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DIPr 2pp UNED

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Título del Test:
DIPr 2pp UNED

Descripción:
Tema 14. Persona Física

Fecha de Creación: 2020/05/23

Categoría: UNED

Número Preguntas: 28

Valoración:(5)
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Temario:

El estatuto personal determina la posición jurídica de la persona en la sociedad. Sí. No, ese es el estatuto real. Ninguna es correcta.

Son inscribibles en el Registro Civil español: Hechos y actos relativos al estado civil, p.ej. emancipación, filiación, matrimonio, incapacitación, nacionalidad, etc. Situaciones relativas a la identidad y otras circunstancias personales que tiene acceso al Registro Civil, p.ej. el nombre, las declaraciones de ausencia y fallecimiento, constitucionalizaré del patrimonio protegido de personas con discapacidad. Ambas.

Según la LOPJ los tribunales españoles tienen competencia exclusiva en materia de validez o nulidad de las inscripciones practicadas en un Registro español. Sí. Depende de la nacionalidad del sujeto. Depende de la residencia del sujeto.

Según la LOPJ se admite la sumisión en materias relacionadas con el estatuto personal. Siempre. Sólo cuando una ley expresamente lo permita. Nunca.

El criterio utilizado para los expedientes de capacidad de las personas y medidas de protección según las leyes españolas es: Residencia. Nacionalidad. Uno u otro, es decir, aplica a los nacionales o a los que residan.

Para la adopción de medidas provisionales o de aseguramiento se requiere: Residencia en territorio español. Nacionalidad española. Que se encuentre en territorio español.

Para la declaración de ausencia o fallecimiento se tiene en cuenta: Último domicilio en España. La nacionalidad española. A o B.

En cuanto al reconocimiento de decisiones sobre incapacitación y medidas de protección judiciales y no judiciales, que afirmación es verdadera: No se requiere exequátur si entran en el ámbito de la jurisdicción voluntaria. Si hay oposición se regulan por la LCJI. Ambas son correctas.

Las medidas de procedimientos de violencia familiar y violencia de género, reguladas por el Reglamento UE nº 606/2013 dictadas por la autoridad de un EM. Requieren exequátur cuando se pretenda su ejecución. Serán reconocidas sin necesidad de procedimiento y tendrán fuerza ejecutiva en los demás Estados miembros de la UE. Ambas son falsas.

Según el artículo 9.1 CC: La ley personal de las personas físicas es la determinada por su nacionalidad. La ley personal de las personas físicas es la determinada por su residencia. Una u otra serán de aplicación indistintamente.

El artículo 9.1 CC aplica a: Derechos derivados del nacimiento y la extinción de la personalidad. Derecho de la personalidad. A y B son correctas.

El artículo 9.1 CC comprende: Capacidad jurídica. Capacidad de obrar. Ambas.

Afirmación falsa: La capacidad jurídica admite graduaciones. La capacidad de obrar es la aptitud o idoneidad para realizar eficazmente determinados actos jurídicos. La capacidad jurídica es la aptitud o idoneidad para ser titular de derechos y obligaciones.

Según nuestro CC el estatuto personal: Está sujeto de manera general a la residencia habitual y subsidiariamente a la nacionalidad. Está sujeto de manera general a la nacionalidad y subsidiariamente a la residencia habitual. Ambas son falsas.

Afirmación verdadera: En el sistema español =domicilio (sub-nacionalidad) para designar la ley personal. En los sistemas anglosajones =domicilio equivalente =residencia habitual. Ambas son falsas.

Afirmación verdadera: UE en el ámbito personal y familiar =nacionalidad de cualquiera o de ambas partes en una relación jurídica puede ser escogida como ley aplicable. La concreción del significado de estas conexiones (residencia habitual o nacionalidad) es necesaria para establecer qué derecho será aplicable =significado establecerse desde el ordenamiento en que se insertan. Ambas son verdaderas.

Ley rectora del nombre y apellidos de las personas físicas. El nombre (y apellidos) se determinan siempre conforme a la ley personal (art. 9.1 CC). Debe tenerse en cuenta otra ley cuando sea ésta la que rija el cambio en los apellidos. El nombre (y apellidos) se determinan conforme a la ley de residencia (art. 9.1 CC).

Juan (doble nacionalidad española y belga) quiere cambiar el orden de sus apellidos ante la autoridad española ¿Debe aplicarse la ley española a este supuesto?. En los supuestos de doble nacionalidad cuando una es española y está prevista en las leyes españolas se estará a lo que determinen los TI, y si nada estableciesen a la última coincidente con la residencia habitual (art. 9.9 CC). Si no hubiera TI, se estará a la ley del lugar de nacimiento (art. 9.10 CC). Se aplicará la ley belga.

Convenio de la CIEC nº 19 (Convenio de Munich) relativo a la ley aplicable al nombre y apellidos: Pertenece al tipo de los llamados convenios erga omnes o de aplicación universal, por lo que se aplica por las autoridades de los Estados que sean parte o no del mismo. Pertenece al tipo de los llamados convenios erga omnes o de aplicación universal, por lo que se aplica con independencia de que la ley designada sea o no la de un Estado parte en dicho Convenio. El DIPr interno queda derogado vigente para las situaciones de doble nacionalidad, que están reguladas en el Convenio CIEC.

Una afirmación falsa sobre el CIEC nº 19: Sigue el criterio de la ley nacional. No se admite el reenvio. El artículo 5 del Convenio dispensa al Encargado del Registro Civil en los supuestos de imposibilidad de conocer el derecho aplicable, permitiéndole la aplicación de su ley interna.

Cuando un nacional no perteneciente a la UE se nacionaliza español ¿puede mantener sin restricciones el nombre y apellidos que ostentará hasta el momento de la adquisición de la nacionalidad española?. En los supuestos de cambio de nacionalidad se aplicará al nombre la nueva ley nacional adquirida, la ley española como lex fori y se le permite la conservación de los apellidos del anterior estatuto personal siempre que así lo declare el interesado en el momento de la adquisición o dentro de los dos meses siguientes a la mayoría de edad. Con una limitación de orden público: deben constar dos apellidos. En los supuestos de cambio de nacionalidad se aplicará al nombre la nueva ley nacional adquirida, la ley española como lex fori y se le permite la conservación de los apellidos del anterior estatuto personal siempre que así lo declare el interesado en el momento de la adquisición o dentro de los dos meses siguientes a la mayoría de edad. Con dos limitaciones de orden público: deben constar dos apellidos y no se permite la transmisión exclusiva de los dos apellidos de una sola de las líneas. En los supuestos de cambio de nacionalidad se aplicará al nombre la nueva ley nacional adquirida, la ley española como lex fori y se le permite la conservación de los apellidos del anterior estatuto personal, siempre que así lo declare el interesado en el momento de la adquisición o dentro de los dos meses siguientes a la mayoría de edad. Con dos limitaciones de orden público: deben constar un mínimo de dos apellidos y se permite la transmisión exclusiva de los dos apellidos de una sola de las líneas.

Indique la respuesta incorrecta: El principio de la infungibilidad de las líneas significa que deben constar dos apellidos siempre. Los españoles con nacionalidad de otro Estado miembro de la UE pueden cambiar voluntariamente su apellido, de conformidad con las normas del país de la otra nacionalidad y siempre que no sea contrario al orden público. Ambas son incorrectas.

Indique la repuesta correcta: En los supuestos de nacimiento de españoles en un Estado miembro se produce un desplazamiento de la ley nacional en favor de la ley del país de la residencia habitual. En los supuestos de nacimiento de españoles en un Estado miembro se aplica la ley nacional. Ambas son correctas.

Afirmación correcta: La excepción del "interés nacional" (art. 10.8 CC) impide que la incapacidad, establecida de acuerdo con la ley personal, pero no reconocida por la ley española, invalide los contratos onerosos concluidos en España. Se admiten más causas de incapacidad que las previstas por la ley española como ley del lugar de celebración del contrato. Esta excepción no se recoge en términos similares en el Reglamento Roma I, sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales, ya que estamos ante una materia excluida del mismo.

¿Qué supone la universalidad en aquellos reglamentos o convenios por los que se determina la ley aplicable a un litigio?. Que el reglamento o convenio será de aplicación internacional, incluso entre Estados no parte. Se aplicará, aunque la ley designada por cualquiera de las normas de conflicto prevista en el texto no sea la ley de un Estado miembro y que sustituye a la legislación interna. Ambas son correctas.

La protección de un incapaz (mayor de edad) en España se rige por: El Convenio de La Haya de 2000, relativo a la protección de los adultos en los supuestos internacionales, en vigor. El CC. Dependiendo de la residencia del incapaz se regirá por uno o por otro.

¿Cuándo son competentes los tribunales españoles en materia de ausencia?. Son competentes los tribunales españoles cuando el desaparecido hubiera tenido su último domicilio en territorio español o fuera español. La norma aplicable es el CC. Son competentes los tribunales españoles cuando el desaparecido hubiera desaparecido en territorio español o fuera español. La norma aplicable es la LOPJ. Son competentes los tribunales españoles cuando el desaparecido hubiera tenido su último domicilio en territorio español o fuera español. La norma aplicable es la LOPJ.

La declaración de ausencia (los presupuestos y efectos) estará sujeta a lo previsto por: La ley de residencia habitual del desaparecido (art. 9.1 CC). La ley nacional del desaparecido (art. 9.1 CC). La ley de residencia habitual o de nacionalidad según la autonomía de la voluntad (art. 9.1 CC).

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