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Derecho penal

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Título del Test:
Derecho penal

Descripción:
tema trece

Fecha de Creación: 2020/12/26

Categoría: UNED

Número Preguntas: 26

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Inter criminis (camino del delito) hace referencia a las distintas fases de realizacion del delito doloso. Comprenden dos fases. interna y externa (los actos preparatorios y los ejecutivos( dan comienzo a la tentativa)). Cuando el sujeto realiza completamente el tipo, el delito se habra consumado. subjetiva y objetiva (los actos preparatorios y los ejecutivos( dan comienzo a la tentativa)). Cuando el sujeto realiza completamente el tipo, el delito se habra consumado. situacion tipica y accion (los actos preparatorios y los ejecutivos( dan comienzo a la tentativa)). Cuando el sujeto realiza completamente el tipo, el delito se habra consumado.

Inter criminis (camino del delito) Actos. actos internos. actos externos.

Los actos preparatorios son actos externos que realiza el sujeto para organicar y preparar la ejecucion del delito. Nuestro codigo penal castiga en la Parte especial determinados actos preparatorios. como delitos autonomos - huerto para plantacion de marihuana. como delitos independientes- huerto para plantacion de marihuana. como delitos secuenciales- huerto para plantacion de marihuana.

Junto a los actos preparatorios como delitos autonomos encontramos otros actos preparatorios cuya definicion se recoge en la Parte general del CP y cuya punicion esta despues prevista en la Parte especial solo para determinados delitos. conspiracion , la proposicion y la provocacion para delinquir. de apologia. delitos de tentativa.

Castiga nuestro CP en la parte especial algunos delitos que son actos preparatorios. de apologia en sentido estricto (promover conductas delictivas). homicidio. violacion.

Actos preparatorios - la conspiracion "... existe cuando dos o mas personas se conciertan para la ejecucion de un delito y resuelven ejecutarlo". Interpretacion teleologica de "ejercutarlo" en sentido amplio. cuando varios sujetos deciden cometer entre todos ellos un determinado delito, todos ellos responderan como conspiradores (aunque alguno solo sean participes y no ejecutores). cuando varios sujetos deciden cometer entre todos ellos un determinado delito, reduce la conspiracion a coautoria anticipada. cuando varios sujetos deciden cometer entre todos ellos un determinado delito, todos ellos responderan como conspiradores (solo los ejecutores).

Distinguir. Conspiracion. Asociacion ilicita.

La proposicion - acto preparatorio. "..existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en el " (como coautor o mero participante). el sujeto proponenete tiene que estar ya decidido a cometer el mimo el delito, e invita a otras personas a que lo cometan con el. el sujeto proponenete no ha decidido intervenir pero invita a otras personas a cometer el delito. el sujeto proponenete pide consejo a otros sobre como cometer un delito.

La provocacion - acto preparatorio. ".. existe cuando directamente se incita por medio de imprenta, radiodifusion o cualquier otro medio de eficacia semejante que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetracion de un delito. La incitacion debe ser directa (dirigida a personas concretas) y expresa (se excluyen insinuaciones o alusiones indirectas). La incitacion debe ser indirecta (dirigida a la generalidad de personas ) y expresa (se excluyen insinuaciones o alusiones indirectas). La incitacion debe ser directa (dirigida a personas concretas) y expresa ( insinuaciones o alusiones indirectas).

Distinguir provocacion de induccion. Provocacion. Induccion.

La apologia - actos preparatorios "... la exposicion , ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusion, de ideas o doctrinas que ensalcen el crime o enaltezcan a su autor. La apologia solo sera delictiva como forma de provocacion y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitacion directa a cometer un delito". Quedan en el CP algunos delitos de apologia en sentido original o estricto. apologia del genocidio, apologia del terrorismo, reguladas en la Parte especial CP. Segun TC y TS estas formas de apologia no tienen que cumplir los requisitos de provocacion. apologia del parricidio, reguladas en la Parte especial CP. Segun TC y TS estas formas de apologia no tienen que cumplir los requisitos de provocacion. apologia de provocacion, reguladas en la Parte especial CP. Segun TC y TS estas formas de apologia no tienen que cumplir los requisitos de provocacion.

Actos ejecutivos - La tentativa "... cuando el sujeto da principio a la ejecucion del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberian producir el resultado , y sin embargo este no se produce por causas independientes de la voluntad del autor". el paso de los actos preparatorios a los actos ejecutivos determina el comienzo de la tentativa y el cambio de una punicion excepcional a otra absoluta. el paso de los actos ejecutivos a los actos preparatorios determina el comienzo de la tentativa y el cambio de una punicion excepcional a otra absoluta. el paso de los actos preparatorios a los actos ejecutivos determina el comienzo de la tentativa y el cambio de una punicion absoluta a otra excepcional.

Distincion entre actos preparatorios y ejecutivos. Criterio para determinar cuando un acto externo ya no es meramente un acto preparatorio. Teoria de la univocidad- teoria abandonada. Teoria objetivo -formal. Teoria de la unidad natural.

Actos ejecutivos- Tentativa del art 16 CP señala dos posibilidades: que el sujeto practique la totalidad de los actos dirigidos a producir el resultado o solamente parte de ellos. Tentativa acabada. Tentativa inacabada.

El desestimiento clases. Desistimiento. arrepentimiento activo.

El desestimiento requisitos. que el delito se encuentre todavia en fase de tentativa. el desestimiento ha de ser voluntario. En el caso de autor unico. En caso de varios codelincuentes.

El desestimiento efectos - exime de responsabilidad penal por la tentativa del delito de cuya consumacion se ha desistido. Pero puede que los actos ejecutivos realizados hasta el momento en que se desiste sean por si mismos constitutivos de un delito consumado diferente. en tal caso el art 16 CP establece que el sujeto debera responder por ese otro delito cometido. en tal caso el art 16 CP establece que el sujeto NO debera responder por ese otro delito cometido. en tal caso el art 16 CP establece que el sujeto debera responder por la tentativa y por el otro delito cometido.

Naturaleza del desistimiento: el desistimiento es una causa personal de exclusion de la pena y que no impide la concurrencia del tipo de la tentativa. el ordenamiento quiere favorecer que el sujeto desista y por ello le ofrece esta atractiva posibilidad de no responder por la conducta tipica, se trata de una eximente cuyo ambito es la punibilidad. el ordenamiento quiere castigar que el sujeto desista y por ello le ofrece esta atractiva posibilidad de no responder por la conducta tipica, se trata de una eximente cuyo ambito es la punibilidad. el ordenamiento no quiere favorecer que el sujeto desista.

La tentativa en los delitos sin desvalor de resultado y en los delitos de mera actividad. concepto de consumacion. concepto de consumacion material. la tentativa.

La tentativa de un delito de mera actividad es posible de varias maneras. porque esa actividad este a su vez formada por varios actos separables y la realizacion de uno de ellos sea ya una ejecucion parcial del tipo. porque a traves de un error de tipo inverso, constituye tentativa el intento de realizar el tipo en los casos en que el sujeto cree que concurren todos los elementos del tipo objetivo, pero en realidad falta alguno de ellos.

La tentativa en los delitos de omision. No hay acuerdo sobre la cuestion de en que momento comienza la tentativa de omision. Posturas. la tentativa comienza en el primer momento en el que fue posible la realizacion de una accion tendente a evitar el resultado. la tentativa comienza en el ultimo momento en el que el obligado podria realizar eficazmente la accion. la tentativa no comienza en el primer momento en el que el sujeto podia evitar el resultado, pero tampoco en el ultimo.

Tentativa y delito imprudente. NO es concebible en ningun caso la tentativa de un delito imprudente, ya que la tentativa exige actuar con dolo. se llama de forma impropia tentativas imprudentes a las conductas imprudentes sin resultado, son por lo general impunes, salvo que el legislador haya querido castigarlas expresamente como delito de peligro, no constituyen una tentativa real. se llama de forma impropia tentativas imprudentes a las conductas imprudentes sin resultado, son por lo general punibles, salvo que el legislador haya querido castigarlas expresamente como delito de peligro, no constituyen una tentativa real. se llama de forma impropia tentativas imprudentes a las conductas imprudentes sin resultado, son por lo general impunes, salvo que el legislador haya querido castigarlas expresamente como delitod de peligro, SI constituyen una tentativa real.

Para que exista tentativa (dolo y un principio de ejecucion )es necesario que concurra el tipo objetivo y el tipo subjetivo de la tentativa. tipo subjetivo de la tentativa. tipo objetivo de la tentativa.

Tentativas. irreal o supersticiosa. inidonea. delito putativo (error de prohibicion inverso.

La consumacion del delito es el final del iter criminis . Supone la ejecucion completa del delito, la realizacion total del tipo. Concepto formal de consumacion no siempre equivaldra a realizacion de un desvalor del resultado,. ya que ello depende de la estructura de cada tipo penal. ya que ello depende de la estructura del delito. ya que ello depende de la estructura de la norma.

Distinguir. consumacion. agotamiento del delito.

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