Derechos Humanos Cap 1 (v.2)
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Título del Test:![]() Derechos Humanos Cap 1 (v.2) Descripción: Test de Carolina Alinorak |




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Los defensores de la necesidad de la fundamentacion de los DH se basan en el motivo de que: Solo una justificación sólida permite una defensa clara de los mismos. La teoría y la práctica de los derechos humanos han de ir conectadas. No es suficiente con técnicas jurídicas, económicas, políticas y sociales, sino también se necesita el respaldo de buenos argumentos y razones para defenderlos. Todas las respuestas anteriores son verdaderas. Las teorías de fundamentación de los DH son: Primaria, ética, racional, positivista y humanista. Iusnaturalista, primaria, humanista y pactista. Positivista, racional, iusnaturalista, pactista y humanista. Humanista, ética, iusnaturalista, racional y positivista. La fundamentación que señala la propia naturaleza del hombre como raíz explicativa y justificadora de la existencia y reconocimiento de los derechos humanos es: la fundamentación pactista. la fundamentación humanista. la fundamentación positivista. la fundamentación iusnaturalista. la fundamentación pactista se denomina también: fundamentación universal. fundamentación consensualista. fundamentación humanista. fundamentación jurídica. ¿Cuál es el enfoque que trata de armonizar los desacuerdos entre las fundamentaciones iusnaturalista y positivista, aceptando la objetividad y la universalidad de los DH pero como proceso y producto histórico y no como una derivación de una ley natural, al mismo tiempo que reclama la necesidad de positivizar dichos derechos en los diversos textos legales para seguir profundizando en los nuevos retos que plantea el reconocimiento de la dignidad humana?. Humanista. Filosófico. Pactista o consensualista. Positivista. Señale la afirmación verdadera en la denominación de los derechos naturales del hombre: Parte de las teorías iusnaturalistas. Surge en el sigo XIV. Pertenece a la segunda parte de la historia de los derechos humanos. Las respuestas a y b son verdaderas. Entre las numerosas corrientes que han intentado fundamentar el reconocimiento de los DH figuran: Iusnaturalismo e iluminismo. El pactismo y el humanismo. El positivismo y el marxismo. El tradicionalistmo y el existencialismo. En el debate teórico sobre la fundamentación de los DH, ¿qué fundamentación presenta una postura pesismista y otra más positiva?. La fundamentación racional. La fundamentación iusnaturalista. La fundamentación positivista. La fundamentación humanista. Uno de los motivos por los que se ve necesaria la fundamentación y la justificación de los DH es por: La propia lógica. El miedo a la no sacralización de los mismos. Educación de los ciudadanos. El cumplimiento de la Ley. La fundamentación que pone como punto de anclaje y referencia última de los DH la dignidad es: la fundamentación humanista. la fundamentación positivista. la fundamentación pactista. todas y cada una de ellas. Según el fundamento humanista, para que la dignidad sea la base de los derechos humanos, esta debe tener: Un valor intrínseco. un valor extrínseco. Un valor humano. Un rigor básico. Según la fundamentación humanista: Ponen la dignidad personal de los hombres como punto de anclaje. Referencia última de los derechos humanos. Los individuos poseen unos derechos primarios. Las respuestas a y b son correctas. La fundamentación humanista de los DH defiende que: Para que la dignidad sea la base de los DH esta debe de tener un valor intrínseco. Los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tienen carácter pre-social. No hay más derechos que los reconocidos en las leyes. No existe esta teoría de fundamentación de los derechos humanos. Para las teorías humanistas los hombres poseen una dignidad preeminente, llegando a la conclusión de que esta dignidad proyecta sobre el sistema de las relaciones una amplia gama de exigencias radicales e insobornables que han de ser reconocidas como derechos por la: La organización estatal. Los individuos y la sociedad. Los estados y los ciudadanos. La tradición jurídica. La fundamentación racional de los DH defiende que: Para que la dignidad sea la base de los derechos humanos esta deber de tener un valor intrínseco. Los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tienen carácter pre-social. Las respuestas a y b son falsas. No existe esta teoría de fundamentación de los derechos humanos. La fundamentación racional de los DH supone: Una validez general indiscutible y consistente. Una validez individual y consistente. Una validez general discutible y consciente. Una validez general consciente. La fundamentación racional supone una validez general indiscutible y consistente, en el sentido de no estar subordinada a ningún presupuesto ajeno al contexto de racionalidad dentro del que ella misma se desarrolla, lo que le confiere un carácter de: Validez explicativa. Derechos primarios. Validez absoluta. Inherente. La fundamentación más compleja ya que intenta encontrar las raíces filosóficas y espirituales cuya validez no depende de ningún otro: Iusnaturalista. Racional. Positivista. Pactista. ¿Qué fundamentación se caracteriza por defender la existencia de una naturaleza común a todos los seres humanos?. Fundamentación racional. Fundamentación humanista. Fundamentación iusnaturalista. Fundamentación pactista. ¿Qué fundamentación afirma que el derecho natural está constituido por una serie de principios universales e inmutables que conformarían la noción de justicia, cuya validez sería igualmente universal e inmutable, y en la que deberían basarse todas las leyes que rigen el comportamiento de los hombres?. Fundamentación positivista. Fundamentación iusnaturalista. Fundamentación racional. Fundamentación humanista. La fundamentación iusnaturalista: Se caracteriza por defender la existencia de una naturaleza común a todos los seres humanos. Se caracteriza por ocultar la existencia de una naturaleza común a todos los seres humanos. Se caracteriza por encontrar unas raíces filosóficas y espirituales. Se caracteriza por compartir unos valores comunes. La postura iusnatularista defiende la existencia de una naturaleza común a todos los SH, de la que emanaría: El derecho antisocial. El derecho de intervención. El derecho natural. Todas las respuestas anteriores son incorrectas. La fundamentación positivista de los DH defiende que;. Para que la dignidad sea la base de los derechos humanos esta debe de tener un valor intrínseco. Los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tiene carácter pre-social. No hay más derechos que los reconocidos en las leyes. No existe esta teoría de fundamentación de los derechos humanos. Los individuos son titulares de derechos fundamentales en tanto en cuanto el ordenaiento jurídico del Estado del que son ciudadanos se los ha reconocido. Esta afirmación es defendida por: Fundamentación iusnaturalista. Fundamentación racional. Fundamentación pactista. Fundamentación positivista. Según la fundamentación pactista o consensualista, los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y tiene: Derechos básicos. Carácter pre-social. Sistema jurídico. Orden social. La fundamentación que defiende que los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su naturaleza y que solo pueden ser disfrutados dentro de la organización política es: la fundamentación racional. la fundamentación iusnaturalista. la fundamentación positivista. la fundamentación pactista. La fundamentación pactista de los DH defiende que: Para que la dignidad sea la base de los derechos humanos esta debe de tener un valor intrínseco. Los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tienen carácter pre-social. No hay más derechos que los reconocidos en las leyes. No existe esta teoría de fundamentación de los derechos humanos. La fundamentación ética de los DH defiende que: Para que la dignidad sea la base de los derechos humanos esta debe tener un valor intrínseco. Los individuos poseen unos derechos primarios que radican en su propia naturaleza y que tienen carácter pre-social. No hay más derechos que los reconocidos en las leyes. No existe esta teoría de fundamentación de los derechos humanos. La expresión de DH, es de origen reciente. Su fórmula de inspiración francesa "derechos del hombre" se remonta: a finales del siglo XVI. a la Declaración del 10 de diciembre de 1948. a las últimas décadas del siglo XVIII. a la Edad Media. Dentro de la evolución histórica de los DH, Platón considera que: Todos los hombres son iguales, independientemente de su función en la polis, y por eso tienen los mismos derechos. La libertad debía ser entendida como principio de autonomía. Todos los hombres no son iguales, están condicionados por la función que ocupan dentro de la polis, y por eso no tienen los mismos derechos. El hombre es un ser social por naturaleza, por lo que la libertad debía de ser entendida como independencia dentro de la vida pública. Los primeros en apuntar la idea de igualdad entre los seres fueron: Los sofistas. Los hermenéuticos. Platón y Aristóteles. Platón y los sofistas. Quienes primero apuntaron la idea de igualdad entre los seres humanos fueron: los positivistas. los igualitarios. los intersubjetivistas. los sofistas. en el prensamiento Greco-Romano, no existía: La idea de dignidad. La idea de igualdad. La idea de pertenecer a un estamento. La respuesta a y b son correctas. En el pensamiento greco-romano: Existía la idea de igualdad y dignidad entre todos los seres humanos. Existía la noción de los derechos humanos. El patrimonio jurídico de una persona era su pertenencia a un estamento dentro de su grupo social. Su valor como hombre se determinaba solo por ser un individuo. ¿Quiénes son ilustres filósofos del pensamiento greco-romano?. De castro. Platón. Aristóteles. La b y c la son correctas. El hombre forma parte de la polis y no todos los hombres son iguales, fue un pensamiento de: Aristóteles. Platón. Los romanos. Delgado Pino. En el pensamiento griego: Todos los seres humanos son iguales excepto las mujeres y los esclavos. No existía la idea de dignidad ni igualdad entre los seres humanos. Todos los seres humanos son iguales, incluídas las mujeres y los esclavos. Se oponían a la discriminación. Los primero que se oponían a la discriminación entre griegos y bárbaros fueron: los romanos. los cristianos. los griegos. los sofistas. ¿Quién defendía la igualdad entre los seres humanos por entender que todos éramos de la misma naturaleza humana?. Platón. Aristóteles. Los Sofistas. Ninguno. En el pensamiento cristiano se afirma: La dignidad esencial entre todos los hombres. La igualdad esencial entre todos los hombres. La naturaleza esencial entre todos los hombres. La fraternidad esencial entre todos los hombres. |