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EXAMEN LABORAL 2

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Título del Test:
EXAMEN LABORAL 2

Descripción:
Yo tengo un problema y es que me gustan las malas

Fecha de Creación: 2021/06/10

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 35

Valoración:(7)
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De acuerdo con la normativa de la OIT. Los trabajadores autónomos pueden fundar sindicatos para la defensa exclusiva de sus intereses. Los trabajadores autónomos no pueden fundar sindicatos para la defensa exclusiva de sus intereses. Los trabajadores autónomos no pueden afiliarse a sindicatos ya constituidos para la defensa exclusiva de sus intereses.

El reconocimiento de personalidad jurídica al sindicato. Depende de que se publiquen sus estatutos. Se produce cuando su creación se publica en el BOE o en el Boletín oficial de la correspondiente Comunidad autónoma. Depende de que se depositen sus estatutos.

La libertad sindical individual positiva. Protege exclusivamente a los trabajadores afiliados al sindicato. Puede proteger a trabajadores no afiliados al sindicato. Se relaciona con el derecho de afiliación y con el derecho a darse de baja del sindicato.

El descuento de la cuota sindical. Es automático, una vez que así lo ha previsto el convenio colectivo. Solo procede previa conformidad del trabajador, posteriormente irrevocable salvo que el convenio colectivo prevea lo contrario. Solo procede previa conformidad del trabajador, posteriormente revocable por éste último.

De acuerdo con el criterio de la audiencia electoral. El cambio de afiliación sindical del representante electo es ineficaz jurídicamente para variar la representación obtenida. El cambio de afiliación sindical del representante electo varía automáticamente la representación obtenida. El cambio de afiliación sindical del representante electo varía automáticamente la representación obtenida si así está previsto en convenio colectivo.

El sindicato que obtiene la condición de más representativo por irradiación. Tiene que tener alguna implantación en su ámbito territorial y funcional. No necesita implantación de ningún tipo en su ámbito territorial y funcional. Necesita en su ámbito territorial y funcional la implantación que marque el correspondiente convenio colectivo.

Un sindicato sin los índices de representatividad requeridos en la LOLS. Disfruta del derecho a la negociación colectiva. No disfruta del derecho a la negociación colectiva. Disfruta del derecho a la negociación colectiva pero no del derecho a declarar huelgas.

El criterio de la audiencia electoral. Asegura que exista una correspondencia efectiva entre la representatividad del sindicato y su implantación real. Evita el riesgo de consagrar una representatividad sindical más teórica que real. Es un criterio que actúa como elemento corrector del pluralismo sindical constitucionalmente consagrado.

Una diferencia entre el derecho de sindicación y el de participación radica: En que el primero es libre mientras que el segundo es prácticamente forzado. En que el primero es prácticamente forzado y el segundo libre. En que el primero es de origen legal y el segundo constitucional.

Si una empresa tiene dos centros de trabajo que cuentan, respectivamente, con 8 y 43 trabajadores: Cada centro tendrá sus propios delegados de personal. Hay que constituir obligatoriamente un comité conjunto. Es posible constituir potestivamente un comité conjunto.

En una unidad de negociación colectiva: Pueden quedar comprendidos trabajadores y empresarios no representados por las partes legitimadas para negociar. No pueden quedar comprendidos trabajadores y empresarios no representados por las partes legitimadas para negociar. Nunca pueden quedar comprendidos trabajadores y/o empresarios que no hayan participado en la negociación.

En caso de concurrencia entre convenios colectivos, y como regla general: Se aplica el convenio de empresa. Se aplica el convenio posterior en el tiempo. Se aplica el convenio anterior en el tiempo.

En caso de concurrencia entre un convenio denunciado y otro posterior. Se aplica el convenio posterior. Se aplica el convenio denunciado. Se aplica el convenio de ámbito territorial superior.

El ámbito funcional de los convenios colectivos. Queda definido por su objeto social. Queda definido por la actividad empresarial real. Queda definido por el legislador.

La determinación del convenio aplicable. Viene impuesta por la naturaleza de las cosas. Se decide libremente por las partes, ex art 83.1 ET. Se decide por la autoridad laboral.

En la negociación de convenios de empresa, la legitimación sindical. Corresponde al sindicato. Corresponde a la sección sindical. Corresponde conjuntamente al sindicato y a su sección sindical.

La revisión anticipada de un convenio vigente. No es obligatoria. Es obligatoria. Es obligatoria si así se pacta en un convenio colectivo del art. 83.2 ET.

El régimen de los derechos de promoción y formación profesional en el trabajo del art. 23 ET. Constituye un contenido obligatorio de todos los convenios colectivos. Constituye un contenido mínimo de todos los convenios colectivos. Constituye un contenido posible de todos los convenios colectivos.

El deber de paz. Es eficaz en caso de renovación ante tempus del convenio colectivo. No es eficaz en caso de renovación ante tempus del convenio colectivo. Es eficaz en caso de renovación ante tempus del convenio colectivo, salvo pacto en contrario.

La denuncia del convenio colectivo conlleva. La prórroga automática del mismo por un año. Su sustitución por el convenio colectivo de ámbito superior, si lo hubiere. Que decaiga el deber de paz.

Una huelga 'a la japonesa'. Es una medida de conflicto colectivo amparada en el art. 28.2 CE. Es una medida de conflicto colectivo amparada en el art. 37. 2 CE. Es una medida de conflicto colectivo amparada en el art. 28.1 CE.

Los avisos intimidatorios del empresario referentes a la ilegalidad de una huelga que va a producirse en su empresa. Pueden ser vulneradores del derecho fundamental de huelga. Nunca vulneran el derecho fundamental de huelga. Pueden vulnerar el derecho de libertad sindical pero no el de huelga.

El deber de buena fe del art. 20.2 ET. Queda anestesiado durante la huelga. Es efectivo durante la huelga. Rige respecto del empresario per no respecto del trabajador.

El acuerdo de declaración de huelga. No puede ser adoptado por los propios trabajadores sino por sus representantes. Puede ser adoptado por los propios trabajadores. Se adopta preferentemente por los propios trabajadores y en su defecto por sus representantes.

Los funcionarios públicos. Disfrutan del derecho de libertad sindical pero no del derecho de huelga. Disfrutan del derecho de huelga ex art. 28.2 CE. Disfrutan del derecho de huelga ex art. 28.1 CE.

Las huelgas laborales directas, motivadas por conflictos jurídicos o de presión en la negociación colectiva. Son las únicas huelgas lícitas. Son lícitas, igual que las huelgas socioeconómicas. Son lícitas, igual que las huelgas novatorias.

En nuestro ordenamiento. La huelga se configura como última ratio porque existe la obligación legal de intentar resolver el conflicto por otros medios. La huelga no se configura como última ratio porque no existe la obligación legal de intentar resolver el conflicto por otros medios. La huelga no se configura como última ratio, a diferencia de otras medidas de conflicto colectivo que puedan adoptarse ex art. 37.2 CE.

Una huelga lícita. Se transforma automáticamente en ilícita si intervienen piquetes coactivos. No se transforma en ilícita por la intervención de piquetes coactivos. Se transforma en ilícita solo si el piquete coactivo produce daños.

A la hora de decidir si una huelga se desconvoca o no. La decisión de los convocantes de la huelga prevalece sobre la del comité de huelga. La decisión de los convocantes de la huelga no prevalece sobre la del comité de huelga. La decisión del comité vincula a los convocantes de la huelga.

Los servicios de seguridad y mantenimiento. Se garantizan ante todo tipo de huelgas, igual que los servicios esenciales para la comunidad. No se garantizan ante todo tipo de huelgas, igual que los servicios esenciales para la comunidad. Se garantizan ante todo tipo de huelgas, a diferencia de los servicios esenciales para la comunidad.

La designación de los trabajadores encargados de cubrir los servicios de seguridad y los servicios mínimos. Corresponde en el primer caso a la autoridad gubernativa y en el segundo al empresario. Corresponde en el primer caso al comité de huelga, de acuerdo con el empresario, y en el segundo a la autoridad gubernativa. Corresponde en el primer caso al comité de huelga, de acuerdo con el empresario, y en el segundo al empresario.

La consideración de un servicio como esencial para la comunidad. Depende de la naturaleza pública del servicio en cuestión. Queda identificada con la salvaguarda de los derechos constitucionales de las personas. Queda identificada con la salvaguarda de los derechos fundamentales de las personas.

El cierre patronal. Es un poder excepcional del empresario a utilizar siempre con carácter defensivo. Es un poder excepcional que puede utilizarse indistintamente con carácter ofensivo y defensivo. Es un poder ordinario que por tanto puede utilizarse indistintamente con carácter ofensivo y defensivo.

El cierre patronal. Solo puede acordarse por cada empresario respecto de sus trabajadores. Puede acordarse de forma convenida entre varios empresarios. Solo produce efectos respecto de los trabajadores afiliados al sindicato convocante de la huelga.

En la terminología utilizada por Kelsen. El valor que preside los conflictos de intereses es la justicia y el que preside los conflictos jurídicos es la legalidad. El valor que preside los conflictos de intereses es la legalidad y el que preside los conflictos jurídicos es la justicia. Ambos valores presiden indistintamente ambos tipos de conflictos.

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