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DERECHO MERCANTIL I (UNED)

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Título del Test:
DERECHO MERCANTIL I (UNED)

Descripción:
EXAMEN 2016 1ºPP SEPTIEMBRE TIPO A

Fecha de Creación: 2018/12/09

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20

Valoración:(10)
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Temario:

Según el Código de Comercio, son actos de comercio: Los comprendidos en dicho Código y cualesquiera otros de naturaleza análoga. Solo los regulados actualmente en el Libro II del Código de Comercio. Todos los celebrados por un comerciante.

El principio de libertad de empresa: Se reconoce en la Constitución Española, en el marco de una economía de mercado regida por el principio de libre competencia. Se reconoce únicamente en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Carece de reconocimiento en el ordenamiento español.

Los Tribunales de lo Mercantil: Unicamente pueden aplicar Derecho interno español. Tienen competencia para todas las acciones relativas a los contratos de distribución. Tienen competencia para todas las acciones relativas a los contratos de distribución.

Los Reglamentos comunitarios se publican: Tanto en el Diario Oficial de la Unión Europea como en el Boletín Oficial del Estado. Unicamente en el Boletín Oficial de cada país miembro de la Unión Europea. Unicamentc en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Las normas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los Reglamentos comunitarios relativos a la protección de la libre competencia: Son directamente aplicables por los tribunales ordinarios españoles. Han de ser aplicados únicamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Requieren en todo caso de desarrollo legislativo posterior para ser susceptibles de aplicación por cualquier tribunal, sea español o europeo.

La competencia para legislar sobre propiedad Industrial y sobre las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, según nuestra Constitución: Corresponde en exclusiva a las Comunidades Autónomas. Corresponde en exclusiva al Estado. Es compartida entre el Estado y todas las Comunidades Autónomas.

Según nuestro Derecho tiene la consideración de empresario: El factor o gerente de cualquier sociedad. Los socios de una sociedad de responsabilidad limitada por el mero hecho de ser socios. Una sociedad anónima.

Son títulos-valores: acciones y las obligaciones emitidas por las sociedades anónimas. Todos los créditos que un operador pueda tener frente a terceros. Unicamente la letra de cambio y el cheque.

A los contratos electrónicos les resulta de aplicación: Lo dispuesto en el Código Civil o en el Código de comercio por lo que respecta a su validez y eficacia, en tanto que están sujetos a las normas generales que rigen los contratos en el ordenamiento español. Unicamente la Ley de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. Unicamente una Directiva comunitaria que no ha sido incorporada aún al ordenamiento español.

La empresa para ell Derecho Mercantil: Es sinónimo de empresario a todos los efectos. Se entiende como el conjunto organizado de elementos destinados a la producción de bienes o servicios para el mercado. Es sinónimo de operador económico a todos los efectos.

Del empresario cabe afirmar con carácter general que: Es la persona con capacidad jurídica en cuyo nombre se realiza la actividad empresarial. Tiene la responsabilidad frente a terceros limitada únicamente a los bienes y derechos integrados en su empresa. Está prohibido que un mismo empresario sea titular de varias empresas a la vez.

Las mercaderías: Son bienes muebles. Son bienes inmateriales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los acuerdos restrictivos de la competencia que sean de menor importancia (de minimis): Reciben distinta regulación en Derecho comunitario europeo y en Derecho español, ya que en el primero no se excluyen directamente de la prohibición y en el segundo sí. Carecen de regulación específica tanto en Derecho comunitario europeo como en Derecho español. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En relación con la prohibición de abuso de posición dominante en el mercado cabe afirmar que: La posición dominante puede corresponder a una empresa sólo o a varias empresa distintas. Resulta indiferente si ha existido o no una explotación abusiva de la posición dominante. Resulta indiferente la delimitación del mercado relevante.

Los actos de competencia desleal que falseen gravemente la competencia: Están prohibidos en la Ley de Defensa de la Competencia cuando la distorsión afecte al interés público. Carecen de regulación en la Ley de Defensa de la Competencia como supuesto de falseamiento de la libre competencia. Únicamente están regulados en la normativa europea.

La caducidad de la patente: Opera con carácter retroactivo y produce el efecto de considerar que la patente no tuvo nunca validez. No opera con carácter retroactivo y se considera que la patente ha tenido una vigencia efectiva hasta el momento en que se produjeron los hechos u omisiones que dieron lugar a la caducidad. Las dos respuestas anteriores.

La incompatibilidad entre dos marcas españolas, registradas en la OEPM, que no sean notorias ni renombradas: Es obvia cuando son idénticos los signos y distinguen productos o servicios igualmente idénticos. Es automática cuando los signos son idénticos, aunque los productos o servicios que distingan sean totalmente diferentes. Es automática cuando los productos o servicios sean idénticos, aunque los signos sean totalmente diferentes.

D. Ernesto Mempet, ingeniero industrial y biólogo, ha inventado un procedimiento de tratamiento de residuos de plástico más eficiente que los actualmente conocidos. El Sr. Mempet: Tiene atribuido un derecho de explotación exclusiva del procedimiento por el mero hecho de haber logrado la invención en sí sin que sea preciso su registro. Tiene atribuido un derecho de explotación como modelo de utilidad sin que sea preciso su registro. Tendrá un derecho de explotación exclusiva del procedimiento si solicita y obtiene una patente.

En aplicación del Convenio sobre la patente europea: Se puede presentar una única solicitud de patente para obtener la protección de la patente en varios países comunitarios. Se puede presentar una única solicitud de patente para obtener una patente única cuyo ámbito de aplicación se extiende a toda la Unión Europea. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el procedimiento de concesión de marcas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas: Se examina de oficio si la solicitud incurre tanto en alguna prohibición absoluta o como relativa. Se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición absoluta. No se examina de oficio si la solicitud incurre en alguna prohibición.

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