TEST Derecho Romano - 2016/17 UNED
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Título del Test:![]() TEST Derecho Romano - 2016/17 UNED Descripción: Test de repaso de examen de Derecho Romano |




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La stipulatio fue inicialmente: Un contrato abstracto. Un contrato formalizado en documento constitutivo. Un contrato formalizado en documento probatorio. El contrato de compraventa en la época clásica: No transmitía la propiedad de la cosa vendida. No era un contrato consensual. Admitía que el precio lo determinara un tercero. El mandato es un contrato: Real, que requiere la entrega de algo en propiedad. Oneroso. Entre amigos. Cuando se contrata el transporte de una mercancía lo que hay es: Una locatio conductio operis. Una locatio conductio operarum. Una locatio conductio rei. Si el banquero asume una deuda de su cliente, el acreedor acciona por la: Condictio. Actio recepticia. Actio ex stipulatu. La bonorum possessio da preferencia: A los colaterales. A los agnados. A los cognados. La aceptación o cretio era la: Declaración formal y solemne de aceptar la herencia. Toma de posesión de bienes hereditarios. Siempre voluntad de tomar la herencia. Herederos suyos y necesarios son los: Cognados. Herederos no sometidos a la potestad del testador. Descendientes sometidos a la voluntad del causante. Con un trozo de hierro propiedad de Ticio, Cayo fabrica una lanza. Se trata de un caso de: Ferruminatio. Accesión. Especificación. Es detentador pero no poseedor: El usufructuario. El concesionario del ager publicus. Acreedor pignoraticio. Acciones de buena fe son: Aquéllas en que el pretor ordena al juez que juzgue en términos de equidad. Aquéllas en las que el juez debe atenerse a la fórmula. Las que conceden al demandado la posibilidad de restituir la cosa antes de la condena. La usucapión de la libertad en las servidumbres (usucapio libertatis) significa la: Adquisición de la servidumbre por usucapión. Pérdida de la servidumbre por usucapión. Pérdida de la servidumbre por confusión. En la época arcaica el propietario puede reivindicar una cosa suya mediante la legis actio: Sacramento in rem. Per condictionem. Per manus iniectionem. El concepto "bienes de cambio" se designa con la expresión: Res mancipi. Pecunia. Res extra commercium. Posesión y propiedad: Significan originariamente lo mismo. Se confunden en el derecho del Bajo Imperio. Se protegen con la reivindicatio. Contra el nudo propietario puede darse: La vindicatio servitutuis. La vindicatio ususfructus. El interdictum de superficiebus. El canon que paga el superficiario se llama: Solarium. Stipendium. Vetigal. La acción publiciana se concede al propietario: Provincial. Pretorio o bonitario. Civil. Las rentas que producen el arrendamiento o cesión temporal de las cosas son: Pertenencias. Frutos. Res comunes. El interdicto unde vi se da para: Recuperar la posesión de un fundo. Conservar la posesión de un fundo. Recuperar la posesión de una cosa mueble. |