Señale la proposición INCORRECTA. La Secretaría estará compuesta por un Secretario general, un Secretario general adjunto y el personal necesario. El Secretario general y el Secretario general adjunto serán nombrados por el Comité de Ministros por recomendación
de la Asamblea Consultiva. Los restantes miembros de la Secretaría serán nombrados por el Secretario general con arreglo al Reglamento
administrativo. Ningún miembro de la Secretaría podrá desempeñar un cargo remunerado por un Gobierno, ser miembro de la,
Asamblea Consultiva o de un Parlamento nacional o desempeñar ocupaciones incompatibles con sus deberes. . Señale la proposición INCORRECTA. Todos los miembros del personal de la Secretaría afirmarán, mediante una declaración solemne, su adhesión al
Consejo de Europa y su resolución de desempeñar concienzudamente los deberes de su cargo, sin dejarse influir por
ninguna consideración de orden nacional, así como su voluntad de no solicitar ni aceptar de ningún Gobierno ni de
ninguna autoridad ajena al Consejo, instrucciones en relación con el ejercicio de sus funciones y de abstenerse de
cualquier acto incompatible con su estatuto de funcionario Internacional exclusivamente responsable ante el Consejo. El Secretario general y el Secretario general adjunto prestarán dicha declaración ante el Comité; los restantes miembros del personal lo harán ante el Secretario general. Todos los Miembros respetarán el carácter exclusivamente internacional de las funciones del Secretario general y del
personal de la Secretaría y se abstendrán de intentar ejercer influencia sobre ellos en el ejercicio de sus funciones. La Secretaría estará instalada en la sede del Consejo. El Secretario general es responsable de la actividad de la Secretaría ante el Comité de Ministros. Presentará,
sobre todo al Comité de Ministros, los servicios administrativos y los demás que pueda necesitar, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 38 d). .
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