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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEderecho romano

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Título del test:
derecho romano

Descripción:
test tema 5

Autor:
arcangel
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Fecha de Creación:
15/04/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 15
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Temario:
el usufructuario adquiere los frutos de la cosa que tiene en usufructo por percepcion consumicion separación.
en el supuesto de cambio de propietario de un fundo gravado con servidumbre, esta se extingue y no se puede construir de nuevo permanece se extingue pero se puede constituir de nuevo.
la usucapión de la liberta en las servidumbres (usucapio libertatis) supone la adquisición de la servidumbre por usucapión extinción de la servidumbre perdida de la servidumbre por confusión.
el interdicto demolitorio era el que solicita el titular de la servidumbre para pedir el derribo de las obras que se hacen y perturban la servidumbre el que solicita el titular de la servidumbre para pedir destruir una obra antigua que causaba daño el que solicitaba el titular de la servidumbre para pedir destruir una casa y construir otro.
los juristas clásicos llamaban servidumbres a los servicios permanentes que se constituyen entre dos fundos por voluntad de sus propietarios a los servicios que se prestan dos propietario con sus respectivos esclavos a los servicios que podemos prestar al alquilar nuestro esclavo.
el usufructuario es poseedor de la cosa solo detentador de la cosa dueño de la cosa.
la extinción de la servidumbre por confusión se produce cuando por error no se uso de la servidumbre durante el tiempo de la usucapión los fundos dominante y sirviente pasan a ser del mismo dueño el titular del fundo dominante ha ejercido la acción negatoria y ha vencido en el juicio al titular del fundo sirviente.
las servidumbres son divisibles si son urbanas son divisibles si son rusticas son indivisibles.
en la constitución de servidumbre por legado damnatorio se atribuye directamente al legatario cuando el heredero acepta la herencia se atribuye directamente al legatario en el momento de la delación y antes de que el heredero acepte la herencia se impone al heredero la obligación de constituir la servidumbre.
en el supuesto al heredero la obligación de constituir la servidumbre se adquieren parcialmente se dividen parcialmente no se adquieren ni se dividen parcialmente.
la servidumbre siempre consiste en un hacer algunas veces consiste en un hacer no puede consistir en un hacer.
el propietario de una cosa gravada con un usufructo no tiene el derecho de posesión de la cosa no dispone de ningún derecho sobre la cosa tiene el derecho de posesión de la cosa.
el derecho del usufructuario se materializa en las facultades de disponer y disfrutar de la cosa poseer y usar la cosa usar y disfrutar de la cosa.
"nadie puede constituir una servidumbre sobre una cosa propia" significa que el fundo dominante y sirviente pertenezcan a los mismo propietarios el fundo dominante y sirviente pertenezcan a distintos propietarios los fundos dominantes y sirvientes no pueden enajenarse.
en relación con las servidumbres solamente se pueden constituir sobre una cosa propia solamente algunas personas las pueden constituir sobre cosas propias nadie puede constituir una servidumbre sobre una cosa propia.
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