Derecho Penal 1. Tema 7. Primer parcial.
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Título del Test:![]() Derecho Penal 1. Tema 7. Primer parcial. Descripción: Derecho penal. |




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En el delito de injurias del art. 208 CP se hace referencia a la lesión de la dignidad de otra persona. Estamos ante: Un elementos subjetivo del tipo. Un elemento normativo o valorativo del tipo. Un elemento de la punibilidad. Una agravante. Según la formula de la Condictio sine qua non: Existe relación de causalidad cuando el resultado es objetivamente previsible. Toda resultado es casual, sin que existan relaciones de causalidad. La causalidad es un elemento imprescindible de los delitos de emisión. Causa es toda condición de la que no puede hacerse abstracción sin que deje de producirse el resultado. A la teoría. que considera que todas las condiciones que concurren en la producción de un resultado son causa del mismo se la denomina: Teoría de la adecuación. Teoría de la relevancia. Teoría de la causación. Teoría de la equivalencia de las condiciones. ¿Cuál es la idea básica de la teoría de la equivalencia de las condiciones?. Que solo una de las condiciones es la verdadera causa. Que no puede distinguirse entre causa y condiciones. Que todas las causas son equivalentes causalmente. Que solo la condición causal produce el resultado. ¿Qué teoría suele considerarse la mas adecuada para establecer la relación de causalidad entre una acción y un resultado?. La teoría de la equivalencia de las condiciones. La teoría de la imputación objetiva. Las teorías individualizadoras. Todas son correctas. Si de todos los factores que concurren a la producción del resultado eliminamos mentalmente uno, de forma que el resultado no deja de producirse, ¿podríamos afirmar la existencia de causalidad según al teoría de la equivalencia de las condiciones?. Si, pues no hay distinción entre causa y condición, por lo que da lo mismo que el resultado deje de producirse. No, pues si el resultado se produce pese a que hemos eliminado un elemento, dicho elemento no estaba causalmente conectado con el resultado. Solo si la no producción del resultado era objetivamente previsible. Siempre y en todo caso. La teoría de la equivalencia de las condiciones o de la conditio sine qua non: Establece que todo comportamiento es causa de un resultado si suprimido mentalmente no hace desaparecer dicho resultado tal y como en concreto se produjo. Establece que todo comportamiento es causa de un resultado si suprimido mentalmente hace desaparecer dicho resultado tal y como en concreto se produjo. Corrige los excesos de la teoría de la imputación objetiva. Ninguna es correcta. La teoría de la equivalencia de las condiciones como método para la averiguación de los nexos causales ha sido criticada principalmente por: Su carácter normativa. Carecer de base científica. La excesiva amplitud del tipo a que da lugar si se aplica sin mayor acotación. Llegar a las mismas conclusiones que las teorías de la imputación objetiva. Para producir la muerte de Pablo, Carlos le sirve un suculento plato de setas venenosas. Sin embargo, antes de que el veneno surta efecto, una bomba colocada por Hans estalla en el restaurante y produce la muerte de Pablo. ¿Sería Carlos responsable de la muerte?. Si, pues había realizado los actos ejecutivos oportunos y se ha producido el resultado. No, pues la explosión de la bomba interrumpe la relación de causalidad iniciada por Carlos. Si, pues aunque el resultado se produce de forma distinta a como había planeado, se trataría de una desviación irrelevante del curso causal. No, pues Pablo podría ser inmune al veneno, por lo que su acción no sería peligrosa. La teoría de la equivalencia de las condiciones es: Un criterio de imputación subjetiva. Una causa de justificación. Un criterio de imputación objetiva. Una teoría de la causalidad. |