencia para: Las acciones relativas a las normas protectoras de la libre competencia. Todas las acciones relativas a la compraventa mercantil. Todas las acciones relativas a la letra de cambio.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia para conocer: Solo en materia de las acciones establecidas por la Ley Concursal. En materia de sociedades mercantiles. En materia de cualquier contrato mercantil.

Los programas de ordenador se pueden proteger: Mediante una patente de invención. Mediante un modelo de utilidad. Mediante las normas del Derecho de Autor.

Según el Código de Comercio, son actos de comercio: Los comprendidos en dicho Código y cualesquiera otros de naturaleza análoga. Solo los regulados actualmente en el Libro II del Código de Comercio. Todos los celebrados por un comerciante.

Los Tribunales de lo Mercantil: Únicamente pueden aplicar Derecho interno español. Tienen competencia para las acciones relacionadas con los concursos regulados por la Ley Concursal. Tienen competencia para todas las acciones relativas a los contratos de distribución.

Las normas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los Reglamentos comunitarios relativos a la protección de la libre competencia: Son directamente aplicables por los tribunales ordinarios españoles. Han de ser aplicados únicamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Requieren en todo caso de desarrollo legislativo posterior para ser susceptibles de aplicación por cualquier tribunal, sea español o europeo.

Indique cuál de estas afirmaciones es correcta: Las patentes, los signos distintivos y las creaciones protegidas por Derecho de autor son bienes inmateriales. Son bienes inmateriales únicamente las creaciones protegidas por Derecho de autor. Son bienes inmateriales únicamente las patentes y los signos distintivos.

En relación con los Tribunales de lo Mercantil cabe afirmar que: Se produce una correspondencia total entre el ámbito de su jurisdicción y la delimitación sustantiva del Derecho Mercantil. Las materias sometidas a su jurisdicción no coinciden totalmente con lo que es la delimitación sustantiva del Derecho Mercantil. Únicamente conocen de las acciones relacionadas con los concursos sometidos a la Ley Concursal.

El Código de Comercio vigente: Contiene una enumeración exhaustiva de los actos de comercio. Establece una norma general según la cual son actos de comercio solo los realizados entre comerciantes. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Derecho Mercantil en sus orígenes en la Edad Media se caracterizaba por ser: Un Derecho consuetudinario, aplicado por tribunales mercantiles especiales. Un Derecho común codificado. Un Derecho codificado basado en el acto objetivo de comercio.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia para conocer de las acciones sobre: Todas las materias que conforman el Derecho mercantil sustantivo. La letra de cambio, el cheque y el pagaré. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de comercio de 1885, vigente, delimita los actos de comercio: Con una relación exhaustiva de todos ellos. Por referencia a los que están especificados en el propio Código y a cualesquiera otros de naturaleza análoga, sean o no comerciantes los que los ejecuten. Requiriendo siempre la participación de dos empresarios en su realización.

Los Tribunales de lo mercantil: Tienen competencia para juzgar todos los actos realizados por los empresarios. Tienen competencia para juzgar en todas las materias que integran el Derecho Mercantil. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las instituciones de la propiedad industrial surgen: Como consecuencia de la Revolución industrial de los Siglos XVIII y XIX. A la vez que el Derecho Mercantil, en la Edad Media. A través de la codificación de los actos de comercio.

Según el Código de Comercio, sus disposiciones se aplicarán: A los actos comprendidos en el Código y a los de naturaleza análoga. A cualquier acto en el que intervenga un comerciante. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las patentes, los signos distintivos y las creaciones protegidas por el Derecho de autor constituyen: Bienes inmateriales. Mercaderías. Títulos-valores.

En relación con las Directivas cabe afirmar: Que el Estado es responsable de los daños y perjuicios que pueda ocasionar a los particulares su falta de transposición oportuna. Que los justiciables pueden invocar siempre y en todo caso las normas en ellas contenidas al ser de directa aplicación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la consideración como actos de comercio de aquéllos de "naturaleza análoga" a que se refiere el Código de comercio en su artículo 2° cabe afirmar: La posible aplicación analógica de algunas normas mercantiles junto con la aplicación de disposiciones generales de comercio y las referentes a las prescripciones. Que existe un criterio claro para determinar cuáles puedan ser los actos de comercio por analogía. Que al tratarse de contratos mercantiles no se puede acudir al criterio de analogía del artículo 3 del Código civil.

En el Código de comercio vigente: Se consideran actos de comercio únicamente los comprendidos en el propio Código. Se consideran actos de comercio los comprendidos en el propio Código y cualesquiera otros de naturaleza análoga. Se delimitan todos y cada uno de los posibles actos de comercio por referencia a la necesaria participación de un comerciante en su celebración.

Las patentes y las marcas aparecen reguladas por primera vez en España: En el Código de comercio del año 1829. En el Código de comercio vigente del año 1885. En disposiciones especiales.

Los Tribunales de lo mercantil tienen competencia: En materia de derecho concursal. Para todas las materias que se consideren mercantiles. En materia de letra de cambio, cheque y pagaré.

Si un Estado miembro no transpone una Directiva en el plazo previsto al efecto: El Estado es responsable de los daños y perjuicios que pueda ocasionar a los particulares la falta de transposición oportuna. La Directiva se aplicará directamente en las relaciones entre los particulares. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En materia de orden de prelación de fuentes, el vigente Código de Comercio: No contiene ninguna disposición expresa. Establece expresamente una remisión al Código Civil. Establece con carácter general un orden de prelación distinto del establecido en el Código Civil.

Las normas que regulan la materia mercantil en nuestro país: Son todas normas nacionales, aunque algunas de ellas se limitan a incorporar a nuestro ordenamiento jurídico las normas comunitarias. Son en parte normas nacionales y en parte normas comunitarias que rigen directamente en nuestro país. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según nuestra Constitución, la competencia para legislar en materia de propiedad industrial: Corresponde en exclusiva al Estado. Es una competencia compartida entre el Estado y algunas Comunidades Autónomas. Es una competencia compartida entre el Estado y todas las Comunidades Autónomas.

Si se incumple el plazo de trasposición de una Directiva comunitaria, las disposiciones de la misma: Pueden ser invocadas por el Estado contra los particulares. Pueden ser invocadas por los particulares frente a los organismos públicos. No pueden ser invocadas en ningún caso.

Según la Constitución española, es competencia exclusiva del Estado: La legislación mercantil. El Derecho Mercantil. El Derecho de los negocios.

Las prohibiciones para ejercer el comercio: Se refieren únicamente a personas que desempeñan una función pública. Afectan únicamente a los empresarios declarados en concurso que sean inhabilitados. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las fuentes del Derecho Mercantil: Son distintas a las del resto del ordenamiento jurídico español, porque se admiten como tales las condiciones generales de la contratación. Son distintas a las del resto del ordenamiento jurídico español, porque no se admiten como fuente los usos mercantiles. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Tiene la competencia para pronunciarse con carácter prejudicial sobre la interpretación del Tratado y de los actos adoptados por las instituciones de la Comunidad Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Los Tribunales nacionales de cada Estado miembro de la Comunidad. Tanto el Tribunal de Justicia como los Tribunales nacionales.

Las Directivas: Tienen eficacia directa al igual que los Reglamentos comunitarios. Pueden hacerse valer directamente por los ciudadanos sin necesidad de transposición al ordenamiento interno. Han de ser incorporadas al ordenamiento interno a través de la transposición.

El Código de comercio: Contiene un orden de prelación de fuentes en materia de actos de comercio distinto al general del Código Civil. Contiene el mismo orden de prelación de fuentes que el Código Civil. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas comunitarias sobre protección de la libre competencia: Son directamente aplicables a las empresas españolas. Requieren de desarrollo en el ordenamiento interno español para su aplicación a las empresas españolas. Sólo son aplicables por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Según la Constitución española, la competencia en materia de legislación mercantil es una competencia: Exclusiva del Estado. Compartida por el Estado y algunas Comunidades Autónomas. Compartida por el Estado y todas las Comunidades Autónomas.

El orden de prelación de fuentes establecido en el artículo 2° del Código de Comercio: Se aplica a toda la materia mercantil. No se aplica en materia de contratos mercantiles, para los que existe una norma específica al respecto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las disposiciones comunitarias que obligan a los Estados miembros a incorporar determinadas normas a sus ordenamientos internos son: Los Reglamentos. Las Directivas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de Comercio vigente se promulgó: A principios del siglo XX. A finales del siglo XIX. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según el orden de prelación de fuentes que con carácter general establece el Código de Comercio (art. 2, el uso: Se aplica únicamente cuando no existe norma mercantil ni de Derecho común aplicable al caso debatido. Se aplica con preferencia a las normas mercantiles y de derecho común. Se aplica en defecto de norma mercantil y con preferencia a las normas de Derecho común.

La regulación establecida en los Reglamentos comunitarios: Solo puede ser aplicada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Puede ser aplicada por los Tribunales españoles. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si se incumple el plazo de trasposición de una Directiva comunitaria, las disposiciones de la misma: Pueden ser invocadas por el Estado contra los particulares. Pueden ser invocadas por los particulares frente a los organismos públicos y frente a otros particulares. Sólo puede ser invocada por los particulares frente a los organismos públicos.

La Legislación sobre propiedad industrial: Es competencia compartida entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Es competencia exclusiva del Estado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Unión Europea: Tiene competencia compartida con los Estados miembros para la protección de los consumidores. Únicamente tiene competencia en las normas de protección de la libre competencia recogidas en el Tratado de Funcionamiento de la UE. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los contratos de compraventa y de préstamo: Están regulados únicamente en el Código Civil. Están regulados únicamente en el Código de Comercio. Están regulados tanto en el Código Civil como en el Código de Comercio.

Para la entrada en vigor de los Reglamentos comunitarios en España: Basta con su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Es necesario que se publiquen en el BOE. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas de protección de la libre competencia del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Son directamente aplicables en España. Sólo son aplicables a través de los Reglamentos que las desarrollan. Sólo son aplicables a través de las normas de transposición nacionales cuando estas existan.

El Código de Comercio vigente: Se promulgó antes que el Código Civil vigente. Se promulgó con posterioridad al Código Civil vigente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según el Código de Comercio entre las fuentes del Derecho Mercantil se encuentran: Las condiciones generales de los contratos. Los usos del comercio observados generalmente en cada plaza. Sólo las disposiciones legales de carácter mercantil.

En el Código de Comercio regula. La letra de cambio, el cheque y el pagaré. El concurso de acreedores. El contrato de compraventa y el de préstamo.

Según nuestra Constitución, la legislación mercantil es competencia: Compartida del Estado y determinadas comunidades autónomas. Exclusiva del Estado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La falta de trasposición oportuna de una Directiva comunitaria por un Estado miembro de la Unión Europea determina: Que el Estado sea responsable de los daños y perjuicios que la falta de trasposición haya podido ocasionar a los particulares. Que la Directiva pase a tener automáticamente el carácter de norma interna en el Estado de que se trate. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En materia de fuentes, el Código de Comercio: Establece, con carácter general, un orden de prelación distinto al establecido en el Código Civil. Establece fuentes distintas a las previstas en el Código Civil, porque prevé como fuente las condiciones generales de los contratos. No contiene ninguna norma.

Las Directivas comunitarias: Obligan a los Estados miembros a incorporar sus normas a la legislación interna. Son únicamente recomendaciones que pueden seguir o no los Estados miembros. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Código de Comercio vigente: Es el único que se ha promulgado en nuestro país. Estuvo precedido por el Código de Comercio de 1829. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El orden de prelación de fuentes que con carácter general establece el Código de Comercio es: Ley mercantil, Derecho común y condiciones generales de la contratación. Ley mercantil, usos de comercio y Derecho común. Ley mercantil, usos de comercio y condiciones generales de la contratación.

Si un Estado miembro no transpone una Directiva comunitaria en el plazo fijado para ello. Esa falta de transposición oportuna: Implicaría para dicho Estado responsabilidad por los daños y perjuicios que pueda ocasionar a los particulares. Implicaría en todo caso la aplicación automática de la Directiva. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según nuestra Constitución el Estado tiene competencia exclusiva para legislar: Sobre la legislación mercantil y otras materias incluidas habitualmente dentro de la noción de Derecho mercantil. Únicamente sobre las bases de la legislación mercantil. Únicamente sobre las bases de ordenación del mercado.

En relación con el orden de prelación de fuentes, el Código de Comercio: No contiene ninguna norma. Establece, como norma general, que el uso se aplicará con preferencia a las normas del derecho común. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es competente para conocer: De los recursos de amparo por violación de los derechos fundamentales regulados en la Constitución española. De las cuestiones prejudiciales planteadas por los Tribunales de los Estados miembros de la Unión Europea. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La unidad de mercado: Es un principio que resulta de normas de la Constitución española. Significa que cada Comunidad Autónoma constituye por sí misma un único mercado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Derecho comunitario: Es aplicable en los Estados miembros y tiene primacía sobre el Derecho nacional. Es aplicable en los Estados miembros, pero no tiene primacía sobre el Derecho nacional. Requiere en todo caso de transposición al ordenamiento interno.

La competencia legislativa en materia concursal corresponde en exclusiva: Al Estado. A las Comunidades Autónomas que así lo hayan previsto en sus Estatutos de Autonomía. A las Comunidades Autónomas, aunque no lo hayan previsto en sus Estatutos de Autonomía.

De lo dispuesto con carácter general en el Código de Comercio (art. 2, puede decirse que el orden de prelación de fuentes establecido es: Ley mercantil, Derecho común y usos. Usos, ley mercantil y Derecho Común. Ley mercantil, usos y Derecho Común.

El Código de Comercio vigente se promulgó: Con anterioridad al Código Civil. Con posterioridad al Código Civil. Al mismo tiempo que el Código Civ.

La competencia para legislar sobre propiedad Industrial y sobre las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, según nuestra Constitución: Corresponde en exclusiva al Estado. Es compartida entre el Estado y determinadas Comunidades Autónomas. Es compartida entre el Estado y todas las Comunidades Autónomas.

Los Reglamentos comunitarios se publican: Tanto en el Diario Oficial de la Unión Europea como en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente en el Boletín Oficial de cada país miembro de la Unión Europea. Únicamente en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La competencia para legislar sobre propiedad Industrial y sobre las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, según nuestra Constitución: Corresponde en exclusiva a las Comunidades Autónomas. Corresponde en exclusiva al Estado. Es compartida entre el Estado y todas las Comunidades Autónomas.

Los Reglamentos comunitarios sobre protección de la libre competencia: Obligan a los ciudadanos y a los órganos nacionales encargados de la aplicación del Derecho. Han de ser desarrollados por Directivas que a su vez serán incorporadas a la legislación interna nacional. Han de publicarse en el Boletín Oficial del Estado para ser eficaces.

La falta de transposición oportuna de las directivas: Puede llevar aparejada la responsabilidad del Estado por los daños y perjuicios que ocasione a los particulares la falta de transposición. Carece de sanción alguna de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Estado tiene competencia legislativa exclusiva: En propiedad intelectual e industrial. Únicamente en materia concursa! y procesal. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con la prelación de fuentes en materias mercantiles cabe afirmar que: Los usos de comercio se aplican con carácter preferente al Derecho común salvo que la norma civil sea imperativa o la propia ley mercantil se remita al Derecho común. Los usos de comercio se aplican con carácter preferente al Derecho común en todo caso. El Código de Comercio no prevé especialidad alguna.

Del Derecho comunitario europeo en relación con el Derecho Mercantil cabe afirmar que: Es directamente aplicable a los Estados miembros, cuando así resulte del contenido y naturaleza de la norma de cuya aplicación se trate, y tiene primacía sobre el Derecho nacional. Únicamente los Reglamentos de desarrollo de las normas de protección de la libre competencia del Tratado resultan de aplicación directa e inmediata, no así las propias normas del Tratado sobre esa materia. Los Reglamentos son únicamente aplicables cuando han sido reproducidos en normas nacionales.

El orden de prelación de fuentes en materias mercantiles: Está previsto en el Código civil. Está previsto en el Código de comercio e implica que los usos de comercio en materia mercantil regida por el Código de comercio se aplican, en general, con carácter preferente al Derecho común. Está previsto en el Código de comercio e implica que los usos de comercio en materia mercantil regida por el Código de comercio se aplican siempre y en todo caso después del Derecho común.

Las fuentes del Derecho mercantil: Son las mismas que para todo el ordenamiento jurídico español si bien el Código de comercio ha previsto un orden de prelación específico. Son las mismas para todo el ordenamiento jurídico español sin que el Código de comercio haya previsto nada específico al respecto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El régimen de las sociedades mercantiles y el del Registro Mercantil: Forman parte de la legislación mercantil que es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas. Forman parte de la legislación mercantil que es competencia exclusiva del Estado. Constituyen materias respecto las que no hay pronunciamiento del Tribunal Constitucional en cuanto a la correspondencia de la competencia legislativa.

De la aplicación directa y el efecto inmediato de las normas de Derecho comunitario europeo cabe afirmar que así resulta: En el caso de las normas relativas a la Defensa de la competencia del Tratado de Funcionamiento de la UE al ser normas claras e incondicionales. Para todas las normas de los Reglamentos y de las Directivas con independencia de su contenido. Únicamente para las normas de las Directivas con independencia de su contenido.

Si un acto se califica como de comercio por analogía con uno regulado en el Código de Comercio, ello implica: Que se le aplican por analogía sólo las normas del contrato de que se trate. Que se le aplican, además de las anteriores mencionadas en la respuesta "a", las normas generales sobre contratos contenidas en el Código de Comercio, pero no las normas sobre prescripción. Que se le aplican las normas mencionadas en las respuestas "a" y "b" y también las normas de prescripción.

Según la doctrina de la eficacia directa vertical de las Directivas: Los súbditos del Estado miembro que no ha cumplido lo dispuesto en la Directiva pueden invocar frente a él el contenido de la misma. El Estado miembro que no ha cumplido lo dispuesto en la Directiva puede invocar no obstante las disposiciones de la misma contra los particulares. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La mención a la "legislación mercantil" contenida en el artículo 149.1 de la Constitución Española se corresponde: Totalmente con la delimitación del Derecho mercantil establecida por la doctrina. Básicamente con la noción tradicional del Derecho mercantil vinculada al contenido del Código de comercio. Totalmente con la competencia de los juzgados de lo mercantil en tanto que las normas que regulan ésta reenvían expresamente a dicho artículo de la Constitución.

El Código de Comercio vigente: También se conoce como Código de Comercio de Sainz de Andino. Se promulgó en el año 1889. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si una norma interna nacional contraviene lo dispuesto en una Directiva: Los ciudadanos podrán invocar su inaplicabilidad si la norma regula las relaciones entre los organismos públicos y los ciudadanos. Los ciudadanos podrán invocar su inaplicabilidad si la norma regula las relaciones entre particulares, sin que sea preciso que el juez competente deba pronunciarse al respecto. Los ciudadanos podrán invocar su inaplicabilidad en ambos casos citados en respuestas "a" y "b" sin que sea preciso en ninguno de ellos que un juez se pronuncie al respecto.

Los Reglamentos de la Unión Europea: Se reproducen en disposiciones legales internas para confirmar su entrada en vigor. Han de publicarse en el BOE para entrar en vigor. Se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea quedando prohibida su reproducción en normas legales internas.

El artículo 2 del Código de comercio: Dispone que los actos de comercio se regirán por las disposiciones del Código, en su defecto por los usos de comercio y a falta de ambos por el Derecho común. Se refiere a las fuentes del Derecho mercantil pero no a su prelación. Se refiere a los principios generales del Derecho como fuente del Derecho Mercantil a diferencia de lo que ocurre en el Derecho civil.

De la consideración de actos de comercio: Se deriva la aplicación a los mismos de las disposiciones generales sobre los contratos de comercio. Se obtiene la total delimitación de la competencia de los Juzgados de lo mercantil. Se deriva la delimitación del Derecho mercantil como Derecho de la empresa.

En la contratación por vía electrónica, la exigencia legal de que un contrato conste por escrito: Se entiende cumplida si el contrato se contiene en un soporte electrónico. Requiere de una formalización en un escrito convencional pues no basta con que se contenga en un soporte electrónico. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La firma electrónica: Está regulada en un Reglamento comunitario. Está regulada por una ley especial. Está regulada en el Código Civil junto con la manuscrita.

Los consumidores o usuarios: Han de cumplir un estatuto jurídico especial previsto en la Constitución Española. Pueden ser personas físicas o jurídicas conforme a la legislación española. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las comunicaciones comerciales por vía electrónica: Están sometidas a las normas de publicidad y competencia desleal. Quedan excluidas de la aplicación de las normas de comercio minorista. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas del Código de Comercio relativas al Registro mercantil y a la contabilidad las refiere el Código: Sólo a los comerciantes. Sólo a los empresarios mercantiles. A todos los empresarios.

Según el concepto de operador económico del Prof. Bercovitz, tienen esa consideración: Sólo las sociedades mercantiles. Las Cajas de Ahorro. Cualquier persona que participe en el mercado.

La regulación establecida para la contratación electrónica de forma automática, mediante la simple pulsación de teclas: Es imperativa cuando el contratante sea consumidor. Es imperativa en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Tiene la consideración de título-valor: Un cheque. Cualquier derecho de crédito. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El prestador de servicios que ofrece por vía electrónica bienes o servicios en el mercado: No tiene la condición de empresario y solo está sujeto a normas específicas como tal prestador de servicios. Tiene la condición de empresario y está sujeto a las normas generales y a otras específicas como tal prestador de servicios. Tiene la condición de empresario y está sujeto a las normas generales, sin que existan normas específicas que le vinculen como tal prestador de servicios.

El cheque: Es un título valor. Es un bien inmaterial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Tiene la consideración de bien inmaterial: Una mercadería. Un derecho de propiedad industrial. Un servicio.

Se considera empresario a una persona física o jurídica: Por el mero hecho de ser propietaria de un local de uso distinto para vivienda. Si es quien asume los derechos y obligaciones derivados de una explotación empresarial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El comercio electrónico: Está regulado en una ley especial. Está regulado en su totalidad en el Código de comercio. Está regulado en su totalidad en el Código Civil.

La protección de los bienes inmateriales: Consiste siempre en el otorgamiento de un derecho exclusivo de explotación legalmente reconocido. Se otorga en determinados casos por medio de las normas que prohíben la competencia desleal, en la medida en que esas normas prohíben, por ejemplo, la violación de secretos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según nuestro Derecho, tiene la consideración de título valor: Cualquier crédito. Un pagaré. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El prestador de servicios por vía electrónica: Necesita una autorización previa al efecto. No precisa autorización previa y tendrá la consideración de empresario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La norma según la cual, y a efectos de perfeccionamiento del contrato, se entiende que existe consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe: Se aplica a todos los contratos celebrados por vía electrónica. No se aplica a los contratos celebrados por vía electrónica mediante dispositivos automáticos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las mercaderías: Son todos los bienes muebles. Son bienes muebles corporales con valor ínsito en ellos mismos y que están dentro del tráfico económico. Son bienes muebles o inmuebles, siempre que estén en el tráfico económico.

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio electrónico: Prohíbe, con carácter general, el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por vía electrónica si no han sido solicitadas o autorizadas por los destinatarios. Permite, en todo caso, el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por vía electrónica. Deja fuera de su regulación las comunicaciones publicitarias o promocionales por vía electrónica.

Según nuestro Derecho tiene la consideración de empresario: Un factor o gerente. Los socios de una sociedad anónima. Una sociedad anónima.

El cheque, el pagaré y la letra de cambio tienen la consideración de: Mercaderías. Títulos valores. Bienes inmateriales.

Según el Código de Comercio si una persona compra una mercadería en almacenes o tiendas abiertas al público y esa mercadería no es propiedad de quien la vende, esa persona: No puede ser desposeída de la mercadería por el verdadero propietario. Puede ser desposeída de la mercadería por cl verdadero propietario. Estará obligada a indemnizar al verdadero propietario.

La empresa: Se entiende como el conjunto organizado de elementos destinados a la producción de bienes o servicios para el mercado. Es sinónimo de empresario a todos los efectos para el Derecho Mercantil. Es sinónimo de operador económico a todos los efectos para el Derecho Mercantil.

El uso en el mercado de la imagen o el nombre de determinadas personas con relevancia pública: Puede ser autorizado, lo que se conoce como "merchandising". No puede ser objeto de comercialización en ningún caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si se celebra un contrato por vía electrónica mediante dispositivos automáticos, se entiende que hay consentimiento: Desde que se manifiesta la aceptación. Desde que el oferente conoce la aceptación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La firma electrónica: Está regulada por una ley especial. Está regulada en un Reglamento comunitario. Está regulada en el Código Civil junto con la manuscrita.

Los consumidores o usuarios: Han de cumplir un estatuto jurídico especial previsto en la Constitución Española. Pueden ser personas físicas o jurídicas conforme a la legislación española. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las comunicaciones comerciales por vía electrónica: Están sometidas a las normas de publicidad y competencia desleal. Quedan excluidas de la aplicación de las normas de comercio minorista. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Quienes ofrecen bienes y servicios a través de las redes informáticas: Deben contar con una autorización previa a esos efectos. Están obligados legalmente a ofrecer a los terceros los datos que permitan su identificación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un contrato requiere escritura pública para que produzca determinados efectos, tal contrato: No podrá concertarse por vía electrónica. Podrá concertarse por vía electrónica, pero regirá la exigencia de escritura pública para que produzca los efectos correspondientes. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico: Establece que el soporte electrónico en el que conste un contrato celebrado por vía electrónica no se admite en juicio como prueba documental. Establece que el soporte electrónico en el que conste un contrato celebrado por vía electrónica será admitido en juicio como prueba documental. No establece ninguna regla sobe la admisión en juicio del soporte electrónico en el que conste un contrato celebrado por vía electrónica.

Tiene la consideración de título valor: Cualquier derecho de crédito que conste por escrito. Un cheque. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El formato de un programa de televisión: Puede protegerse estableciendo cláusulas de secreto o de exclusiva. Tiene reconocido legalmente un derecho a la explotación exclusiva igual que el que se reconoce a las patentes. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El empresario: Ha de ser el propietario de la empresa en la que realiza su actividad en todo caso. Ha de ser necesariamente una persona jurídica. Puede ser tanto una persona jurídica como física.

Un nuevo método matemático: Es un bien inmaterial. Puede protegerse mediante patente. Puede protegerse mediante patente.

La letra de cambio tiene la consideración de: Mercadería. Título valor. Bien inmaterial.

Las mercaderías: Son bienes muebles. Son bienes inmateriales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El derecho a la propia imagen: No puede ser explotado comercialmente. Puede ser objeto de un contrato de mercadeo o merchandising. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En los contratos celebrados por vía electrónica mediante dispositivos automáticos, se entiende que hay consentimiento, a efectos del perfeccionamiento del contrato: Desde que se manifiesta la aceptación. Una vez que el oferente confirma la recepción de la aceptación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si dos empresas de distribución de vinos españoles con una cuota conjunta de mercado de un 65% acuerdan no distribuir vinos franceses ni italianos: Incurren en una práctica colusoria prohibida por el Tratado de la Unión Europea. Solo incurren en una práctica colusoria prohibida por la Ley Española de Defensa de la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El prestador de servicios de intermediación operativa en la sociedad de la información: Responde siempre de los daños y perjuicios que causen a terceros los datos o informaciones transmitidos por él. No responde nunca de los daños y perjuicios que ocasionen a terceros los datos o informaciones que él se limita a transmitir para un tercero que se los ha suministrado, en virtud de un contrato, para su transmisión. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El formato de un nuevo programa televisivo: Constituye un bien inmaterial que se puede proteger mediante la competencia desleal o cláusulas de secreto o exclusiva en los contratos correspondientes. Constituye un bien inmaterial protegible por derecho exclusivo similar a las marcas. Carece de toda protección en nuestro Derecho.

En relación con la noción de empresario cabe afirmar que: Existe una noción legal de empresario en el Código de Comercio vigente. Existe una noción legal de empresario en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Coincide totalmente con la noción actual de operador económico.

De los contratos celebrados por vía electrónica cabe afirmar que: Requieren acuerdo previo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos para su validez. Han de constar en soporte papel para cumplir con la exigencia legal de su constancia por escrito. El soporte electrónico de dichos contratos será admitido en juicio como prueba documental.

Para la válida celebración de contratos por vía electrónica: Es necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Es necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos solo si uno de los contratantes es un consumidor. No es necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos en ningún caso.

Según nuestro Derecho tiene la consideración de empresario: El factor o gerente de cualquier sociedad. Los socios de una sociedad de responsabilidad limitada por el mero hecho de ser socios. Una sociedad anónima.

Son títulos-valores: Las acciones y las obligaciones emitidas por las sociedades anónimas. Todos los créditos que un operador pueda tener frente a terceros. Únicamente la letra de cambio y el cheque.

A los contratos electrónicos les resulta de aplicación: Lo dispuesto en el Código Civil o en el Código de comercio por lo que respecta a su validez y eficacia, en tanto que están sujetos a las normas generales que rigen los contratos en el ordenamiento español. Únicamente la Ley de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. Únicamente una Directiva comunitaria que no ha sido incorporada aún al ordenamiento español.

La empresa para el Derecho Mercantil: Es sinónimo de empresario a todos los efectos. Se entiende como el conjunto organizado de elementos destinados a la producción de bienes o servicios para el mercado. Es sinónimo de operador económico a todos los efectos.

Las mercaderías: Son bienes muebles. Son bienes inmateriales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De los consumidores o usuarios cabe afirmar que: Están sujetos a un estatuto jurídico, al que van vinculadas obligaciones, similar al del empresario. Pueden tener tal condición las personas jurídicas conforme a la noción contenida en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para que sea válida la celebración de contratos por vía electrónica: Es necesario en todo caso el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Es necesario que un ejemplar de los contratos celebrados sea facilitado en todo caso en soporte papel. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la contratación por vía electrónica automática, a través de pulsación de iconos o teclas que se indican en la página web, en cuanto a la regulación especial prevista en la materia (LSIC, cabe afirmar que: Es de carácter imperativo siempre que un contratante sea consumidor. Es siempre de carácter potestativo. Es inderogable por la voluntad de las partes, aunque ambas no sean consumidores.

De la contratación por vía electrónica cabe afirmar que: Está sujeta a las normas generales que rigen los contratos en nuestro ordenamiento jurídico. Carece de regulación especial en el Derecho interno español al no haberse incorporado en plazo la Directiva que la regula. Las partes han de acordar la utilización de medios electrónicos para que los contratos así suscritos sean válidos.

Si varias empresas de distribución de frutas con una cuota conjunta del 70% del mercado español acuerdan no distribuir naranjas de Italia: Ese acuerdo estaría prohibido por el artículo 1O1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Solamente podría declarar la nulidad de ese acuerdo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. El acuerdo sería totalmente válido al haberse adoptado por un porcentaje superior al 50% de la cuota de mercado.

En relación con la figura del "emprendedor" cabe afirmar que: Puede limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de la actividad empresarial o profesional siempre que cumplan determinados requisitos. Queda exento de dejar todo tipo de constancia en el Registro Mercantil. Queda exento de la obligación de depositar sus cuentas en el Registro Mercantil.

En el comercio electrónico, los prestadores de servicios de intermediación, en relación con los contenidos de las informaciones a cuya difusión contribuyen: No responden con carácter general de la ilicitud de dichos contenidos, salvo que tengan conocimiento efectivo de la ilicitud. Responden de la ilicitud de los contenidos sólo si un órgano jurisdiccional ha declarado la ilicitud y se la ha comunicado. Responden de la ilicitud en todo caso.

De la noción de empresario cabe afirmar: Que existe un desplazamiento desde la noción de comerciante a la de empresario. Que existe una definición legal expresa en el código de comercio. Que no existe ninguna definición legal en ninguna norma del ordenamiento español.

De los contratos electrónicos cabe afirmar que: Si la ley exige el otorgamiento de documentos públicos para que el acto produzca determinados efectos, esa exigencia se regirá por la legislación específica que la imponga. La exigencia legal de que un contrato conste por escrito se entiende cumplida si el contrato se contiene en un soporte electrónico. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La Ley de competencia desleal: Se aplica a los empresarios, profesionales y a cualesquiera otras personas físicas o jurídicas que participen en el mercado. Requiere para su aplicación de la existencia de una relación de competencia entre el sujeto activo y el sujeto pasivo del acto de competencia desleal. Se aplica únicamente a los empresarios o profesionales.

En los contratos celebrados por correo electrónico se entiende que el contrato se perfecciona: Desde el momento en que el aceptante emite la aceptación de la oferta realizada por el oferente. Desde que el oferente conoce la aceptación o, remitida por el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la noción de "emprendedor" cabe afirmar que se halla prevista: En el Código de Comercio. En nuestro ordenamiento por una Ley del año 2013 si bien la noción es coincidente con la de empresario. En nuestro ordenamiento por una Ley del año 2013 con el fin de suprimir para ese supuesto la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil o el sometimiento a auditoría de sus cuentas.

Para que sea válida la celebración de contratos por vía electrónica: Será necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Es irrelevante a esos efectos si existe o no acuerdo previo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las empresas como conjunto organizado de elementos heterogéneos para la producción de bienes o servicios para el mercado: Tienen personalidad jurídica para actuar como tales en el mercado. Pueden ser objeto de negocios jurídicos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la noción de empresario individual: Quedan excluidos el caso de los profesionales liberales, los agricultores, ganaderos y artesanos. Quedan incluidas todas las personas físicas que ofrezcan bienes o servicios en el mercado sin ninguna exclusión. Cabe afirmar que coincide totalmente con la noción de empresa.

En relación con la responsabilidad de los prestadores de servicios de intermediación en el comercio electrónico cabe afirmar que: No responden con carácter general de la ilicitud de las informaciones a cuya difusión distribuyen si han sido generadas por terceros independientes que contratan con ellos, a no ser que tengan conocimiento efectivo de la ilicitud. Responden siempre y en todo caso de la ilicitud de las informaciones a cuya difusión distribuyen. La Ley de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSIC no contiene regulación alguna sobre la materia.

La noción de emprendedor: Consiste en la persona, sea física o jurídica, que desarrolla una actividad económica empresarial o profesional en los términos establecidos por la Ley que introdujo dicha noción en el ordenamiento español. Consiste en la persona física, con exclusión de la persona jurídica, que desarrolla una actividad económica empresarial o profesional en los términos establecidos por la Ley que introdujo dicha noción en el ordenamiento español. Carece de delimitación o equivalencia en el Derecho interno español estando únicamente delimitada por un Reglamento europeo.

En cuanto al momento de perfeccionamiento de los contratos electrónicos cabe afirmar que: Se determina de manera distinta según el contrato sea civil o mercantil. Se determina de forma idéntica por el código civil y de comercio, ya que con la Ley de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSICE) desapareció la distinta regulación que sobre este punto se contenía en los respectivos códigos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Tiene la consideración jurídica de empresario: Un factor notorio de un empresario. El administrador único de una sociedad anónima. Una sociedad mercantil.

Las prohibiciones para ejercer el comercio: Implican que no se puede ejercer el comercio ni por sí mismo ni por medio de apoderado o representante. Se denominan también prohibiciones de competir. Se determinan en cada caso por el juez del domicilio donde se ejercite la actividad.

Tienen la consideración de empresario: Tienen la consideración de empresario:. Un abogado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Joaquín Jusdado es un empresario individual dueño de una tienda de zapatos y de un taller de reparación de bicicletas. De las deudas de la tienda de zapatos: Responde D. Joaquín con todo su patrimonio, incluidas las ganancias obtenidas por la explotación del taller de reparación de bicicletas. Responde D. Joaquín únicamente con los bienes y derechos vinculados a la tienda de zapatos. Responde D. Joaquín con su patrimonio limitado a la cantidad que invirtió originariamente en ambos negocios.

El libro diario es un libro: Obligatorio que ha de ser legalizado. Que recoge las anotaciones conjuntas semestrales de las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Que recoge trimestralmente los balances de comprobación.

Todo empresario está sujeto a la obligación de llevar una contabilidad ordenada: Por el hecho de serlo. Sólo si se inscribe en el Registro Mercantil. Sólo si es un empresario social.

Con la legalización de los libros obligatorios de contabilidad: Se trata de evitar que los empresarios realicen la contabilidad "a posteriori" con efectos retroactivos. Se persigue que la contabilidad de los empresarios refleje la imagen fiel de su situación patrimonial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un empresario individual cesa en su actividad empresarial: Cesa también su obligación de conservar la documentación contable relativa a su empresa. Sigue obligado a conservar la documentación contable durante el plazo legalmente establecido. Sólo queda obligado a conservar la documentación contable relativa al último ejercicio.

Un empresario individual: Está obligado a formular las cuentas anuales relativas a su empresa. Sólo está obligado a llevar el libro Diario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si D. Roberto Core constituye una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal para explotar un negocio de hostelería, la condición de empresario: La tiene D. Roberto. La tiene la sociedad unipersonal. La tienen tanto D. Roberto como la sociedad unipersonal.

De las deudas derivadas de una explotación empresarial: Responde el empresario con todo su patrimonio, sea empresario individual o social. Responde con todo su patrimonio únicamente el empresario individual. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En nuestro derecho: No existen prohibiciones actividades empresariales. Sólo tienen prohibido realizar actividades empresariales los altos cargos de la Administración General del Estado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Enrique Antón ha iniciado un negocio de venta de artículos de piel que explota personalmente. Teniendo en cuenta este dato, el Sr. Antón: Está obligado a inscribirse en el Registro Mercantil como empresario individual. Está obligado a inscribirse en el Registro Mercantil como empresario individual. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La legalización de los libros en el Registro Mercantil: Es voluntaria. Es obligatoria para todos los libros que obligatoriamente debe llevar un empresario. Es obligatoria para todos los libros que lleve un empresario, sean obligatorios o no.

El empresario responde de las deudas derivadas de su actividad empresarial: Solo con los bienes integrantes de la empresa. Con todo su patrimonio, sea empresario individual o social. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según el Código de Comercio los libros obligatorios de contabilidad: No han de legalizarse. Han de legalizarse ante notario. Han de legalizarse en el Registro Mercantil.

Entre los documentos que integran las cuentas anuales se encuentran: El balance y la cuenta de pérdidas y ganancias. El libro Diario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Quien ejerce el comercio violando una prohibición legal de ejercerlo: No tienen en ningún caso la consideración de comerciante. Tiene la consideración de comerciante en cualquier caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales es: La cuenta de pérdidas y ganancias. El libro de inventarios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un empresario incumple la obligación de llevar la contabilidad conforme a lo dispuesto en el Código de Comercio: Se le prohíbe inscribir cualquier tipo de documentos en el Registro Mercantil. Puede tener efectos negativos para el empresario si es declarado en concurso de acreedores. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Javier Torres es dueño de una zapatería y de una ferretería y no está inscrito en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta este dato, de las deudas generadas por la explotación de la zapatería, responde el Sr. Torres: Únicamente con los bienes integrados en la zapatería. Únicamente con los bienes integrados en la zapatería y en la ferretería. Con todo su patrimonio.

La obligatoriedad de llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de la empresa se Impone: A todo empresario. Únicamente a los empresarios sociales. Únicamente a los empresarios que realicen determinadas actividades previstas por Ley.

La obligación de conservar la documentación contable durante el plazo legalmente previsto: Se extingue por el hecho de que el empresario deje de serlo aún cuando el plazo no haya finalizado. Se extingue por el fallecimiento del empresario aún cuando el plazo no haya finalizado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La legalización de los libros en el Registro Mercantil: Ha de realizarse siempre "a priori". Puede realizarse "a posteriori", en el caso de utilización de medios informáticos y en determinado plazo. Ha de realizarse siempre "a posteriori" dentro de un determinado plazo.

Si una persona quiere explotar un negocio de informática, de las deudas generadas por la explotación del mismo: Responderá con todo su patrimonio en cualquier supuesto. No responderá con todo su patrimonio si a esos efectos constituye una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. No responderá con todo su patrimonio en ningún supuesto.

Los magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en activo: Pueden ejercer el comercio libremente en todo el territorio español. Se ven afectados por prohibiciones para el ejercicio de la actividad mercantil. Tienen la consideración de empresarios si son socios de una sociedad anónima.

El libro de actas: Es un libro obligatorio para las sociedades. Es un libro obligatorio para todo empresario, sea individual o social. Es un libro voluntario para todo empresario, sea individual o social.

Entre los libros obligatorios que según el Código de Comercio debe llevar todo empresario se encuentra: El Libro Mayor. El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las prohibiciones para ejercer el comercio: Implican que no se puede ejercer el comercio ni por sí mismo ni por medio de apoderado o representante. Se denominan también prohibiciones de competir. Se determinan en cada caso por el juez del domicilio donde se ejercite la actividad.

Tiene la consideración de empresario: Una cooperativa. Un abogado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Eugenio Bores ha constituido debidamente, como único socio, una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. Teniendo en cuenta este dato, de las deudas sociales: Responden tanto la sociedad como D. Eugenio Bores en cuanto ambos tienen en virtud de la constitución de esa sociedad la condición de empresarios. Responde únicamente D. Eugenio Bores, por ser él quien en esa situación tiene la condición de empresario. Responde únicamente la sociedad, por ser ésta quien en esa situación ostenta la condición de empresario.

Da Irene Masa es dueña de una ferretería, al frente de la cual lleva muchos años como director-gerente D. Blas Martín. Da Irene no está inscrita en el Registro Mercantil. El Sr. Martín ha contratado hace un tiempo la compra de diverso material de ferretería en una cantidad que Da Irene ha considerado excesiva dada la situación por la que atraviesa el negocio. Teniendo en cuenta estos datos, del pago del precio de la compra: Responde el Sr. Martín. Responde la Sra. Masa, al margen de que pueda exigirle responsabilidades al Sr. Martín si éste ha incurrido en negligencia. Responden solidariamente la Sra. Masa y el Sr. Martín.

Los libros de contabilidad que obligatoriamente deben llevar los empresarios: Deben legalizarse en el Registro Mercantil. Deben legalizarse en los juzgados de lo mercantil. No deben legalizarse.

Desde el punto de vista jurídico es empresario: Un socio de una sociedad anónima. Un administrador de una sociedad mercantil. Una sociedad mercantil.

Están obligados a formular las cuentas anuales de una empresa: Todos los empresarios. Solamente las sociedades mercantiles. Solamente las sociedades anónimas cotizadas.

Si D. Felipe Vera quiere emprender un negocio de venta de artículos de piel y no quiere arriesgar todo su patrimonio: Puede inscribirse en el Registro Mercantil limitando su responsabilidad a los bienes que integren su negocio. Puede constituir una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. Únicamente puede constituir una sociedad anónima unipersonal.

Entre los libros obligatorios que los empresarios deben llevar, se encuentra: El libro Diario. El libro Mayor. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El documento de las cuentas anuales que refleja el resultado del ejercicio del empresario es: El balance. La memoria. La cuenta de pérdidas y ganancias.

En nuestro Derecho: No existen prohibiciones legales de ejercer el comercio, sino únicamente obligaciones de no competir. Tienen prohibido ejercer el comercio los empresarios que hayan sido inhabilitados en un procedimiento concursal. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Desde el punto de vista jurídico es empresario: Quien desarrolla personalmente una actividad empresarial en nombre de otra persona. Quien desarrolla en nombre propio una actividad empresarial por sí o por medio de representante. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según nuestro Derecho tiene la consideración de empresario: Una sociedad de responsabilidad limitada. Los socios de una sociedad anónima. Un factor.

La obligatoriedad de llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de la empresa se Impone: A todo empresario. Únicamente a los empresarios sociales. Únicamente a los empresarios que realicen determinadas actividades previstas por Ley.

La legalización de los libros en el Registro Mercantil: Ha de realizarse siempre en el Registro Mercantil Central. Ha de realizarse con carácter general en el Registro Mercantil del domicilio del empresario. Ha de realizarse siempre en el Juzgado de lo Mercantil del domicilio del empresario.

Entre los documentos que integran las cuentas anuales se encuentra: El libro Diario. El balance. El libro de facturas emitidas.

El incumplimiento por un empresario de la obligación de contabilidad: Puede tener consecuencias en caso de concurso del empresario. No tiene ninguna incidencia en caso de concurso del empresario. Únicamente conlleva sanciones administrativas.

D. Enrique Luna ha constituido una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal para la explotación de un negocio de informática. Teniendo en cuenta estos datos, la condición de empresario la ostenta: Únicamente el Sr. Luna. Únicamente la sociedad constituida por el Sr. Luna. Tanto el Sr. Luna como la sociedad por él constituida.

Según el Código de Comercio han de llevar un libro Diario y un libro de Inventarios y cuentas anuales: Todos los empresarios. Únicamente los grandes empresarios. Únicamente las sociedades mercantiles.

Están obligados a formular cuentas anuales de una empresa: Todos los empresarios. Únicamente las sociedades cotizadas. Únicamente las sociedades de capital.

La legalización de los libros obligatorios de los empresarios se realiza por: El Registro Mercantil central en todos los casos. El Registro Mercantil del lugar donde tenga su domicilio el empresario. Los Tribunales de lo Mercantil.

Según el Código de Comercio y como regla general, todo empresario: Ha de llevar un libro Diario y un libro de Inventarios y Cuentas Anuales. Únicamente ha de llevar un libro Diario. Únicamente ha de llevar un libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

Como regla general, el empresario individual o social responde las deudas generadas por su actividad empresarial: Con todo su patrimonio. Únicamente con los bienes integrados en la propia empresa. Únicamente con los bienes designados a tales efectos en el Registro Mercantil.

Del empresario cabe afirmar con carácter general que: Es la persona con capacidad jurídica en cuyo nombre se realiza la actividad empresarial. Tiene la responsabilidad frente a terceros limitada únicamente a los bienes y derechos integrados en su empresa. Está prohibido que un mismo empresario sea titular de varias empresas a la vez.

De las prohibiciones para ejercer el comercio cabe afirmar que: Están establecidas de forma exhaustiva en el Código de comercio vigente. Una de ellas incumbe a los corredores de comercio colegiados, hoy integrados en el cuerpo de notarios. Son todas ellas absolutas, es decir, para todo el territorio nacional y para cualquier tipo de actividad.

Según la noción de operador económico del Profesor Bercovitz, es operador económico: Cualquier persona, física o jurídica, que intervenga en el mercado. Cualquier persona jurídica que intervenga en el mercado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los libros de comercio y documentación contable: Constituyen elementos privilegiados de prueba. Carecen de valor probatorio si no estuvieron sometidos a auditoría. Serán valorados por los Tribunales, en cuanto a su valor probatorio, conforme a las reglas generales del Derecho en el procedimiento correspondiente.

La legalización de los libros obligatorios de los empresarios se realiza: Por el Registro Mercantil del domicilio del empresario. Por cualquier notario del domicilio del empresario. Por el Juzgado de lo Mercantil del domicilio del empresario.

En el momento en que un empresario individual cesa en su actividad empresarial: Cesa también su obligación de conservar la documentación contable relativa a su empresa. Sigue obligado a conservar la documentación contable durante el plazo legalmente establecido. Sólo queda obligado a conservar la documentación contable relativa al último ejercicio.

Si una persona, que tiene prohibido legalmente el ejercicio del comercio, infringe dicha prohibición, esa persona: Tiene la condición de empresario, si bien se le impondrá una sanción administrativa. No tiene por esa infracción la condición de empresario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las empresas, entendidas como organización de medios personales, materiales e inmateriales para la producción y comercialización de bienes y servicios en el mercado: Tienen por sí mismas personalidad jurídica. Tienen que estar vinculadas a un empresario individual o social. Han de incluir un local en propiedad en todo caso.

De conformidad con el Código de Comercio tendrían la consideración de empresario o comerciante: Una persona física que se dedica a la ganadería. Una sociedad mercantil que explota una ganadería. En ambos casos, tanto una persona física que se dedica a la ganadería como una sociedad mercantil que explota una ganadería.

La fecha de cierre de las cuentas anuales: Es la del día de su formulación por el empresario. Es la del día al que se refieren las cuentas y que ha sido tenido en cuenta para su elaboración, reflejando la situación del empresario en ese día. Ha de coincidir con el último día del año natural.

Tienen que legalizarse por el Registro Mercantil: Los libros que obligatoriamente deben llevar todos los empresarios. Todos los libros que de hecho lleven los empresarios, aunque no sean obligatorios. Únicamente los libros que lleven los empresarios sociales.

En el Registro Mercantil se han de inscribir: Todos los empresarios, sean individuales o sociales. Los factores o gerentes aun cuando no esté inscrito el empresario del que dependan. Las sociedades mercantiles.

Las cuentas anuales están integradas: Por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo y la memoria. Únicamente y en todos los supuestos por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria. Únicamente por el balance, el estado que refleje los cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.

De las prohibiciones para ejercer el comercio cabe afirmar que: Pueden ser absolutas (totales en el sentido en que la persona a la que la prohibición afecta no puede realizar ningún tipo de actividad en todo el territorio nacional. Todas las prohibiciones son relativas (limitada, pues todas las legalmente previstas se refieren a prohibiciones legales limitadas en cuanto a un territorio determinado dentro del territorio nacional. Carecen de regulación específica en el Código de comercio.

Los empresarios: Tienen obligación de conservar la documentación contable durante seis años. No tienen obligación de conservar la documentación contable si cesan en su actividad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Por las obligaciones resultantes de la actividad empresarial, el empresario individual: Asume la responsabilidad únicamente con los bienes y derechos integrados en su empresa. Asume la responsabilidad a título personal y con todos sus bienes presentes y futuros, según la norma general del artículo 1911 del Código civil. Asume la responsabilidad de forma distinta según tenga una o más empresas, ya que si tiene varias empresas, la responsabilidad derivada de cada empresa está incomunicada con la derivada del resto.

De llevanza y legalización de los libros obligatorios cabe afirmar que: En las sociedades mercantiles, además de los libros contables obligatorios, han de llevarse uno o varios libros de actas de los órganos colegiados, legalizándose tanto unos como otros. Queda prohibido legalizar voluntariamente otros libros que lleven los empresarios además de los obligatorios, como por ejemplo los libros de detalle del libro diario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El empresario individual: Responde a título personal y con todos sus bienes presentes y futuros. Responde a título personal sólo con los bienes afectos a su actividad empresarial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para que una persona física pueda ser considerada empresario se requiere: Que desarrolle personalmente la actividad empresarial de que se trate. Que sea propietaria de todos los bienes que integran la empresa de que se trate. Que desarrolle en nombre propio una actividad empresarial.

Cuando un empresario individual incumple la obligación de llevar la contabilidad conforme a lo dispuesto en el Código de Comercio: Se le prohíbe inscribir cualquier tipo de documentos en el Registro Mercantil. Tiene efectos negativos para el empresario si es declarado en concurso de acreedores. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Juan Alt, empresario individual no inscrito en el Registro Mercantil y dedicado a la venta al por menor de material informático, está casado en gananciales con Elena Sent, funcionaria. En tal caso, quedan obligados a las resultas del ejercicio del comercio de dicho empresario: Todos los bienes comunes si hay consentimiento de ambos cónyuges. Todos los bienes comunes si hay consentimiento del empresario. Todos los bienes comunes y privativos de ambos, con independencia de si consta o no el consentimiento de ambos.

Dña. Juana Mentel, empresaria individual no inscrita en el Registro Mercantil y dedicada a la venta al por menor de muebles, está casada en gananciales con Enrique Fadén, que trabaja para el ayuntamiento. En tal caso, quedan obligados a las resultas del ejercicio del comercio de dicha empresaria: Todos los bienes comunes si hay consentimiento de Dña. Juana. Todos los bienes comunes y privativos de ambos, con independencia de si consta o no el consentimiento de ambos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Pedro Tent, empresario casado con Dña. Juana Sanz en gananciales, desarrolla su actividad a través de una fábrica de tratamiento de plásticos. Partiendo de estos datos, con carácter general, de las deudas generadas por la explotación de la fábrica, responden: Todos los bienes comunes del matrimonio. Los bienes propios de D. Pedro, así como los bienes comunes adquiridos con las resultas de la actividad de D. Pedro. Siempre y en todo caso, los bienes que D. Pedro designe libremente.

En caso de empresario casado en régimen de gananciales, de las deudas originadas por la actividad empresarial: Responden siempre los bienes privativos del empresario y todos los bienes comunes. Responden siempre los bienes privativos del empresario y los bienes comunes derivados de la actividad empresarial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un menor hereda una empresa: La condición de empresario recae en el menor. La condición de empresario recae en el representante legal del menor. La empresa ha de liquidarse.

En un supuesto de actividad empresarial por un empresario individual, casado en gananciales y no inscrito en el Registro Mercantil, resultará de aplicación: El Código de comercio al prever con carácter imperativo los bienes comunes que quedarán sujetos en todo caso a las resultas de esa actividad empresarial. El Código de comercio en cuanto contiene previsiones en materia de delimitación de bienes que quedan sujetos a las resultas de la actividad empresarial para esos casos si bien las normas son todas de carácter dispositivo. El Código civil exclusivamente, ya que no puede encontrarse referencia alguna en el Código de comercio por tratarse de aspectos puramente de Derecho común.

La sociedad "Hermanos Jaz, SA" lleva desde hace treinta años explotando una fábrica de estufas encastrables, pero D. Jaime Jaz es el último de la familia originaria del negocio que sigue vinculado a él. El Sr. Jaz y los restantes socios han decidido dejar la explotación a partir del año próximo y para ello: Pueden ceder la empresa en arrendamiento. Han de vender las acciones de la sociedad. Han de vender cada activo de la empresa de forma separada.

Son auxiliares del empresario social: Las personas que compongan el órgano de administración de la sociedad. Los gerentes designados por el órgano de administración. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El viajante de comercio, colaborador de un empresario: Promociona la realización de contratos del empresario con los clientes. Tiene una relación de carácter contractual mercantil con el empresario. Es a su vez empresario independiente.

La clientela de la empresa "HERMETT SISTEMAS, S.A.”: Es un elemento integrante de la empresa, susceptible de titularidad jurídica autónoma. Hace referencia al mayor valor, que excede de la suma de los valores que corresponden a los elementos patrimoniales de la empresa. Puede ser objeto de valoración y de transmisión por vías indirectas.

D. Enrique Fuentes es desde hace años el director gerente de una imprenta de la que es dueña Da Cecilia Bores. Da Cecilia no ha estado inscrita nunca en el Registro Mercantil. Hace unos meses Da Cecilia ha fallecido y D. Enrique ha sabido que su heredero es uno de los hijos, D. Alonso Bores, que está en el extranjero y que por ahora no ha realizado aún ninguna actuación en relación con la imprenta. D. Enrique en esta situación ha seguido actuando como director gerente gestionando el giro y tráfico ordinario de la imprenta. Teniendo en cuenta estos datos: Únicamente D. Enrique responderá personalmente de todas las obligaciones que haya contraído desde el fallecimiento de Da Cecilia. Únicamente D. Alonso Bores responderá de las obligaciones que haya contraído D. Enrique desde el fallecimiento de Da Cecilia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El arrendamiento de un negocio de cafetería en funcionamiento: Es un arrendamiento de local, sujeto a la LAU. Es un arrendamiento de empresa que se rige por el Código Civil. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Juan Montes viene explotando un negocio de ropa infantil en una local propiedad de Da Eloísa Valle que se lo arrendó en 2010 por un periodo de 5 años. D. Juan ha sabido que Da Eloísa quiere vender el local. En tal situación, D. Juan: Tiene en todo caso un derecho de adquisición preferente. Tendrá un derecho de adquisición preferente si no se ha excluido tal derecho en el contrato de arrendamiento. No tiene en ningún caso un derecho de adquisición preferente.

De la hipoteca de un establecimiento mercantil o empresa, puede afirmarse: Que no es posible en nuestro ordenamiento jurídico. Que no puede comprender en ningún caso los signos distintivos de la empresa. Que puede comprender las mercaderías y materias primas si hay pacto expreso al respecto.

En caso de transmisión "inter vivos" de una empresa, la transmisión de los créditos y las deudas: Es automática. Debe sujetarse a las normas generales sobre transmisión de créditos y deudas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El empresario para ser considerado como tal: Ha de ser el propietario de todos los bienes de la empresa. Puede ser el arrendatario de la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El factor es un auxiliar del empresario que se caracteriza: Por el hecho de que su nombramiento ha de estar inscrito en el Registro Mercantil. Por tener un poder general del empresario relativo a todo el giro o tráfico de la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Mónica Bueno es dueña de una tintorería. La Sra. Bueno no se ocupa personalmente de la tintorería, sino que ha puesto al frente de la misma, como gerente, a D. Luis Estévez. La Sra. Bueno no está inscrita en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta esto datos, la condición de empresario recae: Únicamente en el Sr. Estévez. Únicamente en la Sra. Bueno. En la Sra. Bueno y el Sr. Estévez.

Los viajantes de comercio: No tienen atribuida la representación del empresario en ningún caso. Tienen atribuida la representación del empresario en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la hipoteca de un establecimiento mercantil o empresa, puede afirmarse: Que no es posible en nuestro ordenamiento jurídico. Que comprende como mínimo el derecho de cesión del local. Que comprende como mínimo los derechos de propiedad industrial.

Da Elisa Ramos es dueña de una cafetería que lleva explotando varios años. Hace unos meses ha arrendado la cafetería a D. Miguel Aro por un periodo de cinco años. Teniendo en cuenta estos datos, la Sra. Ramos: Debe abstenerse de competir con el Sr. Aro. Debe abstenerse de realizar cualquier actividad empresarial durante el tiempo de duración del arrendamiento. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la LAU el arrendatario de un local destinado a una actividad empresarial: Tiene derecho a una indemnización por clientela en cualquier caso de extinción del contrato. Tiene derecho a una indemnización por clientela en determinados casos de extinción del contrato, si ese derecho no se ha excluido expresamente. No tiene derecho a una indemnización por clientela en ningún caso.

Los agentes comerciales y los viajantes de comercio: Se diferencian en que los agentes comerciales tienen siempre la representación del empresario para el que actúan. Se diferencian en que los agentes comerciales son empresarios independientes. Reciben idéntica regulación al carecer de diferencias entre ambos.

El fondo de comercio: Sólo puede transmitirse junto a la empresa. Puede transmitirse sin necesidad de transmitir ningún otro elemento de la empresa. Es intransmisible en todo caso.

Los auxiliares del empresario: Tienen que ser personas físicas. Tienen que ser personas jurídicas. Pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.

El nombramiento factor o gerente de una empresa o establecimiento: Ha de constar en el Registro Mercantil. Puede tener una publicidad de hecho. Ha de hacerse en todo caso en escritura notarial.

El factor notorio obliga al empresario: En cualquier operación mercantil que realice. En las operaciones propias del giro o tráfico de la empresa, aunque se haya excedido en sus facultades. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La empresa: Puede cederse en arrendamiento. Sólo puede ser enajenada. Sólo puede ser objeto de transmisión mortis causa.

La hipoteca de establecimiento mercantil. Está regulada en una ley especial. Está regulada en el Código de Comercio. Está regulada en el Código Civil.

De la hipoteca de un establecimiento mercantil o empresa, puede afirmarse: Que no es posible en nuestro ordenamiento jurídico. Que no puede comprender en ningún caso las mercaderías y materias primas. Que comprenderá los derechos de propiedad industrial, salvo que las partes establezcan otra cosa.

D. Pedro Corrales viene explotando desde hace años un restaurante y hace unos meses lo ha arrendado a Da Pilar Yuste. Teniendo en cuenta estos datos, de las deudas que genere el restaurante a partir del arrendamiento: Responden solidariamente el Sr. Corrales y la Sra. Yuste. Responde la Sra. Yuste con su patrimonio y el Sr. Corrales con los bienes integrados en el restaurante que sean de su propiedad. Responde únicamente la Sra. Yuste con todo su patrimonio.

D. Federico Mora es dueño de una pequeña imprenta al frente de la cual está desde hace años como gerente D. Enrique Caso. El Sr. Mora no está inscrito en el Registro Mercantil. El Sr. Caso ha concertado recientemente la compra de papel en una cantidad que el Sr. Mora ha considerado excesiva cuando ha tenido conocimiento de la operación. Teniendo en cuenta estos datos, del pago del precio de la compra concertada: Responden solidariamente el Sr. Caso y el Sr. Mora. Responde únicamente el Sr. Caso. Responde únicamente el Sr. Mora.

En el mismo supuesto enunciado en la pregunta anterior, si D. Federico Mora falleciera: El Sr. Caso dejaría de ser gerente de la imprenta automáticamente. EL Sr. Caso podría seguir actuando como gerente mientras no fuese revocado su poder por los herederos del Sr. Mora. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Belice, s.a. explota un complejo de hoteles y restaurantes. Los dos socios que integran la sociedad han vendido todas sus acciones a un tercero. Teniendo en cuenta estos datos: Se ha producido una venta de empresa en sentido económico. Se ha producido una venta de empresa en sentido jurídico. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con el arrendamiento de locales para uso empresarial la Ley de Arrendamientos Urbanos: Otorga al arrendatario unos derechos que se pueden excluir expresamente en el contrato. Otorga al arrendatario unos derechos que no se pueden excluir por pacto expreso en el contrato. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para considerar que existe una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia: Es necesario que el entendimiento entre dos o más empresas produzca efectivamente una restricción de la competencia. Basta con que el entendimiento entre dos o más empresas tenga por objeto restringir la competencia, aunque no consiga ese resultado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Pilar Bueno ha heredado de su padre una tintorería al frente de la cual está desde hace años como gerente D. Ignacio Acosta, que ha seguido actuando como tal sin que la Sra. Bueno haya revocado su nombramiento. El padre de la Sra. Bueno no estaba inscrito en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta estos datos, de las operaciones realizadas por el Sr. Acosta desde la muerte del padre de la Sra. Bueno: Responderá la Sra. Bueno si se refieren a objetos comprendidos en el giro o tráfico de la tintorería. No responderá en ningún caso la Sra. Bueno, ya que el gerente cesó como como tal al fallecer el padre de la Sra. Bueno. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Entre los derechos que la Ley de Arrendamientos Urbanos otorga al arrendatario de un local para uso empresarial, se encuentra: El derecho a la prórroga forzosa del arrendamiento. El derecho a una indemnización por clientela en determinados casos de extinción del contrato. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el supuesto de arrendamiento de una empresa o negocio, la obligación de no competir con el arrendatario: Está expresamente establecida en una disposición del Código de Comercio. Es una manifestación de la obligación del arrendador de mantener al arrendatario en el goce pacífico de la cosa y basada también en la buena fe en el cumplimiento de los contratos. No existe salvo que se pacte expresamente en el contrato.

El empresario: Ha de ser necesariamente una persona jurídica. Puede ser tanto una persona jurídica como física. Ha de ser el propietario de la empresa en todo caso.

Con carácter general, los derechos que la LAU otorga a los arrendatarios de locales para uso empresarial: Son irrenunciables. Pueden excluirse por pacto expreso en el contrato. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Sofitel,s.l. tiene por objeto la fabricación de maquinaria pesada. Si sus dos únicos socios venden todas sus participaciones a un tercero: Se ha producido una transmisión de empresa en sentido jurídico. Se ha producido una transmisión de empresa en sentido económico. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Carmen Romo es dueña de una tienda de regalos que lleva explotando varios años. Hace unos meses ha arrendado la tienda a D. Manuel Roca por un periodo de dos años. Teniendo en cuenta estos datos, a partir del arrendamiento y en relación con la tienda: La condición de empresario recae en el Sr. Roca. La condición de empresario recae en el Sr. Roca y la Sra. Romo. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los viajantes de comercio: Han de ser personas físicas. Pueden ser personas físicas o jurídicas. Han de estar registrados en todo caso en el Registro Mercantil.

El gerente de la empresa dedicada a la venta de zapato infantil "El zapato volador": Tiene la consideración de empresario. Responde personalmente frente a terceros de las obligaciones que contraiga dentro del giro o tráfico propio de la empresa "El zapato volador". Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Del denominado factor notorio puede afirmarse que: Es aquél cuyos poderes de actuación están inscritos en el Registro Mercantil. Es aquel que es conocido como factor por una publicidad exclusivamente de hecho. Carece de regulación en nuestro ordenamiento.

La clientela de la empresa "AIGG SALT": Puede ser objeto de valoración y de transmisión por vías indirectas. Es un elemento integrante de la empresa, susceptible de titularidad jurídica autónoma. Hace referencia al mayor valor, que excede de la suma de los valores que corresponden a los elementos patrimoniales de la empresa.

De la hipoteca de un establecimiento mercantil o empresa, puede afirmarse: Que no está regulada. Que comprende como mínimo el derecho de cesión del local. Que no es posible en nuestro ordenamiento jurídico.

El factor o gerente de una empresa: Tiene la consideración de empresario de la misma. Tiene la consideración de viajante de comercio de la misma. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Ester Rosado es dueña desde hace años de una cafetería. La Sra. Rosado no se ha ocupado nunca personalmente de la cafetería, sino que puso al frente de la misma, como gerente, a D. Luis Bortal. La Sra. Rosado no está inscrita en cl Registro Mercantil. Teniendo en cuenta esto datos, si cl Sr. Bortal realiza una compra con un tercero sin atenerse a las instrucciones de la Sra. Rosado, del precio de la compra responde: Únicamente el Sr. Bortal. Únicamente la Sra. Rosado si la compra está comprendida dentro del giro o tráfico de la cafetería. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La indemnización por clientela una vez extinguido el arrendamiento: Es un derecho que se reconoce en la LAU si se cumplen determinados requisitos. Es un derecho del arrendatario en todo caso. Carece de previsión legal en la LAU.

El fondo de comercio: Expresa la aportación que realiza inicialmente el empresario individual en la empresa. Expresa el valor de una empresa equivalente a la suma de los valores que corresponden a los elementos patrimoniales que la integran. Expresa el sobrevalor que corresponde a la empresa entendida como conjunto organizado.

Son auxiliares del empresario: Las personas que forman parte del órgano de administración. Los mancebos. Toda persona que ostente su representación legal.

Da Irene Masa es dueña de una ferretería, al frente de la cual lleva muchos años como director-gerente D. Blas Martín. Da Irene no está inscrita en el Registro Mercantil. El Sr. Martín ha contratado hace un tiempo la compra de diverso material de ferretería en una cantidad que Da Irene ha considerado excesiva dada la situación por la que atraviesa el negocio. Si Da Irene Masa falleciera: El Sr. Martín no podría seguir actuando como director gerente al extinguirse su poder por la muerte de La Sra. Masa. El Sr. Martín podría seguir actuando como director gerente mientras su poder no sea revocado expresamente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El arrendatario de un local destinado a una actividad empresarial: Tiene derecho a subarrendar el local en todo caso. Tiene derecho a subarrendar el local si no se ha excluido ese derecho expresamente en el contrato. No tiene en ningún caso derecho a subarrendar el local.

El fondo de comercio: Es el efectivo que una determinada empresa tiene en caja en un momento determinado. Es el stock de mercancías que una empresa tiene en un momento determinado. Es el mayor valor que tiene una empresa y que excede de la suma de los valores de sus elementos patrimoniales.

En el supuesto de que se venda una empresa, la transmisión de las deudas: Se produce automáticamente. Necesita el consentimiento del acreedor. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Irene Martos ha arrendado a D. Felix Gaza un pequeño hotel que Da Irene ha venido explotando durante muchos años. Teniendo en cuenta este dato, a partir del arrendamiento, de las deudas generadas por la explotación del hotel: Responden los bienes integrantes del hotel. Responde únicamente D. Felix con su patrimonio. Responde en primer término D. Felix y subsidiariamente Da Irene.

Si un empresario quiere hipotecar su empresa: Debe ser necesariamente propietario del local donde se desarrolle la empresa. Puede ser arrendatario del local donde se desarrolle la empresa, siempre que tenga derecho de cesión del arrendamiento. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El factor o gerente se distingue del dependiente en que: El poder de representación del factor ha de estar inscrito en el Registro Mercantil y el del dependiente no. El factor tiene poder de representación y el dependiente no. El poder de representación del factor es general y el del dependiente limitado a una rama o sector del establecimiento.

D. Rodrigo Teso es arrendatario de un local en el que, desde que lo arrendó hace dos años por una duración de siete, viene explotando un negocio de peluquería. En tal situación si D. Rodrigo fallece, y sus herederos quieren continuar explotando la peluquería: Podrán subrogarse en los derechos y obligaciones de D. Rodrigo hasta la extinción del contrato, en cualquier caso. Podrán subrogarse en los derechos y obligaciones de D. Rodrigo hasta la extinción del contrato, si ese derecho no se ha excluido expresamente en el contrato. No podrán subrogarse en los derechos y obligaciones de D. Rodrigo, salvo que así se haya previsto expresamente en el contrato.

D. Enrique Pozuelo ha arrendado hace unos meses una cafetería, que venía explotando con anterioridad desde hace muchos años, a Da Soledad Haro. Teniendo en cuenta estos datos: D. Enrique deberá abstenerse de competir con Da Soledad. Da Soledad podría dejar de explotar la cafetería e iniciar en el mismo local un negocio de tintorería. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el mismo supuesto de la pregunta anterior, a partir del arrendamiento, la condición de empresario la ostenta: Únicamente Da Soledad. Únicamente D. Enrique. Tanto Da Soledad como D. Enrique.

La hipoteca de una empresa o establecimiento mercantil: No está permitida en nuestro Derecho. Ha de comprender como mínimo los derechos de propiedad industrial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En defecto de pacto, el derecho a una indemnización por clientela previsto en la LAU corresponde al arrendatario: En cualquier supuesto de extinción del contrato. En el supuesto de que la extinción lo sea por el transcurso del término pactado, sin ningún requisito adicional. En el supuesto de extinción del contrato por transcurso del término pactado, siempre que se cumplan además ciertos requisitos adicionales.

Don Ernesto Tent es dueño de una tienda de zapatos que llevaba explotando varios años. Hace unos meses ha arrendado la tienda a Doña Elena Martel por un periodo de dos años. Teniendo en cuenta estos datos, a partir del arrendamiento y en relación con la tienda: La condición de empresario recae en el Sr. Tent. La condición de empresario recae en el Sr. Tent y la Sra. Martel. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el caso de empresario social, corresponde el nombramiento del factor: Al órgano de administración. A cualquiera de los socios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El viajante de comercio y el agente se diferencian en que: El agente tiene independencia laboral respecto del empresario para el que actúa y el viajante no. El viajante tiene independencia laboral respecto del empresario para el que actúa y el agente no. El viajante ha de ser persona jurídica y el agente persona física.

La trasmisión a título hereditario de una empresa: Requiere de la aceptación del heredero y ésta ha de ser siempre simple o sin beneficio de inventario. Requiere de la aceptación del heredero, que puede ser simple o a beneficio de inventario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con el arrendamiento de locales para uso empresarial y el arrendamiento de empresa puede afirmarse que: Se rigen ambos por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Se rigen ambos por el Código de Comercio. Se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos el arrendamiento de locales para uso empresarial y por el Código Civil el arrendamiento de empresa.

Da Enriqueta Cifuentes viene explotando un negocio de mercería en un local propiedad de D. Evelio Morán que se lo arrendó hace dos años y por una duración de cinco, sin que en el contrato existan pactos especiales. D. Evelio quiere vender el local a un tercero. En tal situación, Da Enriqueta: Tiene en todo caso derecho a que quien adquiera el local mantenga el contrato de arrendamiento. Tiene derecho a que quien adquiera el local mantenga el contrato de arrendamiento, sí éste está inscrito en el Registro de la propiedad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los auxiliares del empresario: Pueden ser personas jurídicas. Tienen que ser personas físicas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Cuando muere el dueño de una empresa dirigida por un gerente: El gerente mantiene su poder de representación durante seis meses solamente. El gerente cesa en su cargo por la muerte del dueño. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Juan Montes ha arrendado un hotel que viene explotando desde hace años a la sociedad "Guber, s.a.". Teniendo en cuenta estos datos, a partir del arrendamiento la condición de empresario recae: Únicamente en Guber, s.a. Únicamente en el Sr. Montes. En ambos.

La hipoteca del establecimiento mercantil: Comprende siempre los derechos de propiedad industrial. Comprende los derechos de propiedad industrial salvo que las partes establezcan otra cosa. No comprende nunca los derechos de propiedad industrial.

En relación con los viajantes de comercio y los agentes comerciales cabe afirmar que: Pueden ostentar o no poder de representación del empresario. Les está prohibido ostentar poder de representación del empresario. Es consustancial a su naturaleza el que ostenten poder de representación del empresario.

La clientela de una empresa: Puede transmitirse por medios indirectos. Se transmite siempre de forma automática al transmitirse la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Da Carmen Lafor explota un negocio de venta de ropa infantil en un local que le arrendó D. Florencio Sajo por un plazo de cinco años. Los cinco años se cumplirán dentro de seis meses. En tal situación y según lo establecido en la LAU, Da Carmen: Tiene derecho a una prórroga forzosa por otros cinco años. Tiene derecho a una prórroga forzosa de al menos por un año. No tiene derecho a ninguna prórroga forzosa.

D. Francisco Gales explota una empresa de venta de artículos de marroquinería en un local arrendado. Teniendo en cuenta estos datos, D. Francisco: No puede hipotecar su empresa en ningún caso, al no ser propietario del local. Puede hipotecar su empresa si tiene el derecho de cesión del local. Puede hipotecar su empresa, aunque no tenga el derecho de cesión del local.

Según lo dispuesto en el Código de Comercio, en caso de un factor que notoriamente pertenezca a una empresa o sociedad conocida, los contratos celebrados por éste sin expresar que los celebra por cuenta de su principal: Obligarán al empresario en todo caso, sea cual sea el contrato celebrado. Obligarán al empresario siempre que se trate de contratos referidos al giro o tráfico del establecimiento o empresa de aquel. No obligarán al empresario en ningún caso.

D. José Bermeo ha arrendado una cafetería, que viene explotando desde hace años, a Da Eloisa Alma. Teniendo en cuenta estos datos, de las deudas que genere la explotación de la cafetería a partir del arrendamiento: Responde únicamente Da Eloisa. Responde en primer término Da Eloisa y subsidiariamente D. José. Responden Da Eloisa y D. José de forma solidaria.

La hipoteca del establecimiento mercantil: Comprende siempre los derechos de propiedad industrial. Comprende los derechos de propiedad industrial salvo que las partes establezcan otra cosa. No comprende nunca los derechos de propiedad industrial.

El factor de una empresa: Ostenta la condición de apoderado general con facultades para realizar actuaciones jurídicamente vinculantes para el empresario en todo lo referente al giro o tráfico de la empresa. Carece de apoderamiento general en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los viajantes de comercio: Pueden concertar o no operaciones en nombre del empresario. Están regulados en la misma Ley que los agentes mercantiles. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El fondo de comercio: Expresa el valor de una empresa equivalente a la suma exacta de los valores que corresponden a los elementos patrimoniales que la integran. Expresa el mayor valor del conjunto organizado sobre la suma de valores de los elementos individuales de la empresa. Equivale totalmente a la clientela de una empresa.

Ernesto Calter es titular del cien por cien de las participaciones de la sociedad "Lámparas Retet, s.l.", siendo la actividad de ésta la fabricación de lámparas. D. Ernesto ha procedido a la transmisión de ese cien por cien de participaciones a un tercero. En tal caso, esa operación: Tiene la consideración de transmisión en sentido económico del negocio de lámparas. Tiene la consideración de transmisión en sentido jurídico del negocio de lámparas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Dña. Juana Extal explota una fábrica de cuero de su propiedad, al frente de la cual está desde hace años como director-gerente D. Francisco de la Sal. Dña. Juana no está inscrita en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta estos datos, si D. Francisco hubiera comprado una nueva máquina cortadora para la fábrica, del precio de la compra: Respondería Dña. Juana con todo su patrimonio. Responderían Dña. Juana y D. Francisco. Respondería Dña. Juana, pero sólo con los bienes afectos a la fábrica.

El fondo de comercio: Hace referencia al mayor valor que tiene el conjunto organizado que es la empresa y que excede de la suma de los valores de los elementos patrimoniales. Coincide totalmente con el valor de los elementos patrimoniales que integran la empresa. Se ha de fijar al margen de la cifra de negocios o los beneficios.

El viajante de comercio, colaborador de un empresario: Promociona la realización de contratos del empresario con los clientes. Tiene una relación de carácter contractual mercantil con el empresario. Tiene la consideración a su vez de empresario independiente.

El empresario: Tiene que ser propietario de la empresa que explota. Puede ser arrendatario de la empresa que explota. Tiene que ser propietario al menos del local principal en el que se ejercite la actividad de la empresa que explota.

Si un factor realiza una operación que no es propia del giro o tráfico de la empresa de que se trate: No obliga al empresario salvo que éste consintiera. Obliga al empresario si es factor notorio. Obliga al empresario en todo caso.

La hipoteca de empresa (establecimiento mercantil): No puede comprender nunca las mercaderías. Comprende las mercaderías si así se pacta expresamente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Tienen la consideración de auxiliares del empresario: Los fedatarios públicos que realizan actuaciones profesionales a petición del empresario. Los agentes o comisionistas aun cuando actúen por cuenta del empresario en virtud de un contrato que no tenga carácter laboral. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El factor está sujeto a la prohibición de competir con el empresario principal en negociaciones del mismo género que la empresa o establecimiento para cuya dirección ha sido nombrado. De dicha prohibición cabe afirmar que: Decae si tiene autorización expresa del empresario principal. Decae si realiza dichas negociaciones a través de un tercero o asociado a otras personas o por medio de sociedad interpuesta. Tiene como consecuencia que los actos realizados infringiendo la prohibición implican que las ganancias y las pérdidas serán para el factor en todo caso.

El fondo de comercio y la clientela: Son elementos integrantes de la empresa susceptibles de titularidad jurídica autónoma de forma directa. Son elementos integrantes de la empresa si bien no pueden ser susceptibles de titularidad jurídica autónoma de forma directa. No se consideran elementos integrantes de la empresa.

En relación con el abuso de posición dominante prohibido por las normas protectoras de la libre competencia: La posición dominante puede corresponder a una empresa sola o a varias empresas del mismo grupo. Se exige que la posición dominante sea de una sola empresa. Se exige que la posición dominante provenga de un acuerdo de varias empresas independientes.

El nombramiento del factor corresponde: Al guardador o representante legal cuando el empresario sea un menor o esté incapacitado. Al órgano de administración y representación en el caso de los empresarios personas jurídicas. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Tienen la consideración de agentes comerciales: Los viajantes de comercio, al ser términos totalmente sinónimos. Los vinculados por una relación laboral con el empresario por cuya cuenta actúan. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La transmisión a un tercero de todas las acciones o participaciones sociales de una sociedad que sea titular de una empresa tiene la consideración de: Transmisión de empresa en sentido económico. Transmisión de empresa en sentido jurídico. Transmisión de empresa forzosa.

Es notorio que el Sr. Sandro Sanz es gerente de una fábrica de puertas de madera. Su nombramiento no está inscrito en el Registro Mercantil, ya que D. Pedro Paz, dueño del negocio de la fábrica, tampoco está inscrito. En estas circunstancias: Si el Sr. Sandro firma un crédito en nombre del dueño de la fábrica, éste quedará obligado por la firma de aquél. Si el Sr. Sandro vende un local de la empresa, el dueño quedará obligado por la firma de aquél. Si el Sr. Sandro recibe una partida de madera de una fábrica toledana para fabricar las puertas, el dueño quedará obligado por la firma de aquel.

Del fondo de comercio cabe afirmar que: Únicamente podrá figurar en el activo del balance cuando se haya adquirido a título oneroso y se presume que salvo prueba en contrario tendrá una vida útil de diez años. En su cálculo ha de excluirse la cifra de negocios ya que el fondo de comercio es un valor autónomo. Carece de cualquier delimitación normativa.

De los viajantes de comercio cabe afirmar: Que pueden ser personas físicas o jurídicas. Que su actividad de promoción es común a la actividad de los agentes comerciales, aunque el viajante la ha de desempeñar personalmente y el agente tiene, entre otras diferencias con el viajante, la consideración de empresario independiente. Que su régimen está previsto en el Código de Comercio.

La hipoteca de establecimiento mercantil o empresa: Incluye siempre el derecho de cesión del local. Incluye siempre el derecho de propiedad del local. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el supuesto de considerar la clientela de una sociedad, dedicada a la venta de ropa de caza de marca "CAZ-2", como el conjunto de personas que adquieren las prendas de esta empresa, cabe afirmar que dicha clientela: Está vinculada a la marca de la empresa, de manera que la transmisión del signo distintivo implicaría una cesión indirecta de aquella. Carece de valor patrimonial en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El factor o gerente de un empresario se caracteriza: Por tener un poder general relativo al giro o tráfico del negocio de que se trate. Por ser un auxiliar del empresario que necesariamente ha de estar inscrito en el Registro mercantil. Por tener él mismo la condición de empresario independiente a su vez.

El factor de un empresario: Está sujeto a la prohibición de competir con el empresario en negociaciones del mismo género que la empresa o establecimiento para cuya dirección ha sido nombrado, requiriendo de autorización expresa para el caso en que quisiera hacer esa clase de negociaciones. Está sujeto a la prohibición de competir expresada en a.-que cesará en todo caso al extinguirse el contrato laboral sin posibilidad de pacto de no concurrencia posterior. Puede competir libremente con el empresario en negociaciones del mismo género que la empresa o establecimiento para cuya dirección ha sido nombrado.

El viajante de comercio: Es la persona física que promueve personalmente, de forma continuada, operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, fuera de los locales de la empresa sin asumir el riesgo y ventura de tales operaciones. Es la persona física o jurídica que promueve personalmente, de forma continuada, operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, fuera de los locales de la empresa sin asumir el riesgo y ventura de tales operaciones. Se rige por las mismas normas que los agentes comerciales.

En relación con la contabilidad del empresario cabe afirmar que: El código de comercio prevé dos tipos de supuestos en los que se permite el conocimiento de la contabilidad o de parte de ella por terceras personas. El código de comercio prohíbe el acceso a la comunicación o reconocimiento general de los libros y demás documentación contable en tanto que afecta al secreto empresarial. El código de comercio no prevé nada en relación con la comunicación o reconocimiento de la contabilidad, debiendo ser solicitado en cada caso al Registrador Mercantil.

El fondo de comercio: Expresa el sobrevalor que corresponde a la empresa entendida como conjunto organizado. Expresa la aportación que realiza inicialmente el empresario individual en la empresa. Expresa el valor de una empresa equivalente a la suma de los valores que corresponden a los elementos patrimoniales que la integran.

Tienen la consideración de auxiliares del empresario: Quienes realizan actuaciones a favor o por cuenta del empresario sin estar subordinados laboralmente a él, como sería el caso de los fedatarios públicos. Las personas físicas que ostentan la representación legal o forman parte del órgano de administración del empresario persona jurídica. Los denominados factores, que son apoderados generales con facultades referentes al giro o tráfico de la empresa cuya gestión o administración tienen encomendada.

La empresa como conjunto organizado de elementos para la producción de bienes o servicios para el mercado: Puede ser únicamente objeto de negocios inter VIVOS. Puede ser objeto de transmisión mortis causa y a esta posible transmisión hace referencia el propio Código de comercio. Puede ser objeto de arrendamiento aunque el titular de la empresa no sea propietario, sea a su vez arrendatario y no tenga el derecho de cesión del local.

La hipoteca de empresa o establecimiento mercantil comprende siempre: Todos los elementos integrantes de la empresa. Todos los signos distintivos de la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los actos de competencia desleal que por falsear la libre competencia afecten al interés público: Constituyen un acto contrario a la libre competencia, según la Ley Defensa de la Competencia. Carecen de regulación en nuestro ordenamiento. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Dos grandes supermercados que operan en todo el territorio nacional desde hace más de veinte años han decidido realizar conjuntamente las compras de todos los productos lácteos, incluidos sus derivados, para así abaratar costes. Esa actuación: Está prohibida por la normativa de Defensa de la competencia. Está permitida si se solicita previamente la autorización de la Comisión Nacional de Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Una compañía de mensajería que ostenta el 15% del mercado nacional del sector se quiere fusionar con otra que ostenta el 22% de dicho mercado. Esa operación: Ha de notificarse previamente a la Comisión Nacional de Competencia. Puede autoevaluarse conforme al sistema de exceptuación legal previsto en la Ley de Defensa de la competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas de protección de la libre competencia son aplicables en España: Únicamente por la Comisión Nacional de Competencia. Únicamente por los Juzgados de lo Mercantil. Tanto por la Comisión Nacional de Competencia como por los Juzgados de lo Mercantil.

La Comisión Europea, en el caso de ayudas públicas ilegales: Puede obligar a la empresa beneficiaria a devolver las cantidades recibidas. Únicamente pude suspender la recepción de nuevas ayudas pro futuro. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Todas las empresas del sector lácteo han incrementado sus precios en un 2% debido a que ese es el incremento producido en el precio de su materia prima. Tal actuación: Constituye una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Constituye un abuso de posición dominante en el mercado prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia. No constituye un supuesto prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe los monopolios. Prohíbe que una empresa tenga posición dominante en el mercado. Prohíbe que una empresa que tenga posición dominante en el mercado realice una explotación abusiva de esa posición.

La editorial Rivas, s.a. ostenta un 30% del mercado nacional en el sector editorial y se propone adquirir el 100% de la editorial Lebrero, s.l. que tiene una cuota de ese mercado del 20%. En tal situación Rivas s.a.: No puede realizar la operación porque está prohibida por la Ley de defensa de la Competencia. Debe notificar la operación a la Comisión Nacional de la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De las normas comunitarias puede decirse: Que todas ellas son directamente aplicables a los ciudadanos de los Estados miembros. Que algunas de ellas, como los Reglamentos, son directamente aplicables a los ciudadanos de los Estados miembros. Que todas ellas van dirigidas a los Estados miembros y no a los ciudadanos de los mismos.

Las concentraciones de empresas: Deben notificarse siempre al organismo competente en materia de defensa de la competencia. Deben notificarse organismo competente en materia de defensa de la competencia únicamente cuando superen ciertos umbrales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Varias empresas del sector lácteo, que en conjunto tienen una cuota del mercado del 60%, han acordado unificar los precios de la mayor parte de sus productos. Teniendo en cuenta estos datos, el citado acuerdo: Está prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia. Únicamente debe notificarse al organismo competente en materia de defensa de la competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe los monopolios. Prohíbe el abuso de posición dominante en el mercado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El supuesto en el que una restricción de la competencia resulte de la aplicación de una ley: Está expresamente exceptuado de la prohibición de prácticas colusorias en la Ley de Defensa de la Competencia. No está contemplado como excepción en la Ley de Defensa de la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Una concentración de dos empresas que como consecuencia de la operación alcance una cuota del cuarenta por ciento del mercado nacional: Ha de notificarse al organismo competente en materia de defensa de la competencia. Ha de aprobarse por el Gobierno. Puede realizarse sin notificación alguna.

La publicidad comparativa: Está permitida sin ningún límite. Está permitida si cumple determinados requisitos. Está permitida sólo si está amparada por un derecho de exclusiva.

El control de las excepciones a la prohibición de prácticas colusorias restrictivas de la competencia por parte de los órganos correspondientes: Se produce "a posteriori" únicamente en el Derecho nacional, pero no en el comunitario. Se produce "a posteriori" tanto en el Derecho comunitario como en el nacional. Se produce "a priori" tanto en el Derecho comunitario como en el nacional.

Con carácter general la Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe las prácticas colusorias, las concentraciones de empresas y las ayudas públicas. Prohíbe las prácticas colusorias y los monopolios. Prohíbe las prácticas colusorias y el abuso de posición dominante en el mercado.

Si varias empresas de productos lácteos suben los precios al mismo tiempo y en el mismo porcentaje, sin que exista una causa objetiva que justifique ese hecho, y sin que exista un acuerdo formal entre ellas, tal actuación: Puede considerarse una práctica concertada prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. No puede considerarse incursa en las prohibiciones establecidas en la Ley de Defensa de la Competencia, porque ésta no prohíbe las prácticas concertadas, sino únicamente los acuerdos formales entre empresas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con la prohibición de las prácticas colusorias establecida en la Ley de Defensa de la Competencia, cabe afirmar que: Es absoluta, sin excepciones. Se exceptúan únicamente aquellas prácticas que deriven de la aplicación de una ley. Se exceptúan, además de las prácticas que deriven de la aplicación de una ley, otros supuestos en los que concurran determinados requisitos.

El criterio general para la aplicación de las normas comunitarias o las nacionales sobre protección de la libre competencia es: Que estén implicadas empresas de más de un Estado miembro o únicamente empresas de un solo Estado. Que la actuación de las empresas afecte al comercio entre los Estados miembros o afecte únicamente al mercado de un solo Estado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si D. Luis Vega arrienda una ferretería a Da Carmen Lora por un plazo de cinco años, Da Carmen: Puede cerrar la ferretería e iniciar un negocio de venta de electrodomésticos. Tiene que explotar la ferretería durante el tiempo del arrendamiento. Únicamente tiene que explotar la ferretería durante un año.

Si una empresa que ostenta el 80% del mercado incurre en un abuso de su posición dominante: Puede beneficiarse de una excepción a la prohibición de prácticas abusivas si demuestra que gracias a esa práctica puede mantener íntegramente su plantilla de trabajadores. No puede beneficiarse en ningún caso de una excepción a la prohibición de esa práctica. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Defensa de la Competencia prohíbe, como conductas colusorias, las prácticas restrictivas de la competencia que resulten: Sólo de acuerdos entre empresas. Sólo de decisiones de asociaciones de empresas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe el monopolio y las concentraciones de empresas. Prohíbe el abuso de posición dominante en el mercado y prevé un cierto control de las concentraciones de empresas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si varias empresas del sector aceitero, que en conjunto ostentan una cuota del 60% del mercado nacional, se ponen de acuerdo para repartirse dicho mercado, de tal manera que cada una opere en una región determinada, tal acuerdo: Es perfectamente lícito. Es nulo por constituir una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las concentraciones de empresas en España: Están prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia. Deben notificarse al organismo competente cuando superan ciertos umbrales. Deben notificarse al organismo competente, en cualquier caso.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe la posición dominante en el mercado. Prohíbe que una empresa que tiene posición dominante en el mercado limite la producción de forma sustancial en el mismo y en perjuicio de los consumidores. Prohíbe ambos supuestos.

Las conductas colusorias prohibidas por la Ley de defensa de Defensa de la Competencia: Sólo están prohibidas si a esos efectos existe un acuerdo formal entre dos o más empresas. Solo están prohibidas si a esos efectos existe un acuerdo formal de una asociación de empresas. Están prohibidas, aunque no exista a esos efectos un acuerdo formal entre dos o más empresas o de una asociación de empresas.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe el abuso de posición dominante en el mercado. Prohíbe la existencia de posiciones dominantes en el mercado y su abuso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La ley de Defensa de la Competencia prohíbe que una empresa: Ostente una posición de monopolio en el mercado. Ostente una posición dominante en el mercado. Que ostente una posición dominante en el mercado y limite su producción en perjuicio de los consumidores.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe las concentraciones de empresas que superen ciertos umbrales. Dispone que las concentraciones de empresas que superen ciertos umbrales deben notificarse al organismo competente. No contiene ninguna norma sobre las concentraciones de empresas.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe las prácticas colusorias sin prever ninguna excepción. Exceptúa determinadas prácticas colusorias si concurren determinados requisitos previstos en la propia ley. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las exenciones a la prohibición de prácticas colusorias que cumplan determinados requisitos establecidos legalmente: Solo operan individualmente para determinados acuerdos concretos. Solo operan para determinadas categorías de acuerdos previstas en los correspondientes Reglamentos de exención. Pueden operar individualmente o por categorías de acuerdos.

Si una empresa tiene en nuestro país el 90% del mercado de un determinado producto o servicio: Incurre por ese mero hecho en una situación prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Incurre en una situación prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia si realiza un trato discriminatorio a terceros contratantes. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con las concentraciones de empresas, la Ley de defensa de la Competencia: No establece ninguna norma. Las prohíbe. Establece la obligación de comunicarlas al organismo competente cuando superen ciertos umbrales.

Para que un acuerdo entre dos a más empresas pueda considerarse como práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia: Tiene que tener por objeto restringir la competencia y producir ese efecto restrictivo. Tiene que producir una restricción de la competencia, aunque no tenga esa finalidad. Basta con que tenga por objeto restringir la competencia, aunque no produzca ese efecto, o que produzca una restricción de la competencia, aunque no tenga esa finalidad.

Hastal, SA tiene por objeto la fabricación de vigas de metal. Si sus dos únicos socios venden todas sus acciones a un tercero: Se ha producido una transmisión de empresa en sentido jurídico. Se ha producido una transmisión de empresa en sentido económico. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la Ley de Defensa de la Competencia, la concentración económica: Requiere siempre una fusión de dos o más empresas que antes eran independientes. Se produce cuando tenga lugar un cambio estable del control de la totalidad o parte de una o varias empresas. Carece de regulación específica.

Las conductas colusorias prohibidas por la Ley de defensa de Defensa de la Competencia: Sólo están prohibidas si a esos efectos existe un acuerdo formal entre dos o más empresas. Solo están prohibidas si a esos efectos existe un acuerdo formal de una asociación de empresas. Están prohibidas, aunque no exista a esos efectos un acuerdo formal entre dos o más empresas o de una asociación de empresas.

Las normas de protección de la libre competencia del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Son directamente aplicables en España al igual que en el resto de los países Miembros de la UE. Sólo son aplicables a través de los Reglamentos. Sólo son aplicables a través de las normas de transposición nacionales cuando estas existan.

Para que exista una práctica concertada prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia: Basta con que la actuación de varias empresas sea paralela. Basta con que la actuación paralela de varias empresas no pueda ser explicada sin una coordinación consciente entre ellas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las prácticas colusorias para quedar prohibidas conforme a la Ley de Defensa de la Competencia: Han de producir necesariamente el efecto de restringir la competencia. Basta que la práctica tenga por objeto impedir, restringir o falsear la competencia, aunque no llegue a conseguir la finalidad perseguida. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe las concentraciones de empresas. Establece la obligación de notificar las concentraciones de empresas que superen determinados umbrales. Establece la obligación de notificar cualquier concentración de empresas.

Según la Ley de Defensa de la Competencia: Los supuestos en que concurran ciertos requisitos quedan exceptuados de la prohibición de prácticas colusorias solo si previamente se solicita la correspondiente autorización. Los supuestos en que concurran ciertos requisitos quedan exceptuados de la prohibición de prácticas colusorias automáticamente. No existen supuestos que queden exceptuados de la prohibición de prácticas colusorias.

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia en todo o parte del mercado nacional, con determinadas excepciones. Prohíbe únicamente el abuso de posición dominante en el mercado. Prohíbe únicamente las ayudas públicas.

Ley de Defensa de la Competencia prohíbe las prácticas colusorias: Sólo si a esos efectos existe un acuerdo formal entre dos o más empresas. Sólo si a esos efectos existe un acuerdo formal de una asociación de empresas. Aunque no exista un acuerdo formal entre dos o más empresas o de una asociación de empresas.

La ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe que una empresa ostente una posición dominante en el mercado. Prohíbe que una empresa que ostente posición de dominio en el mercado se niegue injustificadamente a demandas de compras de sus productos. Prohíbe la concentración de empresas que conduzca a una posición dominante en el mercado como consecuencia de la concentración.

Si un fabricante de perfumes de marca impone a sus concesionarios los precios de reventa de los perfumes, tal actuación: Constituye una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. No constituye una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia, porque esta Ley solo prohíbe las colusiones de carácter horizontal. No constituye una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia porque la propia Ley la permite de forma expresa.

Los acuerdos restrictivos de la competencia que sean de menor importancia. Reciben distinta regulación en Derecho comunitario europeo y en Derecho español, ya que en el primero no se excluyen directamente de la prohibición y en el segundo sí. Carecen de regulación específica tanto en Derecho comunitario europeo como en Derecho español. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los actos de competencia desleal que falseen gravemente la competencia: Están prohibidos en la Ley de Defensa de la Competencia cuando la distorsión afecte al interés público. Carecen de regulación en la Ley de Defensa de la Competencia como supuesto de falseamiento de la libre competencia. Únicamente están regulados en la normativa europea.

Un acuerdo entre fabricantes y distribuidores de electrodomésticos por el que se restrinja de manera importante la competencia en el mercado nacional español: Puede ser denunciado por constituir una práctica colusoria prohibida. No puede constituir una práctica colusoria prohibida porque sólo se prohíben las prácticas colusorias entre empresas situadas en el mismo estadio de la producción o distribución. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Defensa de la Competencia, las concentraciones empresariales: Están prohibidas en todo caso. Han de notificarse cuando alcanzan determinados umbrales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El régimen de las ayudas públicas en el Derecho de la Unión Europea y español: Es totalmente idéntico. Es diferente en cuanto a que el europeo contiene una regulación más detallada que el español. Es diferente en cuanto que en ambos casos se parte de una autorización general con excepciones tasadas.

Las normas sobre protección de la libre competencia del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los Reglamentos comunitarios dictados en su desarrollo: Son directamente aplicables por los Tribunales ordinarios contrarios en nuestro ordenamiento. Requieren de su transposición a leyes nacionales para ser aplicadas por los Tribunales ordinarios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para considerar que existe una práctica colusoria prohibida: Tiene que existir un acuerdo explícito entre las empresas afectadas. Puede bastar con que se produzca una práctica concertada o conscientemente paralela entre las empresas afectadas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las colusiones restrictivas de la competencia entre empresas: Están prohibidas tanto por el Derecho nacional como europeo. Están prohibidas únicamente por el Derecho europeo. Están prohibidas únicamente por el Derecho nacional.

La aplicación de las normas protectoras de la libre competencia: Está encomendada a órganos administrativos tanto en el Derecho comunitario europeo como español, sin perjuicio de la aplicación por los Tribunales de lo mercantil. Está encomendada a órganos administrativos tanto en el Derecho comunitario europeo como español, sin que quepa la aplicación por los Tribunales de lo mercantil. Está encomendada exclusivamente a los Tribunales de lo mercantil.

Si varias empresas del sector del aceite, que en conjunto ostentan el 60% del mercado nacional, acuerdan repartirse geográficamente el mercado, de tal manera que cada una de ellas se obligue a operar en una zona distinta, tal acuerdo: Es nulo por constituir una práctica colusoria. Es perfectamente lícito. Es lícito si lo autoriza la autoridad competente a través del sistema de control "a priori".

La Ley de Defensa de la Competencia: Prohíbe las restricciones de la competencia, sean horizontales o verticales. Prohíbe las restricciones de la competencia sólo si son horizontales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Son órganos encargados de la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia en España: La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a nivel estatal y los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas que se hayan constituido en el ejercicio de sus competencias estatutarias. Únicamente los órganos de las Comunidades Autónomas de defensa de la competencia. La subdelegación de la Comisión Europea.

A fin de considerar probada una práctica colusoria: Puede apoyarse en indicios y presunciones sobre la existencia de concertaciones entre las empresas implicadas. Puede apoyarse en el mero paralelismo en la actuación de las empresas implicadas aun cuando dicha actuación obedezca a cambios en el mercado. Ha de constar un acuerdo expreso de las empresas implicadas.

De la posición dominante cabe confirmar que: Está prohibida en sí misma tanto por el Tratado de Funcionamiento de la UE como por la Ley de Defensa de la competencia. Es preciso que exista un abuso de dicha posición para su prohibición tanto por el Tratado de Funcionamiento de la UE como por la Ley de Defensa de la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La denominada política de clemencia se refiere: A los supuestos en que se exime a una empresa o persona física del pago de la multa o ésta se reduce cuando haya aportado pruebas sustantivas para la investigación de la existencia de un cártel. A la posibilidad de la aplicación por los tribunales ordinarios de las normas de protección de la libre competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para que una práctica colusoria se considere prohibida: Es preciso que tenga por objeto la restricción de la competencia. Es preciso que se trate de un entendimiento que tenga efecto sobre los precios. Basta que pueda producir el efecto de restringir la competencia o de alterar el funcionamiento normal del sistema competitivo.

En materia de protección de la libre competencia, la Ley española de Defensa de la competencia: Establece un régimen de control de concentraciones en virtud del cual si se alcanzan ciertos umbrales hay que notificar previamente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dispone que sea el Ministerio de Economía y Hacienda español el que deba intervenir en todos los supuestos en materia de control de concentraciones. Carece de régimen específico en materia de control de concentraciones, debiéndose aplicar en toco caso el régimen europeo en la materia.

La compensación de los daños causados por prácticas restrictivas de la competencia: Está regulada únicamente por una Directiva europea. Está prevista en el ordenamiento español en la Ley de Defensa de la Competencia por la que se ha incorporado en parte la Directiva europea sobre la materia. Está prevista en el ordenamiento español únicamente en normas procesales.

Bajo la denominación de conductas colusorias prohibidas se consideran en la legislación española: Únicamente los acuerdos escritos entre empresas que se encuentren en el mismo sector de la actividad. Únicamente los acuerdos escritos verticales, es decir, aquéllos celebrados entre fabricantes y distribuidores. Todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de restringir la competencia.

En relación con la prohibición de abuso de posición dominante en el mercado cabe afirmar que: La posición dominante puede corresponder a una empresa sólo o a varias empresas distintas. Resulta indiferente si ha existido o no una explotación abusiva de la posición dominante. Resulta indiferente la delimitación del mercado relevante.

Si varias empresas del sector aceitero, que en conjunto ostentan el 60% de ese mercado, se ponen de acuerdo para que cada una de ellas opere solamente en un determinado territorio, tal actuación: Constituye una práctica colusoria prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Sólo constituirá una práctica colusoria prohibida si el acuerdo consta por escrito. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El sistema comunitario europeo y español de defensa de la competencia: Coinciden en considerar que las concentraciones constituyen un supuesto de restricción de la competencia, que ha de ser regulado autónomamente y quedar sujetas a control, pero difieren en cuanto a la decisión posterior a la notificación. Coinciden totalmente en cuanto al régimen aplicable a las concentraciones. Difieren totalmente en cuanto al régimen aplicable a las concentraciones.

Fabricantes de plásticos del norte Norplas, s.a. quiere fusionarse con Plastet industrial, sa. La primera tiene el 18 por ciento del mercado nacional de fabricación de sacos de plástico de gran tamaño y la segunda el 21 por ciento del mismo mercado y producto. El volumen de negocios de la primera en el último ejercicio contable fue de 160 millones de euros y el de la segunda de 220 millones, lo que suponía una consolidación de la tendencia de los últimos años. Teniendo en cuenta estos datos: La fusión podrá realizarse libremente sin sujeción a ningún control. La fusión requiere la notificación a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que puede también imponer multas si se incumple la obligación de notificar a dicho organismo. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Una asociación tiene como asociados a los principales distribuidores de bebidas refrescantes sin gas de España. En esa Asociación se acuerda no distribuir bebidas producidas en Francia. Dicho acuerdo: Seria nulo por ser contrario al artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Seria válido si ha sido aprobado por la mayoría establecida en los Estatutos de la Asociación. Sería válido si ha sido aprobado por la unanimidad establecida en los Estatutos de la Asociación.

Las denominadas prácticas desleales con consumidores están reguladas: Únicamente en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En la Ley de Competencia Desleal. En el Código de Comercio.

La sociedad Colchón Plus, s.l., dedicada exclusivamente a la fabricación y comercialización de colchones, ha decidido de forma unilateral lanzar una campaña publicitaria en prensa para anunciar sus colchones, que muestra a una persona despertándose y contiene la expresión "tan fresco como el pan Bimbo". Tal actuación: Constituiría un acto de competencia desleal. Constituiría un acto prohibido por la Ley de Patentes. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

"AIGG CONSULT, SA" realiza una publicidad engañosa de los servicios de transporte y logística que ofrece en el mercado. Tal actuación: Es lícita si "AIGG CONSULT SA" ostenta una cuota de mercado superior al cincuenta por ciento. Es lícita si "AIGG CONSULT SA" está inscrito en el Registro de la Comisión Nacional de la Competencia. Constituiría un acto de competencia desleal.

Según la Ley de Competencia Desleal, están sujetos a sus normas: Únicamente los empresarios. Únicamente los empresarios y los profesionales. Todos los que participen en el mercado.

Como regla general para que una conducta incorrecta sea considerada desleal y pueda ejercitarse la acción de cesación: Es necesario que exista mala fe en el autor de la conducta. Es necesario que la conducta haya ocasionado años. No son necesarias ninguna de las dos condiciones mencionadas.

Si un empresario hace publicidad de sus productos indicando que son de la misma clase que otros productos de otro empresario que tienen reputación en el mercado, tal actuación: Es perfectamente lícita. Constituye un aprovechamiento de la reputación ajena. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La divulgación o explotación de un secreto empresarial: Constituye siempre un acto de competencia desleal. Sólo constituye un acto de competencia desleal si se accede al conocimiento del secreto por medios ilegítimos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para ejercitar una acción dirigida a la cesación de un acto de competencia desleal: Están legitimados únicamente los competidores afectados. Están legitimados los consumidores y las asociaciones de éstos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Competencia desleal, la publicidad comparativa: Se considera siempre desleal. No se considera desleal si cumple determinadas exigencias. No se considera desleal en ningún caso.

Para ejercitar una acción dirigida a la cesación de un acto de competencia desleal: Están legitimados únicamente los competidores afectados. Están legitimados los consumidores y las asociaciones de éstos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Competencia desleal, la publicidad comparativa: Se considera siempre desleal. No se considera desleal si cumple determinadas exigencias. No se considera desleal en ningún caso.

Si un empresario realiza manifestaciones que son aptas para menoscabar el crédito en el mercado, tal actuación: Se considera siempre desleal. Se considera desleal si las manifestaciones se refieren a la nacionalidad del competidor. Sólo se considera desleal si las manifestaciones se refieren a la vida privada del competidor.

En materia de actos desleales, las acciones de cesación pueden ejercitarse: Por todos los participantes en el mercado que puedan sentirse afectados por la conducta incorrecta. Únicamente por los órganos de la Administración pública y el Ministerio Fiscal. Únicamente por asociaciones empresariales o de consumidores.

Únicamente por asociaciones empresariales o de consumidores. Consta en la Constitución Española. Consta en el Código de Comercio. Se ha fijado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Si un empresario trata de captar trabajadores de otra empresa ofreciéndoles mejores condiciones económicas, tal actuación: Se considera desleal en todo caso. Se considera desleal sólo si concurren otras circunstancias adicionales. No se considera desleal en ningún caso.

La venta a pérdida o bajo coste: Se considera desleal si tiene por efecto desacreditar un producto ajeno. Se considera desleal en cualquier supuesto. No se considera desleal en ningún supuesto, porque la fijación de precios es libre.

Cober, s.a. que fabrica tintes para el cabello afirma en su publicidad que sus productos no contienen amoniaco. Si un competidor realiza una publicidad afirmando que los tintes de Cober, s.a. contienen un 25% de amoniaco: Incurre en todo caso en un acto de competencia desleal por denigración. No incurre en un acto de competencia desleal si la afirmación es exacta y verdadera. No incurre en ningún caso en un acto de competencia desleal.

Si un empresario trata de perjudicar a un competidor aludiendo a sus creencias religiosas, tal actuación: Se considera lícita si el dato de las creencias religiosas es cierto. Se considera desleal en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las prácticas comerciales agresivas: Están contempladas expresamente en la Ley de Competencia Desleal. Sólo están contempladas expresamente en normas de carácter administrativo. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Competencia Desleal pueden incurrir en actos de competencia desleal: Únicamente los empresarios. Cualquiera que participe en el mercado ofreciendo bienes o servicios. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La contratación de extranjeros que no dispongan de la debida autorización para trabajar en nuestro país: Está prevista expresamente en la ley como constitutiva de un acto de competencia desleal en todo caso. No está prevista de manera expresa en la ley. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La regla general establecida en la Ley de Competencia desleal en materia de imitación de prestaciones ajenas, es que: Es libre salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la ley. Está prohibida como desleal en todo caso. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La venta a pérdida: Está permitida siempre. Está prohibida en determinadas circunstancias por la Ley de Competencia Desleal. Carece de regulación específica, siendo la jurisprudencia la que fija qué ha de entenderse por tal y sus consecuencias jurídicas.

La publicidad comparativa: Está permitida sin ningún límite. Está permitida si cumple determinados requisitos. Está permitida sólo si está amparada por un derecho de exclusiva.

En materia de actos desleales, las acciones de cesación pueden ejercitarse: Por todos los participantes en el mercado que puedan sentirse afectados por la conducta incorrecta. Únicamente por los órganos de la Administración pública y el Ministerio Fiscal. Únicamente por asociaciones empresariales o de consumidores.

El aprovechamiento de la reputación ajena: Es un acto de competencia desleal. Es lícito en todo caso. Carece de regulación expresa en nuestro ordenamiento.

Las denominadas "prácticas agresivas": Están reguladas en la Ley de Competencia Desleal. Están reguladas únicamente en una Directiva comunitaria que aún no ha sido incorporada a nuestro ordenamiento. Carecen de regulación específica al ser reconocidas únicamente por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Con carácter general las propuestas no deseadas y reiteradas realizadas por un empresario a los consumidores por teléfono: Son lícitas. Constituyen una práctica agresiva prohibida en la Ley de Competencia Desleal. No están contempladas en la Ley de Competencia desleal.

La explotación de un secreto industrial ajeno: Constituye siempre un acto de competencia desleal. No está prohibida si quien lo explota es un tercero de buena fe que desconoce que quien se lo transmitió actuó ilegítimamente. No está prohibido en ningún caso.

En materia de competencia desleal las asociaciones de consumidores: Sólo están legitimadas para ejercitar las acciones de cesación. Están legitimadas para ejercitar las acciones de indemnización de daños y perjuicios a favor del conjunto de sus asociados que hayan sido perjudicados. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Competencia Desleal si un empresario hace publicidad de sus productos indicando que son del mismo tipo que otros productos ajenos, a los que se refiere por su nombre, que están en el mercado y que han adquirido reputación en él, tal hecho: Es perfectamente lícito. Constituye un acto de competencia desleal por aprovechamiento de la reputación ajena. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Competencia Desleal: Realiza una enumeración exhaustiva de los actos que consideran desleales, de manera que un acto no comprendido en la misma no podrá ser considerado desleal. Contiene una cláusula general según la cual se considera desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un empresario trata de desacreditar a un competidor aludiendo a su nacionalidad, tal actuación: Se considera siempre desleal. No se considera desleal si el dato de la nacionalidad es exacto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La publicidad comparativa: Está prohibida. Se considera siempre lícita. Se considera desleal si no cumple determinadas exigencias.

Según la Ley de Competencia Desleal, la publicidad comparativa: Está permitida sin ningún límite. Está permitida si cumple determinados requisitos. Está permitida sólo si está amparada por un derecho de exclusiva.

Las prácticas comerciales desleales con consumidores: Están reguladas en nuestro ordenamiento en la Ley de Competencia Desleal. Están reguladas únicamente en una Directiva comunitaria que aún no ha sido incorporada al ordenamiento español. Están reguladas en el Código de Comercio.

Si "A" realiza una publicidad engañosa de determinados productos que ofrece en el mercado, tal actuación: No constituirá un acto de competencia desleal si "A" es una empresa que tiene un monopolio legal al no perjudicarse a ningún competidor. No constituirá un acto de competencia desleal si "A" es un particular porque las normas sobre competencia desleal se aplican solo a los empresarios. Constituirá en cualquier caso un acto de competencia desleal.

La publicidad comparativa: Se considera siempre desleal. Se considera desleal cuando se refiera a extremos que no son análogos, relevantes ni comprobables. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La acción para exigir la indemnización de los daños y perjuicios causados por actos de competencia desleal: Sólo puede ejercitarse si la actuación desleal fue dolosa. Sólo puede ejercitarse si la actuación desleal fue dolosa o culposa. Puede ejercitarse, aunque no concurra culpa alguna en quién incurrió en competencia desleal.

La venta a pérdida: Constituye siempre un acto de competencia desleal. Es siempre lícita porque la fijación de precios es libre. Constituirá un acto de competencia desleal si concurren determinadas circunstancias previstas expresamente en la Ley de Competencia Desleal.

La divulgación o explotación de secretos empresariales: No está contemplada en ningún texto legal. Está contemplada en la Ley de Competencia Desleal. Está contemplada en la Ley de Defensa de la Competencia.

En materia de competencia desleal, una Asociación de Consumidores y Usuarios: Solamente puede ejercitar las acciones de cesación de los actos desleales. Solamente puede ejercitar las acciones para exigir los daños y perjuicios correspondientes en favor del conjunto de sus asociados. Puede ejercitar ambos tipos de acciones.

Según la Ley de Competencia Desleal pueden incurrir en actos de competencia desleal: Únicamente los empresarios. Cualquiera que participe en el mercado ofreciendo bienes o servicios. Únicamente los empresarios y los profesionales.

La Ley de Competencia Desleal: Solo protege a los empresarios contra los actos de competencia desleal. Solo protege a los profesionales contra los actos de competencia desleal. Protege a los consumidores contra los actos de competencia desleal.

Si alguien accede legítimamente a un secreto empresarial y lo hace público, ese acto: Es un acto de competencia desleal si incumple un deber de confidencialidad. Es perfectamente lícito. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Competencia Desleal: Contiene únicamente una enumeración exhaustiva de los actos de competencia desleal. Contiene una norma destinada a la denominada cláusula general prohibitiva y la regulación de una serie de supuestos de competencia desleal. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un bodeguero anuncia sus vinos como de "tipo Rioja", siendo elaborados en Málaga: Incurre en un acto de competencia desleal. Es una actuación perfectamente lícita. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La Ley de Competencia Desleal: Contiene una enumeración exhaustiva de los actos de competencia desleal. Contiene dos cláusulas generales prohibitivas y una regulación de supuestos concretos. Contiene únicamente una regulación de supuestos concretos, pero ninguna cláusula general.

La venta a pérdida o bajo coste: Se considera desleal si tiene por efecto desacreditar un producto ajeno. Se considera desleal en cualquier supuesto. No se considera desleal en ningún supuesto, porque la fijación de precios es libre.

La Ley de Competencia Desleal: Parte de un criterio de buena fe objetiva en la cláusula general de los actos desleales. Exige una relación de competencia entre el sujeto activo y pasivo del acto de competencia desleal. Recoge un listado exhaustivo de actos de competencia desleal.

Si una empresa ostenta un monopolio legal y realiza una publicidad engañosa, con tal actuación: Está desarrollando una actuación lícita al no contar con ningún competidor directo. Estaría incurriendo en deslealtad aun cuando no existan competidores directos. Estaría incurriendo en deslealtad por ostentar el monopolio en sí mismo.

Servimed Cromat, s.a. quiere fusionarse con la sociedad Estudios Universales de Apoyo Sanitario del Centro s.a. (EUaS. La primera tiene el 28 por ciento del mercado nacional de hospitales de día y la segunda el 11 por ciento de apoyo domiciliario a ese tipo de atención sanitaria en el mismo mercado. El volumen de negocios de la primera en el último ejercicio contable fue de 260 millones de euros y el de la segunda de 142 millones, lo que suponía una consolidación de la tendencia de los últimos años. Teniendo en cuenta estos datos: La fusión está prohibida por ser contraria a las normas protectoras de la libre competencia. La fusión deberá notificarse obligatoriamente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un antiguo gerente de una empresa ha decidido crear su propia empresa y se dirige a los posibles clientes ofreciendo sus servicios y anunciándose como antiguo gerente de la empresa en la que ha estado trabajando. Esa actuación: Es perfectamente legal. Puede constituir un acto de aprovechamiento de la reputación ajena. Está prohibida como publicidad engañosa por la Ley de Defensa de la Competencia.

En relación con las denominadas ayudas públicas cabe afirmar que: El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece como principio general la prohibición de las ayudas otorgadas por los Estados o fondos estatales que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros y falseen o amenacen con falsear la competencia. La noción de ayuda con arreglo a la cual se aplican las normas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea es muy amplia. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Un empresario que atrae con regalos a los clientes a un local determinado de manera que pueda suponer una intimidación a clientes potenciales para realizar alguna adquisición, supondría una práctica que: Estaría considerada práctica agresiva en los términos previstos por la Ley de Competencia Desleal. Estaría perfectamente permitida en las normas de competencia desleal siempre que no se realice un uso de la fuerza. Constituiría un acto que carece de consideración desde el Derecho Mercantil.

En materia de acciones por actos de competencia desleal, la publicación de la sentencia condenatoria: Se prohíbe expresamente por la Ley de Competencia Desleal, al considerarse que afecta a la imagen de la empresa condenada en el mercado. Se permite expresamente por la Ley de Competencia Desleal. Carece de mención expresa en nuestra Ley de Competencia Desleal.

La publicidad engañosa está prohibida en nuestro país: A través de la Ley de Competencia Desleal y sólo por esta norma. A través de la Ley General de la Publicidad y sólo por esta norma. A través de la Ley de Competencia Desleal y la Ley General de la Publicidad.

Dña. Enriqueta Sans, bióloga y doctora en químicas, ha inventado un procedimiento de tratamiento de aguas más eficiente que los actualmente conocidos. La Sra. Sans: Puede tener un derecho de explotación exclusiva del procedimiento por el mero hecho de la invención en sí. Tendrá un derecho de explotación exclusiva del procedimiento si solicita y obtiene una patente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De conformidad con la Ley de Marcas, pueden ser marca: Un envase de un producto. El signo "Herencia Cubana" para unos habanos hechos en España. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La patente de un producto: Puede ser objeto de licencias. Ha de ser vendida junto con la empresa en la que se fabrique el producto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La protección del diseño novedoso de una silla muy original: Puede obtenerse durante cinco años renovables hasta un total de 25 años tanto a nivel comunitario como nacional. Puede obtenerse durante cinco años renovables hasta un total de 25 años sólo a nivel comunitario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un dibujo de dos dimensiones: Únicamente puede ser protegido mediante una marca. Puede ser protegido mediante diseño industrial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La novedad exigida para proteger una invención como modelo de utilidad. Es de carácter mundial. Es de carácter nacional. Es de carácter autonómico, en el caso de España.

El denominado "estado de la técnica" con el que ha compararse la solicitud de patente para determinar si la invención descrita en la solicitud es nueva y tiene altura inventiva, está integrado por: Únicamente todo lo que es conocido en ese momento en España. Únicamente todo lo que es conocido en ese momento en La Unión Europea. Todo lo que es conocido en ese momento en España o en el extranjero.

En el procedimiento de concesión de patentes ante la Oficina Española de Patentes y Marcas: La Oficina ha de realizar de oficio un examen previo de la novedad u de la actividad inventiva. La Oficina realizará un examen previo de la novedad y de la actividad inventiva solo si el solicitante así lo pide. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un nuevo programa de ordenador: No se puede patentar. Se puede patentar como modelo de utilidad, aunque no como patente de invención. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si una persona tiene una patente sobre una nueva sustancia: No puede impedir que esa nueva sustancia se utilice con fines experimentales. Sí puede impedir que esa nueva sustancia se utilice con fines experimentales. Puede impedir que esa nueva sustancia se utilice con fines experimentales solo durante los primeros cinco años.

Puede ser patentable: Un descubrimiento científico que no tiene aplicación industrial. Un nuevo método de negocios. Un nuevo aparato para el diagnóstico de enfermedades en humanos.

Los modelos de utilidad: Permiten proteger nuevos procedimientos y productos al igual que las patentes de invención. No permiten proteger nuevos procedimientos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si el titular de una patente europea con efectos en España comprueba que se está infringiendo su derecho en nuestro país y quiere ejercitar las acciones correspondientes frente a los supuestos infractores: Tendrá que plantear la demanda ante la Oficina Europea de Patentes de Munich. Tendrá que entablar la demanda ante el tribunal de justicia de la unión europea. Tendrá que plantear la demanda ante el juzgado de lo mercantil competente.

La titularidad de una invención realizada por un trabajador durante la vigencia de su contrato, sea esta relación contractual de trabajo o de servicios: Pertenece al empresario en todo caso. Pertenece al empresario siempre que la invención sea fruto de una actividad de investigación explícita o implícitamente constitutiva del objeto de su contrato. Pertenece siempre al trabajador autor de la misma.

La duración de la protección que se otorga al diseño registrado es: De tres años desde la fecha de presentación, renovables por periodos de 3 años hasta un máximo de 15 años. De 5 años desde la fecha de presentación, renovables por periodos de 5 años hasta un máximo de 25. De 20 años desde la fecha de su concesión, sin posibilidad de prórroga alguna.

La licencia de una patente: Ha de inscribirse en la Oficina Española de Patentes y Marcas para que surta efectos frente a terceros de buena fe. Ha de inscribirse en la Oficina Española de Patentes y Marcas para que sea válida. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si el titular de una patente en España y en otros estados de la UE, comercializa en España los productos fabricados conforme a su patente: Esos productos una vez comercializados por su titular o con su consentimiento, podrán circular libremente en toda la Unión Europea, sin que el titular de la patente pueda hacer valer su derecho al respecto. Esos productos podrán circular libremente sólo en España, siendo precisa la autorización del titular de la patente para ser comercializados en otros países de la Unión Europea. Esos productos podrán circular libremente en los estados de la UE donde no los tenga patentados, pero no en donde tenga registrada la misma patente, salvo que de su consentimiento expreso.

Un medicamento caracterizado por su fórmula química como principio activo reivindicado: Puede protegerse como patente y como modelo de utilidad. No puede protegerse como patente puesto que los procedimientos y productos químico farmacéuticos están excluidos de la protección por patente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un diseñador otorga una licencia exclusiva a una firma determinada para la explotación comercial de sus diseños registrados: El diseñador no podrá otorgar otras licencias y él mismo podrá explotarlo comercialmente solo si en el contrato se hubiere reservado ese derecho. El diseñador no podrá otorgar otras licencias, pero sí podrá explotarlo comercialmente porque la exclusividad solo es frente a terceros. El diseñador no podrá otorgar otras licencias exclusivas, pero sí podrá otorgar otras licencias no exclusivas salvo que en el contrato se excluya expresamente ese derecho.

Si han transcurrido 20 años desde la fecha de concesión de una patente: La patente está caducada y cualquiera puede explotar la invención objeto de la misma. La patente no caduca si el titular solicita la renovación por un plazo adicional de 1O años. La patente no caduca hasta transcurrido un periodo adicional de 5 años, sin necesidad de que lo solicite el titular de la misma.

La novedad exigida para la concesión de una patente de invención y de un modelo de utilidad: Es mundial en ambos casos. Es nacional en ambos casos. Es mundial para la patente y nacional para el modelo de utilidad.

Según la Ley de patentes, si una patente tiene por objeto un procedimiento para la fabricación de un producto nuevo, para el caso de posible violación de la patente: Se presume, sin posibilidad de prueba en contrario, que todo producto de las mismas características se ha obtenido por el procedimiento patentado. Se presume, salvo prueba en contrario, que todo producto de las mismas características se ha obtenido por el procedimiento patentado T. No se presume nada al respecto.

Laboratorios Cerne, s,a, tiene patentado en España e Italia, entro otros países, un medicamento contra la hipertensión. En Italia se comercializa a un precio menor que en España. Si un empresario adquiere lícitamente en Italia los productos comercializados por laboratorios Ceme.s.a y los importa a España, Laboratorios Ceme.s.a: Puede demandar a ese empresario por violación de su patente en España. No puede demandar a ese empresario porque se produce el denominado agotamiento comunitario de la patente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La institución del diseño industrial: No está regulada. Está regulada en la Ley de Marcas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si un diseñador presenta su colección a la prensa y lanza los productos que incorporan el diseño al mercado un mes antes de solicitar su registro: El registro se concederá, puesto que la Oficina no examina la novedad, pero podrá ser anulado posteriormente por falta de novedad. El registro no se concederá si se detecta la divulgación, puesto que la novedad del diseño se examina de oficio por las Oficinas de registro. El registro se concederá y no podrá ser anulado ni revocado por falta de novedad.

La forma nueva de una lavadora que tiene la ventaja de ahorrar energía: Puede protegerse como modelo de utilidad. Sólo puede protegerse como diseño industrial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si se pretende obtener un derecho exclusivo de explotación de un procedimiento nuevo para la fabricación de un producto: Puede lograrse únicamente mediante la obtención de una patente de invención. Puede lograrse mediante la obtención de una patente de invención o de un modelo de utilidad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Presentada una solicitud de patente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, esta Oficina: Ha de examinar todos los requisitos objetivos de patentabilidad para resolver si se concede o no la patente. No ha de examinar en principio la novedad y la actividad inventiva. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El denominado "estado de la técnica" con el que ha compararse la solicitud de patente para determinar si la invención descrita en la solicitud es nueva y tiene altura inventiva, está integrado por todo lo que se ha hecho accesible al público en todo el mundo: Por cualquier medio. Sólo se si ha hecho accesible por una descripción escrita. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si el autor de un diseño industrial lo ha hecho público sin haber procedido a su registro: Podrá registrarlo dentro de un determinado plazo y obtener así el derecho exclusivo sobre el mismo. Ya no podrá registrarlo y solo tendrá la protección otorgada al diseño no registrado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La caducidad de la patente: Opera con carácter retroactivo y produce el efecto de considerar que la patente no tuvo nunca validez. No opera con carácter retroactivo y se considera que la patente ha tenido una vigencia efectiva hasta el momento en que se produjeron los hechos u omisiones que dieron lugar a la caducidad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Quien fabrique o importe objetos patentados sin el consentimiento del titular de la patente: Solo responderá de los daños y perjuicios causados al titular de la patente cuando hubieren sido previamente advertidos de la existencia de la patente y de su violación, y requeridos para cesar en la misma. Solo responderán de los daños y perjuicios causados cuando en su actuación hubiere mediado culpa o negligencia. Responderán de los daños y perjuicios causados en todo caso.

Una invención consistente en un procedimiento nuevo para obtener un producto conocido: Solo puede ser protegido mediante patente si además de novedad, presenta actividad inventiva. Puede ser protegido tanto mediante una patente como mediante un modelo de utilidad, aunque en este segundo caso se le exigirá un menor nivel de actividad inventiva. No pude ser protegido ni como patente ni como modelo de utilidad ya que no da lugar a un producto nuevo.

La protección del diseño novedoso de una mesa muy original: Puede obtenerse a nivel comunitario durante cinco años renovables hasta un total de 25 años. Puede obtenerse a nivel comunitario indicando los países concretos en los que se desea que tenga validez. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un dibujo de dos dimensiones: Únicamente puede ser protegido mediante una marca. Puede ser protegido mediante diseño industrial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la nulidad y la caducidad de una patente cabe afirmar que: Operan ambas con carácter retroactivo. Sólo opera retroactivamente la nulidad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una patente tiene derecho a impedir que un tercero comercialice el objeto patentado sin su consentimiento: Con independencia de si el tercero actúa con buena o mala fe. Sólo si el tercero actúa con mala fe. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El derecho sobre el diseño comunitario (dibujo o modelo comunitario no registrado: Tiene una duración de tres años a partir de la fecha en la que el dibujo o modelo se haya hecho público por primera vez dentro de la Unión Europea. Tiene una duración de tres años solo cuando el diseñador presente su creación en una exposición oficial u oficialmente reconocida, aunque no haya solicitado su registro. Tiene una duración de 5 años no renovables en ningún caso, salvo que solicite su registro como diseño comunitario o nacional.

La novedad exigida para proteger una invención como modelo de utilidad: Es de carácter mundial. Es de carácter nacional. Es de carácter autonómico, en el caso de España.

Si un inventor quiere obtener una patente en varios Estados de la UE: Tiene que solicitar la concesión de la patente ante la Oficina correspondiente de cada Estado. Puede hacer una solicitud única ante la Oficina Europea de Patentes de Múnich designando los Estados para los que quiere obtener la concesión. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si se presenta la solicitud de una patente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, esta Oficina: Examina de oficio si se cumplen todos los requisitos de patentabilidad. No examina de oficio ningún requisito de patentabilidad. Puede denegar la concesión de la patente por falta de novedad, si esa falta es manifiesta y notoria.

La declaración de nulidad de una marca nacional: Corresponde a los Tribunales ordinarios. Corresponde a la Oficina Española de Patentes y Marcas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Indique qué supuesto es patentable: Un nuevo método de tratamiento quirúrgico del cuerpo humano. Un nuevo programa de ordenador. Una nueva aplicación de un procedimiento ya conocido para la obtención de un resultado industrial que no estaba previsto anteriormente.

Las patentes de invención y los modelos de utilidad se diferencian: Únicamente en que la protección otorgada por los modelos es de menor duración. Únicamente en que para la obtención de un modelo la novedad exigida es de ámbito nacional y no mundial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La duración del derecho exclusivo de una patente de invención es: De 20 años improrrogables. De 1O años indefinidamente prorrogables. De 30 años improrrogables.

Si se solicita la concesión de una patente, se examinan de oficio la novedad y la actividad inventiva: Sólo si se solicita ante la Oficina Europea de Patentes. Sólo si se solicita ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. En los dos supuestos mencionados en las respuestas anteriores.

D. Fernando Coster es ingeniero y profesor universitario que ha inventado, como consecuencia de su función investigadora en la universidad, un laminado de hojas metálicas y material sintético reforzado. Según la Ley de Patentes: Corresponde, en principio, la titularidad de la patente a la universidad. Corresponde, en principio, la titularidad al profesor. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de patentes, son patentables: Los procedimientos de clonación de seres humanos. Los programas de ordenadores. Una nueva sustancia susceptible de aplicación industrial.

Emestina Sempel, diseñadora, presenta su nueva colección a la prensa y lanza los productos que incorporan el diseño al mercado un mes antes de solicitar su registro. En tal caso: El registro se concederá, puesto que la Oficina no examina la novedad, pero podrá ser anulado posteriormente por falta de novedad. El registro se concederá, puesto que la Oficina no examina la novedad, pero podrá ser anulado posteriormente por falta de novedad. El registro se concederá y no podrá ser anulado ni revocado por falta de novedad.

La Ley de Patentes dispone la atribución de un derecho exclusivo de explotación de un invento: Exigiendo que el invento sea descrito para que los terceros lo conozcan el invento sea descrito. Permitiendo que la descripción del invento se mantenga en secreto durante diez años. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una patente: Puede conceder a un tercero una licencia para su explotación. Puede transmitir la titularidad de la patente, pero no conceder licencias de explotación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Con carácter general un diseño industrial: Sólo puede protegerse a través de la propia regulación del diseño industrial. Sólo puede protegerse a través del Derecho de autor. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Indique cuál de estas afirmaciones es correcta: La duración del derecho en la patente de invención y en el modelo de utilidad es de 1O años. La duración del derecho en la patente de invención es de 20 años y de 1O años en el modelo de utilidad. La duración del derecho en la patente de invención y en el modelo de utilidad es de 15 años.

En el año 2015, Ernesto Lampel, diseñador valenciano reconocido, ha diseñado y lanzado al mercado nacional una silla novedosa. El diseño no ha sido registrado. En tal caso: Carecerá de protección al no existir ésta para los diseños no registrados, tanto en el Derecho nacional como comunitario. Gozará de protección contra copias durante tres años a partir de la fecha en que el diseño se haya hecho público por primera vez. Gozará de la misma protección que si el diseño hubiera sido registrado.

El "estado de la técnica" con el que ha de compararse una solicitud de patente para determinar si la invención descrita en la solicitud es nueva y tiene altura inventiva, está integrado por: Únicamente todo lo que es conocido en ese momento en España. Únicamente todo lo que es conocido en ese momento en la Unión Europea. Todo lo que es conocido en ese momento en España y en el extranjero.

Según la Ley de patentes, la novedad exigida para la concesión de una patente de invención es de ámbito: Nacional. Comunitario. Mundial.

El diseño industrial: Carece de regulación legal. Está regulado en la Ley de Patentes. Está regulado en una ley especial.

La caducidad de la patente: Opera con carácter retroactivo y produce el efecto de considerar que la patente no tuvo nunca validez. No opera con carácter retroactivo y se considera que la patente ha tenido una vigencia efectiva hasta el momento en que se produjeron los hechos u omisiones que dieron lugar a la caducidad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Ernesto Mempet, ingeniero industrial y biólogo, ha inventado un procedimiento de tratamiento de residuos de plástico más eficiente que los actualmente conocidos. El Sr. Mempet: Tiene atribuido un derecho de explotación exclusiva del procedimiento por el mero hecho de haber logrado la invención en sí sin que sea preciso su registro. Tiene atribuido un derecho de explotación como modelo de utilidad sin que sea preciso su registro. Tendrá un derecho de explotación exclusiva del procedimiento si solicita y obtiene una patente.

En aplicación del Convenio sobre la patente europea: Se puede presentar una única solicitud de patente para obtener la protección de la patente en varios países comunitarios. Se puede presentar una única solicitud de patente para obtener una patente única cuyo ámbito de aplicación se extiende a toda la Unión Europea. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las invenciones biotecnológicas: No están reguladas. Están reguladas en la Ley de Patentes. Están reguladas en una Directiva que aún no se ha incorporado a nuestro ordenamiento.

Con carácter general un diseño industrial: Sólo puede protegerse a través de la propia regulación del diseño industrial. Sólo puede protegerse a través del Derecho de autor. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De la nulidad de la patente cabe afirmar que: Ha de ser declarada judicialmente y produce el efecto de considerar que la patente no tuvo nunca validez. Produce idénticos efectos que la caducidad. Ha de ser declarada siempre totalmente, es decir, mediante la anulación de todas las reivindicaciones que definen el alcance de la patente.

En el caso de un trabajador que no ha sido contratado para investigar, pero realiza una invención utilizando los medios de la empresa para la que trabaja: La invención corresponde siempre al empresario. La invención corresponde siempre al trabajador. La titularidad de la invención puede ser asumida por el empresario a cambio de una compensación económica al trabajador.

Si el titular de una patente en España y en otros estados de la UE, comercializa en España los productos fabricados conforme a su patente: Esos productos, una vez comercializados por su titular o con su consentimiento, podrán circular libremente en toda la Unión Europea, sin que el titular de la patente pueda hacer valer su derecho al respecto. Esos productos podrán circular libremente sólo en España, siendo precisa la autorización del titular de la patente para ser comercializados en otros países de la Unión Europea. Esos productos podrán circular libremente en los estados de la UE donde no los tenga patentados, pero no en donde tenga registrada la misma patente, salvo que dé su consentimiento expreso.

El derecho sobre el diseño comunitario (dibujo o modelo comunitario no registrado: Tiene una duración de tres años a partir de la fecha en la que el dibujo o modelo se haya hecho público por primera vez dentro de la Unión Europea. Tiene una duración de tres años solo cuando el diseñador presente su creación en una exposición oficial u oficialmente reconocida, aunque no haya solicitado su registro. Tiene una duración de 5 años no renovables en ningún caso, salvo que solicite su registro como diseño comunitario o nacional.

La protección de las nuevas variedades vegetales: Está contemplada en la Ley de patentes. Está contemplada en una Ley especial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La titularidad de una invención de un nuevo producto químico realizada por un ingeniero industrial, utilizando los medios y conocimientos adquiridos dentro de la empresa por la que fue contratado para encargarse de la supervisión de la planta de producción, corresponde: Al ingeniero, sin que el empresario tenga ningún derecho sobre dicha invención. Al ingeniero, pudiendo el empresario asumir la titularidad a cambio de una compensación económica. Al empresario.

Laboratorios Colmat, SA tiene patentado en España y Portugal, entre otros países, un medicamento para la diabetes. En Portugal se comercializa a un precio menor que en España. Si un empresario adquiere lícitamente en Portugal los productos comercializados por laboratorios Colmat SA y los importa a España, Laboratorios Colmat, SA: Puede demandar a ese empresario por violación de su patente en España. No puede demandar a ese empresario porque se produce el denominado agotamiento comunitario de la patente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Con carácter general cabe afirmar que el derecho de patente: Es un derecho de contenido negativo ya que el titular de la patente tiene derecho a impedir a los terceros la explotación de la invención patentada sin su consentimiento. Significa que el titular de la patente tiene, en todo caso y en virtud de la titularidad misma, derecho a explotar la invención patentada. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Juan Sens del Mar ha ideado una silla ergonómica para peluquerías, novedosa y muy original. Ha decidido no proceder aún a registrar su novedoso diseño. En tal caso: Su diseño carece de toda protección al no haber procedido a su registro. Su diseño se beneficia del derecho a no ser copiado durante tres años si se cumplen los requisitos que el Reglamento europeo sobre la materia prevé para esta protección. Su diseño se beneficia del mismo derecho que si hubiera decidido registrarlo, aunque solo durante un año.

Si una patente tiene por objeto un procedimiento para la fabricación de productos o sustancias nuevos, en caso de litigio: Se presume, salvo prueba en contrario, que todo producto o sustancia de las mismas características ha sido obtenido por el procedimiento patentado y esa presunción se aplica, aunque el demandado no sea el fabricante. Rigen las reglas generales en materia de prueba de manera que no hay inversión de la carga de la misma. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Con la nueva Ley de Patentes del año 2015: Desaparece la protección en nuestro ordenamiento para los modelos de utilidad. Se mantiene el régimen de los modelos de utilidad y se han ampliado los productos sobre los que pueden recaer esas invenciones. Se mantiene el régimen de los modelos de utilidad de manera idéntica a la regulación previa a la nueva Ley.

D. Pedro Menar ha inventado en el último año un nuevo procedimiento para impermeabilizar la madera. Para tener un derecho exclusivo sobre ese invento y que tenga efecto en España, puede: Obtener el registro de un modelo de utilidad. Obtener una patente otorgada por la Oficina Europea de Patentes. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Las creaciones nuevas de forma: Pueden protegerse en nuestro país a través del denominado diseño industrial nacional o dibujos y modelos según el derecho de la Unión Europea. Carecen de protección específica debiendo buscarse una protección concreta a través de una marca o, en su caso, patente. Pueden protegerse únicamente como modelo de utilidad.

El otorgamiento de un derecho exclusivo de explotación es el medio de protección: De todos los bienes inmateriales. De las patentes y las marcas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Don Jaime Salt ha descubierto una nueva aplicación de un fármaco ya conocido. Esa nueva aplicación: Puede ser objeto de una patente. Puede ser objeto de un modelo de utilidad. No puede ser objeto ni de una patente ni de un modelo de utilidad.

Una marca comunitaria: Es aquella que otorga la Oficina Española de Patentes y Marcas y posteriormente es validada por la Oficina Comunitaria ubicada en Munich. Es una marca que otorga la OAMI con validez en toda la Unión Europea. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Teide, s.l. tiene registrada la marca Totto para distinguir los productos de marroquinería que comercializa. En tal situación, Teide, s.l.: Puede impedir que cualquier tercero utilice en el tráfico sin su consentimiento la marca Totto para cualquier clase de productos. Únicamente puede impedir que cualquier tercero utilice en el tráfico sin su consentimiento la marca Totto para productos de marroquinería o similares. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Para ejercitar la acción de nulidad de una marca por semejanza con otra anterior para los mismos productos está legitimada: Cualquier persona que invoque posibilidad de confusión de las marcas en el mercado. El titular de la marca prioritaria incompatible con la marca impugnada. La Oficina Española de Patentes y Marcas para salvaguardar, en interés de los consumidores, la transparencia en el mercado de bienes y servicios.

Las marcas comunitarias se registran: En la Oficina Europea de Patentes. En la Oficina de Armonización del Mercado Interior. En la Organización mundial de la propiedad Intelectual (OMP.

El conocimiento de las acciones por infracción o nulidad de marcas registradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas corresponde a: Los tribunales de lo mercantil. Los tribunales de lo mercantil de Alicante actuando como tribunales de marcas comunitarias. La Oficina Española de Patentes y Marcas.

Si la licencia de marca es exclusiva: El licenciante (titular de la marca no podrá otorgar otras licencias, pero sí podrá seguir utilizando su marca en el mismo ámbito geográfico para el que se ha otorgado la licencia. No podrá otorgar otras licencias y solo podrá seguir utilizando él mismo la marca en el ámbito geográfico para el que ha otorgado la licencia si se hubiera reservado expresamente ese derecho. No podrá seguir utilizando su marca en ningún caso.

Las marcas individuales: Solo pueden transmitirse con la empresa o con la rama de la empresa que comercializa los productos que distinguen en el mercado. Pueden transmitirse con independencia y autonomía de la empresa en cuyo patrimonio se integran. Solo pueden transmitirse previa autorización de la Oficina Española de Patentes y Marcas una vez comprobado que no hay riesgo de confusión para el consumidor.

El titular de una marca no registrada pero notoriamente conocida en España: Tiene derecho a prohibir que los terceros utilicen en el tráfico económico sin su consentimiento cualquier signo idéntico o semejante para productos idénticos o similares. No puede ejercitar ninguna acción por violación de marca mientras no registre la marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en la OAMI. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular- como creador y usuario -de una marca usada en España, pero no registrada: No tiene ninguna acción puesto que la ley de marca solo se la reconoce al titular de la marca no registrada si esta fuera notoria o renombrada en España. No tiene acción porque la ley no reconoce este derecho al usuario de una marca no registrada. Puede ejercitar la acción reivindicatoria frente a quien la registró a su nombre en fraude de su derecho o violando una obligación contractual.

En el procedimiento de registro de marcas, tanto comunitarias como nacionales: La Oficina- ya sea la OEPM o la OAMI- examina de oficio la posible incompatibilidad por semejanza capaz de inducir a confusión con marcas anteriores registradas a nombres de terceros (prohibiciones de registro relativa. La oficina no examina de oficio la incompatibilidad por semejanza capaz de inducir a confusión con marcas anteriores registradas, pero los terceros titulares de estas últimas pueden formular oposición a la concesión del registro de la marca una vez publicada la solicitud. La Oficina examina de oficio dicha incompatibilidad y además de ese control de legalidad previo, se da a los titulares de marcas anteriores la posibilidad de oponerse si la Oficina no hubiera detectado el parecido en el examen de oficio.

Quien pone la marca ajena en los productos y los introduce en el mercado sin autorización del titular de la misma: Siempre responde de los daños y perjuicios causados. Responde de los daños y perjuicios cuando ha sido advertido por el titular de la marca, de la existencia de ésta, convenientemente identificada, y de su violación, con el requerimiento de que cese en la misma, s1 persiste en su actuación infractora. Solo responde cuando la marca es notoria.

Para el ejercicio de acciones por violación de marcas nacionales son competentes en primera instancia. Los juzgados de lo mercantil. Los tribunales de marcas comunitarias. cualquiera de ellos a elección del demandante.

Si una persona solicita el registro de una marca confundible con otra ya registrada para la misma clase de productos: Se denegará el registro, ya que la Oficina Española de Patentes y Marcas examina de oficio si la marca solicitada incurre en alguna prohibición relativa de registro. Podrá registrarse si el titular de la marca anteriormente registrada no presenta oposición a dicho registro. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La utilización de una marca registrada por quien no es su titular, sin autorización del mismo: Es ilícita en todo caso. Es lícita si esa utilización es indispensable para indicar el destino de un producto o servicio y esa utilización se realiza conforme a las prácticas leales en materia industrial o comercial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una marca registrada para productos cosméticos: Puede prohibir en todo caso que los terceros utilicen sin su autorización dicha marca para cualquier clase de productos. Puede prohibir que los terceros utilicen sin su autorización dicha marca para cualquier clase de productos si la marca registrada es renombrada. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En nuestro derecho la adquisición del derecho de marca: Se obtiene por el registro, aunque el simple uso de la marca confiera ciertos derechos en determinadas situaciones. Se obtiene por el simple uso de la marca. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los Tribunales de lo mercantil tiene competencia para conocer: De las acciones relacionadas con la propiedad industrial. De las acciones relacionadas con cualquier contrato mercantil. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una marca registrada para productos informáticos que no es ni notoria ni renombrada: Puede impedir que un tercero utilice una marca confundible con la suya para distinguir bebidas. Puede impedir que un tercero utilice una marca confundible con la suya para productos informáticos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si el titular de una marca registrada no realiza actuación alguna cuando conoce un supuesto de violación de su derecho de marca por un tercero: Perderá su derecho a impedir la utilización de la marca por el tercero si sigue sin realizar ninguna actuación durante un plazo de cinco años. Siempre podrá impedir la utilización de la marca por un tercero sea cual sea el tiempo que transcurra desde que conoció la violación. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En materia de prohibiciones de registro de marca, la Ley de Marcas: Establece un régimen único para toda clase de prohibiciones. Establece un régimen distinto, según que se trate de prohibiciones absolutas o relativas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si una persona trata de registrar como marca sus apellidos: Tiene derecho en todo caso a su registro. No será posible el registro, si es incompatible con una marca ya registrada. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La falta de uso de una marca registrada: Puede llegar a sancionarse con la caducidad de la misma. No incide en la posición jurídica del titular de la marca. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Una marca comunitaria: Es aquella que otorga la Oficina Española de Patentes y Marcas y posteriormente es validada por la Oficina Comunitaria ubicada en Munich. Es una marca cuyo alcance puede limitarse geográficamente a varios Estados miembros. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el procedimiento de registro de marcas la Oficina Española de Patentes y Marcas: Examina de oficio si la marca que se pretende registrar es incompatible con otras ya registradas anteriormente, idénticas o parecidas para productos o servicios idénticos o similares. No examina en ningún caso las semejanzas o parecidos con otras ya registradas, siendo los tribunales quienes decidirán la incompatibilidad en caso de conflicto. Examina la incompatibilidad con marcas registradas anteriores solo en el caso de que el titular de estas últimas presente oposición en el curso del procedimiento.

Si el autor de una invención industrial la ha exhibido en una exposición oficial. Puede obtener la concesión de la patente para esa invención si la exhibición se hizo tres meses antes de la solicitud. Puede obtener la concesión de la patente para esa invención en cualquier caso porque la exhibición en exposiciones oficiales no destruye en ningún caso la novedad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si una persona le consulta sobre la posibilidad de registrar la marca " Trébol" para distinguir productos de limpieza , Vd. consideraría: Que esa palabra tiene un significado concreto, que pertenece al lenguaje común y es por ello inapropiable como marca, puesto que se trata de un signo genérico. Que esa palabra es perfectamente distintiva, y podrá registrarse si no hay otra marca inscrita igual o parecida registrada para distinguir productos idénticos o similares. Que la palabra trébol solo podrá registrarse si va unida a otro elemento gráfico que confiera a la marca distintividad como conjunto gráfico-denominativo.

Quien viola una patente fabricando el producto patentado sin consentimiento de su titular, responde de los daños y perjuicios causados: Únicamente si actuó con dolo. Únicamente si actuó con dolo o negligencia. En todo caso.

Intur, .s.l. comercializa sus productos de cosmética con la marca "Gaxo" debidamente registrada. La marca no es renombrada ni notoria. Teniendo en cuenta estos datos, Intur, s.l.: Puede impedir que€ un tercero utilice la misma marca para comercializar cualquier tipo de productos. Puede impedir que un tercero utilice la misma marca para comercializar electrodomésticos. Solamente puede impedir que un tercero utilice la misma marca para comercializar productos cosméticos o similares.

Una marca registrada puede caducar: Únicamente por falta de uso. Únicamente por la falta de renovación. Tanto por falta de uso como por la falta de renovación.

El término "botón": Puede registrarse como marca para distinguir botones. Puede registrarse como marca para distinguir zapatos infantiles. No puede registrarse como marca para ningún tipo de producto o servicio por ser un término genérico.

Si Sofitel. s.l. VIene utilizando una marca en España para productos de lencería, que es notoriamente conocida en nuestro país, pero no la ha registrado, y un tercero solicita la concesión de esa marca, Sofitel s.l.: No tiene ningún derecho a oponerse a la concesión de esa marca en ningún caso. Tiene derecho a oponerse a la concesión de esa marca para productos de lencería o similares. Tiene derecho a oponerse a la concesión de esa marca para cualquier clase de productos.

Si se solicita una marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, esta oficina: Examina de oficio si la marca viola las prohibiciones absolutas y relativas establecidas en la ley. Examina de oficio únicamente si la marca viola las prohibiciones absolutas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un envase original de un producto: Puede protegerse como marca tridimensional. No puede protegerse como marca, porque la Ley de Marcas no admite las marcas tridimensionales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Luciano Aba tiene registrada la marca "Aba" para las galletas que fabrica. Un competidor viene utilizando la marca "Abba" para galletas dese hace más de cinco años, con conocimiento de D. Luciano y sin que éste haya realizado ninguna gestión al respecto. En tal situación: Puede impedir en cualquier momento que dicho tercero siga utilizando esa marca, por ser confundible con la suya. No puede impedir que dicho tercero utilice esa marca al haber tolerado su uso durante más de cinco años consecutivos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La marca comunitaria: Se otorga por la Oficina Española de Patentes y Marcas. Se otorga por la Oficina de Armonización del Mercado Interior. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La falta de uso de una marca registrada: Puede llegar a sancionarse con la caducidad de la misma. No incide en la posición jurídica del titular de la marca. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El derecho exclusivo sobre una marca puede obtenerse: En aplicación de un Reglamento de la Unión Europea. En aplicación de lo dispuesto en el Código sobre bienes inmateriales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La marca: Sólo puede transmitirse con la transmisión total de la empresa. Puede transmitirse con independencia de la transmisión total o parcial de la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Indique cuál de estos supuestos supone una violación del derecho de marca: Incluir una marca renombrada en una enciclopedia. Suprimir la marca de un producto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una marca registrada en España para bebidas tiene derecho: A impedir la importación de las bebidas del mismo tipo que las que distingue su marca. A impedir que un tercero comercialice con su marca las bebidas que dicho tercero elabora. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con la posibilidad de registrar la marca "Trébol" para productos de limpieza seria correcto afirmar: Que esa palabra tiene un significado concreto, que pertenece al lenguaje común y es por ello inapropiable como marca, puesto que se trata de un signo genérico. Que esa palabra es perfectamente distintiva, y podrá registrarse si no hay otra marca inscrita igual o parecida registrada para distinguir productos idénticos o similares. Que la palabra trébol solo podrá registrarse si va unida a otro elemento gráfico que confiera a la marca distintividad como conjunto gráfico-denominativo.

En el procedimiento de registro de marcas, la Oficina Española de Patentes y Marcas: Examina de oficio si la marca que se pretende registrar es incompatible con otras ya registradas anteriormente, idénticas o parecidas para productos o servicios idénticos o similares. No examina en ningún caso las semejanzas o parecidos con otras ya registradas, siendo los tribunales quienes decidirán la incompatibilidad en caso de conflicto. Examina la incompatibilidad con marcas registradas anteriores solo en el caso de que el titular de estas últimas presente oposición en el curso del procedimiento.

El hecho de que el titular de una marca registrada no la utilice sin causa justificada durante más de cinco años: Puede determinar que se declare la nulidad de la marca. Puede determinar que se declare la caducidad de la marca. Carece de relevancia jurídica.

Según la Ley de Marcas, el titular de una marca registrada tiene derecho a impedir que un tercero utilice esa marca o una confundible con ella: Para cualquier clase de productos o servicios si la marca registrada es renombrada. Para cualquier clase de productos o servicios aunque la marca no sea renombrada. Solo para productos o servicios idénticos o similares tanto si la marca es renombrada como si no lo es.

La incompatibilidad entre dos marcas españolas, registradas en la OEPM, que no sean notorias ni renombradas: Es obvia cuando son idénticos los signos y distinguen productos o servicios igualmente idénticos. Es automática cuando los signos son idénticos, aunque los productos o servicios que distingan sean totalmente diferentes. Es automática cuando los productos o servicios sean idénticos, aunque los signos sean totalmente diferentes.

En el procedimiento de concesión de marcas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas: Se examina de oficio si la solicitud incurre tanto en alguna prohibición absoluta o como relativa. Se examina de oficio si la solicitud incurre tanto en alguna prohibición absoluta o como relativa. No se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición.

Indique cuál de estos supuestos supone una violación del derecho de marca: Incluir una marca renombrada en una enciclopedia. Suprimir la marca de un producto. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La marca: Sólo puede transmitirse con la transmisión total de la empresa. Puede transmitirse con independencia de la transmisión total o parcial de la empresa. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Sobre el titular de una marca registrada: Pesa, entre otras, la carga de proceder a la renovación de la marca cada diez años. Pesa únicamente la carga de usarla. No pesa ninguna carga.

La denominación "foulard" que se ha convertido en habitual para designar un tipo de pañuelo: Puede ser inscrita como marca para distinguir pañuelos. Puede ser inscrita como marca para distinguir zapatos de señora. Puede ser inscrita como marca tanto para distinguir pañuelos como zapatos.

Para el ejercicio de acciones por violación de marcas nacionales son competentes en primera instancia: Los Juzgados de lo mercantil. Exclusivamente los tribunales de marcas comunitarias. Cualquiera de los dos tribunales enunciados en las respuestas anteriores, a elección del demandante.

El titular de una marca no registrada notoriamente conocida en España: Tiene derecho a prohibir que los terceros utilicen en el tráfico económico sin su consentimiento cualquier signo idéntico o semejante para productos idénticos o similares. Carece de acciones hasta tanto no proceda al registro de la marca bien en la Oficina Española de patentes y Marcas bien en la Oficina de la Unión Europea. No puede oponerse al registro de una marca igual o semejante para productos idénticos o similares mientras no la tenga registrada.

Si un signo utilizado como marca induce a error sobre la procedencia geográfica del producto, en tal caso: Infringe una prohibición absoluta de la Ley de Marcas. Infringe una prohibición relativa de la Ley de Marcas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según la Ley de Marcas: Pueden existir marcas sonoras. Sólo pueden existir marcas denominativas combinadas o no con dibujos. Se prohíben las marcas tridimensionales.

En el procedimiento de concesión de marcas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas: Se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición absoluta o relativa. Se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición absoluta/. No se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición€.

Los signos que constituyen marcas: Han de ser palabras, letras, cifras y sus combinaciones. Han de ser palabras o combinación de ellas con una Imagen. Pueden ser formas tridimensionales como un envase, por ejemplo.

El titular de una marca inscrita anterior que haya tolerado el uso de una marca posterior confundible con la suya: No podrá solicitar la nulidad de la marca posterior si han transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento del referido uso. Podrá solicitar la nulidad de la marca posterior, aunque hayan transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento de dicho uso. Podrá impedir el uso de la marca posterior, aunque hayan transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento de dicho uso.

La utilización de una marca registrada por quien no es su titular, sin autorización del mismo: Es ilícita en todo caso. Es lícita si esa utilización es indispensable para indicar el destino de un producto o servicio y esa utilización se realiza conforme a las prácticas leales en materia industrial o comercial. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La falta de uso de una marca registrada: Puede llegar a sancionarse con la caducidad de la misma. Carece de consideración por parte de la Ley de Marcas. No incide en la posición jurídica del titular de la marca.

Las marcas: A diferencia de las patentes poseen una vida legal indefinida si se renuevan cada diez años cumpliendo las previsiones legales. Al igual que el diseño industrial duran como máximo veinticinco años. Tienen una duración de diez años y, cumplida esa fecha, caducan sin posibilidad de renovación.

En el caso de la violación por un tercero del derecho de marca, el titular: Puede solicitar la cesación de la actuación y que se retiren del tráfico los productos en que se haya concretado la violación del derecho de marca. Carece de la posibilidad de solicitar la destrucción o cesión con fines humanitarios de los productos ilícitamente identificados con la marca. Carece de la posibilidad de solicitar la publicación de la sentencia condenatoria.

Una marca de la Unión Europea otorga a su titular el derecho exclusivo sobre el signo protegido: En los países de la Unión Europea que el titular designe en su solicitud. En la totalidad del territorio de la Unión Europea. En los países de la Unión Europea que hayan ratificado el Reglamento de la Marca de la Unión Europea mediante su publicación en los respectivos Boletines internos de cada Estado miembro.

El titular de una marca registrada para zapatos de niños puede ejercitar una acción por violación de su marca: Si un tercero suprime dicha marca de los zapatos de niños fabricados por el titular de la marca. Únicamente si un tercero utiliza esa misma marca para comercializar otro tipo de zapatos de niños. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El titular de una marca registrada para un bolígrafo-pluma puede impedir que un tercero utilice su marca en cualquier clase de productos: Con carácter general. Si se trata de una marca renombrada. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El gerente de la empresa dedicada a la venta de ropa deportiva "Cien Millas", conocido como tal por una publicidad exclusivamente de hecho: Tiene la consideración de empresario. Tiene la consideración de factor notorio. Tendría la consideración de factor únicamente si tiene poderes de actuación inscritos en el Registro Mercantil.

D. Ángel Josel, gerente de la empresa "Ordeplus del Norte, s.l.", dedicada a la venta de material informático, es conocido como tal por una publicidad exclusivamente de hecho. El Sr. Josel tiene la consideración de: Empresario individual. Factor notorio. Factor notorio únicamente si tiene poderes de actuación inscritos en el Registro Mercantil.

El principio de libertad de empresa: Se reconoce en la Constitución Española, en el marco de una economía de mercado regida por el principio de libre competencia. Se reconoce únicamente en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Carece de reconocimiento en el ordenamiento español.

De la calificación del registrador de los documentos presentados a inscripción en el Registro Mercantil cabe afirmar: Que si se procede a la inscripción, se presume que el acto inscrito es exacto y válido mientras no se declare su invalidez por una resolución judicial. Que la calificación de ser negativa (denegación de la inscripción, ha de serlo en la totalidad del acto que se pretende inscribir. Que no se ha previsto un plazo expreso en el que el registrador ha de emitir la calificación.

D. Ernesto, empresario dedicado a la actividad de trituración y tratamiento de plásticos, no está inscrito en el Registro Mercantil. En tal caso: D. Ernesto no tendrá la condición de empresario. D. Ernesto no podrá inscribir en el Registro Mercantil ningún documento relativo a su empresa. A D. Ernesto se le impondrá una multa pecuniaria por parte del Registro Mercantil por la falta de inscripción.

Para la constitución de una nueva sociedad con una denominación determinada, el interesado: Habrá de obtener un certificado del Registro Mercantil Central referido a la disponibilidad de dicha denominación. Habrá de obtener un certificado del Registro Mercantil territorial del domicilio proyectado para la sociedad y referido a la disponibilidad de dicha denominación. Habrá de obtener, además de un certificado del Registro Mercantil que corresponda, el certificado de ausencia de incompatibilidad con un signo distintivo precedente expedido por el registro de signos distintivos.

En relación con la Auditoría de Cuentas cabe afirmar que: Todos los empresarios han de someter sus cuentas anuales a auditoría externa. La actividad de auditoría de cuentas solo puede realizarse por las personas, físicas o jurídicas, que figuren inscritas en el Registro Oficial de Auditores de cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Registro Mercantil Central: Se ocupa de la asignación de las denominaciones sociales a las nuevas sociedades. Se ocupa de resolver las controversias que surjan entre las denominaciones sociales y los signos distintivos cuando exista riesgo de confusión entre ambos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El Registro Mercantil Central: Se encarga de la publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil y de la expedición de certificaciones relativas a las denominaciones de las sociedades. Resuelve los conflictos en materia de colisión de denominaciones de sociedades y marcas registradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Se encarga de distribuir entre los Registros territoriales las sociedades cuyos datos han de albergar éstos.

Con carácter general, en los Registros Mercantiles territoriales son inscribibles: Los empresarios individuales y sociales, así como determinados actos y contratos de los mismos que establezca la Ley. Únicamente los empresarios sociales y sus actos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

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