Sergio C., inspector de policía, abusando de su
puesto, facilita la fuga a su hermana Ascensión
cuando esta iba a ser detenida por la policía por
tráfico de estupefacientes. Según la op1nion
dominante en la doctrina, Sergio C. ha realizado: el tipo del delito de encubrimiento, pero actúa
amparado por la causa de exculpación de
encubrimiento de parientes una conducta atípica una conducta típica, antijurídica y culpable una conducta típica, pero amparado en la causa de
justificación de encubrimiento de parientes. La polémica en torno al papel de la exigibilidad en
la culpabilidad y la oportunidad de apreciar una causa
supralegal de inexigibilidad nació en: España por la estricta regulación del estado de
necesidad en nuestro Código Penal Alemania por la estricta regulación del estado de
necesidad en su Código Penal. Alemania por la estricta regulación de la legítima
defensa en su Código Penal España por la inexistencia de una eximente de
estado de necesidad en nuestro Código Penal en
aquella época. Miguel A. con anterioridad a la celebración del
juicio oral, intenta reparar, sin conseguirlo, el daño
que ha causado con el delito, pero sí logra al menos
disminuir efectivamente los efectos de su delito.
¿Puede aplicarse en estos casos alguna atenuación? Sí, la atenuante de haber procedido el culpable a
reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir
sus efectos No, porque la atenuante de reparación exige la
reparación efectiva y total del daño ocasionado. Solo una atenuante por analogía, ya que la
atenuante de reparación exige la reparación efectiva y
total del daño ocasionado Sí, la atenuante de móviles piadosos. Las distintas reformas penales acaecidas desde
1995 hasta la actualidad: han apostado por un endurecimiento general de las
penas y de las condiciones de su cumplimiento en consonancia con planteamientos retributivos y
preventivo-generales han apostado por suavizar las penas y las
condiciones de su cumplimiento en consonancia con
planteamientos humanistas y resocializadores. no han supuestos modificaciones relevantes en el
ámbito de las penas y su ejecución han suavizado las penas y las condiciones de su
cumplimiento buscando ahorrar costes al Estado. La pena de prisión permanente revisable: fue introducida en el Código Penal de 1995. fue introducida en nuestro ordenamiento vigente
en la reforma del Código Penal de 2010 fue introducida en nuestro ordenamiento vigente
en la reforma del Código Penal de 2015. no existe en el ordenamiento jurídico español
vigente, aunque algunos sectores de la sociedad lo
reclaman. Para las PENAS que prescriben, ¿cuál es el plazo de
prescripción más largo que prevé nuestro Código
Penal? Cuarenta años. Treinta años Veinte años Quince años. Las dominantes concepciones normativas de la
culpabilidad conciben esta como: reprochabilidad. la relación psíquica entre el autor y el hecho necesidad preventiva de pena Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. De acuerdo con el planteamiento que se defiende
en el texto básico recomendado, ¿cuál de los
siguientes elementos pertenece exclusivamente a la
culpabilidad? La gravedad de lo injusto La tipicidad La punibilidad La imputabilidad. ¿Qué fórmulas reguladoras de la inimputabilidad
requieren tanto de unas determinadas causas -
presupuesto psiquiátrico- como de unas determinadas
consecuencias -presupuesto psicológico- a efectos de
considerar inimputable a un sujeto? Las biológicas o psiquiátricas Las psiquiátrico-psicológicas, biopsicológicas o
mixtas Las psicológicas Las psicoanalíticas. Cuando el sujeto actúa desconociendo la
existencia de la prohibición o del mandato o
interpreta erróneamente los límites de la norma,
estamos ante un error sobre la antijuridicidad de la
conducta: directo indirecto necesariamente
invencible necesariamente vencible. ¿Cuál de los siguientes elementos podría faltar de
cara a la apreciación del miedo insuperable como
eximente incompleta? La amenaza de un mal o la creencia razonable en su
amenaza La actuación impulsada, de forma preponderante,
por el miedo a una amenaza de un mal La insuperabilidad del miedo Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Indique la afirmación INCORRECTA No toda persona jurídica puede ser penalmente
responsable conforme al Código Penal español. La responsabilidad penal de la persona física y de la
persona jurídica puede coexistir Ninguna de las penas previstas para las personas
jurídicas que resulten penalmente responsables tiene
naturaleza patrimonial La responsabilidad penal de las personas jurídicas
está limitada a determinados delitos. Según la regulación penal vigente ¿es posible
apreciar la continuidad delictiva en un delito contra la
integridad física? Sí, pues entre los delitos en los que cabe apreciar
delito continuado se encuentran las infracciones
contra bienes eminentemente personales Sí, pero únicamente en caso de que se trate de
delitos contra la integridad física cometidos sobre un
mismo sujeto pasivo No, pues están excluidos de la aplicación del delito
continuado todos los delitos contra bienes jurídicos
eminentemente personales No, pues están excluidos de la aplicación del delito
continuado los delitos contra bienes eminentemente
personales, salvo los constitutivos de infracciones
contra el honor y la libertad e indemnidad sexuales
que afecten al mismo sujeto pasivo. Fátima Patricia A. N. acaba con la vida de Arsenio
E. A. concurriendo la circunstancia agravante de
alevosía. Esta conducta en principio es subsumible
tanto en el tipo de lo injusto del homicidio con la
agravante de alevosía como en el del asesinato. Según
el texto básico recomendado, nos encontramos ante
un concurso: de leyes a resolver por el principio de la
especialidad real de delitos de leyes a resolver por el principio de relatividad ideal de delitos. Los establecimientos penitenciarios en los que el
sujeto es privado de libertad son: de presos preventivos, de cumplimiento y
especiales únicamente de cumplimiento y especiales solo de cumplimiento tanto de cumplimiento como de deshabituación. Tras la reforma del Código Penal de 2015 la
libertad condicional pasa a ser el último grado de cumplimiento de toda
condena a prisión pasa a ser el último grado de cumplimiento de
algunas condenas a prisión pasa a ser una forma de suspensión ha sido eliminada del sistema penal español. La pena de trabajos en beneficio de la
comunidad es una pena privativa de libertad es una pena privativa de otros derechos es una pena pecuniaria, pues el condenado no tiene
derecho a retribución alguna no es una pena, sino una medida de seguridad. El ámbito de aplicación de las medidas de
seguridad y reinserción social comprende: únicamente a sujetos inimputables únicamente a sujetos inimputables y
semiimputables únicamente a sujetos semiimputables e imputables tanto a sujetos inimputables, como a
semiimputables e imputables. Como pena pecuniaria, la pena de multa obliga al
penado: A comprar bonos u obligaciones del Estado A realizar trabajos no remunerados para el Estado A donar parte de sus ingresos al Estado A pagar una determinada cantidad de dinero. La pena prevista por la ley para la infracción
cometida forma: El marco penal abstracto del delito El marco penal concreto del delito El marco de la determinación de la ejecución penal El marco de la determinación gubernativa de la
pena. Cuando en la comisión de un delito concurren
solo una o dos circunstancias agravantes Los jueces tienen que aplicar, obligatoriamente, la
mitad inferior de la pena Los jueces pueden aplicar tanto la mitad inferior
como la mitad superior de la pena Los jueces tienen que aplicar, obligatoriamente, la
mitad superior de la pena Los jueces pueden aplicar la pena superior en grado
en su mitad inferior. Según la vigente regulación del Código Penal, la
suspensión de una pena privativa de libertad puede
concederse: Únicamente con carácter anterior a su ejecución Antes o durante su ejecución Únicamente durante la ejecución de la misma Tanto antes como durante o con posterioridad a la
ejecución de la misma. Junto al decomiso directo, que recae sobre los
efectos que provengan del delito cometido, sobre los
bienes, medios o instrumentos con que se haya
preparado o ejecutado el delito así como sobre las
ganancias provenientes de los mismos, cualesquiera
que sean las transformaciones que hayan podido
experimentar, el vigente Código Penal regula además: El decomiso indirecto y el cualificado El decomiso por sustitución y el ampliado El decomiso restitutivo y el reparativo El decomiso extraordinario y el irregular. Según la vigente redacción del CP, la
responsabilidad civil derivada del delito comprende: Exclusivamente la restitución del bien objeto del
delito y la reparación del daño causado La restitución del bien objeto del delito, la
reparación de los daños causados y la indemnización
de los perjuicios materiales o morales causados La restitución del bien objeto del delito, la
reparación del daño causado y la indemnización
únicamente de los perjuicios materiales La restitución del bien objeto del delito, la
reparación del daño causado y la indemnización
únicamente de los perjuicios morales. El ámbito subjetivo de aplicación de la Ley
Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de
los menores es: Mayores de 13 años y menores de 18 Mayores de 12 años y menores de 16 Mayores de 14 años y menores de 20 Mayores de 14 años y menores de 18. PREGUNTAS DE RESERVA:
Dentro de los límites previstos por el Código
Penal, la responsabilidad personal subsidiaria por
impago de la pena de multa puede imponerse: Únicamente en caso de impago de multa impuesta
conforme al sistema de los días-multa Únicamente en caso de impago de multa
proporcional Únicamente en caso de impago de la
responsabilidad civil derivada del delito Tanto en los casos de multa impuesta conforme al
sistema de días-multa como de multa proporcional. La suspensión de las penas privativas de libertad
previa a su ejecución es conocida también como Condena condicional Libertad condicional Suspensión condicional Sustitución ex ante.
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