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EXAMEN COMPLEXIVO DERECHO 2B

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Título del Test:
EXAMEN COMPLEXIVO DERECHO 2B

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DERECHO

Fecha de Creación: 2022/07/31

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 80

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Infracción penal es la: Acción típica, antijurídica y culpable. Conducta típica, antijurídica y culpable. Conducta atípica, jurídica y culpable. Conductca típica, culpable y antijurídica.

La Sra. Dora H., fue instruida por cometer el delito de homicidio en contra de su esposo Joaquín, delito tipificado en el art. 144 del COIP, ya está corriendo el plazo de la instrucción fiscal, y el padre del occiso por los derechos que le corresponde puede presentar: La denuncia e inicie la investigación previa. El escrito de prueba a actuarse. La acusación particular. Su querella.

Cuando el error de tipo es vencible: No hay responsabilidad penal. La infracción persiste y responde por el tipo penal trasgredido. La infracción persiste y responde por el tipo penal trasgredido reducido en un tercio. La infracción persiste y responde por la modalidad culposa del tipo penal, si aquella existe.

El recurso de hecho se concederá cuando la o el juzgador o tribunal: Niega los recursos oportunamente interpuestos. Niega el recurso de apelación. No motiva la sentencia. Existe violación de la ley.

No prescriben las penas determinadas en las infracciones de: Femicidio, asesinato. Violación y abuso sexual. Aborto y tentativa de asesinato en contra del Presidente de la República. Peculado, cohecho, concusión.

Lea el siguiente caso y determine la opción correcta: María del Cisne, trabaja en el IESS en el departamento de contabilidad, desde hace 2 años ha estado alterando la contabilidad y tomando dinero que pertenece a la institución. Se realiza una auditoría y se determina un faltante considerable por el cual María del Cisne es procesada por el delito de peculado. En este caso identifiquemos, a los sujetos: el Sujeto activo del delito es María del Cisne y el sujeto pasivo es el Estado. el Sujeto pasivo del delito es María del Cisne y el sujeto activo es el Estado. el sujeto activo del delito es María del Cisne y el sujeto pasivo puede ser cualquier persona. el sujeto activo del delito puede ser cualquier persona y el sujeto activo del delito es María del Cisne.

En caso de conflicto entre dos normas de la misma materia, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa aun cuando se promulgación sea posterior a la infracción, nos referimos al principio de: Favorabilidad. In dubio pro reo. Dispositivo. Objetividad.

La Sra. Rosa Humilde, ha sido víctima del delito de abigeato, pues TUCO TAMPICO, le sustrae 4 vacas, que las tenía en su finca; por este hecho, la ofendida dentro de las investigaciones podrá presentar la: Acusación particular. Querella. Denuncia. Acusación fiscal.

Juana se encuentra junto a la piscina conversando con María; Pedro con fuerza empuja a Juana quien cae dentro de la piscina y en el trayecto va golpeando a María provocándole lesiones con incapacidad de cinco días; este hecho se considera: Delito de lesiones. Delito preterintencional de lesiones. Causa de exclusión de la conducta. Causa de exclusión de la antijuridicidad.

En un proceso por el delito de tortura, ya se ha concluido la etapa de instrucción fiscal, el juez de la causa debe pronunciarse y puede hacerlo de la siguiente manera: Dicta sentencia absolutoria. Resuelve el llamamiento a juicio o un sobreseimiento. Emite su dictamen acusatorio. Resuelve abstenerse de acusarlo.

El dolo y la culpa se los estudia en: Conducta. Tipicidad. Antijuridicidad. Culpabilidad.

Concha WQ está siendo procesada por el delito de homicidio culposo, sancionado con pena privativa de libertas de tres a cinco años. Por su estado de gravidez, el juzgador dispuso la sustitución de la prisión preventiva solicitada por el fiscal, por el arresto domiciliario con uso de dispositivo de vigilancia electrónica. Sin embargo, las Sra. Concha WQ ha incumplido la medida cautelar no privativa de libertad, ya que no ha hecho uso del dispositivo de vigilancia electrónica. Ante esta situación, el juzgador dispone que la procesada: Cumpla la prisión preventiva en una sección separada, en el centro de privación de libertad. Cumpla el arresto domiciliario por tres meses más, como sanción a su incumplimiento. Sea llamada a audiencia de juicio a fin de establecer la pena correspondiente. Cumpla la prisión preventiva en igualdad de condiciones que los demás presos.

El juzgador ha dictado orden de prisión preventiva contra Pato Lucas por el delito de robo; sin embargo, el dictamen del fiscal ha sido abstentivo, en vista de no encontrar elementos de convicción suficientes para acusar. Por tal razón, el juzgador ha dictado auto de sobreseimiento a favor del Sr. Pato Lucas En el caso planteado al juzgador le corresponde: Suspender la prisión preventiva. Revocar la prisión preventiva. Declarar extinguido el ejercicio de la acción penal. Declara la prescripción de la prisión preventiva.

Juan, Jorge y María son aprehendidos por el delito de robo agravado, razón por lo que son procesados y juzgados por el Tribunal Penal, para lo cual deben observar la siguiente regla: Se impondrá la misma pena para las tres personas que participaron de la misma infracción. Se debe individualizar la pena para cada uno de acuerdo a su grado de participación. Queda a la sana crítica del juzgador la forma de imponer la pena si grupal o individual. El Tribunal luego de realizar la valoración de los hechos debe imponer igual pena para las personsa que participaron de la infracción.

El día de hoy (día del examen), a eso de las 17H00, el señor ALEX TAMPICO CANTA RONCO, en forma violenta despoja la posesión del inmueble en donde habita Carlos Solin; tipo penal conocido como usurpación tipificado en el art. 200 del COIP; ante esta situación, el proceso que corresponde seguir es el: Ordinario. Abreviado. Directo. Privado.

Juan de 17 años mantiene relaciones sexuales no consentidas con Bertha quien tiene 10 años, este hecho se considera como: Delito. Contravención. No puede ser juzgado por el COIP por que es inimputable. Por la edad de la víctima es una agravante.

Por regla general, se necesita autorización judicial para proceder al registro de personas u objetos e incautación de elementos relacionados con una infracción. Sin embargo, se puede registrar un vehículo sin autorización judicial, en el siguiente caso: Cuando el vehículo haya sufrido un accidente. En zonas de frontera o donde la aduana ejerza control. Cuando el conductor se encuentre en estado de embriaguez. Cuando el vehículo circule excediendo los límites de velocidad permitidos.

El error de prohibición se lo estudia en la: Conducta. Tipicidad. Antijuridicidad. Culpabilidad.

La persona que realiza una acción u omisión de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar responde por: Delito doloso. Delito culposo. Delito preterintencional. Delito putativo.

Juan tiene la intención de robar en la casa de la familia Mendoza, por la noche ingresa por una pequeña rejilla colocada junto a un baño, toma las cosas que le parecen de mayor valor, y se prepara para salir, justo antes de salir de la casa se da cuenta que la familia Mendoza era de pocos escasos recursos económicos y se arrepiente y deja las cosas ahí dentro de la casa. Al siguiente día la familia Mendoza encuentra todas las cosas en la sala sin que les falte nada. En este caso: Juan tiene una pena atenuada. Juan responde por tentativa. Juan responde por el delito de robo. Juan está exento de responsabilidad penal.

Las causas de exclusión de la conducta son: Legítima defensa, estado de necesidad. Error de prohibición y error de tipo. Preterintencionalidad. Fuerza física irresistible, estado de plena inconciencia y movimientos reflejos.

Se ha convocado a las partes procesales a fin de que asistan a la audiencia de conciliación convocada en un delito de ejercicio privado de la acción. Sin embargo, la persona querellada no asiste a esta audiencia. En vista de la ausencia de esta parte procesal, el Código Orgánico Integral Penal, dispone: Sancionar al querellado por su inasistencia. Declarar abandonada la querella. Continuar con la audiencia en ausencia del querellado. Convocar a una nueva audiencia.

Cuando varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta, se aplicará la pena de la infracción mas grave, nos referimos a: Concurso real de infracciones. Conexidad. Concurso ideal de infracciones. Nexo causal.

El Sr. Raúl Troyano está siendo investigado por el presunto delito de homicidio. Sin embargo, el Sr. Troyano no tiene la posibilidad económica de contratar un defensor privado. Ante esta situación: Quedará en la indefensión hasta solucionar su situación económica. El defensor público le asistirá legalmente. El fiscal lo representará en la primera audiencia. El Sr. Troyano se defenderá a sí mismo, sin presencia de un abogado.

De los siguientes enunciados identifiqué cuáles son finalidades del COIP: Ejercer el poder puntivo del Estado y tipificar las infracciones penales. Establecer el procedimiento para el juzgamiento de las personas con estricta observncia del debido proceso y ejercer el poder puntivo del Estado. Normar el poder punitivo del Estado y establecer el procedimiento para el juzgamiento de las personas con estricta observancia del debido proceso. Normar el poder punitivo del Estado y ejecutar las infracciones penales.

Por el delito de hurto, al Sr. Homero Alcídez, se le ha dictado orden de prisión preventiva, misma que la venía cumpliendo. Se ha hecho efectiva la caducidad de la prisión preventiva por haberse cumplido el plazo señalado en la ley. Ante esta situación, por haberse efectivizado la caducidad de la prisión preventiva, el Sr. Homero Alcídez: Es declarado inocente. Queda liberado del proceso. No queda liberado del proceso ni de la pena. Queda liberado de la pena.

Paco es sentenciado por el delito de robo; una vez pagada su condena vuelve a cometer un nuevo delito de robo, por lo tanto es consdierado como reincidente, por tal motivo se deberá aplicar la pena de acuerdo a la siguiente regla: Se debe imponer la pena máxima prevista en el tipo penal. Se debe imponer la pena máxima prevista en el tipo penal aumentada en un tercio. Se debe imponer la pena establecida en el tipo penal considerando atenuantes y agravantes. Se debe imponer la pena en abstracto establecida en el tipo penal trasgredido.

Lea el siguiente caso y determine la opción correcta: Juan trabaja en una fábrica de vino dese hace 20 años, él nunca ha bebido tiene un problema grave de salud y no puede beber por ningún motivo, un día estaba haciendo guardia en la fábrica y accidentalmente cae a una de los inmensos barriles de vino, y se produce en él una embriaguez inmediata, ya que en el afán de salir del barril, tomo vino y además él no está acostumbrado a beber, sin embargo no está completamente privado de su conocimiento, solo en forma parcial. Sucede que sale de la fábrica y con su bicicleta causa graves daños en una propiedad cercana. La embriaguez de Juan: agrava la pena. atenúa la pena. no excluye, ni atenúa, ni agrava la responsabilidad. tendrá responsabilidad atenuada por cuanto su embriaguez no era completa.

El Tribunal Penal Primero del Cantón Machala convoca a los sujetos procesales para la audiencia de juzgamiento en contra del señor Carlos Placencia por el delito de secuestro, una vez instalada la audiencia se procede a la práctica de los medios de prueba sin la presencia de los Miembros del Tribunal Penal que por equivocación habían señalado el mismo día y hora otra audiencia de juzgamiento, razón por la cual ordenan que la prueba sea receptada por el Secretario del Tribunal Penal y grabada en medios magnetofónicos para su posterior revisión, esta actuación vulnera el principio de: Contradiccion. Legalidad de la prueba. Inmmediacion. Pertinencia.

Las personas privadas de libertad se encuentran bajo la custodia del: Juez. Abogado privado. Estado. Presidente de la República.

Toda infracción cometida dentro del territorio de la República, por ecuatorianos o extranjeros, será juzgada y reprimida conforme a las leyes ecuatorianas, salvo disposición contraria de la ley.” Este anunciado corresponde al principio de: Territorialidad. Nacionalidad. Personalidad. Defensa.

La persona procesada goza de los derechos de protección que le otorga nuestra Constitución, por tanto, en todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, la privación de la libertad, se aplicará: Excepcionalmente, cuando sea necesaria para garantizar la comparecencia al proceso. En todos los casos de delitos de ejercicio público de la acción penal. De forma general como único medio para asegurar el cumplimiento de la pena. Siempre que el fiscal la solicite, no puede negarse esta petición al fiscal.

Responde por delito preterintencional la persona que realiza una acción u omisión de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar y será sancionado con dos tercios de la pena de la pena. Verdadero. Falso.

En un proceso que se sigue por violación sexual, luego de la etapa de evaluación y preparatoria a juicio, se la actúa la audiencia de: Formulación de cargos fiscal, pues si no hay acusación fiscal no hay juicio. Revisión de cuestiones prejudiciales. Juicio oral. Valoración de elementos de convicción.

La intervención penal está legitimada siempre y cuando sea estrictamente necesaria para la protección de las personas. Constituye el útlimo recurso, cuando no son suficientes los mecanismos extrapenales, nos referimos al principio de: Oportunidad. Mínima Intervención Penal. Objetividad. Identidad física del Juzgador.

Lea el siguiente caso y determine la opción correcta: Juan sale con sus amigos a un bar de la localidad, sucede que toma unos tragos demás y al salir del bar se arma una pelea, Juan participa de esa pelea y lesiona gravemente a una de las personas que pasaba por ahí, que ni siquiera era parte de esa pelea. La embriaguez de Juan: agrava la pena. atenúa la pena. por su embriaguez no existe pena por cuanto no sabía lo que hacía. no excluye ni atenúa ni agrava la responsabilidad.

Los elementos que componen al dolo son: Cognitivo y volitivo. Cognitivo y preterintencional. Volitivo y preterintencional. Eventual y de consecuencias necesarias.

En los casos de desaparición de una persona, los plazos de prescripción empezarán a contarse desde: El día en que la persona desaperecida muere. El día en que la persona aparezca. Que existan elementos para iniciar la investigación. Que inicia la instrucción fiscal.

Jaime miembro de la Comunidad Saraguro es sorprendido de forma flagrante sustrayéndose dos cabezas de ganado, razón por lo cual las autoridades de la Comunidad Saraguro lo juzgan imponiéndole como sanción ortigarlo frente a la plaza central; posterior llega la policía y lo aprehende por estos mismos hechos y es puesto a ordenes de fiscalía quien formula cargos por el delito de abigeato, en el momento procesal oportuno es juzgado por dicho delito, esta actuación constituye: Ilegal puesto que vulnera el principio de prohibición de doble juzgamiento. Legal puesto que debe ser sometido a la justicia ordinaria. Ilegal puesto que vulnera el principio de favorabilidad. Ilegal puesto que vulnera el principio in dubio pro reo.

Martha QW, socia de la compañía “Autoestima”, que está legalmente constituida, tiene la condición de víctima, por cuanto ha sido afectada por infracciones cometidas, por: Los empleados de la compañía. Cualquier persona que ha atentado contra sus intereses. Sus administradores. El cónyuge de Martha.

Jorge va manejando su vehículo en compañía de su mujer quien esta en estado de gravidez; y de un momento a otro se le rompe la fuente y el nasciturus esta por ser expulsado del vientre de su madre, motivo por el cual Jorge acelera el vehículo fuera de los rangos permitidos por la ley e invade vía para llegar lo más pronto posible a una casa de salud; este hecho constituye: Delito. Contravención de tránsito. Causa de exclusión de la antijuridicidad. Causa de exclusión de la conducta.

El Sr. Gerardo Huawei, se trasladaba de su casa al lugar de su trabajo en su vehículo. Por contestar el teléfono celular se descuida por segundos y se impacta contra otro vehículo que venía en dirección contraria. Una niña de 7 años que viajaba en el otro vehículo salió seriamente lastimada. El Sr. Huawei, producto del impacto, se golpeó la cabeza contra el parabrisas y, según los informes médicos, este golpe le ocasionó ceguera permanente. Analizando el caso, en virtud del principio de oportunidad, el fiscal: Solicita al juez la aplicación del procedimiento directo. Solicita al juez la aplicación de procedimiento abreviado. Propone al juez la aplicación de circunstancias atenuantes de responsabilidad. Puede abstenerse de iniciar la investigación penal.

Las causas de exclusión de la antijuridicidad son: Fuerza física irresistible y estado de necesidad. Fuerza física irresistible y movimientos reflejos. Legitima defensa y fuerza física irresistible. Legítima defensa y estado de necesidad.

Marcus HY, ha cometido una infracción sancionada con multa. El ejercicio de la acción penal por este tipo de infracciones, se extinguirá: En un año, a partir de la sanción. En dos meses, a partir del inicio del proceso penal. En cualquier tiempo, antes de que se inicie el proceso. En cualquier estado del proceso, por el pago voluntario de la multa.

Las causas de exclusión de la conducta son: Legítima defensa, estado de necesidad. Error de prohibición y error de tipo. Preterintencionalidad. Fuerza física irresistible, estado de plena inconciencia y movimientos reflejos.

A la Sra. Sara JZ, se la ha concedido caución por póliza de seguro de fianza incondicional, irrevocable y de cobro inmediato. Esta póliza ha sido emitida por una aseguradora legalmente constituida en nuestro país, misma que cuenta con las autorizaciones respectivas del órgano correspondiente. El beneficiario será: El fiscal a cargo del caso. La judicatura que ordene la medida. La procesada. La víctima de la infracción.

La intervención penal está legitimada siempre y cuando sea estrictamente necesaria para la protección de las personas. Constituye el útlimo recurso, cuando no son suficientes los mecanismos extrapenales, nos referimos al principio de: Oportunidad. Mínima Intervención Penal. Objetividad. Identidad física del Juzgador.

El Sr. Hernaldo Cantarilla ha presenciado un delito de homicidio cometido en la ciudad de Quito, aproximadamente a las 02H00 del día 2 de septiembre de 2021. Ante este hecho, acude ante la Policía Nacional para presentar la denuncia correspondiente. Le corresponde al personal de la Policía Nacional: Proceder al reconocimiento de la denuncia. Iniciar la investigación previa. Remitir la denuncia al fiscal. Remitir la denuncia al juzgador.

En caso de conflicto entre dos normas de la misma materia, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa aun cuando se promulgación sea posterior a la infracción, nos referimos al principio de: Favorabilidad. In dubio pro reo. Dispositivo. Objetividad.

El fiscal del cantón Santa Rosa, ha formulado cargos contra la Srta. Indira JJ por el delito de homicidio. El fiscal considera que es necesario dictar una medida cautelar para asegurar la presencia de la persona procesada a la audiencia de juicio. Una de las medidas cautelares que puede imponer el juzgador para garantizar la presencia de la persona procesada, es: El arresto domiciliario. Prohibición de concurrir a determinados lugares. Ordenar el tratamiento respectivo al que debe someterse la persona procesada. Suspensión del permiso de tenencia o porte de armas.

Toda infracción cometida dentro del territorio de la República, por ecuatorianos o extranjeros, será juzgada y reprimida conforme a las leyes ecuatorianas, salvo disposición contraria de la ley.” Este anunciado corresponde al principio de: Territorialidad. Nacionalidad. Personalidad. Defensa.

Los centros de rehabilitación social, son aquellos en los que permanecen las personas a quienes se les impondrá una pena mediante una: Sentencia condenatoria ejecutoriada. Resolución condenatoria ejecutoriada. Sentencia condenatoria no ejecutoriada. Resolución condenatoria no ejecutoriada.

Los fines de la pena son: Prevención general para la comisión de delitos y el desarrollo progresivo de los derechos y capacidades de la persona con condena así como la reparación del derecho de la víctima. Resocialización del delincuente y prevención general para la comisión de delitos. Resocialización del delincuente a través del aislamiento de las personas privadas de libertad. Evitar el cometimiento de nuevas infracciones y la resocialización del delincuente.

La Sra. Luna Lunera, ha sido llamada a juicio en el proceso penal sobre el delito de lavado de activos, por tal motivo, el juzgador ha dispuesto la incautación de bienes, mismos que han sido entregados en depósito, custodia, resguardo y administración al organismo competente en materia de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Dicha administración ha vendido en subasta pública los bienes de la procesada antes de que se dicte sentencia. En el presente caso, se ha ratificado la inocencia de la Sra. Luna Lunera, por tanto, el producto íntegro de la venta más sus intereses: Se entregará al juez para la reparación integral de la víctima. Se devolverá a la persona procesada. Serán entregados al Consejo de la Judicatura. Serán transferidos directamente a propiedad del Estado.

La persona que realiza una acción u omisión de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar responde por: Delito doloso. Delito culposo. Delito preterintencional. Delito putativo.

Lea el siguiente caso y determine la opción correcta: Juan sale con sus amigos a un bar de la localidad, sucede que toma unos tragos demás y al salir del bar se arma una pelea, Juan participa de esa pelea y lesiona gravemente a una de las personas que pasaba por ahí, que ni siquiera era parte de esa pelea. La embriaguez de Juan: agrava la pena. atenúa la pena. por su embriaguez no existe pena por cuanto no sabía lo que hacía. no excluye ni atenúa ni agrava la responsabilidad.

Cuando el error es considerado de tipo es vencible: No hay responsabilidad penal. La infracción persiste y responde por el tipo penal trasgredido. La infracción persiste y responde por el tipo penal trasgredido reducido en un tercio. La infracción persiste y responde por la modalidad culposa del tipo penal, si aquella existe.

La prueba tiene por finalidad: Asegurar al juzgador qua la investigación de los hechos fueron realizados y llegar a saber la responsabilidad de la persona procesada. Llevar al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias materia de la infracción y la responsabilidad de la persona procesada. Acreditar al testigo según el caso. Desacreditar a la defensa según el caso.

El juzgador concetrará y realizará la mayor cantidad de actos procesales en una sola audiencia; cada tema en discusión se resolverá de manera exclusiva con la información producida en la audiencia destinada para el efecto, nos referimos al principio de: Contradicción. Concentración. Oportunidad. Imparcialidad.

En los casos de infracciones en los que existe jurisdicción universal, el juzgador ecuatoriano podrá determinar la jurisdicción que garantice: Mejores condiciones para juzgar la infracción penal, la protección y reparación integral de la víctima. Condiciones normales para juzgar la infracción penal, la protección y reparación integral de la víctima. Iguales condiciones para juzgar la infracción penal, la protección y reparación integral de la víctima. La reparación integral de la víctima.

Juana se encuentra junto a la piscina conversando con María; Pedro con fuerza empuja a Juana quien cae dentro de la piscina y en el trayecto va golpeando a María provocándole lesiones con incapacidad de cinco días; este hecho se considerara: Delito de lesiones. Delito preterintencional de lesiones. Causa de exclusión de la conducta. Causa de exclusión de la antijuridicidad.

El juzgador ha dictado orden de prisión preventiva contra Pato Lucas por el delito de robo; sin embargo, el dictamen del fiscal ha sido abstentivo, en vista de no encontrar elementos de convicción suficientes para acusar. Por tal razón, el juzgador ha dictado auto de sobreseimiento a favor del Sr. Pato Lucas En el caso planteado al juzgador le corresponde: Suspender la prisión preventiva. Revocar la prisión preventiva. Declarar extinguido el ejercicio de la acción penal. Declara la prescripción de la prisión preventiva.

El cómplice de una infracción penal será sancionado con: Una pena equivalente de un tercio a la mitad de aquella prevista para el autor. La mínima prevista en el tipo penal trasgredido por el autor. La máxima prevsta en el tipo penal trasgredido por el autor. El cómplice no tiene responsabilidad penal.

Carlos Moreno, Militar en servicio activo en el cantón Huaquillas, perteneciente a la Provincia de el Oro, realiza un control de turno en la frontera ecuatoriana-peruana, al respecto se percata que la familia Martínez ingresaba al país 2 televisores pantalla plana y 3 celulares de alta gama sin declarar, razón por lo cual requisa dichos bienes, pero nunca los entrega a la autoridad competente se no se apropia de los mismos.Qué delito se configura: hurto de bienes de uso policial o militar. hurto de lo requisado. defraudación tributaria. robo a bien público.

Los elementos que componen al dolo son. Cognitivo y volitivo. Cognitivo y preterintencional. Volitivo y preterintencional. Eventual y de consecuencias necesarias.

Carlos GJ, ha cometido el delito de abuso de confianza, sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. Han pasado ya los tres años desde que se cometió este delito, sin embargo, no se ha iniciado el proceso penal correspondiente. Con lo que respecta a la prescripción de la acción en el caso planteado, debe observarse la siguiente disposición legal: Prescribe la acción, por cuanto ha pasado el tiempo del máximo de la pena previsto para este delito. El ejercicio privado de la acción prescribe en el plazo de seis meses desde que se cometió la infracción. En ningún caso el ejercicio público de la acción prescribirá en menos de cinco años. Los delitos de abuso de confianza son imprescriptibles.

Las personas que coadyuven a la ejecución, de un modo principal, practicando deliberada e intencionalmente algún acto sin el cual no habría podido perpetrarse la infracción responden a modo de: Cómplices. Autor mediato. Autor directo. Coautores.

La Sra. Dora H., fue instruida por cometer el delito de homicidio en contra de su esposo Joaquín, delito tipificado en el art. 144 del COIP, ya está corriendo el plazo de la instrucción fiscal, y el padre del occiso por los derechos que le corresponde puede presentar: La denuncia e inicie la investigación previa. El escrito de prueba a actuarse. La acusación particular. Su querella.

Cuando una persona lesiona o daña un bien jurídico protegido encontrándose en un estado de necesidad debidamente comprobado: Debe responder penalmente bajo la modalidad de culpa. Debe responder penalmente bajo la modalidad dolosa. Se la debe juzgar de forma atenuada. No será responsable penalmente.

De acuerdo a lo previsto en el Código Orgánico Integral Penal, hay conexidad cuando: Se imputa a una persona la comisión de más de un hecho punible con una o varias acciones u omisiones realizadas con unidad de tiempo. Varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta. Se atribuye a una persona varios delitos autónomos e independientes. Una persona comete delitos de la misma naturaleza.

No prescriben las penas determinadas en infracciones de: Femicidio, asesinato. Violación y abuso sexual. Aborto y tentativa de asesinato en contra del Presidente de la República. Peculado, cohecho, concusión.

Por el delito de hurto, al Sr. Homero Alcídez, se le ha dictado orden de prisión preventiva, misma que la venía cumpliendo. Se ha hecho efectiva la caducidad de la prisión preventiva por haberse cumplido el plazo señalado en la ley. Ante esta situación, por haberse efectivizado la caducidad de la prisión preventiva, el Sr. Homero Alcídez: Es declarado inocente. Queda liberado del proceso. No queda liberado del proceso ni de la pena. Queda liberado de la pena.

El cumplimiento del deber legal de la o el servidor de la policía nacional y de seguridad penitenciaria es una: Causa de exclusión de la antijuridicidad. Causa de exclusión de la conducta. Causa de exclusión de la culpabilidad. Causa de exclusión de la tipicidad.

Lea el siguiente caso y determine la opción correcta: Juan trabaja en una fábrica de vino dese hace 20 años, él nunca ha bebido tiene un problema grave de salud y no puede beber por ningún motivo, un día estaba haciendo guardia en la fábrica y accidentalmente cae a una de los inmensos barriles de vino, y se produce en él una embriaguez inmediata, ya que en el afán de salir del barril, tomo vino y además él no está acostumbrado a beber, sin embargo no está completamente privado de su conocimiento, solo en forma parcial. Sucede que sale de la fábrica y con su bicicleta causa graves daños en una propiedad cercana. La embriaguez de Juan: agrava la pena. atenúa la pena. no excluye, ni atenúa, ni agrava la responsabilidad. tendrá responsabilidad atenuada por cuanto su embriaguez no era completa.

Las penas previstas en el COIP son: Privativas y no privativas de libertad. Privativas, no privativas de libertad y restrictivas de los derechos de propiedad. Privativas, no privativas de libertad y prisión preventiva. Privativas, no privativas de libertad y reparación.

Las personas privadas de libertad se encuentran bajo la custodia del: Juez. Abogado privado. Estado. Presidente de la República.

Juan, médico del Hospital Isidro Ayora de Loja, atiende a María y realiza una mala práctica médica por su negligencia, lo que produce la muerte de María, este hecho se considera: . Delito Doloso. Delito Culposo. Delito preterintencional. Contravención.

La Sra. Susana Sargento, presencia una pelea callejera entre 5 sujetos. A los segundos, observa que tres de ellos se dan a la fuga y puede darse cuenta que los otros dos sujetos ha quedado tendidos en el suelo en medio de un lago de sangre. Ante tal situación, presenta la denuncia ante la autoridad correspondiente. La Sra. Sargento, por haber presenciado la pelea (testigo ocular) y haber presentado la denuncia: Se convierte en parte procesal. Puede presentar acusación particular. No es parte procesal. Será testigo protegido.

Paúl Quito, Agente Fiscal del Cantón Macara solicita la práctica del testimonio anticipado del señor Pedro Pérez, al efecto el Juez señala día y hora para receptarlo, notificando únicamente a la fiscalía, actuación procesal que vulnera el principio de: Trato justo. Concentración. Contradicción. Inmediación.

Carlos Matailo, contrata los servicios lícitos y personales de Andrea Berrú, para que realice las actividades de empleada doméstica, la señora Berrú lleva laborando por setenta días en la casa del Señor Matailo, sin habérsele asegurado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, razón por lo cual funcionarios de esta Entidad Estatal notifican al señor Matailo, para que en el término de cuarenta y ocho horas se iguale con sus obligaciones patronales, al efecto el señor Matailo realiza la cancelación de valores adeudados por falta de afiliación. Qué delito se configura. falta de afiliación al instituto ecuatoriano de seguridad social. no se configura delito alguno. falta administrativa pecuniaria grave. contravención por falta de afiliación al instituto ecuatoriano de seguridad social.

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