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DERECHO TRIBUTARIO

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Título del Test:
DERECHO TRIBUTARIO

Descripción:
II BIM 2022 / SEPTIMO SEMENTRE

Fecha de Creación: 2022/01/15

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 116

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El ejecutor dictará auto de pago ordenando que el deudor o sus garantes o ambos, paguen la deuda o dimitan bienes dentro de: Tres días contados desde el día de la citación de esta providencia. Ocho días contados desde el siguiente al de la citación de esta providencia. Tres días contados desde el siguiente al de la citación de esta providencia. Cinco días contados desde el siguiente al de la citación de esta providencia.

Si el deudor notificado con el título de crédito, no canceló la deuda en los ocho días indicados en el mismo, ni presentó los trámites permitidos en la norma, el funcionario ejecutor procederá a la emisión: De otro título de crédito. De la resolución sancionatoria. Acta de Determinación. Del correspondiente auto de pago.

No son embargables en el proceso coactivo los siguientes bienes: Los suntuarios. Los muebles de uso indispensable del deudor y de su familia, excepto los que se reputen suntuarios, a juicio del ejecutor. Los muebles de uso de la familia del deudor, incluidos los suntuarios. Los muebles de uso indispensable del deudor, incluidos los suntuarios.

Antes de cerrarse el remate o la subasta en su caso, el deudor podrá librar sus bienes pagando en el acto la deuda, intereses y costas. Falso. Verdadero.

Una de las solemnidades sustanciales del procedimiento de ejecución es: Legal intervención del Fiscal correspondiente. Legal intervención del funcionario ejecutor. Legal intervención del Director de la administración correspondiente. La previa notificación con una preventiva de sanción.

Una de las solemnidades sustanciales del proceso de ejecución es la legitimidad de personería del coactivado, de no cumplirse puede acarrear nulidad. Verdadero. Falso.

La Jurisdicción contencioso - tributaria consiste en la potestad pública de conocer y resolver las controversias que se susciten entre las administraciones tributarias y los contribuyentes, responsables o terceros, por actos que determinen obligaciones tributarias o establezcan responsabilidades en las mismas o por las consecuencias que se deriven de relaciones jurídicas provenientes de la aplicación de leyes, reglamentos o resoluciones de carácter tributario. Falso. Verdadero.

Se tramitarán en el procedimiento contencioso tributario las acciones: Únicamente especiales. Únicamente las directas. De impugnación, directas y especiales. Únicamente las de impugnación.

Según el artículo 309 del Código Tributario, el recurso de casación en esta materia debe tramitarse conforme a lo dispuesto en la Ley de Casación. Sin embargo, el COGEP, deroga expresamente esta ley, por lo que se deberá tramitar conforme a lo contemplado en este cuerpo legal, según las disposiciones correspondientes. Falso. Verdadero.

10. Una vez presentada la demanda, de conformidad con lo dispuesto por la normativa procesal (COGEP), la contestación de la misma se hará en el término: Diez días. Quince días. Veinte días. Treinta días.

Por la falta de cumplimiento por parte del sujeto pasivo en el pago de la Liquidación del Impuesto a la Renta emitida, el sujeto activo debe: Emitir una resolución sancionatoria. Iniciar la acción coactiva. Emitir una nueva liquidación de diferencias. Emitir una resolución insistiendo se cancele el valor adeudado.

El título de crédito emitido en el cual faltará uno de los requisitos es susceptible de: Resolución Sancionatoria. Emisión de una nueva orden de determinación. Acarrear la nulidad del título. Seguir ejecutando la acción coactiva.

Una vez notificado el título de crédito y si el mismo cumpliera con todos los requisitos solicitados para la emisión, y en caso de que el sujeto pasivo no está de acuerdo con el mismo podrá presentar: Queja ante el funcionario ejecutor. Consulta tributaria respecto a la legalidad del mismo. Reclamación formulando observaciones, exclusivamente respecto del título o del derecho para su emisión. Apelación ante la Sala Especializada de la Corte Nacional de Justicia.

En caso de que el título de crédito cumpliera con todos los requisitos solicitados para la emisión, el sujeto pasivo desea solicitar facilidades de pago, para ello uno de los requisitos que debe presentar en su petición es: Oferta de pago inmediato no menor de un 20% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo. Oferta de pago inmediato no menor de un 15% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo. No debe ofertar ningún porcentaje de pago inmediato en su petición. Oferta de pago inmediato no menor de un 10% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo.

Concedida por parte de la Administración Tributaria la solicitud de facilidades de pago presentado por el sujeto pasivo, procederá con: La suspensión del procedimiento de ejecución que se hubiere iniciado. El remate de los bienes del deudor. La continuación del procedimiento de ejecución. El embargo de los bienes del deudor.

Los títulos de crédito, liquidación o determinaciones de obligaciones tributarias ejecutoriadas, que no requieran la emisión de otro instrumento, llevan implícita la orden: De subasta. De cobro para el ejercicio de la acción coactiva. De embargo.

Emitido un título de crédito, se notificará al deudor para que efectúe el pago concediéndole para ello: 15 días. 10 días. 8 días.

Para solicitar se conceda facilidades de pago, el deudor debe presentar una petición motiva, que entre varios requisitos debe constar: Oferta de pago inmediato no menor de un 20% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo. Oferta de pago inmediato no menor de un 10% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo. Oferta de pago inmediato no menor de un 25% de la obligación tributaria y la forma en que se pagaría el saldo.

En el desarrollo del procedimiento de ejecución existen las siguientes clases de tercerías: Únicamente tercerías excluyentes. Tercerías coadyuvantes y tercerías excluyentes. Únicamente tercerías coadyuvantes.

La tercería excluyente solo podrá proponerse presentando el título que justifique la propiedad o protestando bajo juramento, hacerlo en un plazo: Entre cinco y veinte días, fijado por el funcionario ejecutor que concederá para el efecto. Entre diez y treinta días, fijado por el funcionario ejecutor que concederá para el efecto. Entre siete y quince días, fijado por el funcionario ejecutor que concederá para el efecto.

En el remate el deudor podrá liberar sus bienes: Podrá liberar sus bienes pagando la deuda, interés, multas y costas, hasta ocho días después del día señalado para el remate. Una vez que se encuentra notificada la fecha del mismo no es posible ya que el deudor pueda liberar sus bienes. Podrá liberar sus bienes pagando la deuda, interés, multas y costas, hasta antes de las 18:00 del día señalado para el remate.

En el primer señalamiento, el valor de las posturas no puede ser inferior a: La mitad del avalúo del bien a rematarse. El valor total del avalúo del bien a rematarse. Las dos terceras partes del avalúo del bien a rematarse.

Cuando se ejecute remate de bienes inmuebles, las posturas deben ir acompañadas de por lo menos: El 15% del valor de la oferta. El 20% del valor de la oferta. El 10% del valor de la oferta.

La venta directa de los bienes embargados procede en uno de los siguientes casos: La administración tributaria así lo decida de forma unilateral y arbitrariamente. Cuando se trate de bienes fungibles o de artículos de fácil descomposición o con fecha de expiración. El valor de la deuda sea superior a los USD 100.000.

En el remate de bienes muebles, los postores deben consignar previamente al menos: El 10% del avalúo de los bienes. El 20% del avalúo de los bienes. El 15% del avalúo de los bienes.

Son parte del proceso contencioso tributario: Actor y demandado. Actor, demandado y tercero perjudicado. Actor y tercero perjudicado.

En las acciones contencioso tributarias de impugnación o directas, el término para presentar la demanda es de: Treinta días a partir del día siguiente al que se notificó con el acto administrativo tributario o se produjo el hecho o acto en que se funde la acción. Sesenta días a partir del día siguiente al que se notificó con el acto administrativo tributario o se produjo el hecho o acto en que se funde la acción. Veinte días a partir del día siguiente al que se notificó con el acto administrativo tributario o se produjo el hecho o acto en que se funde la acción.

Las acciones de pago indebido, pago en exceso o devoluciones de lo debidamente pagado se propondrán en el plazo de: Cinco años desde que se produjo el pago o desde la determinación, según el caso. Tres años desde que se produjo el pago o desde la determinación, según el caso. Dos años desde que se produjo el pago o desde la determinación, según el caso.

Para que el trámite de las excepciones suspenda la ejecución coactiva, será necesaria obligatoriamente la consignación de. 15% de la cantidad a la que asciende la deuda, sus intereses y costas. 20% de la cantidad a la que asciende la deuda, sus intereses y costas. 10% de la cantidad a la que asciende la deuda, sus intereses y costas.

El procedimiento contencioso tributario se tramitará conforme las siguientes acciones: Acciones de impugnación, acciones directas y acciones especiales. Únicamente acciones directas y acciones especiales. Únicamente acciones de impugnación.

Uno de los casos por los cuales se puede proponer una acción de impugnación es: Del recurso de queja. Los conflictos de competencia suscitados entre autoridades de distintas administraciones tributarias, conforme con la ley. Contra actos administrativos de determinación tributaria provenientes de la administración tributaria nacional, de gobiernos. autónomos descentralizados o de excepción.

Las acciones directas se tramitan a través del proceso: Sumario. Monitorio. Ordinario.

De acuerdo con lo establecido en el COGEP (2015) uno de los casos para proponer acción especial es: Por pago indebido y pago en exceso. Para obtener la declaración de prescripción de los créditos tributarios, sus intereses y multas. Contra decisiones administrativas dictadas en recurso de revisión.

Las acciones especiales se tramitan a través del proceso: Monitorio. Sumario. Ordinario.

Las acciones de impugnación se tramitan a través del proceso: Monitorio. Ordinario. Ejecutivo.

Una de las causas por las cuales cabe la presentación del recurso de queja es cuando el funcionario ejecutor: No acepte la mediación respecto al valor adeudado. Retarde injustificadamente la remisión de las copias del proceso coactivo o de las excepciones. Cumpla en el desarrollo de sus actividades con los dispuesto en la ley.

Dentro del recurso de queja, si se llegase a comprobar la reincidencia del funcionario ejecutor se podrá imponer: Una multa económica de quince mil dólares. Una multa económica de diez mil dólares. La destitución de su cargo.

En vía judicial, el escrito de queja deberá contener entre varios requisitos: Su registro único de contribuyentes. El acto u omisión de que se acuse al funcionario, que es motivo de la queja. El cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias.

Quien hubiese presentado una queja infundada, deberá pagar una multa de: Mil a dos mil dólares. Cincuenta a quinientos dólares. Cuarenta a cuatrocientos dólares.

Una vez deducida una tercería excluyente el funcionario ejecutor debe remitirla al Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario dentro de: 24 horas. 48 horas. 72 horas.

De acuerdo con el COGEP (2015) el trámite de las tercerías excluyentes debe sustanciarse mediante procedimiento: Sumario. Monitorio. Ordinario.

De acuerdo con el COGEP el pago por consignación debe sustanciarse mediante procedimiento: Monitorio. Sumario. Ejecutivo.

De acuerdo con lo establecido en el COGEP (2015), la acción de pago indebido o pago en exceso prescribe en el plazo de: Un año. Cinco años. Tres años.

El recurso extraordinario de casación debe tramitarse conforme: El Código Orgánico General de Procesos. El Código Tributario. La Ley de Casación.

En materia tributaria, en la Corte Nacional de Justicia será competente para conocer el recurso de casación: La Sala de lo Civil y Mercantil. La Sala de lo Contencioso Tributario. La Sala de lo Contencioso Administrativo.

Las normas tributarias punitivas tendrán efecto retroactivo cuando: Las que creen infracciones. Las que supriman infracciones o establezcan sanciones más benignas o términos de prescripción más breves. Las que impongan sanciones más fuertes.

Las clases de infracciones administrativas son: Contrabando. Contravenciones y faltas reglamentarias. Unicamente las faltas reglamentarias.

Una de las penas aplicables al cometimiento de una infracción tributaria es: Prescripción. Suspensión de actividades. Matrícula en el registro de la administración tributaria.

De forma general la clausura de un establecimiento no podrá exceder de: Cinco meses. Dos meses. Tres meses.

De acuerdo con la gravedad de la infracción la pena de suspensión en el desempeño de cargos públicos no podrá exceder de: Veinte días. Treinta días. Diez días.

Las acciones y sanciones por infracciones tributarias se extinguen: Por muerte del infractor y por prescripción. Únicamente por prescripción. Únicamente por muerte del infractor.

Sobre el valor de las obligaciones tributarias pagadas por consignación, no habrá lugar al cobro de intereses, desde la fecha en la que se realizó el pago. Verdadero. Falso.

La retención o el embargo de un crédito se practicará mediante notificación de la orden al deudor del coactivado, para que. Cancele inmediatamente al coactivado el valor adeudado. Remate sus bienes y cancele al coactivado en el plazo máximo de tres días. Se abstenga de pagarle a su acreedor y lo efectúe al ejecutor.

Las acciones de impugnación se sustancian en el procedimiento ordinario. Verdadero. Falso.

La Jurisdicción contencioso - tributaria consiste en la potestad pública de conocer y resolver las controversias que se susciten entre las administraciones tributarias y los contribuyentes, responsables o terceros, por actos que determinen obligaciones tributarias o establezcan responsabilidades en las mismas o por las consecuencias que se deriven de relaciones jurídicas provenientes de la aplicación de leyes, reglamentos o resoluciones de carácter tributario. Falso. Verdadero.

El Código Orgánico General de Procesos, se refiere de manera conjunta a los procedimientos contencioso administrativo y tributario. Falso. Verdadero.

Las faltas reglamentarias se sancionan de modo general con una multa que va entre: USD 40 y USD 1000. USD 30 y USD 1000. USD 30 y USD 1500.

Comete defraudación tributaria quien Altere libros o registros informáticos de contabilidad, anotaciones, asientos u operaciones relativas a la actividad económica, así como el registro contable de cuentas, nombres, cantidades o datos falsos. Falso. Verdadero.

Las normas tributarias punitivas, sólo regirán para el futuro. Sin embargo, tendrán efecto retroactivo, entre otras, las que: Establezcan nuevas infracciones. Supriman infracciones. Creen infracciones.

Los tributos tienen una gran importancia como ingresos ordinarios del Estado que son utilizados principalmente para solventar el gasto público. Verdadero. Falso.

Aceptada la reclamación de pago indebido o del pago en exceso, por la competente autoridad administrativa o por el Tribunal Distrital de lo Fiscal, en su caso, se emitirá la nota de crédito o cheque respectivo o se admitirá la compensación a que hubiere lugar, con obligaciones tributarias pendientes que tuviere el mismo contribuyente o responsable. Verdadero. Falso.

Las sanciones por la comisión de contravenciones y faltas reglamentarias son impuestas por los jueces de lo penal. Verdadero. Falso.

Quien hubiere propuesto una queja infundada, será sancionado con pena privativa de libertad. Falso. Verdadero.

Comete contrabando quien desembarque, descargue o lance en tierra, mar o en otro medio de transporte, mercancías internas sometiéndose al control aduanero, salvo los casos de arribo forzoso. Verdadero. Falso.

Los particulares con los que el coactivado mantenga una deuda pendiente pueden intervenir como terceristas coadyuvantes en el proceso coactivo, desde: Que se decreta el embargo hasta el remate. Desde el inicio de la coactiva hasta el embargo. La notificación del título de crédito hasta el embargo.

Al procedimiento coactivo se puede proponer la siguiente excepción: Falta de actuación estatal. Incompetencia del funcionario ejecutor. Incompetencia de la Administración Pública.

Se puede presentar acción especial respecto de las acciones directas. Verdadero. Falso.

Una de las solemnidades sustanciales del proceso de ejecución es: Título de crédito certificado. Legitimidad de personería del coactivado. Obligación notificada.

Una de las excepciones que puede oponerse en el procedimiento de ejecución de créditos tributarios es: Extinción parcial de la obligación por reconvención. Extinción total o parcial de la obligación sea por solución o pago, compensación, confusión, remisión o prescripción de la acción de cobro. Extinción total de la obligación por novación.

Las acciones por las contravenciones y faltas reglamentarias no prescriben. Falso. Verdadero.

El escrito de queja en la vía judicial debe contener entre otros requisitos: El nombre del juzgador. El nombre y apellidos de quien la proponga, con indicación del número de su cédula de identidad. El RUC.

Las faltas reglamentarias son de modo general violaciones a normas reglamentarias tributarias, o disposiciones administrativas obligatorias que establezcan los procedimientos o requisitos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y los deberes formales de los sujetos pasivos, como resoluciones de carácter general dictadas por la máxima autoridad, por ejemplo. Verdadero. Falso.

Si el deudor notificado con el título de crédito, no canceló la deuda en los ocho días indicados en el mismo, ni presentó los trámites permitidos en la norma, el funcionario ejecutor procederá a la emisión. De otro título de crédito. De la resolución sancionatoria. Del correspondiente auto de pago.

Cabe la presentación de las acciones de pago indebido, pago en exceso o devoluciones de lo debidamente pagado en el plazo máximo de 60 días. Verdadero. Falso.

Para decretar el embargo de bienes raíces, el ejecutor obtendrá los certificados de avalúo catastral y del registrador de la propiedad. Verdadero. Falso.

Se puede presentar acción especial respecto: Del recurso de denuncia. De la acción directa. Del recurso de queja.

Comete contrabando quien: Ingrese o extraiga mercancías del territorio aduanero. Ingrese o extraiga clandestinamente mercancías del territorio aduanero. Extraiga mercancías del territorio ecuatoriano.

Comete defraudación aduanera quien oculte dentro. Verdadero. Falso.

Existen tres clases de delitos aduaneros que son: La defraudación aduanera, la receptación aduanera y el contrabando. Las contravenciones, la receptación aduanera y las faltas reglamentarias. Las contravenciones, Las faltas reglamentarias y el contrabando.

Si el título de crédito no contiene la fecha desde la cual se cobrarán intereses. Falso. Verdadero.

La adquisición a título oneroso o gratuito, recepción en prenda o consignación y tenencia o almacenamiento de mercancías extranjeras, cuya cuantía sea superior a ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general, sin que el tenedor de las mismas acredite su legal importación o legítima adquisición en el país, dentro de las setenta y dos horas siguientes al requerimiento de la autoridad aduanera competente, será sancionada con una pena privativa de libertad de uno a tres años y multa del duplo del valor en aduana de la mercancía. Verdadero. Falso.

Está prohibido a las personas que hayan intervenido en el procedimiento de ejecución adquirir los bienes materia del remate o subasta. Verdadero. Falso.

En los casos de los numerales del 12 al 14, del artículo 298 del COIP, se sancionará con pena privativa de libertad de: Tres a cinco años. Cinco a siete años. Seis a ocho años.

Para la configuración de los casos de defraudación tributaria no es necesario el dolo pues es un delito culposo. Verdadero. Falso.

Constituye defraudación agravada y será sancionada con el máximo de la pena prevista para cada caso, la cometida en la noche. Verdadero. Falso.

Una de las excepciones que puede oponerse en el procedimiento de ejecución de créditos tributarios es: Incompetencia del funcionario ejecutor. Incompetencia del coactivado. Incompetencia del secretario.

El escrito de queja ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal debe contener, entre otras cuestiones el acto u omisión de que se acuse al funcionario, que es motivo de la queja. Verdadero. Falso.

Según el artículo 309 del Código Tributario, el recurso de casación en esta materia debe tramitarse conforme a lo dispuesto en la Ley de Casación. Sin embargo, el COGEP, deroga expresamente esta ley, por lo que se tramita conforme a lo contemplado en este cuerpo legal, según las disposiciones correspondientes. Falso. Verdadero.

Las notas de crédito se emitirán, aunque no se encuentren cumplidas las formalidades correspondientes y no podrán ser transferidas libremente mediante endoso. Falso. Verdadero.

Los particulares con los que el coactivado mantenga una deuda pendiente pueden intervenir como terceristas coadyuvantes en el proceso coactivo. Verdadero. Falso.

Las contravenciones son sancionadas con un llamado de atención por escrito por parte de la Administración. Falso. Verdadero.

Las sanciones por contravenciones y faltas reglamentarias serán impuestas por la respectiva administración tributaria mediante resoluciones escritas. Verdadero. Falso.

En el proceso de ejecución habrá lugar a segundo señalamiento para el remate, cuando en el primero no se hubieren presentado postores, o cuando las posturas formuladas no fueren admisibles. Verdadero. Falso.

El Código Orgánico General de Procesos, se refiere de manera conjunta a los procedimientos contencioso administrativo y tributario. Falso. Verdadero.

La retención o el embargo de un crédito se practicará mediante notificación de la orden al deudor del coactivado, para que. Cancele inmediatamente al coactivado el valor adeudado. Remate sus bienes y cancele al coactivado en el plazo máximo de tres días. Se abstenga de pagarle a su acreedor y lo efectúe al ejecutor.

Los títulos de crédito u órdenes de cobro se emitirán por la autoridad competente de la respectiva administración, cuando la obligación tributaria fuere. Únicamente líquida. Determinada y líquida. Únicamente determinada.

Todo título de crédito, liquidación o determinación de obligaciones tributarias ejecutoriadas, que no requieran la emisión de otro instrumento, lleva implícita la orden: De cobro para el ejercicio de la acción coactiva. De medidas precautelatorias. De embargo.

Siempre que un recaudador tributario se negare a recibir del contribuyente o responsable o de un tercero, el pago del todo o parte de una obligación tributaria, podrá el interesado depositar ese valor dentro de 48 horas en la cuenta bancaria que señale la máxima autoridad de la Administración Tributaria. Falso. Verdadero.

Uno de los casos en los que procede la venta directa de los bienes embargados es cuando: Se trate de semovientes y el costo de su mantenimiento resultare oneroso, a juicio del depositario. La administración tributaria así lo decida arbitrariamente. El valor de la deuda sea superior a los USD 500.000.

El postor que, notificado para que cumpla su oferta, no lo hiciere oportunamente, responderá de la quiebra del remate, o sea del valor de la diferencia existente entre el precio del avalúo y el que propuso el postor que le siga en preferencia. Falso. Verdadero.

Las acciones y sanciones por infracciones tributarias se extinguen: Únicamente por muerte del infractor. Por muerte del infractor y por prescripción. Únicamente por prescripción.

Las acciones por las contravenciones y faltas reglamentarias prescribirán en: Cinco años contados, desde que fueron cometidas. Tres años contados, desde que fueron cometidas. Siete años contados, desde que fueron cometidas.

El escrito de queja ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal debe contener: La multa. El comprobante del pago de la caución. El acto u omisión de que se acuse al funcionario, que es motivo de la queja.

La persona que litigue de forma abusiva, maliciosa, temeraria o con deslealtad será condenada a pagar al Estado y su contraparte, cuando haya lugar, los gastos en que haya incurrido. Verdadero. Falso.

Una de las solemnidades sustanciales del proceso de ejecución es: Obligación notificada. Legitimidad de personería del coactivado. Título de crédito certificado.

Son partes en el procedimiento ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal: el actor, el demandado y el tercero perjudicado. Falso. Verdadero.

El único requisito que puede faltar en los títulos de crédito sin que se produzca nulidad es: La fecha desde la cual se cobrarán intereses. El valor de la deuda. El nombre del coactivado.

Una de las solemnidades sustanciales del proceso de ejecución es la legitimidad de personería del coactivado, de no cumplirse puede acarrear nulidad. Verdadero. Falso.

Las administraciones tributarias no tienen facultad coactiva. Verdadero. Falso.

Una de las excepciones que puede oponerse en el procedimiento de ejecución de créditos tributarios es la extinción total o parcial de la obligación sea por solución o pago, compensación, confusión, remisión o prescripción de la acción de cobro. Falso. Verdadero.

Los procesos contencioso-administrativo y tributario, tienen la particularidad de: Trascender solamente al interés particular. Trascender al interés particular y alcanzar a los intereses colectivos. No alcanzar a los intereses colectivos.

La base para las posturas en el primer señalamiento será: Las dos terceras partes del avalúo de los bienes a rematarse. La mitad del avalúo de los bienes. Las tres quintas partes del avalúo de los bienes.

Sobre el valor de las obligaciones tributarias pagadas por consignación, no habrá lugar al cobro de intereses, desde la fecha en la que se realizó el pago. Falso. Verdadero.

Si se fueren a embargar empresas comerciales, industriales, de servicio público o agrícolas es necesario un. Un apoderado externo. Un interventor. Un presidente y vocales.

En la actualidad las acciones cuya competencia corresponde al Tribunal Distrital de lo Fiscal deben sustanciarse según lo establecido en el Reglamento para la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. Verdadero. Falso.

Quien hubiere propuesto una queja infundada, será sancionado con multa de: Cuarenta a quinientos dólares de los Estados Unidos de América sin perjuicio de las otras sanciones a que haya lugar. Cuarenta a cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América sin perjuicio de las otras sanciones a que haya lugar. Cuarenta a mil dólares de los Estados Unidos de América sin perjuicio de las otras sanciones a que haya lugar.

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