DERECHO PENAL II.1
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Título del Test:![]() DERECHO PENAL II.1 Descripción: TEMA 18. DAÑOS |




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Producidos unos daños en propiedad ajena, el objeto material del delito, puede ser: La victima dueña de dicha propiedad. Todo bien mueble o inmueble valorable económicamente. Un bien inmueble valorable económicamente que pueda dañarse, deteriorarse o destruirse irreversiblemente. Un bien mueble o inmueble valorable económicamente que pueda dañarse, deteriorarse o destruirse de forma total o parcial. ¿Pueden ser los daños en bienes propios constitutivos de delito?. Siempre. No, salvo que sean de utilidad social, siempre que el valor del daño no sobrepase los 400 €. Nunca. No, salvo que sean de utilidad social y el valor del daño sobrepase los 400 €. ¿Se puede castigar si el daño causado sobre cosa ajena no supera los 400 €?. Sí, como falta y multa de 1 a 6 meses. No. Sí, como delito leve y multa de 1 a 6 meses. Sí, como delito leve y multa de 1 a 3 meses. ¿Cuál de estos delitos de daños remite a una ley penal en blanco?. Daños en propiedad ajena. Daños en sistemas informáticos. Daños ocasionados mediante incendio u otros medios. Daños por imprudencia grave. Los delitos de daños en sistemas informativos son: De mera actividad. De resultado en el que no se castiga la tentativa. De resultado en el que se castiga la tentativa. Ninguna de las respuestas anteriores en correcta. El facilitar instrumentos para la comisión de delitos informáticos se construye como: Un tipo simple. Un tipo complejo. Un tipo mixto acumulativo. Un tipo mixto alternativo. Se aprecia el supuesto agravado en el delito de daños mediante incendio u otros medios: La provocación de explosiones. La utilización de otros medios igualmente destructivos. Que se haya puesto en peligro la vida o integridad de las personas. Todas las respuestas son correctas. Los daños por imprudencia grave, son perseguibles: Solo de oficio. Solo a instancia de parte. Cuando sean superiores a 30000 €. Solo previa denuncia de la persona agraviada o representante legal y Ministerio Fiscal para los menores. En los daños por imprudencia grave, ¿El perdón del ofendido o de su representante legal, extingue la acción penal?. Siempre que se otorgue de forma expresa antes de que se dicte sentencia y no exime de responsabilidad civil. Siempre y en todas las fases del procedimiento. Siempre que se otorgue de forma expresa y antes de audiencia previa. Nunca. En los delitos patrimoniales, los cónyuges casados legalmente, los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o adopción así como afines en primer grado si vivieran juntos (que se causaren entre si) se les castigará: Siempre. Nunca por ser eximente completa. Solo si hay relación de parentesco y existe vilolencia e intimidación por ser una excusa absolutoria. Nunca por ser eximente por analogía. En un delito cometido entre familiares en los que intervenga un extraño: Éste responderá por los hechos cometidos aunque los otros participes estén exentos de responsabilidad por apreciarse la excusa absolutoria. Éste responderá por los hechos cometidos junto a los otros participes y parientes. Responderán subsidiariamente los familiares de los hechos cometidos junto a un extraño. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. La provocación, conspiración y proposición para cometer delitos de robo, extorsión, estafa, apropiación indebida se castigará: Con la pena superior en grado a la del delito correspondiente. Con la pena inferior en 1 ó 2 grados a la del delito correspondiente. La misma pena que en la del delito correspondiente. La A y la C son correctas. La persona que intencionadamente borra sus programas informáticos y ocasiona un resultado grave: Comete un delito de daños. Comete un delito informático. Su conducta es atípica. Comete un delito contra el patrimonio. El que por cualquier medio, de manera grave borra unos datos informáticos que producen un resultado grave y ponen en peligro grave la seguridad de la Unión Europea: Comete un delito contra la seguridad internacional. Comete un tipo agravado del delito de daños informáticos. Comete un delito contra el patrimonio. Comete un delito de descubrimiento de secretos. Juan causa a su hermano Pedro daños en la moto porque los dos comparten la plaza de garaje al vivir juntos en la misma casa. Pedro lleva la moto al taller y valoran los daños causados en 1.000 euros. Juan: Comete el tipo básico del delito de daños. Se le aplicará la circunstancia agravante de parentesco. Estará exento de responsabilidad penal. Se le impondrá la pena del delito de daños en su mitad superior. Quien dolosamente causa daños en un edificio ajeno por valor de 200 euros: Comete el tipo básico del delito de daños. Comete el tipo agravado del delito de daños. Comete el tipo atenuado del delito de daños. Comete una infracción administrativa. En el delito de daños se reconoce eficacia al perdón del ofendido: En todos los supuestos. En los daños por imprudencia grave cuya cuantía supere los 80.000 euros. En el tipo atenuado. En el tipo básico. El que interrumpe de forma grave el funcionamiento de un sistema informático del negocio de su vecino y perjudica de forma importante la actividad de dicho negocio: Comete el tipo básico del delito de daños. Comete un delito societario. Comete el tipo atenuado del delito de daños informáticos. Comete un tipo agravado del delito de daños en los sistemas informáticos. Quien provoca dolosamente mediante una explosión el deterioro de un inmueble y pone en peligro la vida de las personas: Comete un delito contra el patrimonio. Comete un delito contra el patrimonio histórico. Comete un delito de daños. Comete un tipo agravado de daños. Si Pedro autoriza a Juan para que suprima los datos informáticos que tiene en el ordenador de la oficina, la conducta de Juan. Será constitutiva de un acto lícito. Será constitutiva de un delito informático. Será constitutiva de un delito de daños. Será constitutiva de un delito contra la intimidad. Juan borra unos documentos electrónicos de Pedro lo que ocasiona un resultado grave porque los documentos tenían un contenido valioso. Para que esa conducta sea constitutiva de delito es necesario: Que se realicen con ánimo de lucro. Que se realicen sin autorización y de forma grave. Que se produza un perjuicio económico. Que se realice en perjuicio de terceros. Juan interrumpe de forma grave el funcionamiento del sistema informático de su vecino transmitiendo unos datos. Para que la conducta sea constitutiva de delito es necesario que se lleve a cabo: Con fuerza en las cosas. Sin autorización. Sin ánimo de lucro. Con violencia. Juan modifica los datos reservados de carácter personal de Pedro que estaban incluidos en el registro público del Ayuntamiento de su localidad de residencia. La conducta de Juan será constitutiva de delito: Si se realiza por imprudencia. Si se realiza en comisión por omisión. Si se realiza sin autorización. Si se realiza en connivencia con una autoridad. Juan borra unos documentos electrónicos de Pedro, con su autorización, lo que ocasiona un resultado grave porque los documentos tenían un contenido valioso. La conducta de Juan sería: Constitutiva de un delito de daños. Constitutiva de un delito informático. Constitutiva de un delito de sabotaje informático. Todas las respuestas son incorrectas. Juan realiza en una aeronave militar unas acciones que la inutilizan para el vuelo durante 24 horas. La conducta de Juan: Será constitutiva de delito si la cuantía de los daños supera los 400 euros. Será constitutiva de delito si la cuantía de los daños supera los 1.000 euros. Será constitutiva de delito si la cuantía de los daños supera los 400 y no alcana a los 1.000 euros. Será constitutivo de delito si la cuantía de los daños es inferior a los 1.000 euros. No es un elemento esencial del delito de daños. el ánimo de lucro. el perjuicio ajeno. el dolo directo. la imprudencia. El delito doloso de daños, para que se considere un delito leve la cuantía del daño causado: Debe ser de 400 euros. Debe ser inferior a 400 euros. Debe ser superior a 400 euros. No es relevante la cuantía. Uno de los supuestos agravados del delito de daños es. que afecte a bienes de dominio o uso público o comunal. que afecte a una pluralidad de personas. que se ha producido con posterioridad a la comisión de un delito contra la integridad moral. ninguna respuesta es correcta. El delito de daños por imprudencia graves, se considera delito. público. semipúblico. privado. ninguna es correcta. Conforme el art. 267, ¿qué cuantía deben superar los daños causados por imprudencia grave para que sean castigados penalmente?. la cuantía superior a 400€. la cuantía superiora 6000€. la cuantía superior a 80000€. solo se sancionará administrativamente. Respecto de qué tipo de delitos contra el patrimonio castiga el art. 269 la provocación, la conspiración y la proposición para cometerlos. los delito de robo y extorsión solamente, por ser los únicos que llevan violencia o intimidación. los delitos de robo, extorsión, estafa y apropiación indebida. los delitos de hurto, robo, extorsión, estafa y apropiación indebida. estas formas de resolución manifiesta se castigan respecto de todos los delitos contra el patrimonio. Cuál de las siguientes respuestas no es correcta en relación a los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000€ del art. 267. que sólo serán perseguibles previa querella de la persona agraviada o de su representante legal. el Ministerio Fiscal también podrá denunciar cuando aquella sea menor de edad. en estos casos, el perdón de la persona ofendida extingue la acción penal. todas las respuestas son correctas en relación al delito de daños por imprudencia grave. El art. 269 castiga la provocación, conspiración y proposición para cometer los siguientes delitos contra el patrimonio. Indique la incorrecta. robo. apropiación indebida. estafa. hurto. El artículo 264 ter castiga a «el que, sin estar autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos de daños en sistemas informáticos. Se trata de un delito de. simple actividad de resultado cortado. simple actividad. de resultado. de resultado cortado. El artículo 264 ter castiga a «el que, sin estar autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos de daños en sistemas informáticos. Si el autor de este delito realiza un delito informático se apreciará. un concurso medial de delitos. un concurso de normas. un concurso real de delitos. un concurso ideal de delitos. Se castiga en el artículo 265 «al que destruyere, dañare de modo grave, o inutilizare para el servicio, aun de forma temporal, obras, establecimientos o instalaciones militares, buques de guerra, aeronaves militares, medios de transporte o transmisión militar, material de guerra, aprovisionamiento u otros medios o recursos afectados al servicio de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si el daño causado excediere de mil euros». Señale la respuesta incorrecta. Si el daño no excede de mil euros se aplicará el tipo básico del delito de daños,. si la cuantía supera los 400 euros y si son inferiores a la misma serán constitutivos de un delito leve de daños. Si el daño causado excediere de mil euros estaremos ante el delito básico de Daños a bienes afectos a las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad. si la cuantía supera los 400 euros y si son inferiores a la misma serán constitutivos de un delito leve de daños a bienes afectos a las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad. |