EXAMN ADMIN PARTE 2
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![]() EXAMN ADMIN PARTE 2 Descripción: Parte 2 |



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UN ACTO QUE AGOTA O PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: Es firme porque no se puede interponer contra él ningún tipo de recurso administrativo o judicial. Admite recurso de alzada. No puede recurrirse ante ninguna instancia, ni administrativa ni judicial. Admite recurso potestativo de reposición. Según la LPAC, las uniones y entidades sin personalidad jurídica. Tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas cuando la ley lo declare expresamente. Tendrán en todo caso capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas. Carecen de capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas. Carecen de capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, salvo que una norma reglamentaria lo permita. LA DECLARACIÓN DE NECESIDAD DE OCUPACIÓN O ADQUISICIÓN DE DERECHOS…. Ha de efectuarse mediante una norma con rango de Ley. Debe llevarse a cabo por reglamento administrativo o por una norma con rango de Ley. Precisa una previa resolución administrativa del Consejo de Ministros. Consiste en determinar qué bienes están afectos a la expropiación forzosa en cada procedimiento. SI SE INTERPONE UN RECURSO DE ALZADA CONTRA UNA DESESTIMACIÓN PRESUNTA Y PASADO EL PLAZO ESTABLECIDO LA ADMINISTRACIÓN NO DICTA UNA RESOLUCIÓN EXPRESA: Se entenderá desestimado (silencio negativo). No es admisible un recurso contra un acto presunto, porque siempre hay que esperar la resolución expresa. Se entenderá estimado (silencio positivo) siempre que no se refiera a las materias enumeradas en el art.24.1 de la LPAC. No se podrá hacer nada, debiendo esperar a que el recurso sea resuelto expresamente. Selecciona la respuesta correcta. Las sanciones e infracciones administrativas tienen que fijarse necesariamente a través de leyes orgánicas por tratarse de materia reservada a la LO en el artículo 25 y 81 CE. Las sanciones e infracciones administrativas tienen que fijarse, salvo alguna excepción, a través de Leyes. Las sanciones e infracciones se fijarán a través de reglamentos, al tratarse de la norma que aprueba la Administración. ¿SE PUEDEN RECURRIR LOS ACTOS DE TRÁMITE?. No, deberán recurrirse siempre con la resolución administrativa final. No, porque paralizarían el procedimiento administrativo. Sí, se podrán recurrir si deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. Sí, ante el mismo órgano que los ha dictado o ante el superior jerárquico. Pueden actuar en representación de otras personas ante las Administraciones Públicas: Solamente las personas físicas con capacidad de obrar. Solamente las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos. Tanto las personas físicas con capacidad de obrar como las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos. Solamente las personas físicas con relación de parentesco o afinidad con el representado. ¿PUEDE PRESENTARSE RECURSO DE ALZADA CONTRA UN ACTO DE TRÁMITE?. No, los actos de trámite no pueden impugnarse en ningún caso, debiendo esperar siempre a que se dicte la resolución correspondiente. Sí, en todo caso. Sí, si determina la imposibilidad de continuar un procedimiento o produce indefensión. Contra los actos de trámite sólo son admisibles los recursos contencioso-administrativos. LA REVISIÓN DE OFICIO DE LOS ACTOS NULOS SE INICIA: De oficio o a instancia de parte. De oficio tras la declaración de lesividad. A instancia de parte. Solamente de oficio por parte de la Administración. EL RECURSO DE ALZADA PUEDE PRESENTARSE... Únicamente ante el órgano que dictó el acto objeto de recurso. Únicamente ante el superior jerárquico. Ante el órgano que dictó el acto o ante el superior jerárquico. Ante el órgano que resuelve el recurso contencioso-administrativo. Selecciona la respuesta correcta. El reglamento únicamente puede completar lo establecido en las leyes a la hora de concretar sanciones e infracciones. El reglamento no puede entrar a fijar de ninguna manera las sanciones e infracciones. El reglamento únicamente puede completar lo dispuesto en las leyes, aunque hay supuestos concretos, caso de los reglamentos autónomos, en que tienen un mayor margen de actuación. Es un derecho de toda persona, y no solo del interesado, en sus relaciones con las Administraciones Públicas: El derecho a comunicarse con las Administraciones a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. El derecho a identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. El derecho a actuar asistidos de asesor cuando lo consideren convenientes en defensa de sus intereses. El derecho a formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento. EL RECURSO DE ALZADA PUEDE SER INTERPUESTO CONTRA: Resoluciones que NO ponen fin a la vía administrativa. Resoluciones que ponen fin a la vía administrativa. Cualquier resolución que sea firme. Reglamentos administrativos. UN ACTO QUE AGOTA O PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA: Admite recurso de alzada. No puede recurrirse ante ninguna instancia, ni administrativa ni judicial. Admite recurso potestativo de reposición. Es firme porque no se puede interponer contra él ningún tipo de recurso administrativo o judicial. SI LA ADMINISTRACIÓN NO NOTIFICA EN PLAZO LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN, EL INTERESADO HA DE ENTENDER QUE... La Administración estima sus pretensiones. El procedimiento caduca, con lo que se archivan las actuaciones. La Administración ordenará el reinicio del procedimiento. La Administración desestima sus pretensiones. EL PLAZO PARA LA ADOPCIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LESIVIDAD DE UN ACTO SERÁ DE: 4 años desde que se dictó el acto. 6 meses desde que se dictó el acto. No existe plazo. 3 meses. Para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, las personas jurídicas: Tienen derecho a elegir si se comunican con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no. Están obligadas, en todo caso, a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas solo cuando reglamentariamente así se establezca. No están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas si pueden acreditar fehacientemente falta de capacidad económica, técnica o profesional. RECIBIDAS LAS ALEGACIONES DESPUÉS DEL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA…. El órgano competente resolverá sobre la necesidad de ocupación describiendo los bienes y derechos objeto de la expropiación y sin hacer referencia a las personas interesadas en el procedimiento. Trasladará a las partes la hoja de aprecio. Ordenará las actuaciones necesarias para la ocupación. Dictará acuerdo definitivo de necesidad de ocupación, describiendo los bienes y derechos y las personas interesadas en el procedimiento. CONTRA LA RESOLUCIÓN DE UN RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN. Cabe interponer recurso de alzada. Cabe interponer recurso contencioso-administrativo. Cabe interponer nuevamente recurso de reposición. NO cabe interponer recurso contencioso-administrativo. En un procedimiento administrativo en el que ha de solicitarse un informe preceptivo y determinante del contenido de la resolución, el tiempo que media entre la petición y la recepción del informe (hechos que deben ser comunicados a los interesados): No computa en ningún caso a los efectos del transcurso del plazo para resolver el procedimiento. No computa a los efectos del transcurso del plazo para resolver el procedimiento, siempre que no exceda en ningún caso de tres meses. Se computa en todo caso a los efectos del transcurso del plazo para resolver el procedimiento. Se computa a los efectos del transcurso del plazo para resolver el procedimiento, salvo que excediera de tres meses. En un procedimiento administrativo se podrá prescindir del trámite de audiencia a los interesados : Cuando el instructor del procedimiento lo considere conveniente, siempre que se adopte la decisión de manera motivada y pública. Cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. Cuando se hayan establecido en el procedimiento otras formas, medios y cauces de participación de los ciudadanos. Cuando el interesado hubiera renunciado a la práctica de la prueba. En la Ley de Contratos del Sector Público, se consideran contratos menores, en el caso de contratos de suministro o de servicios, los de valor estimado inferior a: 15.000 euros. 40.000 euros. 6.000 euros. 10.000 euros. En la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato que tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles, se denomina: Contrato de servicios. Contrato de concesión de servicios. Contrato de suministro. Contrato sujeto a regulación armonizada. En un proceso contencioso administrativo el juez puede conocer, a efectos prejudiciales, de materias civiles y no propiamente administrativas. El órgano contencioso-administrativo debe plantear la cuestión al que sea competente dentro del orden civil y suspender el proceso hasta que éste resuelva. El órgano contencioso administrativo la puede resolver a todos los efectos y la sentencia que dicte, una vez firme, será título inscribible en el Registro de la Propiedad. El órgano contencioso administrativo debe abstenerse y son las partes las que deben plantear la cuestión al órgano competente dentro del orden civil. El órgano contencioso-administrativo puede resolverla, pero sin producir efectos fuera del proceso en que se dicte y sin vincular al orden jurisdiccional civil. El art. 25.1 LJCA dispone que son impugnables ante la jurisdicción contencioso administrativa los Decretos legislativos y las disposiciones de carácter general. Contra ellos cabe interponer el recurso directo que persigue su declaración de ilegalidad. Contra ellos cabe interponer el recurso indirecto contra los actos dictados en aplicación de las disposiciones de carácter general, que estará fundado en que las disposiciones en las que están basados esos actos administrativos no son conformes a Derecho. El art. 25.1 LJCA dispone que también son impugnables los Decretos legislativos y las disposiciones de carácter general. Contra ellos cabe interponer tanto el recurso directo que persigue su declaración de ilegalidad, como el indirecto contra los actos dictados en aplicación de las mismas, que estará fundado en que las disposiciones en las que están basados esos actos administrativos no son conformes a Derecho. Ninguna de las opciones anteriores es válida. En virtud de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de noviembre, relativa a los servicios en el mercado interior (Directiva de Servicios): El desarrollo de toda actividad queda sometida a la obtención de la previa autorización administrativa. La necesidad de autorización para el desarrollo de determinadas actividades ha de justificarse en base a una razón imperiosa de interés general. El establecimiento de un régimen de autorización no puede tener carácter discriminatorio excepto en lo relativo a la nacionalidad de las personas que pretenden desarrollar la actividad, ya que la nacionalidad española goza de preferencia en el Estado español. La intervención previa de la Administración autorizando el desarrollo de cualquier actividad se sustituye por el control administrativo a posteriori. EL JUEZ DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: Puede establecer cómo debe quedar redactado un reglamento tras su anulación. Solo puede establecer cómo debe quedar redactado un reglamento si tiene efectos favorables para el ciudadano. Solo puede establecer cómo debe quedar redactado un reglamento en materia sancionadora. No puede indicar cómo debe redactarse un reglamento anulado. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PUEDE RESOLVER SOBRE UN REGLAMENTO: Solo en el caso de los recursos de amparo. Unicamente en el caso de los recursos de amparo y los conflictos positivos de competencias. El Tribunal Constitucional no entra a analizar los reglamentos, solo las leyes y las normas con rango de ley. En el caso de recursos de amparo y conflictos de competencia entre dos Administraciones. EN EL CASO DE QUE UN REGLAMENTO INCURRA EN ILEGALIDAD: Todo el reglamento es nulo de pleno derecho. El reglamento puede ser anulable, si ha incurrido en desviación de poder. El reglamento será nulo en el caso de las normas que se vean afectadas por la ilegalidad. El reglamento será anulable, si incurre en arbitrariedad. CUANDO UNA NORMA VULNERA LA CONSTITUCIÓN: Queda excluida cualquier tipo de indemnización. La apreciación de responsabilidad es automática aunque no afectará a situaciones jurídicas individualizadas que hubieran ganado firmeza. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido en cualquier instancia sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa lesiva y siempre que ésta sea consecuencia de la aplicación de una ley. Sólo serán indemnizables los daños producidos en el plazo de los 5 años posteriores a la publicación de dicha norma. Si existen varias Administraciones parcialmente responsables: Responderán frente al particular, en todo caso, de forma solidaria. Se reclamará a cada Administración la parte del daño que le sea atribuible. Se responderá de forma solidaría sólo cuando las Administraciones implicadas son el Estado y una Comunidad Autónoma. El vínculo de la solidaridad sólo se aplica cuando los coautores son una Administración y un particular. SI SE INTERPONE UN RECURSO DE ALZADA CONTRA UNA DESESTIMACIÓN PRESUNTA Y, PASADO EL PLAZO ESTABLECIDO, LA ADMINISTRACIÓN NO DICTA UNA RESOLUCIÓN EXPRESA: Se entenderá desestimado (silencio negativo). No es admisible un recurso contra un acto presunto, porque siempre hay que esperar a la resolución expresa. Se entenderá estimado (silencio positivo). No se podrá hacer nada, debiendo esperar a que el recurso sea resuelto expresamente. La fecha de iniciación de los procedimientos iniciados a solicitud del interesado es: La fecha del acuerdo de iniciación dictada por el órgano competente para su tramitación. La fecha en que se presenta la solicitud en cualquier registro admitido por la ley o en la oficina de correos. La fecha en que la solicitud ha tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. El día siguiente a la fecha en que la solicitud ha tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Una diferencia entre la autorización y la concesión es que: Mediante la autorización se cede a un particular la facultad de explotar un bien o servicio de titularidad de la Administración, mientras que en virtud de la concesión la Administración permite el ejercicio de un derecho tras haber verificado que lo pretendido se ajusta a la legalidad. La autorización requiere el abono del correspondiente canon, lo cual no sucede con la concesión. Como regla general, las autorizaciones tienen carácter indefinido, mientras que las concesiones se someten a plazo. Las autorizaciones solo pueden ser reales y las concesiones personales. Señala la respuesta correcta: La comunicación es un documento mediante el que las personas interesadas ponen en conocimiento de la Administración sus datos identificativos o cualquier otro dato relevante para el inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho. La coacción directa supone la ejecución forzosa de un acto administrativo previo incumplido por parte de la persona obligada. La respuesta positiva dada por la Administración a una declaración responsable presentada por la persona interesada implica el reconocimiento del título habilitante necesario para desarrollar la actividad correspondiente. Las actas de inspección dan fe de su contenido y no admiten prueba en contrario. Elíjase la respuesta correcta: La responsabilidad patrimonial exige un comportamiento negligente de la Administración. La delimitación de derechos lleva aparejada indemnización por parte de la Administración. La expropiación forzosa exige que la causa de utilidad pública e interés social sea fijada por la Ley. La responsabilidad patrimonial y la expropiación forzosa requieren una previa indemnización por parte de la Administración antes de que se causen daños a los particulares. Tras el envío del expediente administrativo por parte de la Administración al Juzgado o Sala, si las partes estimasen que el mismo no está completo: Podrán solicitar que se reclamen los antecedentes para completarlo, si bien la decisión no se adoptará hasta que se dicte el auto de recibimiento del proceso a prueba. Podrán solicitar que se reclamen los antecedentes para completarlo y se suspenderá el curso del plazo correspondiente para formular la demanda o la contestación. No será necesario que las partes reclamen los antecedentes para completar el expediente, dado que es el Juzgado o Sala quien reclama el expediente administrativo de oficio, si observa alguna irregularidad. La ley no prevé la posibilidad de completar el expediente administrativo una vez remitido éste al Juzgado o Sala por parte de la Administración. |




