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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEUROPOL

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Título del test:
EUROPOL

Descripción:
Test Capítulo VI (Garantías en materia de protección de datos) (Test 3 de 3)

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
04/09/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 19
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Temario:
Señale la opción INCORRECTA. El responsable de protección de datos será nombrado por un período de cuatro años. Su mandato será renovable hasta un máximo de ocho años. Solo podrá ser destituido de su función de responsable de protección de datos por el Consejo de Administración con el consentimiento del director ejecutivo si dejara de cumplir las condiciones requeridas para el ejercicio de sus funciones. El nombramiento como responsable de protección de datos será notificado al SEPD por el Consejo de Administración. El responsable de protección de datos no aceptará instrucciones con respecto al ejercicio de sus funciones.
El responsable de protección de datos tendrá, en particular, las siguientes tareas en relación con los datos personales, con excepción de los datos personales de carácter administrativo: Señale la opción INCORRECTA. Velar, de manera independiente, por la aplicación interna del presente Reglamento relativas al tratamiento de datos personales. Garantizar la anotación de la transferencia y la recepción de datos personales de conformidad con el presente Reglamento. Garantizar que los interesados son informados, cuando así lo soliciten, de los derechos que les asisten en virtud del presente Reglamento. Cooperar con el personal de Europol responsable de los procedimientos, la formación y el asesoramiento en materia de tratamiento de datos. Cooperar con el SEPD. Elaborar un informe periódico y transmitirlo al Consejo de Administración y al SEPD. Llevar un registro de violaciones de datos personales.
Señale la opción INCORRECTA. El responsable de protección de datos ejercerá también las funciones previstas en el Reglamento (CE) nº 45/2001 en lo que atañe a los datos personales de carácter judicial. En el desempeño de sus tareas, el responsable de protección de datos tendrá acceso a todos los datos tratados por Europol y a todos sus locales. Si el responsable de protección de datos considerara que no se han cumplido las disposiciones del presente Reglamento relativas al tratamiento de datos personales, informará de ello al director ejecutivo y le pedirá que remedie el incumplimiento en un plazo determinado. Si el director ejecutivo no remediara el incumplimiento en el plazo fijado, el responsable de protección de datos informará al Consejo de Administración. El responsable de protección de datos y el Consejo de Administración acordarán un plazo específico de respuesta para este último. Si el Consejo de Administración no remediara el incumplimiento en el plazo fijado, el responsable de protección de datos remitirá el asunto al SEPD.
¿Quién adoptará normas de desarrollo referentes al responsable de protección de datos, donde dichas normas de desarrollo se referirán, en particular, al procedimiento de selección para el cargo de responsable de protección de datos y su destitución, tareas, funciones y competencias, y a las garantías de su independencia? Europol. El director ejecutivo. El Consejo de Administración. El SEPD.
¿Quién dotará al responsable de protección de datos del personal y recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones, donde este personal únicamente tendrá acceso a todos los datos tratados por Europol y a sus locales en la medida en que sea necesario para el desempeño de sus tareas? El Consejo de Administración. Europol. El SEPD. El director ejecutivo.
Señale la opción INCORRECTA. Cada Estado miembro designará una enlace de control. La autoridad nacional de control estará encargada de vigilar, de manera independiente y con arreglo a su Derecho nacional, la licitud de la transferencia, extracción y eventual comunicación a Europol de datos personales por parte del Estado miembro de que se trate, y de examinar si tales transferencia, extracción o comunicación vulneran los derechos de los interesados en cuestión. A tal efecto, la autoridad nacional de control deberá tener acceso, en la unidad nacional o en los locales de los funcionarios de enlace, a los datos transmitidos por su Estado miembro a Europol de conformidad con los procedimientos nacionales aplicables y a las inscripciones y la documentación mencionadas en el artículo 40.
Señale la opción INCORRECTA. A efectos del ejercicio de esta función de control, las autoridades nacionales de control tendrán acceso a las oficinas y los documentos de sus respectivos funcionarios de enlace en Europol. Las autoridades nacionales de control controlarán, de conformidad con los procedimientos nacionales aplicables, las actividades de las unidades nacionales y de los funcionarios de enlace, en la medida en que dichas actividades sean pertinentes para la protección de los datos personales. Las autoridades nacionales de control mantendrán asimismo informado al Consejo de Administración de las acciones que puedan emprender con respecto a Europol. Cualquier persona tendrá derecho a solicitar a la autoridad nacional de control que verifique la legalidad de la transferencia o la comunicación a Europol de datos que le conciernan, en cualquier forma, y el acceso a los datos por parte del Estado miembro de que se trate. Ese derecho se ejercerá con arreglo a la legislación nacional del Estado miembro en el que se presente la solicitud.
¿Quién se encargará de vigilar y asegurar la aplicación de las disposiciones del presente Reglamento relativas a la protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales por Europol, y de asesorar a Europol y a los interesados sobre cualquier cuestión relativa al tratamiento de los datos personales y que, a tal fin, deberá cumplir los cometidos que le incumben según el apartado 2, y ejercerá las competencias que le son conferidas en virtud del apartado 3 cooperando estrechamente al mismo tiempo con las autoridades nacionales de control de conformidad con el artículo 44? El SEPD. El Agente de Derechos Fundamentales. El Consejo de Administración. Todas son correctas.
El SEPD tendrá los siguientes cometidos: Señale la opción INCORRECTA. Atender e investigar las quejas e informar al interesado, en un plazo razonable, del curso dado a las mismas. Efectuar pesquisas por iniciativa propia o a raíz de una queja e informar a los interesados de los resultados en un plazo razonable. Vigilar y garantizar la aplicación del presente Reglamento y de cualquier otro acto de la Unión relativo a la protección de las personas físicas y jurídicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales por Europol. Asesorar a Europol, por propia iniciativa o en respuesta a una consulta, sobre todas las cuestiones relacionadas con el tratamiento de los datos personales, en particular antes de la elaboración de normas internas sobre la protección de los derechos y libertades fundamentales en relación con el tratamiento de los datos personales. Llevar un registro de los nuevos tipos de operaciones de tratamiento que se le hayan notificado en virtud del artículo 39.1, y que hayan sido registradas de conformidad con el artículo 39.4. Efectuar una consulta previa sobre los tratamientos que se le hayan notificado.
El SEPD podrá, en virtud del presente Reglamento: Señale la opción INCORRECTA. Asesorar a los interesados en el ejercicio de sus derechos. Remitir el asunto a Europol en caso de presunta violación de las disposiciones que rigen el tratamiento de datos personales y, en su caso, formular propuestas encaminadas a subsanar esa violación y mejorar la protección de los interesados. Ordenar que se atiendan las solicitudes para ejercer determinados derechos en relación con los datos cuando se hayan denegado tales solicitudes en violación de lo dispuesto en los artículos 36 y 37. Dirigir una advertencia o un consejo a Europol. Ordenar a Europol que efectúe la rectificación, restricción, cancelación o destrucción de datos personales que hayan sido tratados en violación de las disposiciones que rigen el tratamiento de datos personales y notificar de dichas medidas a los terceros a quienes se hayan divulgado dichos datos.
El SEPD podrá, en virtud del presente Reglamento: Señale la opción INCORRECTA. Prohibir temporal o definitivamente las operaciones de tratamiento por parte de Europol que violen las disposiciones que rigen el tratamiento de datos personales. Remitir el asunto a Europol y, en todo caso, al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión. Remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las condiciones previstas en el TFUE. Intervenir en los procesos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Señale la opción INCORRECTA. El SEPD será competente para obtener de Europol acceso a todos los datos personales y a toda la información necesaria para sus pesquisas. El SEPD será competente para obtener acceso a todos los locales en los que Europol lleva a cabo sus actividades, cuando hubiera motivos razonables para suponer que en ellos se lleva a cabo una actividad cubierta por el presente Reglamento. El SEPD elaborará un informe periódico sobre las actividades de supervisión que tengan por objeto Europol tras consultar a las autoridades nacionales de control. Este informe formará parte del informe anual del SEPD contemplado en el artículo 48 del Reglamento (CE) nº 45/2001. Este informe incluirá información estadística sobre quejas, pesquisas e investigaciones realizadas con arreglo al apartado 2, así como transferencias de datos personales a países terceros y organizaciones internacionales, casos de consulta previa, y uso de las competencias establecidas en el apartado 3. El SEPD, sus funcionarios y el resto del personal de la Secretaría del SEPD estarán sujetos a la obligación de confidencialidad de conformidad con el artículo 67.1.
Señale la opción INCORRECTA. El SEPD actuará en estrecha cooperación con las autoridades nacionales de control en cuestiones que requieran una intervención nacional, en particular si el SEPD o una autoridad nacional de control detectan discrepancias importantes entre las prácticas de los Estados miembros o transferencias potencialmente ilícitas en la utilización de los canales de Europol para el intercambio de información, o en el contexto de cuestiones planteadas por una o varias autoridades nacionales de control sobre la aplicación y la interpretación del presente Reglamento. El SEPD recurrirá a los conocimientos y la experiencia de las autoridades nacionales de control para el desempeño de las funciones contempladas en el artículo 43.2. Teniendo debidamente en cuenta el principio de legalidad y proporcionalidad, cuando realicen inspecciones conjuntas con el SEPD, los miembros y el personal de las autoridades nacionales de control tendrán competencias equivalentes a las contempladas en el artículo 43.4, y estarán vinculados por una obligación equivalente a la dispuesta en el artículo 43, apartado 6. El SEPD y las autoridades nacionales de control, cada uno dentro de su ámbito de competencias, intercambiarán información pertinente y se prestarán asistencia mutua en la realización de auditorías e inspecciones.
Señale la opción INCORRECTA. El SEPD mantendrá plenamente informadas a las autoridades nacionales de control de todas las cuestiones que les afecten directamente o que les conciernen de otra manera. A petición de una o varias autoridades nacionales de control, el SEPD les informará sobre cuestiones específicas. En casos relativos a datos procedentes de uno o más Estados miembros, en particular en los casos mencionados en el artículo 47.2, el SEPD deberá consultar a las autoridades nacionales de control de que se trate. El SEPD no tomará una decisión sobre la adopción de ulteriores medidas antes de que dichas autoridades nacionales de control le informen de su posición en un plazo por él especificado, que no será inferior a un mes ni superior a cinco meses. En los casos que el SEPD considere sumamente urgentes, podrá decidir actuar inmediatamente. En dichos casos, el SEPD informará inmediatamente a las autoridades nacionales de control interesadas y justificará el carácter urgente de la situación, así como las medidas que ha adoptado. El SEPD tendrá en cuenta al máximo la posición de las autoridades nacionales de control de que se trate. En los casos en que el SEPD no tenga intención de seguir la posición de dichas autoridades, les informará de ello, aducirá una justificación y presentará el asunto para debate al Consejo de Cooperación creado por el artículo 45.1.
Señale la opción CORRECTA. Se crea un Consejo de Cooperación con funciones consultivas. El Consejo de Cooperación estará compuesto por un representante de la autoridad de control nacional de cada Estado miembro y por otro del SEPD. El Consejo de Cooperación actuará con total independencia en el ejercicio de las tareas que se le encomienden y no solicitará ni aceptará instrucciones de ningún organismo. Todas son correctas.
El Consejo de Cooperación ejercerá las siguientes tareas: Señale la opción INCORRECTA. Debatir la política y estrategia generales de la supervisión de la protección de datos de Europol y sobre la licitud de la transferencia, la extracción y cualquier comunicación a Europol de datos personales por parte de los Estados miembros. Examinar las dificultades de interpretación o de aplicación del presente Reglamento. Estudiar los problemas generales que se planteen en el ejercicio de la supervisión independiente o en el ejercicio de los derechos de los interesados. Elaborar y aprobar propuestas armonizadas para hallar soluciones comunes a los temas mencionados en el artículo 44.1. Debatir los casos que se presenten al SEPD de conformidad con el artículo 44.4. Debatir los casos presentados ante cualquier autoridad de control. Fomentar el conocimiento de los derechos en materia de protección de datos.
El Consejo de Cooperación podrá emitir ... El SEPD y las autoridades nacionales de control podrán, sin menoscabo de su independencia y actuando cada uno de ellos dentro de su ámbito de competencias, tomarlos en cuenta en la mayor medida posible. Decisiones, orientaciones, recomendaciones y mejores prácticas. Dictámenes, orientaciones, recomendaciones y mejores prácticas. Dictámenes, directivas, recomendaciones y mejores prácticas. Dictámenes, directivas, recomendaciones y decisiones.
El Consejo de Cooperación se reunirá cuando sea necesario y, al menos ... , al año. Los gastos y la organización de sus reuniones correrán a cargo del SEPD. Cuatro veces. Tres veces. Dos veces. Una vez.
El reglamento interno del Consejo de Cooperación se adoptará en su primera reunión por ... de sus miembros. Se irán desarrollando conjuntamente nuevos métodos de trabajo en función de las necesidades. El Reglamento (CE) nº 45/2001 será aplicable a todos los datos personales de carácter administrativo en poder de Europol. Mayoría de tres quintos. Mayoría de dos tercios. Mayoría simple. Mayoría absoluta.
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