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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho penal

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Título del test:
Derecho penal

Descripción:
tema dos

Autor:
Simita
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Fecha de Creación:
18/10/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 36
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Temario:
La opinion mayoritaria de nuestro pais, entre los penalistas y los administtrativistas, de que entre el ilicito penal y el administrativo no hay diferencias cualitativas sino unicamente cuantitativas de gravedad sino unicamente especificativas de gravedad sino unicamente determinativas de gravedad.
El Derecho penal se ocupa solo de los atentados mas graves contra los bienes juridicos mas importantes, debiendo quedar el resto de los ilicitos a otros sectores del ordenamiento se ocupa solo de los tipos de conductas tipificados por ley se ocupa solo de los atentados leves contra los bienes juridicos mas importantes, debiendo quedar el resto de los ilicitos a otros sectores del ordenamiento.
La reforma del CP operada por la LO 1/2015 ha eliminado el libro relativo a las faltas, decision que rompe con nuestra tradicion historica y no soluciona el problema de la mayor frexibilidad de un sistema con menores garantias (la lentitud de la sancion) ha incluido el libro relativo a las faltas, decision que rompe con nuestra tradicion historica y no soluciona el problema de la mayor frexibilidad de un sistema con menores garantias (la lentitud de la sancion) ha eliminado parte del libro relativo a las faltas, decision que rompe con nuestra tradicion historica y no soluciona el problema de la mayor frexibilidad de un sistema con menores garantias (la lentitud de la sancion).
En los ultimos tiempos algunas reformas del CP convierten en delito lo que antes era una mera infraccion administrativa, el legislador quizas es incapaz de dar solucion real a determinada problematica y acude con frecuencia a la criminalizacion de conductas, opuesto a su caracter de ultima ratio y al principio de intervencion minima la doctrina habla de populismo punitivo la doctrina habla de populismo comunista la doctrina habla de populismo penalista.
El legislador debe tener cuidado al trazar el limite positivo entre uno y otro sector del ordenamiento atendiendo para ello exclusivamente al criterio de gravedad de las infracciones desde el punto de vista material al criterio de gravedad de las infracciones desde el punto de vista formal al criterio de reiteracion de las infracciones desde el punto de vista material.
La diferencia entre ambas clases de ilicito no es material sino cuantitativa, de gravedad, se debera aplicar al Derecho administrativo sancionador todos los principios fundamentales que rigen en Derecho penal Derecho civil Derecho procesal.
La diferencia entre ambas clases de ilicito no es material sino cuantitativa, de gravedad, se debera aplicar al Derecho administrativo sancionador todos los principios fundamentales que rigen en Derecho penal principio de legalidad y de irretroactividad de las infracciones y sanciones admnistrativas, principio de proporcionalidad y el principio ne bis in idem principio de responsabilidad y de irretroactividad de las infracciones y sanciones admnistrativas, principio de proporcionalidad y el principio ne bis in idem principio de proporcionalidad y el principio ne bis in idem.
Principio ne bis in idem no puede castigarse a alguien dos veces por lo mismo y se aplica al ambito penal y a todo orden juridico sancionador se puede castigar a alguien dos veces por lo mismo y se aplica al ambito penal y a todo orden juridico sancionador no puede castigarse a alguien dos veces por lo mismo y solo se aplica al ambito penal .
Principio ne bis in idem: no puede castigarse a alguien dos veces por lo mismo y se aplica al ambito penal y a todo orden juridico sancionador vertiente procesal vertiente material.
Principio ne bis in idem: no puede castigarse a alguien dos veces por lo mismo y se aplica al ambito penal y a todo orden juridico sancionador Derecho fundamental (no mencionado en CE), el Tribunal Constitucional afirma que goza de reconocimiento constitucional no es un Derecho fundamental ya que no se menciona en CE Derecho fundamental (no mencionado en CE), aunque el Tribunal Constitucional no afirma que goza de reconocimiento constitucional.
El Principio ne bis in idem el TC ha establecido unos requisitos (triple identidad). Solo existe bis in idem prohibido cuando se castiga el mismo hecho, referido al mismo sujeto y el castigo tiene identico fundamento se castiga el mismo objeto, referido al mismo sujeto y el castigo tiene identico fundamento se castiga el mismo hecho, referido al mismo sujeto y aunque el castigo tenga diferente fundamento.
El Principio ne bis in idem el TC ha establecido unos requisitos (triple identidad). Solo existe bis in idem prohibido cuando se castiga el mismo hecho, referido al mismo sujeto y el castigo tiene identico fundamento no concurre la identidad de fundamento, cuando cada una de las sanciones obedece a una perspectiva de defensa social distinta, a la proteccion de un interes juridico distinto o de distinto bien juridico no concurre la identidad de sujeto, cuando cada una de las sanciones obedece a una perspectiva de defensa social distinta, a la proteccion de un interes juridico distinto o de distinto bien juridico no concurre la identidad de hecho, cuando cada una de las sanciones obedece a una perspectiva de defensa social distinta, a la proteccion de un interes juridico distinto o de distinto bien juridico.
Principio de culpabilidad no hay pena sin culpabilidad y la medida de la pena no puede superar la medida de la culpabilidad no hay pena sin culpabilidad la medida de la pena no puede superar la medida de la culpabilidad.
El derecho penal no tiene una funcion valorativa, sino meramente sancionadora de las infracciones de las normas propias de otros sectores del ordenamiento falso, en ocasiones se castigan penalmente conductas que no estan prohibidas por otras ramas del Derecho. El Derecho penal hace su propia valoracion de los ataques contra los bienes juridicos son los mas graves y merecen ser castigados con pena verdadero.
El sistema general de fuentes del Derecho español se regula en el art 1 Codigo Civil: la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales cuando hayn pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicacion integra en el BOE el art 1 Codigo Penal: la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales cuando hayn pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicacion integra en el BOE el art 1 CE: la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales cuando hayn pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicacion integra en el BOE.
El sistema general de fuentes del Derecho español. la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales. La jurisprudencia NO se considera fuente del derecho, su funcion es complementar el ordenamiento juridico con la doctrina. la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales. La jurisprudencia NO se considera fuente del derecho, su funcion es complementar el ordenamiento juridico con la doctrina. el art 1 CE: la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas juridicas contenidas en los tratados internacionales cuando hayn pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicacion integra en el BOE.
Las fuentes de Derecho penal se van a ver limitadas por el principio de legalidad y por la reserva de ley organica (art 81 CE en referencia al desarrollo de derechos fundamentales y libertades publicas) por el principio de proporcionalidad y por la reserva de ley organica (art 81 CE en referencia al desarrollo de derechos fundamentales y libertades publicas) por el principio de legalidad y por la reserva de ley ordinaria (art 81 CE en referencia al desarrollo de derechos fundamentales y libertades publicas).
Las fuentes de Derecho penal se van a ver limitadas por el principio de legalidad y por la reserva de ley organica (art 81 CE en referencia al desarrollo de derechos fundamentales y libertades publicas) PRINCIPIO DE LEGALIDAD solo por ley en sentido formal (LO, Lordinaria y DLegislativo) se pueden tipificar delitos y faltas o estados peligrosos y establecer penas y medidas de seguridad solo por ley en sentido formal, ley organica se pueden tipificar delitos y faltas o estados peligrosos y establecer penas y medidas de seguridad solo por ley en sentido formal decreto legislativo se pueden tipificar delitos y faltas o estados peligrosos y establecer penas y medidas de seguridad.
Principio de legalidad .Pueden ser fuente del Dercho penal en tanto no creen figuras delictivas o estados peligrosos ni establezcan o agraven penas decretos leyes (que noson ley a efectos del principio de legalidad) o la costumbre decretos legislativos (que noson ley a efectos del principio de legalidad) o la costumbre decretos leyes (que noson ley a efectos del principio de legalidad) o principios generales del derecho.
Tienen escasa eficacia como fuente directa en Derecho penal, pero juegan un papel fundamental en la interpretacion del Derecho y no hay que olvidar su caracter informador de todo el ordenamiento juridico Principios generales del derecho Costumbre Ley.
Derecho internacional, su posible papel como fuente de derecho es controvertido. Una vez publicados en el BOE entran en vigor, pero no es ley en sentido formal por lo que no podra crear por si mismo figuras delictivas o estados peligrosos o establecer o agravar penas o medidas de seguridad que sean directamente aplicables por los tribunales españoles por lo que podra crear por si mismo figuras delictivas o estados peligrosos o establecer o agravar penas o medidas de seguridad que sean directamente aplicables por los tribunales españoles por lo que no podra crear por si mismo figuras delictivas o estados peligrosos o establecer o agravar penas o medidas de seguridad que sean directamente aplicables por los tribunales europeos.
La costumbre internacional forma parte del ordenamiento español y podra ser posible fuente de Derecho penal como la costumbre general no pudiendo por si misma establecer delitos, ni penas, por la vigencia del principio de legalidad pudiendo por si misma establecer delitos y penas, por la vigencia del principio de legalidad no pudiendo por si misma establecer delitos, ni penas, por la vigencia del principio de proporcionalidad.
El principio de legalidad es uno de los principios fundamentales del Derecho penal moderno, se define segun la formula nullum crimen nulla poena sine previa lege (no hay delito ni pena sin ley previa) y tiene su origen en la Ilustracion nullum lege nulla crimen sine previa poena (no hay ley ni delito sin pena previa) y tiene su origen en la Ilustracion nullum crimen nulla poena sine previa lege (no hay ley ni pena sin delito previo) y tiene su origen en la Ilustracion.
El principio de legalidad es uno de los principios fundamentales del Derecho penal moderno, la primera explicacion de un principio de legalidad Beccaria en su obra De los delitos y de las penas, influenciado por la teoria del contrato social de Rousseau y la division de poderes de Montesquieu Jovellanos en su obra De los delitos y de las penas, influenciado por la teoria del contrato social de Rousseau y la division de poderes de Montesquieu Mario Pagano en su obra De los delitos y de las penas, influenciado por la teoria del contrato social de Rousseau y la division de poderes de Montesquieu.
Los textos internacionales han concluido por consagrar un principio de juricidad centrado en garantizar solo los aspectos materiales del principio de legalidad (los que contribuyen a la seguridad juridica) exigiendo la accesibilidad, irretroactividad y precision o taxatividad de la norma y prohibiendo la analogia exigiendo la accesibilidad, irretroactividad y precision o taxatividad de la norma y permitiendo la analogia prohibiendo la analogia.
El principio de legalidad en el derecho penal español art 9.3 CE art 25.1 CE.
art 25.1 CE "Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito o falta o infraccion administrativa segun la legislacion vigente en aquel momento" : exige la existencia de una ley en sentido formal, anterior al hecho sancionado y que describa un supuesto de hecho estrictamente determinado. Garantia formal exige la existencia de una ley en sentido formal, anterior al hecho sancionado y que describa un supuesto de hecho estrictamente determinado. Garantia material exige la existencia de una ley en sentido formal, anterior al hecho sancionado y que describa un supuesto de hecho estrictamente determinado. Garantia formal y material.
El principio de legalidad penal en sentido formal (exigencia de ley en sentido formal) se compone de las garantias o subprincipios: garantia criminal garantia penal garantia jurisdiccional garantia ejecutiva.
El principio de legalidad penal en sentido material, dirigido a garantizar la seguridad juridica, se compone de las garantias o subprincipios: taxatividad (tipicidad), la prohibicion de la analogia y la irretroactividad de la ley penal desfavorable taxatividad (tipicidad), la prohibicion de la analogia y la irretroactividad de la ley penal favorable taxatividad (tipicidad) y la prohibicion de la analogia.
El principio de legalidad penal en sentido material, dirigido a garantizar la seguridad juridica, se compone de las garantias o subprincipios: taxatividad (tipicidad), la prohibicion de la analogia y la irretroactividad de la ley penal desfavorable. Taxatividad las figuras delictivas y los estados peligrosos tiene que ser en su definicion lo mas precisos posible y las penas y medidas de seguridad no pueden ser descritas mediante marcos excesivamente amplios las figuras delictivas y los estados peligrosos tiene que ser en su definicion lo amplios posible y las penas y medidas de seguridad no pueden ser descritas mediante marcos excesivamente amplios solo las figuras delictivas tienen que ser en su definicion lo mas precisos posible y las penas y medidas de seguridad no pueden ser descritas mediante marcos excesivamente amplios.
Es dificil conseguir una realizacion plena del principio de legalidad material, en particular de la garantia de taxatividad, porque el legislador debe elaborar las figuras delictivas a traves de un proceso de abstraccion. Ello lleva a introducir en los preceptos penales con frecuencia terminos amplios y elementos normativos o valorativos terminos que deberan ser concretados o dotados de contenido por el juez y que suponen un peligro para la seguridad juridica terminos que deberan ser concretados o dotados de contenido por el legislador a posteriori terminos que deberan ser concretados o dotados de contenido por el juez para mantener la seguridad juridica.
Campos propicios para la inseguridad juridica (problemas para el cumplimiento de un principio de legalidad material) delitos imprudentes delitos de comision por omision definicion de los estados de peligrosidad y el establecimiento de las medidas de seguridad.
Problemas para el cumplimiento del principio de legalidad formal. Leyes penales en blanco preceptos penales en los que no se define de manera completa la conducta prohibida bajo amenaza de pena sino que el precepto remite para identificar tal conducta a otra norma que puede estar en otro precepto de CP, en otra norma con rango de ley distinta al CP o a normativa con rango inferior a ley (ej reglamentos) preceptos penales en los que se define de manera completa la conducta prohibida bajo amenaza de pena tambien el precepto remite para identificar tal conducta a otra norma que puede estar en otro precepto de CP, en otra norma con rango de ley distinta al CP o a normativa con rango inferior a ley (ej reglamentos) preceptos penales en los que no se define de manera completa la conducta prohibida bajo amenaza de pena sino que el precepto remite para identificar tal conducta a otra norma que puede estar en otro precepto de CP, en otra norma aunque no tenga rango de ley distinta al CP o a normativa con rango inferior a ley (ej reglamentos).
Problemas para el cumplimiento del principio de legalidad formal. Leyes penales en blanco. El TC ha establecido que para que una ley penal en blanco que remite a una fuente distinta de la ley sea considerada conforme al principio constitucional de legalidad tiene que cumplir los requisitos: reenvio de la normartiva extrapenal EXPRESA, utilizacion de esta tecnica JUSTIFICADA en razon del bien juridico protegido, tienen que quedar DETERMINADOS los elementos esenciales de la conducta en la Ley penal (contener nucleo esencial de la prohibicion) y con el complemento de la norma a la que se remite deben quedar satisfechas la exigencias de CERTEZA reenvio de la normartiva extrapenal EXPRESA, utilizacion de esta tecnica JUSTIFICADA en razon del bien juridico protegido, tienen que quedar DETERMINADOS los elementos esenciales de la conducta en la Ley penal (contener nucleo esencial de la prohibicion) y con el complemento de la norma a la que se remite deben quedar satisfechas la exigencias de VERACIDAD reenvio de la normartiva extrapenal EXPRESA, utilizacion de esta tecnica JUSTIFICADA en razon del bien juridico protegido, tienen que quedar INDETERMINADOS los elementos esenciales de la conducta en la Ley penal (contener nucleo esencial de la prohibicion) y con el complemento de la norma a la que se remite deben quedar satisfechas la exigencias de CERTEZA.
Principio de legalidad en su vertiente material uno de sus subprincipios es la prohibicion de la analogia. Interpretacion extensiva: aquella por la cual una norma se aplica a un hecho que aunque no esta claramente comprendido en su tenor literal, si lo esta en su espiritu o voluntad asi entendida no es contraria al principio de legalidad y debe ser admitida, la interpretacion debe buscar el sentido y voluntad de la ley cuando esta se ha expresado de manera imperfecta en su tenor literal asi entendida es contraria al principio de legalidad y no debe ser admitida asi entendida no es contraria al principio de legalidad y aunque no debe ser admitida, la interpretacion debe buscar el sentido y voluntad de la ley .
Principio de legalidad en su vertiente material uno de sus subprincipios es la prohibicion de la analogia. Analogia: consistira en aplicar una norma a un supuesto que no esta recogido ni en la ley, ni en el espiritu de la misma, pero que es semejante a los si comprendidos en ella analogia desfavorable analogia favorable.
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