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Derecho Mercantil II – Segundo Parcial – 1º test

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Título del Test:
Derecho Mercantil II – Segundo Parcial – 1º test

Descripción:
Derecho Mercantil II – Segundo Parcial – 1º Test

Fecha de Creación: 2018/03/18

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20

Valoración:(13)
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La llamada incorporación del derecho al título como característica de los títulos valores, determina que: La pérdida del documento o su sustracción suponga la pérdida del derecho en él incorporado. La transmisión del documento sea necesaria para la transmisión del derecho y su entrega sea necesaria también para exigir el derecho incorporado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La nota de la legitimación por la posesión en los títulos valores: Funciona tanto en su aspecto activo en beneficio del acreedor de derecho, como en su aspecto positivo en beneficio del deudor. Funciona plenamente incluso si quien tiene la posesión del título no es su poseedor legítimo. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Del derecho incorporado a un título puede decirse que: Es siempre un derecho abstracto, no tiene causa. Es un derecho que nace de una relación jurídica previa a la emisión del título y que queda sometido simultáneamente a los efectos de la relación causal y a los que nacen de la emisión del título. Es un derecho que nace de una relación causal previa, cuyos efectos quedan en suspenso con la emisión del título.

La circulación irregular de un título-valor: Es aquella en la que la transmisión del título-valor no responde a un negocio traslativo válido. Es aquella en la que la normativa reguladora de los título-valores no resulta de aplicación, pasando a regularse la transmisión por las normas generales de la cesión de créditos. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De los llamados títulos de tradición como títulos-valores cabe decir que: Incorporan el derecho a obtener la restitución de los bienes materiales en ellos indicados. La tenencia del título-valor supone la posesión mediata de las mercancías que representan. Las dos respuestas anteriores son correctas.

El pagaré es: Un título de pago. Un mandato de pago. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El pagaré puede emitirse: A la orden o nominativamente. Sólo a la orden. Nominativamente, a la orden o al portador.

Respecto de los elementos personales del pagaré cabe decir que: El firmante del pagaré asume la posición del librados de la letra de cambio. El beneficio del pagaré no puede asumir en ningún momento obligación cambiaria alguna. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Se consideran pagarés y disfrutan de las ventajas del título cambiario: Sólo los que figuren en el modelo normalizado aprobado por el Consejo Superior Bancario. Cualquier documento en el que el firmante asuma una obligación de pago. Cualquier documento que reúna los requisitos establecidos para el pagaré en la Ley cambiaria y del cheque.

A través del endoso en garantía del pagaré: El endosable no transmite la propiedad del título al endosatario. El endosatario no se verá afectado por las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La letra de cambio: Es un mandato de pago. A diferencia del pagaré no deberá completarse en un documento oficial. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Comparando la letra de cambio con el pagaré puede decirse que. El librador de la letra equivale al firmante del pagaré. El firmante del pagaré equivale al librado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el cheque del banco librado: Se obliga cambiariamente si confirma el cheque. No asume nunca una obligación cambiaria de pago. Como librado asume siempre la obligación cambiaria de pagar el cheque.

Sobre la revocabilidad del cheque cabe decir que: El cheque una vez emitido es irrevocable. El librado no puede revocar el mandato de pago mientras no transcurra el plazo de prestación del cheque. Si no hay revocación, el banco puede pagar el cheque aún después de la expiración del plazo de presentación si tiene fondos para ello.

Del aval del cheque cabe decir que: Es nulo si no se indica a quien se avala. A falta de indicación de la persona avalada se entenderá hecho el aval a favor del librador. A falta de indicación de la persona avalada se entenderá hecho el aval a favor del librado.

Sobre el pago del cheque cabe decir que: No permite el pago parcial del cheque. sólo se admite el pago parcial del cheque si el portador lo acepta. El portador del cheque está obligado a admitir su pago parcial.

La función principal del concurso de acreedores es. La reorganización de la empresa en crisis. La satisfacción de los acreedores del deudor concursado. La satisfacción de los deudores del deudor concursado.

La Ley Concursal establece como regla general que para solicitar la declaración de concurso están legitimados: El deudor y cualquiera de sus acreedores. El deudor, cualquiera de sus acreedores y el Ministerio Fiscal. El deudor, cualquiera de sus acreedores y cualquiera de sus socios si el deudor es una sociedad mercantil.

Los socios que sean personalmente responsables de las deudas de la sociedad: Se entienden declarados automáticamente en concurso al declararse el concurso de la sociedad a la que pertenecen. Están legitimados para solicitar el concurso necesario de la sociedad a la que pertenecen. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La insolvencia como presupuesto objetivo del concurso se define legalmente como: El estado en que se encuentra el deudor que no puede cumplir sus obligaciones por insuficiencia patrimonial, no por mera falta de liquidez. El estado en que se encuentra el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. El estado en que se encuentra el deudor que ha incumplido sus obligaciones ya vencidas.

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