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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerechos reales

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Título del test:
Derechos reales

Descripción:
Propiedad, dominio y registro de la propiedad

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
16/08/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 22
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Temario:
Los derechos reales: Otorgan un poder directo e inmediato sobre la cosa Requieren de la entrega de la cosa en un momento futuro como pago Son el poder de exigir de otro una prestación No son inscribibles.
Los derechos reales se originan por: Acto de transmisión Contrato Enajenación.
Los derechos reales protegen al tenedor, imponiendo un deber de abstención frente a todos. Esta eficacia se denomina: Relativa, frente al sujeto pasivo Inmediatividad Erga omnes o derecho absoluto.
Diferencias entre derechos reales y de crédito Derechos reales Derechos de crédito.
Diferencias entre derechos reales y de crédito Derechos reales Derechos de crédito.
Diferencias entre derechos reales y de crédito Derechos reales Derechos de crédito.
Clasificación de los derechos reales en el derecho civil español. Relacionar con los derechos: De goce De garantía De adquisición.
La siguiente definición corresponde a un derecho real: "Concede al dueño acción contra el tenedor o poseedor de la cosa para reivindicarla" Dominio Posesión Usufructo Prenda Servidumbre Anticresis Retracto.
La siguiente definición corresponde a un derecho real: "El poseedor tiene una inmediata potestad sobre la cosa y el derecho de ser mantenido y reintegrado en el pacífico ejercicio de esa potestad contra cualquier perturbador" Dominio Posesión Usufructo Prenda Servidumbre Anticresis Retracto.
La siguiente definición corresponde a un derecho real: "Da derecho a disfrutar los bienes ajenos a cambio de mantenerlos en buenas condiciones y de un precio establecido" Dominio Posesión Usufructo Prenda Servidumbre Anticresis Retracto.
La siguiente definición corresponde a un derecho real: "Recaen directamente sobre la finca, de la cual son inseparables y producen una acción real" Dominio Posesión Usufructo Prenda Servidumbre Anticresis Retracto.
La siguiente definición corresponde a un derecho real: "Garantía por la que el deudor entrega una cosa a su acreedor para el pago de un crédito insoluto con los frutos, naturales o civiles que la cosa produzca, restituyéndola una vez pagada la deudal" Dominio Posesión Usufructo Prenda Servidumbre Anticresis Retracto.
La propiedad es un derecho real que conlleva una serie de facultades. En este caso, señalar las facultades de libre disposición: Enajenar Gravar Transformar Usar Disfrutar Consumir.
La propiedad es un derecho real que conlleva una serie de facultades. En este caso, señalar las facultades de libre aprovechamiento: Enajenar Gravar Transformar Usar Disfrutar Consumir.
El artículo 609 define claramente cuáles son los modos de adquirir la propiedad. Señalar: Ocupación Disposición legal Enajenación Donación o contratos Sucesión testada e intestada Accesión Prescripción.
Según la teoría del título, la transmisión de la propiedad puede hacerse por medio del título o del modo. ¿Qué representa el título? Es el fundamento o causa jurídica de la adquisición Es la transferencia de la posesión de la cosa.
Según la teoría del título, la transmisión de la propiedad puede hacerse por medio del título o del modo. ¿Qué representa el modo o tradición? Es el fundamento o causa jurídica de la adquisición Es la transferencia de la posesión de la cosa.
El acto consistente en la aprehensión (toma de posesión) de una cosa que no tiene dueño, con intención de hacerla propia, se denomina: Prescripción Transmisión Posesión Ocupación.
El dominio es un derecho real que se adquiere por ocupación, por ley, donación, sucesión testada e intestada, mediante contratos o por prescripción. De entre los modos de perder dicho dominio, ¿cuáles son los involuntarios que recoge el Ccivil? Abandono o renuncia Destrucción de la cosa Revocación Disposición de ley Decreto judicial (procedimiento de apremio) Acto del estado (expropiación forzosa) Enajenación.
El Registro de la Propiedad se sitúa en cada circunscripción territorial y se sigue un criterio unitario para todos ellos. Estas políticas comunes las establece el encargado de su dirección, vigilancia e inspección, que es: Ministerio de Hacienda Dirección General de los Registros y el Notariado Dirección General de Tributos.
¿Qué supone el principio de rogación seguido por el Registro de la Propiedad? Cada asiento se apoya en una inscripción anterior Los cambios registrales se producen a instancia de parte, no de oficio por el registrador Las anotaciones inscritas en el Registro son fieles a la realidad.
¿Qué supone el principio de tracto sucesivo seguido por el Registro de la Propiedad? Cada asiento se apoya en una inscripción anterior Los cambios registrales se producen a instancia de parte, no de oficio por el registrador Las anotaciones inscritas en el Registro son fieles a la realidad.
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