Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDERECHO MERCANTIL II Sept. Reserv. 2017 Mod. F

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
DERECHO MERCANTIL II Sept. Reserv. 2017 Mod. F

Descripción:
Derecho Mercantil II Septiembre Reserv. 2017 Mod. F

Autor:
Sergiokuest
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
25/07/2019

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
1º) Una sociedad comanditaria por acciones se califica como sociedad mercantil: a.- Siempre y en cualquier caso. b.- Únicamente cuando su objeto social pueda calificarse como mercantil. b.- Únicamente cuando su objeto social pueda calificarse como mercantil.
2º) En una sociedad de capital en formación, por los actos celebrados en nombre de la sociedad por sus administradores y dentro de las facultades que les confirió la escritura de constitución, serán responsables: a.- Los administradores que los llevaron a cabo. b.- La propia sociedad con cargo a su patrimonio. c.- Esos actos serán nulos pues la sociedad no ha sido inscrita y, por lo tanto, no ha cerrado su proceso fundacional.
3º) Como consecuencia del procedimiento judicial que se siguiera, se ha declarado que la denominación de una sociedad está sujeta a riesgo de confusión respecto de una marca renombrada y preexistente. En tal caso: a.- La sociedad será declarada nula. b.- La sociedad deberá disolverse de modo inmediato y, en todo caso, antes de transcurra el plazo de un año a contar desde la fecha de tal sentencia. c.- La sociedad dispondrá del plazo de un año a contar desde la fecha de tal sentencia para modificar su denominación, y quedará disuelta de pleno derecho si transcurrido ese plazo no lo hiciera.
4º) En la constitución de una sociedad de capital uno de los socios aportó un derecho de crédito frente a tercero. En tal caso, y respecto de tal aportación, el socio que la hiciera será responsable: a.- De la existencia y legitimidad del crédito pero no de la solvencia del deudor del crédito cedido b.- De la existencia y legitimidad del crédito así como de la solvencia del deudor del crédito cedido. c.- El socio en tales circunstancias no asumirá responsabilidad alguna.
5º) La suma de los nominales de todas las acciones es igual: a.- A la cifra del capital social. b.- A la cifra del patrimonio social. c.- A la diferencia entre el capital social y el patrimonio social.
6º) En los estatutos se pactó un quórum reforzado para adoptar determinados acuerdos sociales, de manera que su adopción en la junta general requería el voto favorable de, al menos, un numero de socios que representen un cincuenta por ciento de la cifra del capital y supongan, además, un numero de personas no inferior a tres. Esta cláusula estatuaria: a.- No está permitida en las sociedades de capital. b.- No está permitida en la sociedad anónima pero sí es lícita en la sociedad de responsabilidad limitada. c.- Es admisible en cualquier sociedad de capital.
7º) Con la finalidad de favorecer la financiación de una sociedad de responsabilidad limitada, su junta general adoptó una modificación de los estatutos sociales por la que se declaraba la libre transmisibilidad de las participaciones en que se divide el capital. Este acuerdo de modificación de los estatutos sociales: a.- Es impugnable judicialmente. b.- Es válido pero no será posible su inscripción registral. c.- Es válido y cabe su inscripción registral.
8º) Una compraventa de acciones giradas al portador emitidas por una sociedad no cotizada, requiere para su validez: a.- La tradición de los títulos formalización en documento privado compraventa. b.- La tradición de los títulos y la formalización en escritura de la compraventa. c.- Está prohibida la emisión de acciones al portador salvo que la sociedad emisora cotice en Bolsa.
9º) Constituido un usufructo sobre acciones emitidas por una sociedad anónima: a.- Salvo pacto estatutario, corresponderá el derecho de voto al nudo propietario y el derecho al dividendo al usufructuario. b.- Salvo pacto estatutario, corresponderá el derecho de voto al usufructuario y el derecho al dividendo al nudo propietario. c.- Salvo pacto estatutario, siempre corresponderá tanto el derecho de voto como el derecho al dividendo al usufructuario.
10º) Un socio que titula más del cincuenta por ciento del capital está interesado en que la sociedad celebre una junta general a fin de separar a los actuales administradores y poder nombrar otros de su confianza, sin necesidad de esperar a la convocatoria de la próxima junta general ordinaria. En tales circunstancias: a.- El socio podrá solicitar la convocatoria de la junta por el secretario judicial o el registrador mercantil. b.- El socio podrá solicitar la convocatoria de la junta por el secretario judicial o el registrador mercantil, si previamente hubiera requerido notarialmente esa convocatoria a los administradores sociales y éstos no la hubieran efectuado en el plazo de dos meses. c.- El socio podrá directamente convocar la junta general dado el cociente de capital que titula.
11º) Ante la falta de previsión de los estatutos sociales, la junta general de una sociedad de capital no cotizada adoptó el acuerdo de retribuir a sus administradores con el pago de una cantidad fija mensual. Tal acuerdo: a.- Es impugnable judicialmente. b.- Es lícito en cualquier caso. c.- Es lícito siempre que la cantidad fijada no supere el diez por ciento del beneficio repartible del ejercicio.
12º) Dª. Marta Burete fue nombrada administradora de una sociedad anónima y por el plazo de cuatro años que marcan los estatutos sociales. Sin embargo, apenas transcurridos unos meses, la Junta General acordó su separación. En estas circunstancias: a.- El acuerdo de la junta general es impugnable pues se opone a los estatutos sociales. b.- El acuerdo de la junta general no podrá ser impugnado pues supone una modificación implícita de los estatutos sociales. c.- El acuerdo es conforme a Derecho.
13º) En una sociedad de capital, el administrador único es una persona jurídica que designó una persona física para actuar sus tareas como tal administrador social. Como consecuencia del ejercicio de la pertinente acción, se ha dictado sentencia condenando al administrador a resarcir, mediante la oportuna indemnización, el daño causado a la sociedad. ¿Quién estará obligado a satisfacer tal cantidad dineraria? a.- La persona jurídica administradora. b.- La persona física representante de la persona jurídica administradora. c.- La persona física representante y la persona jurídica administradora serán responsables solidarios.
14º) La verificación contable o auditoría: a.- Se impone a toda sociedad de capital b.- Se impone a toda sociedad de capital siempre y cuando no pudiera formular balance abreviado. c.- Solo se impone a aquellas sociedades de capital que coticen en Bolsa.
15º) Como resultado de una ampliación de capital de carácter nominal o contable, el patrimonio social, en relación con la situación precedente, será: a.- Mayor. b.- Menor. c.- Igual.
16º) La junta general de una sociedad anónima ha acordado reducir su cifra de capital por causa de pérdidas, a fin de adecuar aquella cifra con la de patrimonio. En este caso, los acreedores sociales: a.- Podrán acudir al ejercicio de un derecho de oposición. b.- Podrán acudir al ejercicio de un derecho de oposición siempre que su crédito no estuviere garantizado y no hubiere vencido. c.- Los acreedores no podrán ejercitar un derecho de oposición.
17º) Tras la satisfacción de todos los créditos vencidos hasta la fecha, los administradores sociales han verificado que la sociedad ha incurrido en pérdidas que han dejado reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. La sociedad no espera próximos vencimientos de deuda pese a su delicada situación patrimonial. En tales circunstancias, los administradores deberán: a.- Convocar la junta general para que ésta acuerde la disolución social o, bien, una ampliación o reducción de la cifra del capital social. b.- Solicitar en el Juzgado competente la declaración de concurso de la sociedad. c.- No es necesaria ninguna actuación por parte de los administradores, en tanto en cuanto no se produzcan nuevos vencimientos de deuda.
18º) Como consecuencia del cierre de su proceso de liquidación, se canceló la inscripción registral de una sociedad de capital. Al cabo de un año se ha constatado la existencia de un pasivo sobrevenido. En tales circunstancias, serán responsables de la satisfacción de ese pasivo: a.- Los administradores sociales. b.- Los liquidadores sociales. c.- Los socios hasta el límite de lo que hubieran percibido como cuota de liquidación.
19º) Los efectos propios de la fusión (p. ej. la extinción de, al menos, una sociedad partícipe, transmisión en bloque del patrimonio, etc.) se darán con: a.- La aprobación del acuerdo de fusión. b.- La formalización en escritura pública del acuerdo de fusión. c.- La inscripción registral del acuerdo de fusión.
20º) La legitimación activa para impugnar un acuerdo de la junta general contrario al orden público se atribuye a: a.- Los administradores sociales, los terceros que acreditaran interés legítimo y los socios que hubieran adquirido tal condición antes de la adopción del acuerdo y titularan, individualmente o conjuntamente, al menos e uno por ciento del capital social. b.- Los administradores sociales, los terceros que acreditaran interés legítimo y los socios con independencia del capital que titularan y la fecha en que hubieran adquirido tal condición. c.- Solo al Ministerio Fiscal, dado la contravención del orden público que encierra el acuerdo.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso