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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEvaluación ordinaria

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Título del test:
Evaluación ordinaria

Descripción:
Derecho y Bienes Reales

Autor:
AVATAR
Lic. Quetzalli Velázquez Ruiz
(Otros tests del mismo autor)


Fecha de Creación:
12/06/2020

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 37
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Temario:
Es el conjunto de bienes, obligaciones y derechos apreciables en dinero que constituyen una universalidad jurídica Patrimonio Cosas Propiedad Herencia.
Son aquellos bienes que no pueden ser trasladados de un lugar a otro por su condición Mueble Fungibles Inmuebles Mostrencos.
Son aquellos bienes, que pueden ser remplazados por la misma calidad, cantidad y especie, en relación con un pago, contrato o acto jurídico Mueble Fungibles Inmuebles Mostrencos.
Son aquellos bienes inmuebles que no tienen un dueño cierto y conocido Consumibles Fungibles Vacantes Mostrencos.
Son aquellos bienes cuyo substancia se agota en su primera utilización, de tal manera que no admite un uso reiterado Consumibles Fungibles Vacantes Mostrencos.
Es un poderío de hecho en virtud del cual una persona la retiene y realiza en ella actos materiales de aprovechamiento o de custodia. Propiedad Usufructo Posesión Habitación.
Es el derecho real de usar, disfrutar y disponer de los bienes, con las limitaciones que exija el interés público y con arreglo a las modalidades que fijen las leyes. Propiedad Usufructo Posesión Habitación.
Esta figura surge cuando varias personas poseen una cosa indivisa, en la que podrán cada una de ellas ejercer actos posesorios sobre la cosa común Copropiedad Servidumbre Coposesión Prescripción.
Este tipo de posesión, es la que se obtiene sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho De buena fe Viciosa De mala fe Jurídica.
Esta no es una de las formas de perder la posesión Por cesión a título oneroso o gratuito Por despojo, si la posesión del despojante dura más de dos años Por resolución judicial; Por expropiación debida a causa de utilidad pública.
Mediante que acción, el propietario de un bien puede ser privado de su derecho contra su voluntad solamente por causa de utilidad pública y mediante indemnización Embargo Mandato judicial Prescripción Expropiación.
Modo originario de adquirir el dominio mediante la aprehensión física de una cosa que carece de titular, con el fin de ser el dueño Adjudicación Accesión Adquisició Ocupación.
Son medios de adquirir la propiedad Herencia, contrato y herencia Prescripción negativa, ocupación y accesión Adjudicación, convenio y adquisición de frutos Ocupación, pacto y accesión.
En esta forma de adquirir la propiedad, surge cuando la cosa no ha estado en el patrimonio de una persona A titulo universal Derivada A titulo gratuito Primitiva.
Esta forma de adquirir la propiedad, se lleva acabo por medio de la transferencia del patrimonio A titulo universal Derivada A titulo gratuito Primitiva.
Es aquel régimen jurídico en el que coexiste, un derecho singular y exclusivo de propiedad sobre cada una de las unidades en que se divida un inmueble Copropiedad Servidumbre Coposesión Condominio.
Es un derecho real, temporal, vitalicio por naturaleza, para usar y disfrutar de los bienes ajenos sin alterar su forma ni substancia Propiedad Usufructo Posesión Habitación.
Es una de las formas de constitución del usufructo Herencia Prescripción Adjudicación Ocupación.
Es una de las formas en que puede extinguirse el usufructo Por prescripción positiva conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales Por la renuncia tácita del usufructuario, salvo lo dispuesto respecto de las renuncias hechas en fraude de los acreedores Por cumplirse la condición impuesta en el título constitutivo para la cesación de este derecho Por la cesación del derecho del que constituyó el usufructo, cuando teniendo una posesión revocable llega el caso de la revocación.
Es un derecho real, temporal, vitalicio por naturaleza, para usar una cosa ajena sin alterar su forma ni substancia. Propiedad Uso Posesión Habitación.
Es un derecho real, temporal, vitalicio por naturaleza, para ocupar gratuitamente, en una casa ajena, las piezas necesarias para el habitante y las personas de su familia Propiedad Uso Posesión Habitación.
Es una de las formas de extinción del usufructo Por vencimiento del plazo por el cual se constituyó Por usucapión conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales; Por la renuncia expresa del que cede el usufructo Por incumplirse la condición impuesta en el título constitutivo para la cesación de este derecho.
A quien pasa el usufructo, que se constituye en favor de varias personas simultáneamente Heredero Posesionario Propietario Usufructuario.
Es un derecho real impuesto sobre un predio en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño, para usar parcialmente aquél, en los términos en que la Ley disponga para cada caso, o se estipule en el acto jurídico que le haya dado origen Copropiedad Servidumbre Coposesión Prescripción.
Es aquel tipo de servidumbre que se anuncia por obras o signos exteriores, dispuestos para su uso y aprovechamiento Aparantes Continuas No aparentes Discontinuas.
En esta subclasificación de los tipos de servidumbre, El dueño del predio sirviente tiene derecho de señalar el lugar conveniente por donde haya de construirse la servidumbre de paso Paso Desagüe Acueducto.
Para el uso de esta subclasificación de los tipos de servidumbre, se deberá justificar la disposición, acreditar que el paso solicitado es el más conveniente, acreditar es el menos oneroso, pagar el valor del terreno que se ocupara y resarcir los daños Paso Desagüe Acueducto.
Este tipo servidumbre se libera de las obligaciones con el abandono del predio Voluntarias Paso Legales Desagüe.
Es una no es forma de extinción de la servidumbre Cuando los predios llegaren sin culpa del dueño del predio sirviente a tal estado que no pueda usarse de la servidumbre Por la remisión gratuita u onerosa hecha por el dueño del predio dominante Cuando constituida en virtud de un derecho revocable, se venza el plazo, se cumpla la condición o sobrevenga la circunstancia que deba poner término a aquél Por prescripción negativa conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales.
Es un medio de adquirir bienes o derechos, o de perder estos últimos, así como de liberarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley. Copropiedad Servidumbre Coposesión Prescripción.
Por medio de que figura los menores e incapacitados pueden usucapir Mandato judicial Representantes Ministerio público Juez.
Esta forma de renuncia de la prescripción resulta de un hecho que importa el abandono del derecho adquirido Tácita Judicial Expresa Legal.
En concepto de dueño, es uno de los requisitos para este tipo de prescrpción Adquisitiva Negativa Positiva Legal.
Este tipo de prescripción se verifica por el sólo transcurso del lapso de diez años, contados desde que una obligación pudo extinguirse, o un derecho ejercitarse, para que se extinga la obligación o el derecho, cuando uno u otro no se hagan valer Adquisitiva Negativa Positiva Legal.
En que casos no correrá la prescripción Contra los incapacitados, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a las leyes Entre ascendientes y descendientes, durante la patria potestad, respecto de los bienes pertenecientes a un tercero Entre copropietarios o coposeedores, respecto de una finca rustica Entre los incapacitados y sus tutores o curadores, mientras el juez no lo decrete su termino .
En el caso del conteo de la prescripción, si este se hace por días, como se entenderán a estos últimos Se entenderán éstos de veinticuatro horas naturales, contadas de las veinticuatro a las veinticuatro Se entenderán estos de veinticuatro horas hábiles, contados de lunes a viernes de ocho a quince horas Se entenderán éstos de veinticuatro horas hábiles, contadas de las veinticuatro a las veinticuatro Se entenderán estos de veinticuatro horas naturales, contados de lunes a viernes de ocho a quince horas .
Esta no es una causa por la que se lleve acabo la interrupción de la prescripción Si el poseedor es privado de la posesión del bien o del goce del derecho por más de un año, en los casos de prescripción positiva Por demanda o cualquier otro género de interrelación notificada al poseedor o al deudor en su caso Por el nuevo ejercicio del derecho real, cuando por su no uso hubiere comenzado a correr la prescripción negativa Por inutilizar todo el tiempo transcurrido antes de ella.
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