De acuerdo con la sentencia de matrimonio igualitario, la consulta de norma:
Debe realizarse siempre que un juez crea que una norma es contraria a la Constitución, puesto que en Ecuador solo existe el control concentrado de constitucionalidad. Cabe únicamente cuando el juez o jueza tenga duda sustentada sobre la constitucionalidad de una norma. En Ecuador, los jueces sí realizan control de constitucionalidad y deben aplicar directamente la Constitución. Cabe siempre que sea solicitada por una de las partes procesales. Debe ser presentada luego de resolver un caso por parte del juez consultante.
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