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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEExamen Derecho Administrativo 1 2015-2016 (1 ºsemana) Uned

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Título del test:
Examen Derecho Administrativo 1 2015-2016 (1 ºsemana) Uned

Descripción:
Examen 2015-2016 1º semana

Autor:
Laura Jiménez
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Fecha de Creación:
20/05/2019

Categoría:
UNED

Número preguntas: 22
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Temario:
El Derecho administrativo, según el profesor PARADA, es, en términos definitorios (escoja la opción más completa y exacta) La parte del Derecho general que exclusivamente se encarga de las relaciones jurídicas entre los particulares y la Administración La parte del Derecho público que siempre y en todo caso vela por los intereses de la Administración en sus relaciones con otros sujetos públicos o privados Es el Derecho que regula las potestades y competencias de las Administraciones territoriales exclusivamente y las garantías de los ciudadanos frente a tales poderes (por eso es denominado Derecho garantizador) Es la parte del Derecho público que regula la organización, medios y formas de la actividad de las Administraciones públicas y sus relaciones con otros sujetos y entre ellas mismas.
¿Cómo se denomina en nuestro ordenamiento la posibilidad que tienen las Administraciones Públicas de llevar directamente a ejecución sus actos (administrativos), sin que su efectividad, de manera general, se paralice por la interposición de recursos? Privilegio de ejecutoriedad o de decisión ejecutoria Privilegio de la potestad sancionadora Privilegio de la potestad reglamentaria Ninguna de las anteriores es correcta.
El Parlamento pretende elaborar una norma sobre un tema que, por su complejidad, requiere un gran esfuerzo de preparación. Para ello ¿qué opción de las presentes resulta la más idónea y exacta en términos jurídicos? Puede encomendar al gobierno la elaboración de tal norma mediante una Ley de transferencia de las previstas en el art. 150. 2 de la Constitución Puede encomendar al gobierno la elaboración de tal norma mediante una Ley de bases para la elaboración de un texto articulado Puede encomendar al gobierno la elaboración de tal norma mediante una ley marco estatal Formará una comisión paritaria entre los órganos competentes para que esta elabore un Decreto legislativo sobre los principios de una ley de armonización.
Según el art. 6.2 Ley 40/2015 (LRJSP) las instrucciones y órdenes de servicio Deben publicarse siempre y en todo caso en el Diario o periódico oficial que corresponda Son reglamentos o disposiciones administrativas generales, por lo que están afectadas por sus mismos principios que tales Su incumplimiento no afecta por sí solo a la validez de los actos dictados por los órganos administrativos Son normas generales que, por su especificidad, nunca se publican en un Diario o periódico oficial.
A tenor de lo establecido en la Ley 40/2015 (LRJSP), el principio de jerarquía Solamente afecta a los órganos consultivos, pero no a los órganos activos Afecta a los órganos denominados activos, pero no a los órganos consultivos Afecta únicamente a las unidades administrativas Afecta a todos los órganos administrativos.
A tenor de lo que establece el art. 54 Ley 40/2015 (LRJSP), las competencias en materia de organización administrativa, régimen de personal, procedimientos e inspección de servicios no atribuidos conforme a una Ley a ningún otro órgano de la Administración General del Estado, ni al Gobierno, corresponderán A la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios Al Presidente del Gobierno Al Ministerio de la Presidencia Al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
El control de las disposiciones normativas con fuerza o rango de Ley adoptadas por las Comunidades Autónomas se ejerce por El Tribunal de Cuentas La Jurisdicción Contencioso-Administrativa El Tribunal Constitucional El Delegado del Gobierno de acuerdo con el Ministerio de Economía y Hacienda.
A partir de la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local No es posible, en ningún caso, crear Entidades locales menores con personalidad jurídica propia Se suprimen todas las Entidades locales menores que ya existían Sigue siendo posible crear Entidades locales menores con personalidad jurídica propia, sin límite alguno Es posible crear Entidades locales menores como forma de organización municipal desconcentrada.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 7/1985 (LBRL), la Junta de Gobierno Local en los municipios de régimen común Existirá en todos los Ayuntamientos Existirá en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento Existirá obligatoriamente en todos los municipios con población superior a 300 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su ayuntamiento No existirá nunca, porque sólo está prevista para los municipios de gran población .
Según establece la Ley 40/2015 (LRJSP), las entidades públicas empresariales se deberían financiar Exclusivamente con recursos económicos provenientes del sector público Exclusivamente con los ingresos de mercado producidos por su actividad Mayoritariamente o principalmente lo harán con ingresos de mercado Mayoritariamente con recursos económicos provenientes del sector público.
Frente a las resoluciones del Tribunal de Cuentas del Estado que declaran la responsabilidad contable de los funcionarios y estructuras que manejan fondos y caudales públicos No cabe recurso alguno, por ser una actividad de control genérico que no declara responsabilidades personales Cabe recurso de casación y revisión ante el Tribunal Supremo Cabe el recurso de casación y revisión ante las Cortes Generales Cabe recurso de alzada ante el Gobierno.
De acuerdo con nuestro ordenamiento general, el régimen jurídico por el que se rige la denominada Administración Corporativa es Público: los entes locales que forman parte de la denominada Administración corporativa se rigen exclusivamente por el Derecho administrativo La Administración corporativa, al contrario que la institucional, se rige exclusivamente por el Derecho privado Salvo en el nombramiento de sus directivos, se rige por el Derecho mercantil Por su propia naturaleza, este conjunto se rige por un régimen jurídico mixto, público o privado según la tipo de actividad de que se trate.
El Consejo de Transparencia de Buen Gobierno es, en cuanto a su naturaleza jurídico-administrativo Es un organismo autónomo Es una Entidad pública empresarial Es una Administración independiente Es una fundación del sector público estatal.
De conformidad con lo establecido en el art. 133.1 Ley 40/2015 (LRJSP), las fundaciones del sector público estatal, se crean Por Real Decreto que formalice el acuerdo del Consejo de Ministros Por orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas Mediante una norma con rango de Ley Por orden del Ministerio que tenga encomendable la tutela funcional.
El elemento jurídico decisivo para adquirir la condición jurídica de vecino del Municipio conforme a la Ley 7/1985 (LBRL), es El nacimiento en tal lugar La inscripción en el Padrón municipal Contar con un puesto de trabajo en el municipio correspondiente Las titularidades patrimoniales en un determinado término municipal.
En cuanto al principio de cooperación y de acuerdo con la vigente regulación establecida en la Ley 40/2015 (LRJSP), la cooperación entre Administraciones Públicas Es obligatoria en determinados casos que establece la normativa general Es siempre y en todo caso obligatoria Es siempre voluntaria, por lo que requiere aceptación expresa Es voluntaria solamente en determinados casos, establecidos expresamente en la norma.
A partir de la Constitución de 1978, el Consejo de Estado, básicamente Ejerce funciones judiciales o jurisdiccionales en determinados casos Ejerce funciones consultivas Ejerce funciones consultivas y, en determinados casos, judiciales Ejerce funciones judiciales y, en determinados casos, consultivas.
Según el art. 55.3 Ley 40/2015 (LRJSP) los órganos superiores de la organización central de la Administración General del Estado son Los Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales Los Subsecretarios, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales Los Ministros y Secretarios de Estado Los Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios generales técnicos, Directores Generales y Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
Vd. es Concejal de un municipio de mediana población que tiene veinte y cinco concejales en su Corporación. El Alcalde ha convocado un Pleno para aprobar el cambio de denominación, escudo y bandera de su localidad. Faltan cinco concejales: ¿Podrían aprobarse tales cambios (de acuerdo con la información proporcionada)? ¿Qué tipo de quórum y de mayoría se necesita? No puede aprobarse porque un cambio de estos aspectos requiere la presencia de la totalidad de los miembros de la Corporación y mayoría absoluta de todos los presentes Sí puede aprobarse, porque existe quórum exigido de al menos 1/3 de los miembros, en la constitución y desarrollo de la sesión; en todo caso, requiere la mayoría absoluta del número legal de miembros Puede tramitarse porque no importa el quórum sino, solamente, que exista una mayoría absoluta que es más votos a favor que en contra de los concejales presentes en la sesión (o al menos durante su constitución) Aunque existe quórum, como es el caso, basta con una mayoría simple del número legal de miembros.
Las Directivas comunitarias Son obligatorias en todos sus elementos desde su aprobación sin necesidad de que los Estados realicen ninguna actividad aplicativa No son obligatorias en ningún caso, dependiendo de lo que los Estados decidan Obligan en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando la elección de los medios a los Estados Tiene por objeto situaciones singulares para individuos o instituciones, no siendo normas generales.
(RESRVA) De acuerdo con lo previsto en el art. 65 Ley 40/2015 (LRJSP) para el nombramiento del Secretario General Técnico de un Ministerio: Se utilizará Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio, entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1 Se hará mediante Orden Ministerial, entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1 Se hará por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio, exclusivamente entre funcionarios de carrera del Estado, pertenecientes al Subgrupo A1 Se hará mediante Orden Ministerial, exclusivamente entre funcionarios de carrera del Estado, pertenecientes al Subgrupo A1.
(RESERVA) Las leyes de transferencia o delegación a que se refiere el artículo 150.2 CE Son leyes orgánicas Son leyes ordinarias Pueden ser leyes orgánicas u ordinarias No son leyes orgánicas ni ordinarias.
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