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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Penal Parte General (part. 3)

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Título del test:
Derecho Penal Parte General (part. 3)

Descripción:
derecho penal

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
28/01/2021

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 24
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Temario:
Autor de la teoría del finalismo Welzel Hassemer Wiseel Jeschek.
Principio del derecho penal que aparece en la Constitución: Principio de legalidad Principio de irretroactividad Principio de igualdad ante la ley Principio de la no imposición de la pena de muerte Todos son correctos.
El artículo 9 de la CE (principio de legalidad): La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa... Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. Ninguna es correcta.
El artículo 25 CE (principio de legalidad): Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. (TEMPUS REGIT) Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas...
En cuanto a la irretroactividad: "...la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos." Artículo 9 CE Artículo 25 CE En la Constitución no existe artículo referente a la irretroactividad.
¿Existe alguna excepción al principio de irretroactividad? Sí, artículo 2.2: "...tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". Sí, artículo 3: "...tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". Nunca hay retroactividad.
En cuanto a la igualdad, según la constitución española: Artículo 14: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" Artículo 10: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" Artículo 14: "No todos españoles son iguales ante la ley, pues puede prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
La no imposición de la pena de muerte, constitucionalmente: Artículo 15: "Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra." Artículo 18: "Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra." Artículo 15: "No todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, en algún caso, puedan ser sometidos a tortura y a penas o tratos inhumanos o degradantes. No puede abolirse la pena de muerte.
Sanciones contra el medio ambiente: Artículo 45: habrá sanciones contra quienes violen la protección del medio ambiente. Artículo 48: habrá sanciones contra quienes violen la protección del medio ambiente. No existe este tipo de protección en la constitución.
El principio non bis in idem No establecer pena criminal y sanción administrativa al mismo tiempo, sin excepción No establecer pena criminal y sanción administrativa al mismo tiempo, con la excepción de que el sujeto infractor tenga una relación especial con la Administración.
Garantizar la legalidad, gracias a: Artículo 1 CP: No será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración Artículo 3 CP: No será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración Artículo 1 CP: Será castigada toda acción u omisión aunque no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración, si supone un serio peligro.
El artículo 1.2 establece: Las medidas de seguridad sólo podrán aplicarse cuando concurran los presupuestos establecidos previamente por la Ley.(en relación con el 95) Las penas sólo podrán aplicarse cuando concurran los presupuestos establecidos previamente por la Ley.(en relación con el 99) Las penas sólo podrán aplicarse cuando concurran los presupuestos establecidos previamente por la Ley.(en relación con el 95) Las medidas de seguridad sólo podrán aplicarse cuando concurran los presupuestos establecidos previamente por la Ley.(en relación con el 99).
El "Tempus Regit Actum" viene reflejado en: Artículo 2.1: Principio de irretroactividad de las penas, excepto las favorables al reo (artículo 2.2) Artículo 1.2: Principio de irretroactividad de las penas, excepto las favorables al reo (artículo 2.3) Artículo 2.1: Principio de irretroactividad de las penas, sin excepción.
La garantía judicial se refleja en el artículo: Art 3 CP: No podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad sino en virtud de sentencia firme dictada por el Juez o Tribunal competente, de acuerdo con las leyes procesales. Art 3 CP: Podrá ejecutarse pena o medida de seguridad sin necesidad de sentencia firme dictada por el Juez o Tribunal competente, ni de acuerdo con las leyes procesales, si el juez así lo considera oportuno. Art 2 CP: No podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad sino en virtud de sentencia firme dictada por el Juez o Tribunal competente, de acuerdo con las leyes procesales.
El funcionamiento de las prisiones viene determinado por: La ley orgánica general penitenciaria (LO 1/1979) La ley orgánica general penitenciaria (LO 1/1989) La ley de enjuiciamiento criminal El simple reglamento de la prisión.
Por los intereses de los reos en prisión: Velará el juez de vigilancia penitenciaria (art 77 y ss) Velará el juez de vigilancia penitenciaria (art 55 y ss) Velará el juez que impuso la pena (art 77 y ss) Velará el juez que impuso la medida de seguridad (art 77 y ss).
El artículo 4 del CP recoge: La prohibición de la ANALOGÍA: Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Nunca, en ningún caso. La prohibición de la ANALOGÍA: Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Con la excepción de que la analogía fuese a favor de la parte (In Bonam Parte) La prohibición de la RETRIBUCIÓN: Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Nunca, en ningún caso. La prohibición de la RETRIBUCIÓN: Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Con la excepción de que la analogía fuese a favor de la parte (In Bonam Parte).
La culpabilidad viene recogido en el art: art 5: No hay pena sin dolo o imprudencia art 5: No hay medida de seguridad sin dolo o imprudencia art 6: No hay pena sin dolo o imprudencia art 6: Hay pena sin dolo o imprudencia.
Las medidas de seguridad se fundamentan en: ...la peligrosidad criminal del sujeto al que se impongan, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como delito. Art 6 ...la peligrosidad criminal del sujeto al que se impongan, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como delito. Art 9 ...la peligrosidad criminal del sujeto víctima del delito, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como imprudencia. Art 6 ...la peligrosidad criminal del sujeto víctima del delito, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como imprudencia. Art 9.
Las medidas de seguridad ...no pueden resultar ni más gravosas ni de mayor duración que la pena abstractamente aplicable al hecho cometido, ni exceder el límite de lo necesario para prevenir la peligrosidad del autor. Art 6.2 CP ...no pueden resultar ni más gravosas ni de mayor duración que la pena abstractamente aplicable al hecho cometido, ni exceder el límite de lo necesario para prevenir la peligrosidad del autor. Art 6.5 CP ...pueden resultar más gravosas o de mayor duración que la pena abstractamente aplicable al hecho cometido, y exceder el límite de lo necesario para prevenir la peligrosidad del autor, siempre que el juez lo crea conveniente. Art 6.2 CP ...pueden resultar más gravosas o de mayor duración que la pena abstractamente aplicable al hecho cometido, y exceder el límite de lo necesario para prevenir la peligrosidad del autor, siempre que el juez lo crea conveniente. Art 6.5 CP.
De un delito surgen: Responsabilidad criminal Responsabilidad civil Ambas son correctas.
A los efectos de determinar la ley penal aplicable en el tiempo, los delitos se consideran cometidos en el momento en que el sujeto ejecuta la acción u omite el acto que estaba obligado a realizar Tempus Regit Actum, art 7 CP Tempus Regit Actum, art 2.1 CP Non Bis In Idem, art 7 CP Non Bis In Idem, art 2.1 CP.
Según el artículo 8: "Los hechos susceptibles de ser calificados con arreglo a dos o más preceptos de este Código, y no comprendidos en los artículos 73 a 77, se castigarán observando la siguiente regla": SEÑALA LA INCORRECTA El precepto general se aplicará con preferencia al especial. El precepto subsidiario se aplicará sólo en defecto del principal, ya se declare expresamente dicha subsidiariedad, ya sea ésta tácitamente deducible El precepto penal más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquél En defecto de los criterios anteriores, el precepto penal más grave excluirá los que castiguen el hecho con pena menor.
El artículo 9 dice: "Las disposiciones de este Título se aplicarán a los delitos que se hallen penados por leyes especiales. Las restantes disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en lo no previsto expresamente por aquéllas" Verdadero Falso.
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