En relación con su contenido, el informe debe tener en cuenta los siguientes criterios: Rigurosidad y parsimonia Objetividad y utilidad Objetividad y estilo. En relación con los aspectos de forma, el informe debe: Mostrar una correcta redacción y ortografía Ser extenso pero comprensible Utilizar terminología técnica, aunque no se comprenda. Cuando el propósito de la evaluación es la orientación o selección de personas, a este informe se le suele denominar (MARQUE LA RESPUESTA FALSA): De intervención psicológica De orientación o selección De evaluación psicológica. El Código Deontológico del Psicólogo (CDP) recoge: Los derechos de los psicólogos Los derechos de los clientes/pacientes/usuarios .La norma de conducta profesional de los psicólogos. Si el cliente/paciente/usuario es mayor de edad, ¿se podría comunicar el contenido del informe a sus propios padres?: Sí, dado que son sus progenitores No, en ningún caso Sí, pero con el consentimiento expreso del cliente. A la modalidad verbal del informe se le denomina: Informe final Informe asistencial Informe de devolución. En un informe escrito es imprescindible: Incluir los instrumentos que se han empleado Incluir el compromiso informado Acompañarlo de uno verbal. En el ámbito forense, el Informe Pericial: Aporta información para proceder al juicio objetivo del caso Es vinculante para el juez Debe indicar la inocencia o la culpabilidad de la persona estudiada. El Informe Clínico debe: Proponer recomendaciones Incluir siempre un diagnóstico No debe contemplar los antecedentes evolutivos de la persona estudiada. En la/s sesión/es dedicadas a Seguimiento de un paciente: No se utilizan instrumentos o test Se chequean las conductas que en su momento se modificaron Se repiten las últimas operaciones del tratamiento original.
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