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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Policial.-

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Título del test:
Derecho Policial.-

Descripción:
Tema 20A: Estatuto Personal de Coordinación de los Cuerpos de Policía Local.-

Autor:
AVATAR
Anikova.


Fecha de Creación:
16/08/2017

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 15
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Temario:
El Estatuto Personal de los miembros de las Policías Locales en Castilla y León se encuentra regulado: En la Ley de Coordinación 9/2003 de 8 de abril, capítulo IV, capítulos 35 al 39. En la Ley de Coordinación 9/2003 de 8 de abril, capítulo IV, capítulos 35 al 40. En la Ley de Coordinación 9/2003 de 8 de abril, capítulo V, capítulos 35 al 39. En el Real Decreto de Coordinación 9/2003 de 8 de abril, capítulo IV, capítulos 35 al 39.
De acuerdo con la mencionada Ley, la segunda actividad, señala la opción incorrecta: Es una modalidad de situación administrativa de servicio pasivo. Se pretende con ella, una mejor calidad de los servicios a prestar. Se pretende, que los funcionarios con la adecuada capacidad realicen los servicios pertinentes. Es aplicable a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local.
Los miembros de la Policía Local, podrán pasar a la situación de segunda actividad: a) Voluntariamente, por cumplimiento de las edades que se determinan para cada escala. b) Obligatoriamente, por cumplimiento de las edades que se determinan para cada escala. c) Por disminución de las aptitudes psicofísicas, debidamente acreditada. d) Las opciones a y c son correctas.
La segunda actividad se desarrollará: Prestando servicio en destino adecuado a la categoría que se ostente. Preferentemente, en el Cuerpo de Policía Local. Si no cabe la opción primordial, en otros puestos de trabajo del resto de los servicios municipales. Todas las opciones son correctas.
El pase a la situación de segunda actividad, señala la opción correcta: Supondrá, cuando sea por voluntad del funcionario una disminución de las retribuciones complementarias en un 30%. No supondrá una disminución disminución de las retribuciones básicas y complementarias, salvo excepciones. Supondrá una disminución de las retribuciones básicas. Supondrá en cualquier caso una disminución de las retribuciones complementarias.
En la situación de segunda actividad, ¿se podrá participar en procedimientos de promoción y movilidad?: No, en ningún caso. No en procedimientos de promoción, sí en lo concerniente a la movilidad. Sí como norma general. Sí en procedimientos de promoción, no en procedimientos de movilidad.
El pase a segunda actividad por razón de edad, señala la opción incorrecta: Será irrevocable una vez concedida. La edad mínima para su concesión será de 60 años para la Escala Básica, y de 62 años para la Escala Técnica y Ejecutiva. El procedimiento se iniciará de oficio por la propia Administración o a solicitud del interesado. En el plazo de 3 meses el Alcalde resolverá lo que proceda.
Cuando en un funcionario del Cuerpo de Policía Local, padezca disminución de sus aptitudes psicofísicas de manera permanente: Es una excepción contemplada en el pase de segunda actividad por disminución de las aptitudes psicofísicas. En ese caso se producirá el pase a situación de segunda actividad, incluso sin que se produzca resolución expresa de la solicitud pertinente. En ese caso se producirá el pase a situación de segunda actividad, siempre y cuando se produzca resolución expresa de la solicitud pertinente. Tendrán que cumplir así mismo las edades exigidas por Ley.
Una vez realizada la petición de solicitud para el pase de segunda actividad, ¿qué deberá de hacer el órgano competente?: a) Dictar resolución expresa, tanto por razones de edad, como por una disminución de las aptitudes psicofísicas, para la aprobación de tal petición. b) Dictar resolución expresa para su estimación, cuando sea por motivos de disminución de las aptitudes psicofísicas. c) No dictar resolución expresa, en el caso de petición por razón de edad, para su estimación. d) Las opciones b y c son correctas.
Una vez concecido el pase de situación de segunda actividad por disminución de aptitudes psicofísicas, ¿podrá acordarse el reingreso en el servicio activo?: No, puesto que es irrevocable. Sí, a solicitud exclusiva del interesado. No como norma general, salvo que así lo estime la Administración en cuestión. Sí, de oficio o a solicitud del interesado.
Respecto a los deberes de los miembros de los Cuerpos de Policía Local: Se establecen los específicos en la Ley de Coordinación sin prejuicio de lo establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Se establecen los específicos en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sin prejuicio de lo establecido en la Ley de Coordinación. Se establecen los mismos con carácter genérico en las Normas Marco. Todas las opciones son incorrectas.
Respecto a la Salud Laboral de los miembros de los Cuerpos de Policía Local: a) Las Corporaciones Locales pondrán a disposición de los mismos los medios e instalaciones adecuadas. b) Las Corporaciones Locales garantizarán una vigilancia periódica de su estado de salud. c) En materia de salud Laboral será de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. d) Las opciones a y b son correctas.
¿Se podrá acordar la retirada cautelar del arma reglamentaria por motivos de salud laboral?: No, solamente se podrá efectuar por aquellas causas consideradas como ilícito penal. Sí mediante resolución motivada por parte del Ayuntamiento en cuestión, en los casos previstos legalmente. Sí, siempre mediante resolución judicial. Sí, siempre y cuando pudiera implicar graves riesgos para la integridad física de terceras personas.
¿Quién podrá establecer y en su caso conceder premios y condecoraciones?: La Junta de Castilla y León. El Ayuntamiento en cuestión. El Alcalde. El Pleno.
¿Cuándo se producirá la jubilación forzosa de los miembros de los Cuerpos de Policía Local?: A los 60 años. A los 65 años. A los 55 años a petición del funcionario. Ninguna opción es correcta.
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