Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDL 1/99 LRFPG

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
DL 1/99 LRFPG

Descripción:
Título 3º Capítulo 3º

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
06/02/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 50
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
En el caso de resultar un remanente de Tesorería negativo a lo largo del ejercicio, el organismo autónomo afectado: Instruirá el oportuno expediente de modificación presupuestaria ante la Consellería de Facenda, en el que se propondrá la baja en aquellos créditos que considere adecuados para la financiación de aquél Instruirá el oportuno expediente de modificación presupuestaria ante la Consellería de Facenda, en el que se propondrá el alta en aquellos créditos que considere adecuados para la financiación de aquél Instruirá el oportuno expediente de modificación presupuestaria ante la Intervención Xeral, en el que se propondrá la baja en aquellos créditos que considere adecuados para la financiación de aquél Instruirá el oportuno expediente de modificación presupuestaria ante la Intervención Xeral, en el que se propondrá el alta en aquellos créditos que considere adecuados para la financiación de aquél.
El remanente de Tesorería de la CAG o de cada uno de sus OO.AA administrativos con referencia a un ejercicio presupuestario determinado estará formado por: La suma de las disponibilidades líquidas y los derechos reconocidos pendientes de cobro, menos las obligaciones reconocidas pendientes de pago, según la situación que presenten a 31 de diciembre del ejercicio anterior La suma de las disponibilidades líquidas y los derechos reconocidos pendientes de cobro, menos las obligaciones reconocidas pendientes de pago, según la situación que presenten a 31 de diciembre del ejercicio actual La diferencia entre las disponibilidades líquidas y los derechos reconocidos pendientes de cobro, más las obligaciones reconocidas pendientes de pago, según la situación que presenten a 31 de diciembre del ejercicio anterior La diferencia entre las disponibilidades líquidas y los derechos reconocidos pendientes de cobro, más las obligaciones reconocidas pendientes de pago, según la situación que presenten a 31 de diciembre del ejercicio actual.
Se entenderá por remanente de Tesorería disponible: Aquel que no esté afectado a la financiación específica de determinados gastos Aquel que esté afectado a la financiación específica de determinados gastos Aquel que no esté afectado a la financiación específica de determinadas inversiones Aquel que esté afectado a la financiación específica de determinadas inversiones.
Sobre el remanente de tesorería sería incorrecta, según el Art. 81 LRFPG: Podrá afectarse en su totalidad o en parte a la financiación del presupuesto inicial de gastos Podrá afectarse en su totalidad o en parte a la financiación de modificaciones presupuestarias Ambas serían correctas, una vez que sea suficientemente comprobada su disponibilidad Ninguna de ellas es correcta.
Se conoce como remanente líquido de Tesorería: La diferencia que en cada momento exista entre el remanente disponible y el afectado a la financiación del presupuesto inicial o de modificaciones presupuestarias a lo largo del ejercicio La suma que en cada momento exista entre el remanente disponible y el afectado a la financiación del presupuesto inicial o de modificaciones presupuestarias a lo largo del ejercicio La diferencia que en cada momento exista entre el remanente disponible y el afectado a la financiación del presupuesto futuro o de modificaciones presupuestarias a lo largo del ejercicio Ninguna de ellas es correcta.
En el caso de resultar un remanente de Tesorería negativo a lo largo del ejercicio, cuando el presupuesto no corresponda a un OO.AA: El Consello de la Xunta, a propuesta de la Consellería de Facenda, dará de baja créditos de las distintas Consellerías De no ser posible, en el presupuesto siguiente se enjugarán con mayores gastos Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará, según el Art. 80 LRFPG: En cuanto a la recaudación de derechos liquidados y al pago de obligaciones reconocidas a 30 de octubre del año natural correspondiente Quedarán a cargo de la Tesorería de la Comunidad Autónoma los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago según sus respectivas contracciones Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Los ingresos que se realicen una vez cerrado el ejercicio presupuestario respectivo: Quedarán desafectados del destino específico que, en su caso, les correspondiese Podrá reconocérseles nueva afectación con cargo al presupuesto del ejercicio en curso Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
En cuanto a la autorización de gasto, NO corresponderá a los conselleiros: Autorizar los gastos referentes a los servicios a su cargo, excepto en los casos reservados por las Leyes a la competencia de la Xunta de Galicia Autorizar los actos de disposición de créditos Autorizar los actos de reconocimiento de obligaciones Autorizar la ordenación de los correspondientes pagos.
En cuanto a la autorización de gasto, NO corresponderá a los órganos estatutarios, salvo lo que establezcan otras leyes aplicables: Autorizar los gastos referentes a los servicios a su cargo, excepto en los casos reservados por las Leyes a la competencia de la Xunta de Galicia Autorizar los actos de disposición de créditos Autorizar los actos de reconocimiento de obligaciones Autorizar la ordenación de los correspondientes pagos.
En cuanto a la autorización de gasto, corresponde a los Presidentes o Directores de los OO.AA de la Comunidad: La autorización y disposición de gastos y créditos El reconocimiento de obligaciones Autorizar la ordenación de los correspondientes pagos Todas ellas son correctas.
¿Cómo se establecerá las competencias y los trámites que debe realizar directamente la Consellería de Facenda, respecto de la contabilidad y de la tesorería para los OO.AA? Reglamentariamente, por el Consello de la Xunta Por ley del Consello de la Xunta Por Decreto de la Presidencia de la Xunta Por Decreto del Consello de la Xunta.
Las facultades reconocidas en cuanto a autorización de gasto en el artículo 72 LRFPG podrán: Ser objeto de delegación o desconcentración en los términos que reglamentariamente se establezca Ser objeto de delegación o descentralización en los términos que reglamentariamente se establezca Ser objeto de avocación o desconcentración en los términos que reglamentariamente se establezca Ser objeto de delegación o descentralización en los términos que se establezca por ley.
En cuanto a las fases de gasto, la "disposición" es el acto en virtud del cual: La autoridad competente acuerda la realización de un gasto, calculado en forma cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o una parte del crédito presupuestario legalmente destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que puedan ser consecuencia de aquél Se acuerda, concierta o determina, según los casos, después de cumplir los trámites que de acuerdo con el derecho procedan, la cuantía concreta que debe alcanzar el compromiso económico para la realización de todo tipo de prestaciones Se contraen en cuentas los créditos exigibles contra la CAG que deban acreditarse como contraprestación económica derivada de los acuerdos, de los conciertos o de las normas resolutorias que determinen la disposición de un crédito, una vez realizada y justificada adecuadamente la correspondiente prestación y efectuada la pertinente liquidación Ninguna de ellas es correcta.
En cuanto a las fases de gasto, el "reconocimiento de la obligación" es el acto en virtud del cual: La autoridad competente acuerda la realización de un gasto, calculado en forma cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o una parte del crédito presupuestario legalmente destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que puedan ser consecuencia de aquél Se acuerda, concierta o determina, según los casos, después de cumplir los trámites que de acuerdo con el derecho procedan, la cuantía concreta que debe alcanzar el compromiso económico para la realización de todo tipo de prestaciones Se contraen en cuentas los créditos exigibles contra la CAG que deban acreditarse como contraprestación económica derivada de los acuerdos, de los conciertos o de las normas resolutorias que determinen la disposición de un crédito, una vez realizada y justificada adecuadamente la correspondiente prestación y efectuada la pertinente liquidación Ninguna de ellas es correcta.
En cuanto a las fases de gasto, el "ordenamiento del pago" es el acto en virtud del cual: La autoridad competente acuerda la realización de un gasto, calculado en forma cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o una parte del crédito presupuestario legalmente destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que puedan ser consecuencia de aquél Se acuerda, concierta o determina, según los casos, después de cumplir los trámites que de acuerdo con el derecho procedan, la cuantía concreta que debe alcanzar el compromiso económico para la realización de todo tipo de prestaciones El ordenador competente, previa propuesta de pago realizado por quien ha reconocido la existencia de la obligación, expide la orden de pago contra la Tesorería de la Comunidad a favor del respectivo acreedor Ninguna de ellas es correcta.
Se define como "la operación en virtud de la cual el ordenador competente, previa propuesta de pago realizado por quien ha reconocido la existencia de la obligación, expide la orden de pago contra la Tesorería de la Comunidad a favor del respectivo acreedor": La autorización del gasto La disposición El reconocimiento de la obligación El ordenamiento del pago.
Se define como "la operación de contraer en cuentas los créditos exigibles contra la Comunidad de Galicia que deban acreditarse como contraprestación económica derivada de los acuerdos, de los conciertos o de las normas resolutorias que determinen la disposición de un crédito, una vez realizada y justificada adecuadamente la correspondiente prestación y efectuada la pertinente liquidación": La autorización del gasto La disposición El reconocimiento de la obligación El ordenamiento del pago.
Se define como "el acto en virtud del que se acuerda, concierta o determina, según los casos, después de cumplir los trámites que de acuerdo con el derecho procedan, la cuantía concreta que debe alcanzar el compromiso económico para la realización de todo tipo de prestaciones": La autorización del gasto La disposición El reconocimiento de la obligación El ordenamiento del pago.
Se define como "el acto en virtud del cual la autoridad competente acuerda la realización de un gasto, calculado en forma cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o una parte del crédito presupuestario legalmente destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que puedan ser consecuencia de aquél": La autorización del gasto La disposición El reconocimiento de la obligación El ordenamiento del pago.
Queda formalizada la reserva del crédito por un importe y unas condiciones exactamente determinados con los actos de: La autorización del gasto La disposición El reconocimiento de la obligación El ordenamiento del pago.
La ordenación general de pagos de la Comunidad corresponde: Al Conselleiro de Facenda, pudiendo delegar dicha competencia de acuerdo con los procedimientos legales aplicables Al Consello de la Xunta, pudiendo delegar dicha competencia de acuerdo con los procedimientos legales aplicables Al Conselleiro de Facenda, no pudiendo delegar dicha competencia de acuerdo con los procedimientos legales aplicables Al Consello de la Xunta, no pudiendo delegar dicha competencia de acuerdo con los procedimientos legales aplicables.
Sobre la ordenación general de pagos de la Comunidad se dispone que: Al objeto de facilitar el servicio de ordenamiento de pagos, se podrán establecer ordenamientos secundarios bajo la dependencia del Conselleiro de Facenda Al objeto de facilitar el servicio de ordenamiento de pagos, se podrán establecer ordenamientos secundarios bajo la dependencia de la autoridad delegada por el Conselleiro de Facenda Los servicios y las funciones de los ordenamientos de pagos se dispondrán reglamentariamente a propuesta del Conselleiro de Facenda Todas ellas son correctas.
La expedición de órdenes de pago con cargo al presupuesto de la Comunidad y de sus organismos autónomos deberá ajustarse: Al plan que sobre disposición de fondos de la Tesorería establezca anualmente la Consellería de Facenda Al plan que sobre disposición de fondos de la Tesorería establezca anualmente el Consello de la Xunta Al plan que sobre disposición de fondos de la Tesorería establezca reglamentariamente la Consellería de Facenda Al plan que sobre disposición de fondos de la Tesorería establezca reglamentariamente el Consello de la Xunta.
Las órdenes de pago se expedirán una vez que se justifique documentalmente ante el órgano competente para reconocer (sería INCORRECTA): La respectiva obligación La realización de la prestación El derecho del acreedor La compra del bien o la realización del servicio.
Sobre la regulación que el artículo 76 LRFPG hace sobre la tramitación de la ordenación de pagos, sería INCORRECTA: Los ordenadores de pagos podrán recibir las propuestas y librar las correspondientes órdenes de pago mediante la utilización de procesos informáticos En este supuesto la documentación justificativa del gasto realizado podrá quedar en aquellos centros en los que se reconocieron las correspondientes obligaciones En los casos contemplados en el número anterior, a los ordenadores de pagos les serán exigibles responsabilidades que procedan de trámites anteriores a su participación en el proceso de gestión presupuestaria Todas ellas son correctas.
Los "pagos a justificar" vienen recogidos en el artículo de la LRFPG: 75 76 77 78.
Tendrán el carácter de pagos a justificar, según la LRFPG: Los fondos librados para atender ingresos que no puedan ir acompañados de la documentación justificativa a que se hace referencia en el artículo 76 Los fondos librados para atender ingresos que puedan ir acompañados de la documentación justificativa a que se hace referencia en el artículo 76 Los fondos librados para atender gastos que no puedan ir acompañados de la documentación justificativa a que se hace referencia en el artículo 76 Los fondos librados para atender gastos que puedan ir acompañados de la documentación justificativa a que se hace referencia en el artículo 76.
Podrán expedirse órdenes de pago a justificar en los supuestos siguientes (sería INCORRECTA): Cuando los documentos justificativos no puedan adjuntarse antes de efectuar la propuesta de pago Cuando se considere conveniente la utilización de este sistema para agilizar significativamente la gestión de los créditos Cuando las órdenes de pago tengan por objeto satisfacer gastos en localidades donde no existan dependencias del organismo autónomo de que se trate Cuando así se disponga previa propuesta de la Intervención Xeral, mediante orden aprobada por el Conselleiro de Hacienda.
¿Quién establecerá las normas generales que regulen la expedición de órdenes de pago a justificar, así como los límites cuantitativos de las mismas y los conceptos presupuestarios a los que son aplicables? La Consellería de Facenda, oídas las Consellerías, previo informe de la Intervención Xeral La Intervención Xeral, oídas las Consellerías, previo informe de la Consellería de Facenda Las Consellerías, previo informe de la Consellería de Facenda, previo informe de la Intervención Xeral La Consejería de Facenda, oída la Intervención Xeral, previo informe de las Consellerías.
Las órdenes de pago cursadas con el carácter de justificar se aplicarán a los créditos presupuestarios que correspondan y sus perceptores: Quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 3 meses, estando sujetos al régimen de responsabilidades previsto en la LRFPG Quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 2 meses, estando sujetos al régimen de responsabilidades previsto en la LRFPG Quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 1 meses, estando sujetos al régimen de responsabilidades previsto en la LRFPG Quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 6 meses, estando sujetos al régimen de responsabilidades previsto en la LRFPG.
Los perceptores de las cantidades derivadas de órdenes de pago a justificar, para lo que: Quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 1 meses Quedarán exentos al régimen de responsabilidades previsto en la LRFPG En los casos excepcionales podrá concederse una prórroga adicional por otro período igual al establecido para cumplimentar en todo o en parte la citada justificación Todas ellas son correctas.
Tras la recepción de la documentación justificativa requerida en los "pagos a justificar", el órgano competente procederá a la aprobación o al reparo de la cuenta rendida: En el curso de 2 meses siguientes a la fecha de recepción de dicha documentación En el curso de 1 mes siguientes a la fecha de recepción de dicha documentación En el curso de 6 meses siguientes a la fecha de recepción de dicha documentación En el curso de 3 meses siguientes a la fecha de recepción de dicha documentación.
Las provisiones de fondos de carácter permanente que se realicen a pagadurías, cajas y habilitaciones para la atención de gastos periódicos o repetitivos No tendrán la condición de pagos a justificar Podrían tener la condición de pagos a justificar Tendrán en cualquier caso la condición de pagos a justificar Ninguna de ellas es correcta.
Las provisiones de fondos de carácter permanente que se realicen a pagadurías, cajas y habilitaciones para la atención de gastos periódicos o repetitivos Serán anticipos de caja fija que tendrán la consideración de operaciones extrapresupuestarias y su cuantía global no podrá exceder del 10x100 del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento Serán anticipos de caja fija que tendrán la consideración de operaciones extrapresupuestarias y su cuantía global no podrá exceder del 20x100 del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento Serán anticipos de caja fija que tendrán la consideración de operaciones presupuestarias y su cuantía global no podrá exceder del 10x100 del capítulo destinado a gastos corrientes en suministros y servicios del presupuesto vigente en cada momento Serán anticipos de caja fija que tendrán la consideración de operaciones presupuestarias y su cuantía global no podrá exceder del 20x100 del capítulo destinado a gastos corrientes en suministros y servicios del presupuesto vigente en cada momento.
El procedimiento de concesión de anticipos de caja fija Se ordenará reglamentariamente su justificación e imputación al presupuesto y demás aspectos relacionados con los mismos Se establecerá por ley su justificación e imputación al presupuesto y demás aspectos relacionados con los mismos Se establecerá por decreto su justificación e imputación al presupuesto y demás aspectos relacionados con los mismos Ninguna de ellas es correcta.
Las fases de los derechos económicos, vienen recogidos en el artículo de la LRFPG: 76 77 78 79.
Sobre las distintas fases de los derechos económicos, se define como "compromiso de ingreso": El acto en base al cual se reconoce en cuentas el derecho a liquidar un determinado recurso por una cuantía cierta en el momento en que se cumplan las condiciones o trámites que se contemplan en el título jurídico del que nace la expectativa del derecho a su percepción El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho definitivo a su percepción por su exacta cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho El proceso a través del cual la Tesorería de la Comunidad ingresa en sus cajas el importe del derecho reconocido o cuando, en su caso, se procede a su ingreso en formalización El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho provisional a su percepción por su estimada cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho.
Sobre las distintas fases de los derechos económicos, se define como "contraído del recurso": El acto en base al cual se reconoce en cuentas el derecho a liquidar un determinado recurso por una cuantía cierta en el momento en que se cumplan las condiciones o trámites que se contemplan en el título jurídico del que nace la expectativa del derecho a su percepción El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho definitivo a su percepción por su exacta cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho El proceso a través del cual la Tesorería de la Comunidad ingresa en sus cajas el importe del derecho reconocido o cuando, en su caso, se procede a su ingreso en formalización El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho provisional a su percepción por su estimada cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho.
Sobre las distintas fases de los derechos económicos, se define como "recaudación del recurso": El acto en base al cual se reconoce en cuentas el derecho a liquidar un determinado recurso por una cuantía cierta en el momento en que se cumplan las condiciones o trámites que se contemplan en el título jurídico del que nace la expectativa del derecho a su percepción El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho definitivo a su percepción por su exacta cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho El proceso a través del cual la Tesorería de la Comunidad ingresa en sus cajas el importe del derecho reconocido o cuando, en su caso, se procede a su ingreso en formalización El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho provisional a su percepción por su estimada cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho.
El desarrollo de las distintas fases de los derechos económicos regulados en el artículo 78 LRFPG, se realizará teniendo en cuenta: El principio de mantenimiento del equilibrio económico-financiero y condicionado a las garantías de estabilidad presupuestaria El principio de mantenimiento del equilibrio económico-financiero y condicionado a la sostenibilidad financiera establecidas en la normativa estatal y autonómica Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Los procedimientos de gestión presupuestaria de los derechos económicos por transferencias corrientes y de capital: Se desarrollarán por orden de la Consellería de Facenda Se desarrollarán por decreto del Consello de la Xunta Se desarrollarán por disposición normativa de la Intervención Xeral Ninguna de ellas es correcta.
La devolución de ingresos procedentes de transferencias corrientes o de capital ya aplicadas al presupuesto y materialmente ingresadas en cuentas de Tesorería: Solo podrá realizarse como consecuencia de disposición, resolución o acuerdo en el que se establezca su exigencia a la Administración general o a las entidades públicas instrumentales que los percibieron Al objeto de mantener el equilibrio presupuestario, podrá requerirse del órgano o entidad que gestionó la transferencia recibida que comunique los créditos de su presupuesto de gastos que financiarán la correspondiente devolución En ningún caso el expediente de devolución incluirá las cantidades exigidas por intereses o conceptos análogos, siendo la devolución de dichas cantidades a cargo del gestor de la transferencia Todas ellas son correctas.
¿Cómo quedarán contabilizados los ingresos por transferencias corrientes y de capital que no pudieran identificarse por el órgano que tenga atribuida su gestión? En cuentas extrapresupuestarias, que los contemplarán como pendientes de aplicación hasta su correcta identificación En cuentas intrapresupuestarias, que los contemplarán como pendientes de aplicación hasta su correcta identificación En cuentas extrapresupuestarias, que los contemplarán como aplicados desde su correcta identificación En cuentas intrapresupuestarias, que los contemplarán como aplicados desde su correcta identificación.
En cuanto al contraído de los recursos procedentes de la UE, sería INCORRECTA: Se efectuará antes de ser certificada ante la unidad estatal o comunitaria administradora de estos recursos la realización del gasto financiado con las transferencias de dichos recursos Sin perjuicio de las excepciones que, en el marco del proceso de elaboración del presupuesto anual, establezca la dirección general competente en materia de presupuestos, la gestión de estos recursos se incluirá dentro del presupuesto de la Administración general Las entidades percibirán los recursos correspondientes desde la sección presupuestaria por la que reciben las transferencias corrientes y de capital Todas ellas son correctas.
No sería una de las fases de la gestión presupuestaria de los derechos económicos incluidos en los presupuestos de la CAG y de sus organismos autónomos, agencias públicas Compromiso del ingreso Disposición del ingreso Contraído del recurso Recaudación del recurso.
El acto por el que se liquida el ingreso y se reconoce en cuentas el derecho definitivo a su percepción por su exacta cuantía, una vez cumplidas las condiciones exigidas para la perfección del derecho, sería: Compromiso del ingreso Disposición del ingreso Contraído del recurso Recaudación del recurso.
Las fases del gasto, vienen recogidos en el artículo de la LRFPG: 73 74 75 76.
El contraído de los recursos procedentes de la Unión Europea: Se efectuará una vez certificada ante la unidad estatal o comunitaria administradora de estos recursos la realización del gasto financiado con las transferencias de dichos recursos Se efectuará una vez certificada ante la unidad estatal o comunitaria administradora de estos recursos la realización del ingreso financiado con las transferencias de dichos recursos Se efectuará antes de certificar ante la unidad estatal o comunitaria administradora de estos recursos la realización del gasto financiado con las transferencias de dichos recursos Se efectuará antes de certificar ante la unidad estatal o comunitaria administradora de estos recursos la realización del ingreso financiado con las transferencias de dichos recursos.
Los ingresos que se realicen una vez cerrado el ejercicio presupuestario respectivo: Quedarán desafectados del destino específico que, en su caso, les correspondiese No podrá reconocérseles nueva afectación con cargo al presupuesto del ejercicio en curso Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso