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EXAMEN DERECHO CIVIL II, TEMA 11

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Título del Test:
EXAMEN DERECHO CIVIL II, TEMA 11

Descripción:
EXAMEN DERECHO CIVIL II, TEMA 11

Fecha de Creación: 2024/05/30

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 6

Valoración:(8)
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Temario:

1. ¿Quiénes son las partes contratantes en el contrato de fianza?. a) El fiador y el deudor principal. b) El acreedor y el deudor principal. c) El fiador, el deudor principal y el acreedor. d) El fiador y el acreedor.

2. Señale la respuesta correcta: a) La fianza es un contrato. b) La fianza es una garantía. c) La fianza es una garantía personal. d) Todas son correctas.

3. ¿Puede prestarse válidamente fianza para el cumplimiento de una obligación que todavía no existe?. a) Sí, es posible y se trataría de la fianza de una obligación futura; la fianza es válida y será eficaz cuando la obligación futura nazca. b) Sí, pero para que sea válida debe ratificarse el contrato de fianza cuando nazca la obligación futura. c) No, salvo que la obligación futura sea una obligación dineraria, que es el único supuesto permitido. d) No, pues la fianza tendría por objeto una obligación todavía inexistente, siendo nula por falta de objeto.

4. ¿Cuándo es convencional la fianza?. a) Cuando la establecen las partes libremente en un contrato. b) Cuando la establece directamente la ley. c) Cuando establece el Juez, conforme a la Ley. d) Cuando la establece la Administración, en el seno de un proceso administrativo.

5. Señale la respuesta incorrecta: como regla general y si no se acuerda otra cosa: a) La fianza es una obligación accesoria. b) La fianza es una obligación solidaria. c) La fianza es una obligación subsidiaria. d) La fianza es una obligación gratuita.

6. Si el fiador tuviera finalmente que pagar o cumplir la obligación por él garantizada, ¿tiene derecho a ser compensado o indemnizado por parte del deudor principal?. a) Como regla general no, puesto que garantizó voluntariamente una deuda ajena sin estar obligado a ello; era un riesgo que asumió voluntariamente. b) Como regla general sí, salvo que la fianza haya sido prestada gratuitamente por el fiador, en cuyo caso no puede reclamar nada aunque pagara la deuda garantizada. c) Puede reclamar al deudor principal la cantidad total de la deuda, los intereses legales de la misma desde que se hizo saber el pago al deudor (aunque no los produjese para el acreedor), los gastos que el fiador haya tenido tras poner en conocimiento del deudor que había sido requerido para el pago y, en su caso, los daños y perjuicios oportunos. d) El fiador únicamente puede reclamar el reembolso de la cantidad exacta pagada, pero nada más.

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