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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Romano (16SO)

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Título del test:
Derecho Romano (16SO)

Descripción:
Derecho Romano

Autor:
Lydia
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Fecha de Creación:
11/06/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
¿Las cosas fungibles pueden ser sustituidas por otras de la misma categoría? Sí. No. Depende de las circunstancias.
No pueden estar en la propiedad privada: Las cosas comunes, las públicas y las cosas de las ciudades. Las cosas comunes, las públicas y las cosas inmuebles. Las cosas públicas, las cosas inmuebles y las cosas fungibles.
Cuando una cosa mueble o conjunto de muebles se destina permanentemente a servir a un inmueble, se habla de partes sustitutorias. pertenencias. partes serviciales.
Las rentas que produce un arrendamiento no son frutos. son frutos naturales. son frutos civiles.
La acción reivindicatoria se ejercita contra el que posee la cosa en el momento de la litis contestatio. el que ha dañado la cosa. el que ha usado la cosa.
Si el tesoro se descubre en un lugar sagrado o religioso se hace propiedad en exclusividad de la iglesia. se hace propiedad en partes iguales entre la iglesia y el Estado. se hace propiedad del que lo descubre.
La mancipatio transfiere la propiedad únicamente si el mancipante es magistrado. si el mancipantes es verdadero propietario. únicamente si el mancipante es magistrado en activo.
La ley de las XII Tablas excluía de la usucapión las cosas inmuebles. muebles. que habían sido hurtadas.
Los juristas clásicos llaman servidumbres a los servicios permanentes que se constituyen entre los fundos por voluntad de sus propietarios. a los servicios que se prestan dos propietarios con sus respectivos esclavos. a los servicios que podemos prestar al alquilar nuestro esclavo.
El usufructuario es poseedor de la cosa. sólo detentador de la cosa. dueño de la cosa.
Los requisitos que debe reunir una obligación son ser personal e intransferible. ser real y vinculante. ser posible, lícita, objetivamente determinada y tener carácter patrimonial.
En derecho clásico, eran injurias (iniuriae) las lesiones sufridas por una persona, tanto en su integridad física como también en su dignidad moral. los daños causados injustamente al esclavo ajeno. la muerte injusta de un esclavo ajeno.
El comodatario recibe del comodante la posesión de la cosa. la detentación de la cosa. la posesión de la cosa y sus frutos.
La prenda consiste en la entrega de una cosa del acreedor pignoraticio al deudor pignorante para que la retenga hasta que se cumpla la obligación. del acreedor pignoraticio al deudor pignorante para que la use hasta que se cumpla la obligación. del deudor pignorante al acreedor pignoraticio para que la retenga hasta que se cumpla la obligación.
En la compraventa es válida la venta de cosa ajena. no se admite la venta de cosa ajena. no se admite la venta de cosas futuras.
Las facultades de la patria potestad y la tutela estaban comprendidas en la herencia.. pasaban del fallecido al heredero. no pueden estar comprendidas en la herencia.
El legatario es el que resulta beneficiado con el legado. el que lega. el testador.
"Si un colono convino que los efectos introducidos y lo que naciese en la finca quedaran en prenda, y antes de introducirlos hubiese dado la misma cosa en hipoteca a otro y luego los hubiera introducido en el fundo". ¿Qué institución, de las que se detallan a continuación, es aplicable al caso? Comodato. Uso. Hipoteca.
"Si un colono convino que los efectos introducidos y lo que naciese en la finca quedaran en prenda, y antes de introducirlos hubiese dado la misma cosa en hipoteca a otro y luego los hubiera introducido en el fundo". Conforme al supuesto el colono es Deudor pignorante. Acreedor pignoraticio. Acreedor pignorante.
"Si un colono convino que los efectos introducidos y lo que naciese en la finca quedaran en prenda, y antes de introducirlos hubiese dado la misma cosa en hipoteca a otro y luego los hubiera introducido en el fundo". Conforme al supuesto, la concurrencia de varias hipotecas se rige por el principio prior tempore potior in iure. non bis in idem. in dubio pro pignus.
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