option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

DERECHO ROMANO

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
DERECHO ROMANO

Descripción:
CURSO 2016/2017

Fecha de Creación: 2017/03/10

Categoría: UNED

Número Preguntas: 30

Valoración:(2)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

La especificación es: La adquisición de la propiedad sobre una cosa que se incorpora definitivamente a la principal. Determinar claramente lo que se adquiere. Adquisición de una cosa distinta por el trabajo de quien no es dueño de la materia.

La transmisión de la propiedad de las res nec mancipi se efectúa mediante: El acuerdo entre las partes. La mancipatio. La traditio.

La mancipatio como acto legítimo: Puede ser sometida a condición y a término. No admite condición ni término. Admite término pero no condición.

Una res nec mancipi es una cosa que: No tiene propietario. Se trasfiere por traditio. No puede venderse.

La transmisión de la propiedad de las res mancipi se efectúa mediante: La mancipatio. La traditio. La entrega.

¿Qué es la iusta causa traditionis?: Convenio o acuerdo de voluntades que justifica la posesión. Convenio que justifica la entrega. Los motivos de la compraventa.

El propietario adquiere los frutos por: Percepción (perceptio). Consumición. Separación.

La actio auctoritatis se da en la: In iure cessio. Mancipatio. Usucapio.

Si el enajenante o mancipante no es el verdadero propietario, la mancipatio: Transfiere la propiedad. No transfiere la propiedad. Sólo transfiere el usufructo.

Cuando un fundo se vende dos veces se prefiere al: Poseedor actual. Segundo comprador. Primer comprador.

La prescripción de larguísimo tiempo (praescriptio longissimi temporis) puede oponerse como excepción a cualquier acción reivindicatoria después de: cuarenta años aunque se haya iniciado sin buena fe y justo título. Cuarenta años que se haya iniciado con buena fe y justo título. treinta años aunque se haya iniciado sin buena fe y justo título.

La usucapión de derecho civil podía realizarse por: los ciudadanos romanos y por los latinos. los ciudadanos romanos, latinos y peregrinos. los ciudadanos romanos.

Se usucapían: los predios itálicos pero no los provinciales. los predios itálicos y los provinciales. los predios itálicos y provinciales pero no los municipales.

Establece una prescripción extensiva de todas las acciones por el transcurso de treinta años: Constantino. Teodosio II. Justiniano.

Las cosas hurtadas: No podían ser objeto de usucapión. Se hacían del poseedor por el transcurso de 2 años. El ladrón adquiría la propiedad si nadie las reclamaba.

La prescripción de largo tiempo (loongi temporis praescriptio) se convierte en modo de adquirir la propiedad desde: la época de los Severos. la época de los Reyes Etruscos. la época de Justiniano.

El tiempo para usucapir los fundos en derecho clásico es: De dos años. De un año. De tres años.

La usucapión es la adquisición del dominio por la posesión continuada durante: un año, para las cosas muebles; dos años, para las inmuebles. un año para las cosas inmuebles; dos años, para las cosas muebles. tres años para las cosas inmuebles; dos años para las cosas muebles.

¿Qué es la iusta causa usucapionis?: Convenio o acuerdo de voluntades que justifica la posesión. Convenio que justifica la entrega. Los motivos de la compraventa.

El título en la usucapión «como propio» (pro suo) significa: Por dación en pago. Por compra. Casos que por error se fundan en un título inexistente.

Los hijos y esclavos pueden intervenir en la mancipatio: Como adquirentes. Como enajenantes. No pueden intervenir.

Accesión de la posesión (accessio possessionis) significa: Adquisición de una cosa mueble accesoria de otra. Suma del tiempo en que se posee al del enajenante. Posesión de los aperos de labranza.

La usucapión de la libertad en las senvidumbres (Usucapio libertatis) significa la: Adquisición de la servidumbre por usucapión. Pérdida de la servidumbre por usucapión. Pérdida de la servidumbre por confusión.

El tiempo para la prescripción de inmuebles entre presentes era de: Veinte años. Diez años. Dos años.

La buena fe en la usucapión se exige: En el inicio de la posesión. Durante toda situación posesoria. Al término del plazo previsto para usucapir.

El acto realizado por el tutor para dar eficacia al negocio efectuado por el pupilo mayor de 7 años, se llama: Interpositio auctoritatis. Actio utilis tutelae. Negotiorum gestio.

La sustitución hereditaria: Admitía el cambio en el objeto de la sustitución. Se llama pupilar si el sustituto es un pupilo. No da al sustituto el derecho de acrecer.

La fórmula “Que mi heredero esté obligado a transmitir el esclavo Estico” es la del legado: Vindicatorio. Damnatario. De toleracia o permisión (sinendi modo).

Las acciones pretorias: No tienen plazo para su ejercicio. Tienen un plazo de tres años. Tienen el plazo de un año.

Con la confusio guarda relación directa: La actio communi dividendo. La actio publiciana. La accessio possessionis.

Denunciar Test