Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Romano

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
Derecho Romano

Descripción:
Examen junio 2021

Autor:
Nipontou
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
01/06/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Contra el demandado que no quiere defenderse ante el ejercicio de la vindicatio servitutis, mediante la cual el dueño del fundo dominante acciona contra el propietario o poseedor del sirviente, o contra el que impide o perturba el ejercicio de la servidumbre, el pretor concede: Un interdictum quem fumdum Un interdictum de non amplius turbando servitutem. Un interdictum quam servitutem.
El ius sepulchri (derecho de sepulcro) se considera: Un derecho patrimonial. Un derecho extra commercium. Una cosa sagrada.
La acción de división de la familia (actio familiar erciscundae) tiene por objeto: El cese del estado de comunidad de bienes, cuando se trata de condominio originado por la sucesión hereditaria. El restablecimiento de la patria potestad del paterfamilias. La manumisión de un esclavo.
La acción negatoria puede ejercitarla el: Propietario Poseedor Usufructuario.
El préstamo marítimo se diferencia del mutuo: En que la restitución de la cosa está subordinada a la llegada de la nave. En que la restitución de la cosa depende de si ésta es consumible, o no. En que la restitución siempre debe hacerse sea con independencia de la llegada de la nave.
El mutuo o préstamo de consumo romano es: Naturalmente gratuito. Siempre con interés, pero no podía sobrepasar éste el porcentaje tasado. Esencialmente gratuito.
Son exigibles sin que medie interpelación (intimación del acreedor) las obligaciones: Mancomunadas Solidarias Nacidas de delitos o las obligaciones a término.
En el contrato de compraventa el precio justo se exige en el: Derecho clásico Derecho postclásico Derecho justinianeo.
En el préstamo, el pago: Debe hacerlo exclusivamente por el acreedor. Puede hacerse por sujeto distinto del deudor obligado e incluso contra la voluntad de éste. Debe hacerse exclusivamente por el deudor.
El comodatario que abuse del uso de la cosa prestada. Comete un hurto de uso. Comete un abuso prestamista. Comete un abuso comodatario.
La asunción de deuda por el banquero (receptum argentarii): Consiste en la asunción de la deuda de un cliente por parte del banquero. Consiste en la devolución de la deuda que el cliente tiene con el banquero. Consiste en el pago realizado por el cliente banquero.
Para que proceda exigir la responsabilidad por vicios ocultos era necesario: Que se trate de un defecto grave, aunque no disminuya el valor o la utilidad del esclavo o animal vendido; que sea oculto, ya que, si es aparente y todos pueden observarlo, no existe responsabilidad y que sea anterior a la venta y que lo ignore el comprador. Que se trate de un defecto grave que disminuya el valor o la utilidad del esclavo o animal vendido; que sea oculto, ya que, si es aparente y todos pueden observarlo, no existe responsabilidad y que lo ignore el vendedor aunque sea conocido por el comprador. Que se trate de un defecto grave que disminuya el valor o la utilidad del esclavo o animal vendido; que sea oculto, ya que, si es aparente y todos pueden observarlo, no existe responsabilidad, que sea anterior a la venta y que lo ignore el comprador.
Si un menor (incapaz) había celebrado un negocio y había sido engañado: El que hubiera contratado con él podía ejercitar igualmente una acción para exigir el cumplimiento de la obligación, si bien la condena iría dirigida contra el tutor que podía oponer una exceptio tutelae. El pretor concedía una exceptio legis Plaetoria contra la acción que ejercitase él que hubiera celebrado un negocio con el menor y le hubiese engañado. El pretor concedía una exceptio tutelae contra la acción que ejercitase él que hubiera celebrado un negocio con el menor y le hubiese engañado.
En relación con el objeto de la herencia se considera no transmisible: El usufructo La propiedad. La stipulatio de dare.
La caución de devolver el legado al legatario (cautio legatorum servandorum causa): Debía prestarla el legatario únicamente en los legados sometidos a condición. Debía prestarla el heredero en los supuestos de legados con efectos obligatorios, y en los legados sometidos a condición o término y legados dudosos. Debía prestarla el legatario en todo tipo de legados.
El derecho de postliminio supone: Que si un paterfamilias, regresa del cautiverio readquiere la patria potestad. Que por muerte del paterfamilias se extingue la patria potestad. Que por la capitis deminutio el paterfamilias pierde la patria potestad.
La revocación de un testamento: Se considera válida, aunque el nuevo heredero no cumpla la condición impuesta. Es posible si afecta exclusivamente a legados y fideicomisos. Es posible, siempre que el testamento anterior no esté realizado ante federatario público.
En el supuesto de que varias personas hubiesen padecido en el mismo infortunio o hubiesen fallecido con escasa diferencia de tiempo, se considera que: Que mueren a la vez el pupilo y su hermano agnado o sustituto. Que el padre ha muerto antes que le hijo impúber. Que el padre ha muerto después que el hijo púber.
La manumisión per mensam era la: Manumisión realizada en una comida. Manumisión en documento escrito portada por mensajero. Manumisión por carta.
En virtud de la diffarreatio: La mujer renunciaba al culto y a los dioses de la familia de su esposo. La mujer contraía matrimonio en unión solemne pero no entraba bajo la manus o potestad marital del paterfamilias del marido. La mujer contraía matrimonio en unión solemne entrando bajo la manus o potestad marital del paterfamilias del marido.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso